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Documento BOE-A-2023-20374

Resolución de 22 de septiembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FSP, para la difusión y el acceso a la realización de cursos de formación en competencias digitales.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2023, páginas 131713 a 131715 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-20374

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la Adenda I al Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal O.A. y la Fundación Estatal para la formación en el Empleo, FSP, para la difusión y el acceso a la realización de cursos de formación en competencias digitales suscrito el 13 de noviembre de 2019 y publicado mediante Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el BOE de 23 de noviembre de 2019, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 22 de septiembre de 2023.–La Secretaria General Técnica, Consolación Rodríguez Alba.

ANEXO
Adenda de prórroga al Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal O.A. y la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FSP, para la difusión y el acceso a la realización de cursos de formación en competencias digitales suscrito el 13 de noviembre de 2019 y publicado mediante Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el BOE de 23 de noviembre de 2019

Madrid, a 6 de septiembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante SEPE), nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo, asimismo, con lo señalado en el artículo 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal,

De otra, don Antonio de Luis Acevedo, Director Gerente de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FSP (en adelante FUNDAE), domiciliada en la calle Torrelaguna, 56, 28027 Madrid, en virtud de la escritura de poder otorgada a su favor el 4 de abril de 2019.

En lo sucesivo, SEPE y FUNDAE también podrán ser denominadas conjunta e indistintamente como las partes y, de forma individual, como la parte.

Los comparecientes declaran contar con la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de la presente adenda, así como que sus poderes no han sido revocados, modificados ni suspendidos y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 13 de noviembre de 2019 las partes suscribieron un convenio (en adelante, el convenio) para la coordinación de la difusión y el acceso a la realización de cursos de formación en competencias digitales que fue publicado mediante Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el BOE de 23 de noviembre de 2019. Dicho convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración para la difusión de los cursos de formación en competencias digitales, sin coste alguno para trabajadores en activo, especialmente los pertenecientes a pymes y desempleados.

Segundo.

Que según su cláusula novena, dicho convenio tiene una vigencia de cuatro años desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», contemplándose asimismo, en dicha cláusula novena, que en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Tercero.

Que próxima a concluir la vigencia del convenio ambas partes desean seguir colaborando en el objeto del mismo de forma que se facilite la difusión de la formación sin coste en los términos fijados en el convenio.

Cuarto.

Que se cumplen los trámites preceptivos establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás normativa aplicable.

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio referido que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio suscrito el 13 de noviembre de 2019 por cuatro años, hasta el 23 de noviembre de 2027.

Segunda.

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

El plazo de vigencia de esta adenda abarcará desde la fecha en que resulte eficaz según lo señalado anteriormente, hasta el 23 de noviembre de 2027, ambos inclusive

Tercera.

En todo lo no expresamente regulado en la presente adenda seguirá plenamente vigente el convenio suscrito el 13 de noviembre de 2019 en todas sus condiciones.

Cuarta. Transformación del Servicio Público de Empleo Estatal en la Agencia Española de Empleo.

En cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, durante la vigencia del convenio y la presente adenda puede producirse la constitución efectiva de la Agencia Española de Empleo, que asumirá la posición jurídica del Servicio Público de Empleo Estatal a todos los efectos.

Y en señal de conformidad, las partes firman el presente documento en la fecha de la última firma electrónica.–Por el Servicio Público de Empleo Estatal, el Director General, Gerardo Gutiérrez Ardoy.–Por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FSP, Antonio de Luis Acevedo.

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