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Documento BOE-A-2023-20554

Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la colaboración en el proyecto "España país invitado de honor en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara 2024".

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 3 de octubre de 2023, páginas 132530 a 132535 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-20554

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y Deporte y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, han suscrito, con fecha 21 de septiembre de 2023, un convenio para la colaboración en el proyecto «España país invitado de honor en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara 2024», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de septiembre de 2023.–La Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la colaboración en el proyecto «España país invitado de honor en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara 2024»

En Madrid, a 21 de septiembre de 2023.

REUNIDOS

Don Miquel Octavi Iceta i Llorens, Ministro de Cultura y Deporte, nombrado por Real Decreto 532/2021, de 10 de julio, por el que se nombra Ministro de Cultura y Deporte, habiendo decidido avocar para sí la competencia de la firma de este convenio en virtud del apartado trigésimo octavo.tres de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, y del artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con facultades para suscribir este documento.

Don José Andrés Torres Mora y don Gabriel Planella Domènech, en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA (con CIF número A-81/553521), con domicilio social en la calle José Abascal, núm. 4, de Madrid (28003), en su calidad de apoderados mancomunados (Presidente y Director de Programación) de la misma, en uso de las facultades delegadas en su favor y que ejercen, don José Andrés Torres Mora según consta en la escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid don Carlos Huidobro Arreba, bajo el número de orden de su protocolo 277, de fecha 3 de marzo de 2020, y don Gabriel Planella Domènech, según consta en la escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid don Carlos Huidobro Arreba, bajo el número de orden de su protocolo 639, de fecha 27 de abril de 2023, en adelante AC/E.

EXPONEN

I. Que al Ministerio de Cultura y Deporte (en adelante, Ministerio) le corresponde, de acuerdo con el artículo 15.1 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, la promoción, protección y difusión del libro, la lectura y la creación literaria y, a través de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, tiene atribuida entre otras funciones, la promoción de la lectura mediante campañas de fomento, y la promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas.

II. Que AC/E tiene como objeto social la planificación, organización y ejecución de las exposiciones, eventos e iniciativas de difusión y promoción de las diversas realidades culturales de España que contribuyan a la promoción de las mismas, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, particularmente con motivo de conmemoraciones de personas, obras y acontecimientos destacados, bajo la coordinación del Ministerio competente en materia cultural, así como del Ministerio competente en asuntos exteriores en todo aquello en lo que exista una dimensión internacional.

III. Que en noviembre de 2024, España será el país invitado de honor de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara (en adelante, FIL 2024), un encuentro profesional del libro que constituye la cita más importante en el ámbito de la lengua española, y el segundo más importante del mundo en términos generales. Para la industria española del libro es un encuentro de primer nivel, dado que constituye una excelente oportunidad para la promoción de autores españoles tanto en la América de habla española como en los mercados internacionales que se desplazan a Guadalajara para este evento. A las actividades ordinarias de una feria se une un programa cultural de enorme potencia, que permite el encuentro de profesionales y de intelectuales de todas las procedencias. Por este perfil, constituye una plataforma idónea para la internacionalización de nuestra cultura. Las relaciones históricas y las profesionales en el ámbito del libro, en el que esta feria es el punto de encuentro con los países de habla española, es otro de los factores que coadyuvan a considerar esta presencia de una importancia de primer orden.

IV. Que el 21 de febrero de 2023, el Ministerio y AC/E firmaron un «Acuerdo para la participación de España como país invitado de honor en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara de 2024» con la Universidad de Guadalajara, entidad responsable de la organización de la FIL 2024, en la que se regulan las condiciones de la participación de España y las obligaciones concretas que se derivan de ella.

En virtud del referido acuerdo, el invitado de honor es responsable de la creación y organización de un programa en los espacios puestos a su disposición, incluyendo el diseño y producción del pabellón del invitado de honor, para acoger eventos culturales, encuentros con autores y seminarios literarios y/o profesionales, y un programa de nueve espectáculos durante los días de celebración de la FIL 2024.

Dicho acuerdo regula, asimismo, los compromisos de gestión y financiación que asumen los organizadores en México con respecto al invitado de honor.

V. Que la participación de España como invitado de honor en la Feria del Libro de Guadalajara 2024 es un proyecto de Estado, que trasciende al sector editorial, y a las Letras españolas, para convertirse en un instrumento la proyección cultural de España en México, por lo que el Ministerio y AC/E han acordado colaborar en este proyecto para transmitir en el exterior la fuerza de la cultura española representada en el sector del libro y mejorar el conocimiento en el extranjero de la literatura española. Ello ha tenido reflejo en la suscripción conjunta del acuerdo mencionado en el apartado precedente con la FIL.

VI. Que ambas partes desean definir su ámbito de actuación para favorecer la colaboración, potenciar sus sinergias y asegurar la coordinación óptima de las actuaciones durante la ejecución del proyecto.

Así pues, de conformidad con lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto definir la colaboración de las partes en la organización del proyecto «España país invitado de honor en la Feria del Libro de Guadalajara 2024», en la que, además de presentar el proyecto de España como país invitado que tendrá lugar en 2024, del 30 de noviembre al 8 de diciembre, se desarrollará un programa literario, profesional y cultural.

La participación de España en la edición de la FIL 2024 se llevará a cabo bajo la dirección conceptual, estratégica y de programación del Ministerio, a través de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura (en adelante, DGLCL), que, por su condición, es el órgano competente, contando para ello con la asistencia técnica de AC/E, que, además, asume la producción y ejecución de determinadas necesidades del proyecto, en los términos y condiciones que se recogen en el presente convenio.

Segunda. Compromisos adquiridos por las partes.

I. El Ministerio a través de la DGLCL, se compromete a la realización de las siguientes actuaciones:

– Dirección y coordinación del proyecto en todas sus vertientes. Concepción de las líneas generales de la participación de España en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara 2024, que tiene a España como invitado de honor, establecimiento de los ejes estratégicos y diseño intelectual del proyecto.

– Interlocución directa y ejecutiva con los responsables de la FIL, salvo en lo dispuesto en la cláusula segunda II.32, guion tercero, debiendo informar a AC/E de los aspectos logísticos y organizativos que ésta requiera para el cumplimiento de los compromisos que asume conforme a lo previsto en el presente convenio.

– Organización y financiación de las actividades relacionadas con el pase del testigo del invitado de honor de 2023 (la Unión Europea) al invitado de 2024, que se celebrará durante la FIL 2023.

– Asistencia a la FIL 2023, a sus expensas, del personal propio o el ajeno que se considere necesario, que tenga responsabilidades en la organización de la participación en 2024, para las reuniones con los responsables de la FIL y el trabajo conjunto con ellos, al objeto de conocer todos los aspectos de su desarrollo que sea necesario manejar por parte de los organizadores del proyecto país invitado de honor del año subsiguiente.

– Elaboración del programa literario profesional de España en la edición de 2024 mediante la selección de autores y temas de mayor interés para la proyección cultural y literaria de nuestras Letras.

– Contratación del Coordinador literario del proyecto, que realizará la propuesta de programación literaria.

– Gastos de viaje, honorarios y, en su caso, alojamiento, de los invitados que formen parte del programa literario, cuyos gastos no sean asumidos por la FIL.

– Definición del Comité Organizador, órgano del más alto nivel en el que estarán representadas las diferentes administraciones y el resto de los agentes implicados y que debe garantizar que el proyecto alcanza la dimensión y los objetivos previstos. Desde el Ministerio se llevará la presidencia y la secretaría del Comité y el impulso y gestión de los trabajos derivados del mencionado órgano, del que AC/E formará parte.

– Organización y financiación de la conferencia de prensa en el mes de junio de 2024 para anunciar el programa literario y cultural de España como invitado de honor de la XXXVIII Feria Internacional del Libro de Guadalajara.

– Articulación del proyecto en coordinación con las comunidades autónomas para asegurar la presencia en el proyecto de la literatura en todas las lenguas del Estado.

– Apoyo a la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE) para la internacionalización del sector editorial en su conjunto mediante acciones que permitan su participación en los principales eventos internacionales del libro de manera presencial o de forma telemática y la utilización de recursos para la difusión internacional y venta de derechos en el exterior.

– Desarrollo, en el marco del nuevo plan de Fomento de la Lectura 2021-2024, de aquellas actuaciones que potencien la lectura de los autores españoles más allá de nuestras fronteras con especial consideración ante el escaparate internacional que proporciona la Feria del Libro de Guadalajara a nuestros autores.

Además, el Ministerio, a través del resto de Unidades Administrativas dependientes, llevará a cabo todas las actuaciones que favorezcan la presencia de nuestra cultura en México durante la vigencia del proyecto.

II. A AC/E le corresponden los siguientes compromisos:

1. Asistir al Ministerio en la definición conceptual y programación del proyecto, a través de personal propio, asumiendo los gastos de desplazamiento que, en su caso, se deriven de esta asistencia, y que no sean asumidos por la FIL.

2. Para la producción y ejecución de la presencia de España en la edición de 2024, AC/E asume los siguientes compromisos conforme a la referencia efectuada en la parte expositiva de este convenio:

– Contratación del Coordinador logístico del proyecto y del equipo de expertos que resulte necesario para garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos por AC/E en virtud del presente convenio.

– Asistencia a la FIL 2023, a sus expensas, del personal de AC/E que sea necesario para las reuniones con los responsables de la FIL y el trabajo conjunto con ellos, para conocimiento de todos los aspectos de su desarrollo que sea necesario manejar para la mejor realización del proyecto de 2024.

– Contratación del diseño, producción, montaje y desmontaje del pabellón de España como país invitado de honor 2024, así como supervisión local de su ejecución, en el espacio habilitado por la FIL.

– Contribución a la programación del programa literario profesional y cultural de España en la Feria del Libro de Guadalajara en su edición de 2024.

– Producción audiovisual de contenidos para la participación on-line de España en la Feria del libro de Guadalajara.

– Contratación del diseño, mantenimiento y actualización de contenidos de la página web del proyecto.

– Contratación del servicio de comunicación del proyecto en España y de una agencia de prensa y medios donde sea preciso.

– Abono del 50 % de los costes de la recepción oficial de inauguración contratados por la FIL.

– Diseño y producción de un programa gastronómico, en la forma y con el alcance que se determine, en coordinación con la FIL.

– Programación de las nueve noches de espectáculos que se presentan en el Foro FIL, en virtud del compromiso adquirido por España como Invitado de Honor.

– Programación y producción del resto de las acciones que se lleven a cabo con ocasión de la FIL, incluidos todos sus gastos anexos.

– Cualquier otro gasto que resulte necesario para la adecuada ejecución y celebración del proyecto que sea consensuado con el Ministerio y previamente aprobado por AC/E (a título enunciativo no limitativo: derechos de autor, producción de materiales de difusión y/o comunicación conforme al diseño proporcionado por la FIL, merchandising, traducción e interpretación y seguros, entre otros).

Tercera. Actuaciones no previstas.

Cualquier actuación que no esté contemplada en la cláusula anterior y que se considere esencial para alcanzar los objetivos del proyecto «España país invitado de honor en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara 2024» será objeto de acuerdo entre las partes y se añadirá, mediante adenda, al presente convenio, de acuerdo con lo establecido en el apartado III de la cláusula octava.

Cuarta. Titularidad de los resultados.

Cada entidad será propietaria de los resultados de las actividades que, en aplicación del presente convenio, sean de su responsabilidad, con estricto respeto a los derechos de autor según determina el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, y al Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, en la parte relativa a derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, además de a cualquier otra norma que sea de aplicación.

Quinta. Comunicación y difusión.

En todas las comunicaciones que se realicen relativas al proyecto «España país invitado de honor en la Feria Internacional del libro de Guadalajara 2024» y sus acciones preparatorias y complementarias, el Ministerio y AC/E se comprometen a mencionar expresamente a las partes y a utilizar los logotipos de ambas instituciones, así como aquellas imágenes y lemas que se acuerden durante el desarrollo del proyecto.

Sexta. Comisión de Seguimiento.

I. Se crea una comisión de seguimiento compuesta por cinco miembros, presidida por la Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura y, en su ausencia, por el Subdirector General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras, e integrada por dos representantes de cada una de las partes.

II. Le corresponde a esta Comisión realizar las funciones de vigilancia, seguimiento y control de la ejecución del convenio, y de los compromisos asumidos por los firmantes. Igualmente le corresponde valorar la evolución del mismo y resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.

III. La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, y adicionalmente siempre que lo requiera una de las partes.

Séptima. Portal de transparencia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio se pondrá a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Octava. Efectos, modificación y duración del convenio.

I. El presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

II. El convenio estará vigente hasta el 30 de marzo de 2025 y las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, determinarán cómo resolver las actuaciones en curso de ejecución para su finalización.

III. El convenio podrá ser modificado por voluntad expresa de las partes durante su vigencia, previo acuerdo por escrito, que seguirá los mismos trámites de autorización y publicidad que los establecidos para el convenio original.

IV. Este convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en una de las siguientes causas de resolución:

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– El acuerdo de los firmantes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la otra parte podrá requerir a la parte incumplidora para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado también a la comisión de seguimiento prevista en la cláusula séptima, a través de su presidente. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la parte incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente de aplicación.

Novena. Naturaleza y orden jurisdiccional competente.

El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI, título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudiesen plantearse sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos del presente convenio se resolverán por las partes a través de la comisión de seguimiento, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

En su defecto, y dada la naturaleza administrativa de este convenio, serán competentes para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran originarse los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman, por duplicado, el presente convenio, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministro, Miquel Octavi Iceta i Llorens.–Por Acción Cultural Española, AC/E, el Presidente, José Andrés Torres Mora, y el Director de Programación, Gabriel Planella Domènech.

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