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Documento BOE-A-2023-21042

Orden APA/1109/2023, de 2 de octubre, por la que se concede el Premio Alimentos de España, año 2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 11 de octubre de 2023, páginas 135886 a 135886 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-21042

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APA/379/2023, de 8 de abril, se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.

Por Orden de 14 de mayo de 2023, se convoca el Premio «Alimentos de España, año 2023».

Vista la propuesta de resolución del Premio Alimentos de España, año 2023, formulada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 7.5 de la Orden APA/379/2023, de 8 de abril.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.6 de la Orden APA/379/2023, de 8 de abril, dispongo:

Primero.

Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premio Alimentos de España, año 2023

Industria Alimentaria: SAT N 2803 TROPS, de Vélez-Málaga (Málaga).

Innovación: Bodega Matarromera, SL, de Valbuena de Duero (Valladolid).

Iniciativa Emprendedora: Museo del Campo Majorero, SLU, de Pájara (Las Palmas).

Producción Ecológica: Algas Atlánticas Algamar, SL, de Pazos de Borbén (Pontevedra).

Internacionalización Alimentaria: SAT N 2803 Trops, Vélez-Málaga (Málaga).

Producción de la Pesca y de la Acuicultura: Salazones Garre, SL, de San Pedro del Pinatar (Murcia).

Comunicación: Ediciones y Publicaciones Alimentarias, SA.

Promoción: Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico (ASICI), por la campaña «Despierta tu Sentido Ibérico».

Restauración: L'Antic Hostal. SL, de Ulldecona (Tarragona).

Iniciativa para la Reducción del Desperdicio Alimentario: Consum S. Coop. V, de Silla (Valencia).

Premio Extraordinario: Gremio de los Panaderos, representados por la Confederación Española de Panadería, Pastelería, Bollería y Afines (CEOPPAN).

Segundo.

Desestimar el resto de las solicitudes admitidas al concurso.

Tercero.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente, en reposición, ante el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de su publicación, o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contando desde el día siguiente al de su publicación, con advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto.

Madrid, 2 de octubre de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

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