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Documento BOE-A-2023-21722

Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Memoria Democrática, por el que se determinan los criterios de reparto, así como la distribución resultante de fondos para las Comunidades Autónomas, del crédito asignado en el año 2023 para actividades de memoria democrática y se formalizan los compromisos financieros resultantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 21 de octubre de 2023, páginas 139925 a 139937 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-21722

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Territorial de Memoria Democrática, en su reunión del día 16 de junio de 2023, ha aprobado por unanimidad el Acuerdo por el que se distribuye el crédito previsto en los Presupuestos Generales del Estado de 2023, destinado a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para actividades relacionadas con la Memoria Democrática.

Posteriormente, determinadas Comunidades Autónomas han presentado a esta Secretaría de Estado una propuesta de proyectos a desarrollar, habiéndose alcanzado un acuerdo para su ejecución.

Teniendo en cuenta lo anterior, una vez cumplidos los trámites preceptivos previos y de acuerdo con la regla cuarta del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, los artículos 62 y 151 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

Esta Secretaría de Estado de Memoria Democrática dispone:

Primero.

Acordar la publicación del citado acuerdo como anexo I a la presente resolución.

Segundo.

Una vez cumplidos los trámites preceptivos previos y de acuerdo con la regla cuarta del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, los artículos 62 y 151 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el ejercicio 2023, la distribución de créditos destinados a las Comunidades Autónomas para actuaciones de Memoria Democrática asciende a las cantidades que figuran recogidas en el siguiente cuadro:

CC.AA. + Ceuta y Melilla

Importes definitivos a transferir

Euros

Andalucía. 436.328,38
Aragón. 66.770,40
Asturias. 160.763,58
Baleares. 124.590,97
Canarias. 51.592,63
Cantabria. 52.839,35
Castilla-La Mancha. 292.658,25
Castilla y León. 233.236,69
Cataluña. 399.028,24
Ceuta. 28.116,11
País Vasco. 73.950,49
Extremadura. 210.579,63
Galicia. 102.511,04
La Rioja. 36.712,63
Madrid. 58.697,47
Melilla. 31.578,95
Murcia. 65.059,03
Navarra. 115.845,05
Valencia. 257.305,99

Estas cantidades deberán destinarse a la ejecución de los proyectos presentados por cada Comunidad Autónoma, acordados con esta Secretaría de Estado y que aparecen recogidos en el anexo II de esta resolución.

A tenor de los requisitos exigidos en los preceptos legales que resultan de aplicación, se dejarán sin efecto las transferencias de fondos correspondientes a aquellas Comunidades y Ciudades Autónomas que, a la fecha de la presente resolución, no hayan remitido a este Ministerio su propuesta de proyectos o actuaciones de Memoria Democrática para el 2023, a la espera de su remisión y de su posterior aprobación por mutuo acuerdo.

Tercero.

La justificación del empleo de los fondos recibidos se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las reglas sexta a octava del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Con esta finalidad, las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y de Melilla deberán remitir al Ministerio, con anterioridad al 31 de marzo del 2024, un certificado firmado por el o la titular del centro directivo que gestione la transferencia y adverado por el Interventor/a que acredite el estado de ejecución del ejercicio anterior, indicando las cuantías totales de compromiso de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año. Asimismo, este certificado deberá expresar, en su caso, que las obligaciones pendientes de pago a fecha de 31 de diciembre de 2023 serán satisfechas en el ejercicio inmediato siguiente, con inclusión del acreedor y las fechas en las que tuvo lugar la salida material de fondos. Necesariamente, las actuaciones y, por tanto, los certificados de remanentes deben ajustarse a lo expresamente consignado en la relación certificada de proyectos publicada en el BOE.

Los remanentes de fondos no comprometidos resultantes al finalizar cada ejercicio, que se encuentren en poder de las Comunidades Autónomas, seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio como situación de tesorería en el origen como remanentes que serán descontados de la cantidad que corresponda transferir a cada Comunidad Autónoma.

Si el gasto o actuación a la que corresponda el remanente resulta suprimida en el presupuesto del ejercicio siguiente, se destinará aquél en primer lugar a hacer efectivas las obligaciones pendientes de pago al fin del ejercicio inmediatamente anterior y el sobrante que no estuviese comprometido se reintegrará al Estado.

Las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, deberán proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales.

Finalmente, como parte de la documentación justificativa del empleo de los fondos recibidos, las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla deberán enviar los siguientes informes finales en formato digital:

– Informe Línea 1, relativo a las actuaciones realizadas de localización, exhumación e identificación de víctimas, especialmente indicando:

N.º de estudios de localización de fosas realizados. N.º de fosas identificadas.

N.º de individuos localizados.

N.º de peticiones de exhumación registradas. N.º de exhumaciones realizadas.

N.º de proyectos de exhumación financiados o impulsados. N.º de prospecciones sin resultado positivo

N.º de víctimas identificadas. N.º de familiares encontrados.

N.º de informes de identificación de víctimas y familiares (positivas/negativas).

– Informe Líneas 2 y 3, relativo a las actividades desarrolladas de divulgación de trabajos efectuados y resultados conseguidos, y de dignificación de los lugares de enterramiento y promoción de los lugares de memoria asociados a los mismos.

Madrid, 11 de octubre de 2023.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez López.

ANEXO I
Acuerdo por el que se distribuye el crédito de 2023 destinado a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla

[Se compone del acuerdo y anexos I.a) y I.b)]

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ANEXO I.a) del acuerdo
Distribución resultante de los Fondos del Consejo Territorial de Memoria Democrática para el ejercicio 2023

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ANEXO I.b) del acuerdo
Ficha descriptiva justificación Línea 1

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ANEXO II
Relación de los proyectos presentados por las Comunidades y Ciudades Autónomas y acordados con la Secretaría de Estado de Memoria Democrática

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