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Documento BOE-A-2023-21918

Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con Basque Culinary Center, para la preparación estratégica y la participación en el 8.º Foro Mundial de Turismo Gastronómico.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 25 de octubre de 2023, páginas 141184 a 141191 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2023-21918

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio de entre la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y el Basque Culinary Center para la preparación estratégica y la participación en el 8.º Foro Mundial de Turismo Gastronómico.

Madrid, 25 de septiembre de 2023.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosa Ana Morillo Rodríguez.

CONVENIO ENTRE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Y EL BASQUE CULINARY CENTER PARA LA PREPARACIÓN ESTRATÉGICA Y LA PARTICIPACIÓN EN EL 8.º FORO MUNDIAL DE TURISMO GASTRONÓMICO

Madrid, 25 de septiembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Rosa Ana Morillo Rodríguez, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 1035/2022, de 20 de diciembre, que actúa de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 5.a) de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan determinadas competencias en el ámbito del Departamento, entre ellas, la delegación de la señora Ministra de Industria, Comercio y Turismo, en el titular de la Secretaría de Estado de Turismo para celebrar convenios en su ámbito de competencia.

De otra, don Joxe Mari Aizega Zubillaga, en calidad de Director, en nombre y representación del Basque Culinary Center Fundazioa, fundación de carácter privado, no integrada en ningún sector público, con número de identificación fiscal G-20998100, constituida mediante escritura fundacional otorgada el 23 de marzo de 2009 e inscrita en el Registro de Fundaciones del País Vasco con fecha 25 de noviembre de 2009, bajo el número de Registro F-253 (en adelante BCC), con poder de representación y capacidad de actuar en esta materia, otorgado ante el notario de San Sebastián, don Enrique García-Jalón de la Lama, con fecha 23 de marzo de 2009 (núm. de protocolo 387).

Ambas partes intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que tienen conferidas para convenir, en nombre de las entidades que representan.

En su virtud, y dentro de las normas que resultan de aplicación a cada una de dichas entidades,

MANIFIESTAN

I. Que la Secretaría de Estado de Turismo realiza cuantas acciones sean precisas para la definición, desarrollo, coordinación y ejecución de las políticas turísticas del Estado, sin perjuicio de las competencias de la Comisión Interministerial de Turismo, así como las relaciones turísticas institucionales de la Administración General del Estado con organizaciones internacionales, públicas o privadas, y la cooperación turística internacional, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Además, y a través del Instituto de Turismo de España (Turespaña), O.A., cuya Presidencia le corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Turismo, ejerce la función de promoción exterior del turismo.

II. Que el Basque Culinary Center, es una Fundación Privada sin ánimo de lucro radicada en el País Vasco y cuya actividad se centra en la formación, la investigación y en la promoción turística y atracción de visitantes mediante el impulso del desarrollo gastronómico. Ha organizado las ediciones del 2015, 2017 y 2019 del Foro Mundial del Turismo Gastronómico.

III. Que el Basque Culinary Center ha firmado un acuerdo con la Organización Mundial del Turismo (OMT) para la celebración del 8.º Foro Mundial de Turismo Gastronómico en San Sebastián, los días 5-6 de octubre de 2023.

IV. Que el 8.º Foro Mundial de Turismo Gastronómico es un marco idóneo y de gran interés para la Administración Turística Española, para poder debatir y presentar los retos de este tipo de turismo a nivel mundial, y su influencia en los flujos turísticos hacia España. Asimismo, en este foro se abordará el marco político para desarrollar el turismo gastronómico y su capacidad de crear empleo, de promover el emprendimiento y de idear formas de sustentar a las PYME en este sector.

Por ello, a la vista de lo expuesto, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Es objeto del presente convenio la colaboración entre las partes para lograr que el 8.º Foro Mundial de Turismo Gastronómico, a celebrar los días 5-6 de octubre en San Sebastián (España), sea un gran éxito tanto a nivel de debate turístico y conclusiones efectivas, como a nivel mediático y de visibilidad internacional, de forma que reporte importantes beneficios, tanto a la marca turística España, como a la relevancia del turismo y su incidencia en los flujos turísticos hacia España.

Segunda. Bases de colaboración.

Para la consecución del objeto del convenio, las partes se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:

2.1 Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo en el ámbito de la celebración del 8.º foro:

A) Facilitar la intervención de una autoridad que el Gobierno considere, en la Ceremonia de Apertura del 8.º Foro.

B) Difundir esta colaboración con el Basque Culinary Center, a través de los canales propios que la Secretaría de Estado de Turismo (publicación noticia en página web del Ministerio y perfil institucional de la Secretaria de Estado en redes sociales), dada la naturaleza del evento y el grado de inserción en sus políticas.

C) Realizar una aportación económica al Basque Culinary Center por importe de 50.000,00 euros, como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados por el catering que tenga lugar fuera del Basque Culinary Center.

2.2 Actuaciones del Basque Culinary Center.

2.2.0 Valoración económica del 8.º Foro Mundial de Turismo Gastronómico:

– Ejecutará las actuaciones descritas en el anexo, que tendrán la consideración de aportación total por valor de 56.650 euros, desglosados de la siguiente manera: 50.000 euros como aportación dineraria y 6.650 euros como aportación no dineraria según consta en el anexo del convenio.

2.2.1 Actuaciones en el ámbito de la Comunicación del 8.º Foro:

– Incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Turismo, como socio oficial en las acciones de comunicación del 8.º Foro, dirigidas a los medios de comunicación, miembros y delegados registrados. Especialmente se incluirá en los siguientes soportes y material promocional del 8.º Foro:

● La página web del 8.º Foro Mundial de Turismo Gastronómico incluirá los logotipos mencionados, con enlace a la web www.spain.info.

● Todos los materiales evento.

● En la portada de la documentación.

– Toda actuación de comunicación necesaria para la información y difusión del evento:

● Envío de newsletter a diferentes bases de datos propias y de la OMT.

● Publicación en redes sociales del BCC y OMT (Facebook, Twitter, Instagram y youtube).

● Publicación en página web.

● Gestión con medios de comunicación y RR. PP.

2.2.2 Actuaciones en el ámbito de la celebración del 8.º Foro:

– Toda actuación relativa a la dirección y secretaría técnica del evento y su evaluación y justificación hasta darse por cumplido el presente convenio.

– Toda actuación relativa a la gestión y logística del evento.

– Facilitar la intervención de una autoridad que el Gobierno considere, en la Ceremonia de Apertura del 8.º Foro.

– Aportación del Auditorio en el que se celebrará el evento, durante los días que tenga lugar.

– Aportación de azafatos/as que faciliten el trabajo necesario para el desarrollo del evento durante sus días de celebración.

– Aportación de los audiovisuales, traducción simultánea, decoración y cualquier tipo de material necesario para el desarrollo del evento.

Todos los diseños de los materiales de comunicación, publicidad y promoción desarrollados y utilizados que incluyan o utilicen de alguna forma el nombre, el logotipo o cualquier otro símbolo de la Secretaría de Estado de Turismo deberán ser aprobados expresamente y por escrito por la Secretaría de Estado, con carácter previo a su reproducción, exhibición y distribución, a los efectos de comprobar el cumplimiento de lo previsto en el presente convenio y de asegurar que no existe en los materiales sometidos a aprobación nada que pueda dañar su imagen. En su caso, la denegación de la aprobación deberá ser motivada y fundamentada en las causas expuestas.

Para dicha aprobación, se entregarán a la Secretaría de Estado de Turismo las correspondientes pruebas junto a la solicitud de aprobación, debiéndose aprobar o rechazar dichos materiales en el plazo de cinco días a contar desde la recepción de la solicitud. La falta de respuesta una vez transcurrido dicho plazo será entendido como una aprobación tácita de dichos materiales.

Tercera. Cesión de derechos de imágenes y material audiovisual.

El Basque Culinary Center cederá gratuitamente a la Secretaría de Estado de Turismo y a Turespaña los derechos de uso de todas aquellas imágenes y material audiovisual que se genere durante la celebración del 8.º Foro, para los fines indicados en este documento, por un período de veinticuatro meses desde su entrega a la Secretaría de Estado de Turismo.

Los derechos de reproducción total o parcial de las imágenes y el material audiovisual obtenidos como consecuencia de lo estipulado en el presente convenio, a favor de Secretaria de Estado de Turismo, serán otorgados por el Basque Culinary Center, sin coste alguno para Secretaría de Estado de Turismo.

Cuarta. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a guardar confidencialidad sobre cualquier tipo de dato proporcionado por cualquiera de ellas, especialmente de los datos de carácter personal, de conformidad con lo estipulado en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y se obligan a no hacer uso de los datos para una finalidad distinta de la que motiva el desarrollo del presente convenio y, en consecuencia, a no utilizarlos ni publicarlos de ninguna forma que exceda dicha finalidad. Igualmente, las partes se obligan a cumplir las medidas de seguridad y demás obligaciones derivadas de la Legislación de Protección de Datos de Carácter Personal.

Quinta. Compromisos económicos.

La Secretaría de Estado de Turismo se compromete a aportar un máximo de 50.000 euros al BCC en calidad de gastos de participación en el 8.º Foro, según consta en el apartado 2.1 de la cláusula segunda de este convenio.

La financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.640, proyecto de inversión núm. 2014 20 04 0003, del Presupuesto de Gastos de la mencionada Secretaría de Estado para el año 2023.

Por otra parte, el BCC, como organizador principal del 8.º Foro, se compromete a aportar un máximo de 50.000 euros para llevar a cabo las actividades previstas en el apartado 2.2. de este convenio, efectuando, en su caso, y conforme a la normativa en vigor, las contrataciones necesarias para la ejecución de las mismas.

El total de las aportaciones económicas se realizarán por los importes y con el desglose presupuestario que figura detallado en el anexo de este convenio.

Sexta. Justificación y régimen de pagos.

A la finalización de las actuaciones objeto de este convenio, el BCC remitirá a la Secretaría de Estado de Turismo la documentación justificativa del gasto realizado, y una memoria detallada de todas las actividades realizadas.

La Comisión de Seguimiento, elaborará un Informe final en el que se detallará la realización de la totalidad de las actuaciones del convenio, y examinará la documentación justificativa para proceder, en su caso, al pago correspondiente.

El abono al BCC se efectuará mediante un único pago.

Séptima. Comisión de Seguimiento, vigilancia y control.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una Comisión, formada por una representación paritaria de las partes firmantes.

La Comisión de Seguimiento estará formada por dos miembros en representación de cada una de las partes firmantes, que se reunirá al menos una vez con el fin de realizar un seguimiento de la colaboración establecida. Por parte de la Secretaría de Estado de Turismo, se designa a la persona titular de la Subdirección de Desarrollo y Sostenibilidad Turística como presidente de la comisión y a la persona titular de la jefatura de Área de Desarrollo de Nuevos Productos, como secretario y miembro de la Comisión de Seguimiento. En caso de vacante de alguno de dichos puestos la Secretaría de Estado de Turismo designará sustitutos de rango asimilable a los anteriores.

La Presidencia de la Comisión ejercerá las funciones que establece el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, salvo la de dirimir con su voto los empates.

Los acuerdos de esta Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros.

La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en la ejecución del convenio.

Por parte de Basque Culinary Center, se designará al Responsable de Eventos del BCC, para que actúe como representante de BCC en la comisión y a la responsable de la Asesoría Jurídica del BCC como segundo miembro de la comisión de seguimiento.

Octava. Régimen aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo de lo establecido en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que se susciten entre las partes sobre la ejecución y cumplimiento del convenio que no puedan solventarse en la Comisión de Seguimiento se resolverán por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con su Ley reguladora.

Novena. Vigencia.

El presente convenio surtirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. La inscripción deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, el convenio será publicado, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la otra parte firmante del mismo.

El plazo de vigencia del convenio finalizará el 30 de noviembre de 2023, en el cual deberán quedar finalizadas todas las aportaciones de las partes, recogidas en la cláusula segunda de este documento.

Debido al carácter singular que motiva la realización del presente convenio, que es la celebración en España del 8.º Foro Mundial del Turismo Gastronómico, no procede la prórroga del mismo, más allá del plazo de vigencia indicado en el párrafo anterior.

Décima. Extinción y resolución.

El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.2 de la citada Ley 40/2015:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

f) En caso de no celebrarse el congreso en las fechas y tiempos anteriormente citados.

El cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, en los términos establecidos en el artículo 52 de la citada Ley 40/2015.

Undécima. Consecuencias en caso de incumplimiento del convenio.

En caso de incumplimiento del convenio por una de las partes, la otra podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado también a la Comisión de Seguimiento.

Si transcurrido el plazo de un mes persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra y a la Comisión de Seguimiento la concurrencia de la causa de resolución y entenderá resuelto el convenio, resultando, por tanto, de aplicación lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Si como consecuencia del incumplimiento, en la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por el BCC, fuera inferior a los fondos indicados en la cláusula «Quinta. Compromisos económicos», la aportación económica se verá reducida a la cantidad incluida en la liquidación siempre que el citado incumplimiento no fuera responsabilidad del BCC.

Y en signo de conformidad con todo lo anterior, las partes firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosa Ana Morillo Rodríguez.–Por Basque Culinary Center Fundazioa, el Director, Joxe Mari Aizega.

ANEXO
Actuaciones con contenido económico

Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo

  Coste económico Financiación
2.1 Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo en el ámbito de la celebración del 8.º Foro:    
A) Facilitar la intervención de una autoridad que el Gobierno considere, en la Ceremonia de Apertura del 8.º Foro. 100 € *1  
B) Difundir la colaboración con el BASQUE CULINARY CENTER mediante este convenio, a través de los canales propios de la Secretaría de Estado de Turismo (Publicación en la página web y perfiles institucionales en redes sociales), dada la naturaleza del evento y el carácter restringido de asistencia al mismo. 150 € *1  
 *1 TOTAL APORTACIONES que forman parte de las competencias de la SETUR, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 250 €  
C) Realizar una aportación económica al BASQUE CULINARY CENTER, por importe de 50.000 €, IVA no incluido, como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados por el Catering que tenga lugar fuera del Basque Culinary Center. 50.000 € 50.000 €
 TOTAL APORTACIÓN MONETARIA. 50.000 € 50.000 €

*1 Estimaciones del coste de las aportaciones, pero que no suponen un gasto adicional en el presupuesto de la SETUR a lo ya previsto en la actividad ordinaria.

*1 TOTAL APORTACIONES que forman parte de las competencias de la SETUR, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 250 €
TOTAL APORTACIÓN MONETARIA. 50.000 €
 VALORACIÓN TOTAL SECRETARÍA ESTADO DE TURISMO. 50.250 €

Actuaciones del Basque Culinary Center

  Coste económico Financiación
2.2.1 Actuaciones del BCC en el ámbito de la comunicación del 8.º Foro.    

A) Incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Turismo, como socio oficial en las acciones de comunicación del 8.º Foro, incorporándolo en las comunicaciones oficiales del mismo, dirigidas a los medios de comunicación, miembros y delegados registrados. Especialmente se incluirá en los siguientes soportes y material promocional del 8.º Foro:

– La página web del 8.º Foro Mundial del Turismo Gastronómico incluirá el logotipo citado con enlace a la web www.spain.info.

– Todos los materiales del evento.

– En la portada de la documentación.

500 €  
*1 TOTAL APORTACIONES que forman parte de las competencias del BCC y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 500 €  

B) Toda actuación de comunicación necesaria para la información y difusión del evento:

– Envío de newsletter a diferentes bases de datos propias y de la OMT.

– Publicación en redes sociales del BCC y OMT (Facebook, Twitter, Instagram y youtube).

– Publicación en página web.

– Gestión con medios de comunicación y RR. PP.

  16.000 €
  TOTAL APORTACIONES MONETARIAS.   16.000 €
*1 TOTAL APORTACIONES que forman parte de las competencias del BCC, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 500 €  
TOTAL APORTACIÓN MONETARIA.   16.000 €
 VALORACIÓN TOTAL 2.2.1 BASQUE CULINARY CENTER. 16.500 €
  Coste económico Financiación
2.2.2 Actuaciones del BCC en el ámbito de la celebración del 8.º Foro:    
A) Dirección y secretaría técnica del evento, su evaluación y justificación hasta darse por cumplido el presente convenio. 3.000 €  
B) Gestión y logística del evento. 3.000 €
C) Facilitar la intervención de una autoridad que el Gobierno considere, en la Ceremonia de Apertura del 8.º Foro. 150 €
*1 TOTAL APORTACIONES que forman parte de las competencias del BCC y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 6.150 €  
D) Aportación del Auditorio en el que se celebrará el evento, durante los días que tenga lugar.   12.000 €
E) Aportación de azafatos/as que faciliten el trabajo necesario para el desarrollo del evento durante sus días de celebración. 2.000 €
F) Aportación de los audiovisuales, traducción simultánea, decoración y cualquier tipo de material necesario para el desarrollo del evento. 20.000 €
 TOTAL APORTACIONES MONETARIAS.   34.000 €
*1 TOTAL APORTACIONES que forman parte de las competencias del BCC, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 6.150 €  
TOTAL APORTACIÓN MONETARIA.   34.000 €
 VALORACIÓN TOTAL 2.2.2 BASQUE CULINARY CENTER. 50.150 €
*1 TOTAL APORTACIONES que forman parte de las competencias del BCC, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 6.650 €  
TOTAL APORTACIÓN MONETARIA.   50.000 €
 VALORACIÓN TOTAL 2.2 BASQUE CULINARY CENTER. 56.650 €

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