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Documento BOE-A-2023-23110

Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la primera Adenda de prórroga al Convenio con la Ciudad de Melilla, para la atención integral de los usuarios del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual «Francisco Gámez Morón».

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 14 de noviembre de 2023, páginas 150981 a 150983 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2023-23110

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 3 de noviembre de 2023 se ha suscrito la Primera adenda de prórroga al Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad de Melilla para la atención integral de los usuarios del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual «Francisco Gámez Morón» perteneciente a la Ciudad de Melilla.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con las competencias conferidas por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, resuelvo:

Proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada adenda, que se incorpora como anexo a esta resolución.

Madrid, 6 de noviembre de 2023.–El Director General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Luis Alberto Barriga Martín.

ANEXO
Primera adenda de prórroga al Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad de Melilla para la atención integral de los usuarios del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual «Francisco Gámez Morón» perteneciente a la Ciudad de Melilla

REUNIDOS

De una parte, don Luis Alberto Barriga Martín, Director General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrado en virtud del Real Decreto 207/2020, de 29 de enero (BOE núm. 26, de 30 de enero), y facultado para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE núm. 246, de 14 de octubre de 2005).

Y de otra, doña Randa Mohamed El Aoula, Consejera de Políticas Sociales y Salud Pública, cargo por el que fue nombrada por Decreto del Presidente de la Ciudad de Melilla núm. 0915, de fecha 10 de julio de 2023, relativo al nombramiento de los Consejeros de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario núm. 45, de 10 de julio de 2023), debidamente facultada para este acto por Decreto del Consejo de Gobierno de 19 de noviembre de 2019, relativo a la distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019).

Ambos intervienen en nombre y representación de sus respectivas Instituciones, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,

EXPONEN

Que con fecha 25 de noviembre de 2020 las partes firmaron un Convenio para la atención integral de los usuarios del Centro de Atención a personas con discapacidad intelectual «Francisco Gámez Morón» perteneciente a la Ciudad de Melilla, con una vigencia de tres años.

Que, en el Convenio las partes contemplaron, en su cláusula undécima, la posibilidad de prorrogar su duración por un periodo de hasta tres años adicionales.

Que es voluntad de las partes proceder a la prórroga del Convenio por un año.

Y, en consecuencia, las partes manifiestan su voluntad de firmar la presente Adenda de prórroga del Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio por el periodo de un año desde el 1 de diciembre de 2023 al 30 de noviembre de 2024.

Segunda. Obligaciones de las partes.

La Ciudad Autónoma de Melilla se obliga a la atención integral de los beneficiarios de las plazas, comprometiéndose a aceptar a los designados por el Imserso para ocupar las plazas residenciales y las de centro de día.

En el caso de que la Ciudad Autónoma de Melilla considerara que los beneficiarios designados por el Imserso no son aptos para el tipo de plaza, deberá ponerlo en conocimiento del Instituto antes de finalizar el periodo de observación y adaptación establecido de tres meses, contados a partir del día siguiente al ingreso en el centro, mediante informe razonado, el cual servirá de base a la resolución que adopte la Dirección General del Imserso.

El Imserso se compromete a abonar a la Ciudad Autónoma de Melilla, en concepto de liquidación de estancias, la diferencia resultante entre la cantidad establecida en concepto de coste/plaza y las cantidades abonadas por los usuarios ingresados, en los plazos y conforme a los requisitos establecidos en la normativa aplicable a los centros para personas con discapacidad.

Tercera. Financiación y pago.

La cuantía económica que aportará el Imserso para la financiación de la presente adenda de prórroga asciende a doce mil seiscientos diecinueve euros con sesenta y nueve céntimos (12.619,69 euros) durante el año 2023, y seiscientos sesenta y tres mil doscientos quince euros con ochenta y un céntimos (663.215,81 euros) para el año 2024.

La cantidad devengada se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 1003-6004.3131.2622 contra la certificación del gasto efectuado, debidamente documentado y acreditado, que presente el órgano interventor de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Cuarta. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» y facultativamente en el boletín oficial de la ciudad autónoma.

Quinta. Subsistencia del resto del convenio.

Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no estipulado por esta adenda.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante (3 de noviembre de 2023).–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, el Director General, Luis Alberto Barriga Martín.–Por la Ciudad de Melilla, la Consejera de Políticas Sociales y Salud Pública, Randa Mohamed El Aoula.

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