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Documento BOE-A-2023-23208

Resolución de 2 de noviembre de 2023, del Consejo Insular de Menorca (Illes Balears), referente a la declaración de las leyendas de Menorca como bien de interés cultural inmaterial.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 15 de noviembre de 2023, páginas 152550 a 152560 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2023-23208

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes

1. El artículo 15.1 de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de las Illes Balears, otorga a los consejos insulares la potestad de declarar en sus respectivos territorios bienes de interés cultural inmaterial, y prevé que la incoación del procedimiento correspondiente corresponde al órgano competente de cada consejo insular, que en el caso del Consell Insular de Menorca es Consejo Ejecutivo, que puede hacerlo por iniciativa propia, a propuesta de los órganos consultivos en materia de patrimonio cultural inmaterial o a instancia de otra administración pública, comunidad, grupo o persona.

2. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en su sesión de día 17 de abril de 2023, aprobó la incoación del expediente para declarar las leyendas de Menorca como bien de interés cultural inmaterial de Menorca (exp. 2109-2023-000003), según acuerdo publicado en el «Boletin Oficial de las Islas Baleares» núm. 54 de 27 de abril de 2023.

3. En fecha de 26 de abril de 2023 se notificó el acuerdo de incoación y se dio audiencia a las entidades vinculadas al bien que se quiere declarar: Col·lectiu Folklòric Ciutadella, así como a los ayuntamientos de todos los municipios de Menorca.

4. En la misma fecha se notificó el acuerdo de incoación a la Consejería de Fondos Europeos, Universidades y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y se solicitó al Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Inmaterial de las Illes Balears, a la Comisión Asesora del Patrimonio Cultural Inmaterial de Menorca y en el Instituto Menorquín de Estudios que emitieran el informe preceptivo sobre la incoación del expediente que prevé el artículo 15.7 de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de las Illes Balears.

5. En el período de consulta pública y trámite de audiencia a las personas y entidades interesadas en el expediente no se produjo ninguna alegación, según consta en el certificado de Secretaría emitido día 13 de junio de 2023.

6. Con fecha 2 de mayo de 2023, el Ayuntamiento de Alaior formalizó su adhesión a la declaración de las leyendas de Menorca como bien de interés cultural inmaterial de Menorca.

7. Con fecha 2 de mayo de 2023, la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura comunicó la anotación preventiva de las leyendas de Menorca en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Illes Balears con el código 07032-3-3-0-3136.

8. Asimismo, con fecha 7 de junio de 2023, el Ministerio de Cultura y Deportes también comunicó que el bien se ha inscrito en el Registro General de Bienes de Interés Cultural con el código de identificación 30542.

9. Con fecha 25 de mayo de 2023, la Comisión Asesora del Patrimonio Cultural Inmaterial de Menorca remitió su informe, emitido día 3 de mayo, en sentido favorable a la declaración de las leyendas de Menorca como bien de interés cultural inmaterial con las siguientes modificaciones en la ficha descriptiva del bien:

a) En el punto 6 (Memoria histórica del bien), incluir la referencia a las leyendas recopiladas por Francesc Camps i Mercadal y publicadas, entre otras colaboraciones del autor, en el semanario manacorí La Aurora en 1916, colaboraciones que posteriormente fueron editadas por el Instituto Menorquín de Estudios en 2000 bajo el título de Mites i records.

b) En el mismo punto 6, hacer constar que la relación de las leyendas que se incluyen no excluye que puedan aparecer más, fruto de nuevas investigaciones y de trabajos de investigación de nuevos estudiosos de la narrativa de tradición oral de Menorca.

c) Incluir en el apartado 11 (Bibliografía), la obra Mites i records, de Francesc Camps i Mercadal, publicada por el IME dentro de la Colección Capcer (núm. 14) en el año 2000.

10. Con fechas de 9 de junio de 2023 y 11 de agosto de 2023, respectivamente, el Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Inmaterial de las Illes Balears y el Consejo Científico del Instituto Menorquín de Estudios han emitido sendos informes en sentido favorable a la declaración de las leyendas de Menorca como un bien de interés cultural inmaterial de Menorca.

11. El artículo 15.7 de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de las Illes Balears, establece que la declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial debe adoptarse por acuerdo del Pleno del consejo insular correspondiente.

El Pleno en sesión de carácter extraordinario de fecha 25 de septiembre de 2023 adoptó por unanimidad de los consejeros presentes los siguientes acuerdos:

Primero.

Aceptar las enmiendas propuestas por la Comisión Asesora del Patrimonio Cultural Inmaterial de Menorca en el informe emitido día 3 de mayo de 2023 y, por tanto, incorporarlas al anexo correspondiente a la descripción del bien.

Segundo.

Declarar Bien de Interés Cultural Inmaterial de Menorca (BICIM) las leyendas de Menorca de acuerdo con la descripción de sus elementos y características que se adjunta como anexo y que forma parte integrante del presente acuerdo. Los efectos de esta declaración son los que establecen la Ley 18/2019, de 8 de abril, de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de las Illes Balears, y la normativa concordante.

Tercero.

Notificar el acuerdo de declaración de las leyendas de Menorca como BICIM a los ayuntamientos de la isla y a la entidad Col·lectiu Folklòric Ciutadella.

Cuarto.

Notificar el acuerdo de declaración a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de las Illes Balears, a efectos de su inscripción definitiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural, con especial mención de la información que se ha de remitir al Registro del Ministerio de Cultura y Deportes.

Quinto.

Realizar la anotación correspondiente en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Menorca.

Sexto.

Publicar el acuerdo definitivo de declaración de las leyendas de Menorca como BICIM en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo cual se comunica para general conocimiento y para que tenga los efectos que correspondan, al tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer los siguientes recursos:

– En el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares», recurso potestativo de reposición ante el Pleno. Este recurso se entenderá desestimado si no se ha notificado la resolución cuando haya transcurrido un mes desde su interposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma.

– En el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares», recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma siempre que no se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, dado que en este caso habrá que esperar a que se dicte resolución.

Todo ello sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.

Todo lo anterior se ajusta a la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y a la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por último, procede indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, salvo que la autoridad competente lo acuerde expresamente.

Maó, 2 de noviembre de 2023.–La Secretaria, Rosa Salord Oleo.

ANEXO
Descripción de las leyendas de Menorca como como bien de interés cultural inmaterial (BICIM)

1. Denominación

Leyendas de Menorca.

2. Tipo de bien

Inmaterial: Tradiciones orales, particularidades lingüísticas y formas de comunicación.

3. Objeto de la declaración

Constituye el objeto de esta declaración todo el legendario recopilado en Menorca por los folcloristas que lo recogieron de la tradición oral transmitida de generación en generación. Incluye, por tanto, lo que conocemos como encantamientos, leyendas del tiempo de los moros, tradiciones de gigantes, coverbos de terror y fábulas, según la denominación dada por los diferentes estudiosos de la narrativa popular menorquina, entre ellos, Francesc Camps i Mercadal (Francesc d’Albranca), Andreu Ferrer i Ginard, Antoni Orfila Pons (Fila-Or), Jaume Mascaró y los integrantes del Col·lectiu Folklòric Ciutadella.

4. Descripción general del bien

El legendario menorquín, al igual que el de otros lugares del mundo, está formado por un conjunto de narraciones de autor desconocido que se han transmitido oralmente durante siglos, de padres a hijos, y que se han ido modificando a lo largo del tiempo según la imaginación, inventiva o lugar de procedencia de la persona que la ha contado. Son relatos de ficción, pero que se presentan como verídicos porque surgen de la necesidad de contar o comprender una realidad insólita, un hecho histórico o un fenómeno natural que, en el momento en que se creó la leyenda, eran difíciles de explicar.

Las leyendas, por lo general, están ligadas a un espacio determinado ya la historia de las personas que lo habitan. Sobre este espacio, el imaginario colectivo crea historias que reinterpretan las peripecias, costumbres y creencias de la comunidad que vive allí. Los personajes de las leyendas son individualizados, no modelos genéricos como ocurre en las fábulas, y muchas de ellas tienen un núcleo histórico alrededor del cual se forma una serie de episodios imaginarios que casi siempre acaban con una enseñanza. En el caso de las leyendas de Menorca, un gran número de ellas se ubican especialmente en dos momentos históricos:

– La prehistoria, de modo que se asocian a un tiempo remoto en el que la isla estaba habitada, supuestamente, por gigantes que construyeron los monumentos megalíticos que encontramos repartidos por el paisaje de la isla (taulas, navetas, talayots...), son las que Francesc d’Albranca llama «tradiciones de gigantes».

– Un impreciso «tiempo de los moros», que puede ser tanto en el momento de la conquista catalana de la isla, que hasta entonces estaba bajo dominio musulmán, como cuando Menorca se vio afectada por las incursiones turcas de los siglos XVI y XVII, que arrasaron la isla e hicieron muchos cautivos entre los menorquines.

Por tanto, lo que caracteriza a las leyendas del resto de la narrativa popular, lo que las hace diferentes y les otorga un valor añadido, es su vinculación con el territorio y con la historia de donde son propias. Porque aunque son relatos de ficción, se nos presentan como verídicos, con un carácter didáctico muy marcado y nacidas de la necesidad de explicar o comprender una realidad insólita sucedida en un tiempo y un espacio concretos y bien conocidos.

5. Pertenencias del bien

Las leyendas menorquinas incluyen toda una serie de narraciones transmitidas oralmente que, enmarcadas en un espacio y en un tiempo concretos, están estrechamente ligadas al territorio donde fueron creadas y que se pueden dividir en la siguiente tipología, según el tema que presenten:

5.1 Leyendas históricas. Se refieren a personajes, episodios y tiempos concretos de la historia local y que han sufrido un cierto proceso de mitificación. En el caso de Menorca, las leyendas incluidas en este epígrafe se sitúan básicamente en dos momentos históricos:

a) La prehistoria, de modo que se asocian a un tiempo remoto en el que la isla estaba habitada, supuestamente, por gigantes que construyeron los monumentos megalíticos que se encuentran repartidos por el paisaje de la isla (taulas, navetas, talayots... ), son las que Francesc d’Albranca llama «tradiciones de gigantes». Entre éstas están Sa naveta des Tudons i es pou de s’Aimador, Sa taula de Torralba i es fus de sa geganta, Sa pica d’Albranca, o Sa dona de sa penya marbre que seu.

b) Un impreciso «tiempo de los moros», que puede referirse tanto al tiempo de la conquista catalana de la isla cuando Menorca estaba bajo dominio musulmán (1287), como al momento en el que Menorca se vio afectada por las incursiones turcas de los siglos xvi y xvii. Entre las primeras, del tiempo de la conquista catalana, tenemos Sa llàntia de plata, Sa roca des cavall, Sa novia d’Algendar, La pobla del Mercadal o Ferreries en temps des moros. Y más abundantes són las del segundo momento histórico: Es pas d’en Revull, Es tresor de Torrellafuda, Es tresor d’Albranca, Madona de Binifadet, Sa donzella de Son Carabassa, Es pou des captiu... y la más conocida: En Xoroi.

5.2 Encantamientos. Leyendas fantásticas relativas al mundo sobrenatural, que explican hechos de carácter insólito mediante la intervención de seres imaginarios y cuya temática refleja la pervivencia de creencias deíficas sobre la naturaleza y el hogar. Aparecen seres imaginarios como hadas, duendes, demonios, gigantes, animalillos y bestias fabulosas, almas en pena... unos seres estrechamente vinculados a la naturaleza (aguas, cuevas, simas, barrancos...). No es de extrañar, pues, que la inmensa mayoría de ellas se sitúen en los barrancos del mediodía de la isla: el de Algendar, el de Albranca y el d’En Fideu. Son ejemplos leyendas como Sa cova de sa dama, Encantaments de Biniguarda, Sa dama de sa cova Murada, Sa senyora de sa cova de sa Por, Es gorg d’Albranca, Sa ciutat de Perella, Sa senyora des Barranquell, S’homenet de sa Boval, S’homenet de mitja colzada... entre otras.

Hay un grupo de estas leyendas, que Jaume Mascaró ha estudiado más en profundidad, en las que siempre hay una persona humilde e ingenua —un cabrero, un mensaje de sitio, una hijita— a la que se aparece, de dentro una cueva, una señora que le dice estar encantada —a veces los demás ven a esta señora como una serpiente— y le propone un dilema. Si lo resuelve de manera satisfactoria, ella se desencantará, pero casi en todos los casos la elección que hace el protagonista no es la correcta, ya sea por miedo o por ambición, y entonces la señora encantada le condena con la siguiente sentencia: « Serás pobre toda la vida». Mascaró dice (1998) que "estas leyendas son formas diversas de una misma historia de fondo: la historia del proceso de transformación que hace una persona cuando supera el miedo a lo desconocido, misterioso, en definitiva, de la muerte". Según el propio autor, esta pobreza a la que sentencian los protagonistas tiene un sentido simbólico que va más allá de la falta de bienes materiales y que se refiere a la mediocridad de la existencia humana.

Otras leyendas que entrarían en esta categoría de encantamientos, son lo que Francesco d’Albranca llama «coverbos de terror», como El pou des caçador o Sa perdiu blanca, entre otros.

5.3 Fábulas explicativas. Leyendas relativas al mundo natural con intención básicamente explicativa. Se sitúan en un tiempo muy primigenio ya que, introducidas a menudo por las fórmulas "Por qué..." o "De cuándo...", lo que pretenden es ofrecer una explicación de carácter popular a un fenómeno atmosférico, a un accidente topográfico, a algo, en definitiva, que a la gente en su momento le era difícil comprender. Son básicamente las que Francesco d’Albranca recogió bajo el epígrafe de «Faules» en su trabajo Folklore menorquí. De la pagesia («Sa primera casa», «Com s’introduí es podar sa vinya», «Descobriment del carbó»...).

5.4 Leyendas religiosas. Son las que tienen una presencia más residual en el legendario menorquín, y serían aquellas en las que encontramos algún hecho religioso o que relatan experiencias místicas, como por ejemplo la Trobada de la imatge de la Mare de Déu del Toro, o las que Albranca recoge bajo el epígrafe «De la Manna», que son Es brundell de pa y Madò Manna.

6. Memoria histórica del bien

No es hasta el siglo xx que comienza la labor de recopilación de toda la narrativa oral menorquina. Francesc Camps i Mercadal, conocido como Francesc d’Albranca, recogió un buen grupo de leyendas en 1911, junto con otras muchas expresiones del folclore menorquín, y las presentó, formando parte de su trabajo «De la Pagesia», al concurso público sobre folclore menorquín convocado por la Sección de Literatura y Música del Ateneo Científico, Literario y Artístico de Maó, aunque no se publicara aquella obra hasta 1918. El propio autor explica en una nota preliminar las razones que le llevaron a escribir aquella recopilación: «Per això, com a relíquies de l’antigor, els he anat estojant dins s'armariet de família, de sa família de Menorca pagesa. "Escriulós (me dije); tal vegada no'ls-e sentiràs mai més: replegue’ls per un si a cas..."», por lo que podemos afirmar que en aquel momento estaban vivas oralmente. En dicha recopilación, por lo que se refiere a leyendas, encontramos:

– Entre las que llama «Faules vulgars», destacan las fábulas explicativas como Sa primera casa, Com s’introduí es podar sa vinya o Descobriment des carbó.

– Encantaments», epígrafe que recoge 14 leyendas.

– «Tradicions dels gegants», con 5 leyendas.

– «Records dels temps dels moros», con 17 leyendas.

– Les que recoge en el epígrafe «De la Manna», que son concretamente Es brundell de pa y Madò Manna.

Asimismo, Francesc Camps i Mercadal, también recopiló algunas leyendas más entre los artículos que publicó en el semanario manacorense La Aurora a lo largo del año 1916. Estas colaboraciones fueron posteriormente editadas por el Instituto Menorquín de Estudios bajo el título de Mites i records.

En el mismo concurso que ganó Francesc Camps se presentó otra obra, escrita por Andreu Ferrer Ginard con el título «Recull de Folk-lore menorquí», que recibió el accésit ante la imposibilidad de premiar dos obras y por el gran conocimiento y erudición que demostraba el autor. Andreu Ferrer nació en Artà en 1887, pero entre 1906 y 1915 ocupó su primera plaza como maestro en Es Migjorn Gran. Su gran afición por los estudios folclóricos le llevó a presentar ese trabajo; pero, curiosamente, su obra Llegendes de les Balears, en la que detalla la persona de quien ha recogido cada uno de los textos, de las 214 leyendas recopiladas, sólo incluye 8 recogidas en Menorca, la mayoría en Es Migjorn Gran. Estas leyendas son las siguientes: La cova d’en Xoroi, Lo que feren els des Consell, Com es fundà es Mercadal, Sobrenom dels fills de Ferreries, La roca de Santa Àgueda, Es peu del Bon Jesús, Per què les mules no crien? i Per què és que hi ha figueres que fan dos espelts de figues cada any? Otra curiosidad de esta obra es que también aparecen las leyendas La ciutat de Parella y La ciutat de Troia, que hacen referencia a una ciudad hundida situada frente a la costa noreste de Mallorca, en medio del mar, y que sale una vez al año, en el mes de agosto. Pero esta leyenda la recogió de un marinero de Artà que aseguraba haberla visto yendo a pescar.

Cabe decir que la versión de las leyendas menorquinas que nos ha llegado hasta la fecha es la que recogió Francesco Camps, que normalmente se ha adaptado a la normativa actual desde el punto de vista lingüístico, y todas ellas se han recogido posteriormente en diferentes publicaciones divulgativas.

Otras fuentes en las que se ha recopilado el legendario menorquín son las revistas Página Menorquina de El Bien Público, Llum Nova y Revista de Menorca, en las que el propio Francesc d’Albranca y otros folkloristas como Antoni Orfila, que firmaba bajo el seudónimo Fila-Or, y Àngel Ruiz y Pablo, recogieron, especialmente en el primer tercio del siglo XX, algunas de las leyendas de Menorca. Sin embargo, ello no excluye que puedan aparecer más leyendas menorquinas, fruto de nuevas investigaciones y de trabajos de investigación de los actuales estudiosos de la narrativa de tradición oral.

7. Descripción de los usos, las representaciones, las expresiones, los conocimientos y las técnicas que comporta

7.1 Estructura.

Las leyendas se caracterizan por no tener normalmente una estructura definida, ya que se trata de relatos con cierto contenido histórico y supuestamente verídicos.

Sin embargo, sí hay un tipo de leyendas de Menorca que mantienen cierta uniformidad estructural; se trata de las leyendas que acaban con la sentencia «Serás (o seréis) pobre toda la vida», incluidas dentro de los encantamientos.

Los personajes que intervienen en las leyendas no suelen ser personajes genéricos, sino que a menudo se trata de personajes individualizados, con cierta pretensión de ser personajes reales o históricos, de los que se narran hechos insólitos o que, en cierto modo, les confieren la categoría de héroe popular.

7.2 Características lingüísticas.

En cuanto al vocabulario utilizado en cualquier leyenda, la característica principal es que se adecua inconscientemente y de forma espontánea a la competencia lingüística de los oyentes, a fin de que quien escucha o lee una leyenda pueda comprenderla bien, ya que su carácter explicativo es uno de sus rasgos principales. Esta adecuación puede tener en cuenta la edad, origen, territorio o grupo social al que va dirigida la leyenda.

De este modo, en las leyendas menorquinas encontramos un lenguaje llano que utiliza el léxico que utilizamos habitualmente cuando nos expresamos oralmente o que sentimos normalmente en la calle. Muchas de las expresiones y palabras menorquinas más tradicionales que leemos en las leyendas recopiladas por los folcloristas a principios del siglo xx hoy en día ya están en desuso o se utilizan poco, pero tienen gran interés porque forman parte del patrimonio lingüístico catalán y es bueno conocerlas y recuperarlas.

Por otra parte, en las leyendas tradicionales menorquinas se usa generalmente el artículo salado, ya que en su momento los folcloristas las recopilaron directamente de fuentes orales, que se expresaban en un lenguaje coloquial y, por tanto, el artículo que utilizaban era el artículo salado. Asimismo, a la hora de transcribirlas, se optó por esta forma con el fin de hacerlas más cercanas y llegar a un mayor abanico de público. Por los mismos motivos, las formas verbales utilizadas en las leyendas son las formas del estándar balear.

7.3 Funcionalidad.

Normalmente las leyendas tienen la función de recordar unos hechos históricos que ocurrieron o bien de transmitir alguna enseñanza y explicar hechos que en su momento eran de difícil comprensión. En las leyendas suelen mezclarse hechos reales e imaginarios en una proporción imposible de establecer.

Como dice Llorenç Olives en el prólogo de Llegendes menorquines (Quaderns de Folklore, núm. 5) «Bajo una narración imaginativa, se esconde la historia de nuestro pueblo en su larga trayectoria sobre este barco de roca, ahora atormentado por la tramontana, ahora asaltado por los piratas berberiscos, ahora perseguido por las langostas y las plagas, ahora invadido por los ingleses u otra gente forastera»; éste sería el caso de las leyendas que hemos llamado «históricas», relativas a la prehistoria o a un impreciso «tiempo de los moros», y tendrían una función claramente explicativa de unos hechos determinados de la historia de Menorca.

Pero hay otro tipo de leyendas, las que hemos llamado «encantamientos», «coverbos de terror» y «fábulas», siguiendo la nomenclatura de Francesc d’Albranca, que tendrían una función claramente aleccionadora, que quieren transmitir una enseñanza.

8. Identificación de los portadores y forma de transmisión

Aunque, de forma general, podríamos decir que la comunidad portadora es toda la sociedad menorquina que ha transmitido las leyendas de generación en generación; actualmente podemos concretar los portadores, especialmente, en la comunidad educativa y los cuentacuentos, que son los principales canales de transmisión, por ahora, de las leyendas de Menorca.

En cuanto al colectivo de maestros de Menorca, cabe decir que algunos incluyen algunas leyendas en la programación curricular, e incluso se promovió en su momento una publicación en la que se adaptaron las leyendas y las fábulas de Menorca para acercarlas a la población escolar, como es el caso del Folklore menorquí, un recull per a les primeres edats, del equipo de trabajo formado por Pilar Pons, M. Llum Bosch, Assumpta Fullana, Rosa Pallàs, Francisca Pons, Manuela Domènech, Margalida Pons, Ernest Ribalaiga y Bartomeu Llompart, editado por el Consell Insular de Menorca en 1983 (1.ª edición) y 2005 (2.ª edición).

También debemos hacer referencia a una entidad, el Col·lectiu Folklòric Ciutadella, que es quizás la que más ha trabajado para difundir y mantener en vida la narrativa popular de Menorca, especialmente a través de su colección Quaderns de Folklore, que ha dedicado algún número a la recopilación y estudio de las leyendas de Menorca.

9. Elementos materiales e inmateriales vinculados al bien

Además del valor patrimonial que tienen por sí mismas, como forma de tradición oral, podemos afirmar que las leyendas menorquinas están estrechamente ligadas al patrimonio de la isla.

En cuanto al patrimonio material, podemos hablar de las ediciones antiguas de las leyendas que se conservan en los archivos y de los ejemplares de las revistas de principios del siglo xx en las que se reproducían y difundían estas narraciones: Llum Nova, Revista de Menorca y Página Menorquina del Bien Público, especialmente.

En cuanto al patrimonio natural, los lugares donde transcurren gran parte de las historias constituyen por sí mismos un rico patrimonio natural, como son los barrancos del sur de la isla, que contienen una fauna y una flora muy ricas, con ejemplares endémicos de Menorca, como la pampalonia (Paeonia cambessedesii), y diversas especies de aves rapaces, como el cernícalo (Falco tinnunculus), el milano (Milvus milvus), el gavilán (Accipiter nisus), la lechuza común (Tyto alba) y el halcón peregrino (Falco peregrinus).

También están vinculadas al patrimonio histórico, en el sentido de que muchas de ellas intentan explicar cómo surgieron algunos de los monumentos de la prehistoria de Menorca, como la taula de Torralba o la naveta de Es Tudons, por poner algunos ejemplos.

Y muy especialmente debemos referirnos al patrimonio lingüístico relacionado con ellas; es decir, a la lengua catalana en su variedad hablada en la isla y muy especialmente a la toponimia menorquina, ya que aparecen un conjunto de topónimos que las vinculan tan estrechamente a los pueblos de la isla, a nuestras calas, a nuestro campo, a nuestro paisaje, a nuestros accidentes geográficos... cuyo origen a veces incluso se intenta explicar a través de estas narraciones. Algunos de los topónimos menorquines que aparecen en el legendario de la isla son, entre otros, Es Tudons, Biniguarda, Biniedrís, Albranca, Algendar, Torralba d’en Salort, Binifadet, Alforí, Torrellafuda, Santa Àgueda, Binicodrell, Mussuptà, Es Pas de Revull, Binidonís o Son Mercer.

En cualquier caso, cuando escuchamos o leemos una leyenda de nuestra tierra, creamos con ella un vínculo afectivo que nos ata a un espacio, a unos hechos históricos y a una comunidad que la siente suya.

10. Estado de conservación del bien

Las leyendas están reproducidas en numerosos soportes (escritos, audiovisuales...) y desde este punto de vista su transmisión y difusión están bien encaminadas; pero también es cierto que, en una sociedad en la que han tomado tanto empuje las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, sería necesario que buscar nuevos soportes y nuevos medios para difundirlas y darlas a conocer, ya que se encuentran en una situación de grave peligro de desaparición a medio plazo, sobre todo en la medida en que no parecen estar vivas ni ser conocidas para una proporción significativa de la población.

10.1 Riesgos y amenazas.

El principal riesgo para la pervivencia de las leyendas de Menorca es la ruptura de la cadena de transmisión natural que se ha producido en las últimas décadas debido a la evolución de la sociedad y al cambio de costumbres que ha experimentado, especialmente por el con respecto a las formas de ocio.

Parece que la población todavía ha escuchado contar alguna de las leyendas tradicionales de Menorca; pero muchas veces sólo conoce su título, no su contenido, excepto en casos muy concretos como son Sa novia d’Algendar, Xoroi, Sa ciudad de Perella o Sa nau des Tudons, y especialmente porque existen las versiones musicadas de dichas leyendas, que sí se han transmitido en el marco de los ambientes festivos de reuniones de amigos o de las fiestas tradicionales de la isla. Pero el grueso del corpus legendario menorquín es totalmente desconocido por los menorquines y menorquinas de hoy en día, especialmente entre las generaciones de menos de cuarenta o cincuenta años.

Así, si tradicionalmente las leyendas se explicaban en el seno del grupo familiar, cuando se reunían después de la jornada de trabajo, ya que no existían las alternativas con las que contamos hoy en día: televisión, plataformas, tabletas, etc.; actualmente sólo se explican, como hemos dicho, en el ámbito escolar y de las sesiones de cuentacuentos en las que se narran cuentos y leyendas tradicionales, pero especialmente cuentos de nueva creación. Todo esto ha provocado una relajación en la transmisión a través del entorno familiar o social.

10.2 Medidas de salvaguardia.

Desde la Administración se adoptan diferentes medidas para su difusión. La más extendida puede ser las sesiones de cuentacuentos que se organizan a través de las bibliotecas municipales, en ocasiones de fiestas concretas o vacaciones escolares, o bien en jornadas de salvaguardia de la cultura popular, en las que se cuentan algunas de las leyendas menorquinas.

Por otra parte, por parte de la Administración insular se convoca cada año el Premio Francesc de Borja Moll de Rondalles i Llegendes, dirigido a estudiantes de secundaria y de bachillerato para que pongan a prueba su capacidad creativa para inventar nuevas leyendas sobre personajes, lugares singulares o monumentos relevantes en la sociedad actual.

Asimismo, con el fin de acercar estas narraciones al sector de la población en edad escolar, el Consell Insular ha editado recientemente, gracias a la colaboración entre el Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera y el Departamento de Cultura, Patrimonio, Educación y Juventud, una unidad didáctica con el título Rondalles i llegendes y que forma parte de la colección «Quaderns Didàctics Menorca Reserva de Biosfera» (núm. 9). Esta unidad didáctica pretende ser un recurso tanto para los alumnos como para el profesorado y la población en general, ya que aporta información sobre el concepto de patrimonio cultural inmaterial, las características y la estructura de las rondalles y leyendas de Menorca, como se clasifican, los recursos lingüísticos que utilizan, el léxico propio de nuestra variedad dialectal, la toponimia de la isla, la perspectiva de género y el encaje de la narrativa popular en la sociedad actual. Se han editado 2.000 ejemplares en papel pero también puede descargarse (como los otros cuadernos didácticos), en el apartado de publicaciones de la página www.menorcabiosfera.org.

Otra medida tomada por la sociedad, en este caso por una entidad que trabaja desde el año 1979 por la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de Menorca como es el Col·lectiu Folklòric de Ciutadella, ha sido la edición de algunas recopilaciones de leyendas en su colección «Quaderns de Folklore», todo un compendio de la cultura popular y de raíz tradicional de la isla. Concretamente, Llegendes de Menorca recogidas por Francisco de Albranca y Encantaments d’avui en dia (2013). Este último, precisamente, es un intento de modernizar las narraciones tradicionales a través de versiones encargadas a doce escritores y escritoras de Menorca que adaptan alguna de las leyendas menorquinas a la sociedad actual (Es gorg blau, El tresor de Torrellafuda, La senyora de sa cova de sa Por, S’ambició de l’amo, Com és que ses roses tenen espines?, Es carro des morts, Sa somereta blanca, La manna, Es primer rellotge...), algunas de elles con nuevos títulos, también más acordes con la actualidad.

Por último, debemos referirnos a las versiones musicales o en soporte audiovisual de algunas leyendas de Menorca por iniciativa de compositores, cantantes y creadores menorquines. Así podríamos hablar de las diferentes versiones de Sa novia d’Algendar (Rita Barber, Clara Gorrias, Joana Pons, Maria del Mar Bonet, Traginada, S'Albaida, Melilotus...), Xoroi (Simon Orfila, Joana Pons...), Es gorg d’Albranca (S'Albaida, Ca S'Arader Produccions...), La ciutat de Perella (Sis de Ponent) o el disco Dama, de Melilotus, en el que reinterpretan diferentes leyendas vinculadas al barranco de Algendar).

Sin embargo, para evitar que caigan en el olvido ante las nuevas formas de ocio de la sociedad actual, habría que reforzar su transmisión. Por un lado habría que asegurar la eficacia de los medios por los que se difunden; es decir, que hay gente que efectivamente lee o escucha aquellos textos y los retiene. Por otra parte, es necesario encontrar formas más personales de transmitirlas y que permitan garantizar su recepción.

En este sentido, a través de las webs y las redes sociales de la Administración relacionadas con el fomento de la lectura y con el patrimonio cultural inmaterial, sería recomendable difundir las leyendas menorquinas en pequeñas cápsulas en las que las expliquen narradores y narradoras de distintos ámbitos: maestros, escritores, políticos, gente mayor, actores y actrices, cuentacuentos, madres y padres, jóvenes, niños, etc. Sería una forma de implicar a toda la sociedad menorquina en la transmisión de su patrimonio y, al mismo tiempo, constituiría un recurso al alcance de cualquiera que quiera hacer uso de ella ya sea por entretenimiento o como material didáctico.

Actualmente, una forma habitual de transmitir o dar a conocer la narrativa popular es la escenificación de la historia que cuentan o bien las lecturas dramatizadas o teatralizadas. Si bien es cierto que se incluyen sesiones de este tipo en la mayoría de actos promovidos por las administraciones, tales como ferias, jornadas, festivos especiales, etc.; también podrían organizarse programas con la colaboración de diferentes entidades, asociaciones y administraciones. En estos programas la representación de las leyendas podría combinarse con visitas guiadas a los lugares de Menorca donde transcurren dichas leyendas.

10.3 Protección jurídico-administrativa.

– Ley 18/2019, de 8 d’abril, de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmmaterial de las Illes Balears

– Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de Menorca (Ipcime), código 3/003

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