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Documento BOE-A-2023-2323

Resolución de 18 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 27 de diciembre de 2022, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso de estabilización de empleo temporal de personal laboral, por el sistema de acceso libre, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales 1G y E1 sujetos al IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en el Instituto de la Juventud.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2023, páginas 12511 a 12511 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2023-2323

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de diciembre de 2022, se publicó la Resolución, de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso de estabilización de empleo temporal de personal laboral, por el sistema de acceso libre, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales 1G y E1 sujetos al IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en el Instituto de la Juventud.

Advertido error en la citada Resolución se procede a su corrección conforme a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la página 191899, en el Anexo I - Descripción del proceso selectivo, donde dice: «El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos en el que se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes», debe decir: «El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos en el que se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de publicación de la convocatoria».

En la página 191895, en el párrafo segundo del punto 2.1.4, donde dice: «Para la plaza del grupo profesional G1 las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia», debe decir: «Para la plaza del grupo profesional 1G las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia».

La presente rectificación no amplía el plazo de presentación de solicitudes.

Madrid, 18 de enero de 2023.–El Subsecretario del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, Rubén Baz Vicente.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/01/2023
  • Fecha de publicación: 30/01/2023
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 27 de diciembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-23837).

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