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Documento BOE-A-2023-2448

Resolución de 27 de enero de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de febrero de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2023, páginas 13316 a 13324 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-2448

TEXTO ORIGINAL

La Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2023 y el mes de enero de 2024 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2021. Dicho calendario se publicó por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2023 y el mes de enero de 2024.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 2 de febrero y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, Obligaciones del Estado a veinte años al 3,45 por 100, vencimiento 30 de julio de 2043, Obligaciones del Estado al 1,40 por 100, vencimiento 30 de abril de 2028 con una vida residual en torno a cinco años y tres meses y Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,00 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2030 con una vida residual en torno a siete años y diez meses.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ETD/37/2023, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de febrero de 2023 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, en la Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.

2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 5 de enero de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, en las Órdenes EIC/38/2018 y EIC/40/2018 de 23 y 24 de enero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,40 por 100, vencimiento 30 de abril de 2028, en las Órdenes ETD/906/2022 y ETD/907/2022, de 20 y 21 de septiembre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a veinte años al 3,45 por 100, vencimiento 30 de julio de 2043. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,00 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2030, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECC/509/2015 y ECC/521/2015 de 24 y 25 de marzo, respectivamente.

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de abril de 2023 en las Obligaciones al 1,40 por 100 y el 30 de noviembre de 2023 en las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación. En los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2023, por un importe de 1,027945 por 100, según se establece en la Resolución de 5 de enero y en las Obligaciones a veinte años al 3,45 por 100, el primer cupón a pagar será el 30 de julio de 2023, por un importe de 2,892329 por 100, según se estable en la Orden ETD/907/2022 de 21 de septiembre.

2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, en las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación y en las Obligaciones a veinte años al 3,45 por 100, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 2 de febrero de 2023, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,16 por 100 en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el 1,09 por 100 en las Obligaciones al 1,40 por 100, el 0,19 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100 indexadas a la inflación y el 1,26 por 100 en las Obligaciones a veinte años al 3,45 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden ECC/509/2015, es el 1,20201.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 7 de febrero de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero.

Madrid, 27 de enero de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, P.D. (Resolución de 5 de septiembre de 2022), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a 3 años al 2,80 %, vto. 31 de mayo de 2026

(Subasta del día 2 de febrero)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

98,50 3,286
98,55 3,270
98,60 3,253
98,65 3,237
98,70 3,221
98,75 3,204
98,80 3,188
98,85 3,172
98,90 3,156
98,95 3,139
99,00 3,123
99,05 3,107
99,10 3,091
99,15 3,074
99,20 3,058
99,25 3,042
99,30 3,026
99,35 3,010
99,40 2,993
99,45 2,977
99,50 2,961
99,55 2,945
99,60 2,929
99,65 2,913
99,70 2,897
99,75 2,881
99,80 2,864
99,85 2,848
99,90 2,832
99,95 2,816
100,00 2,800
100,05 2,784
100,10 2,768
100,15 2,752
100,20 2,736
100,25 2,720
100,30 2,704
100,35 2,688
100,40 2,672
100,45 2,656
100,50 2,640
100,55 2,625
100,60 2,609
100,65 2,593
100,70 2,577
100,75 2,561
100,80 2,545
100,85 2,529
100,90 2,513
100,95 2,498
101,00 2,482
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 1,40 %, vto. 30 de abril de 2028

(Subasta del día 2 de febrero)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

91,75 3,131
91,80 3,120
91,85 3,109
91,90 3,098
91,95 3,087
92,00 3,076
92,05 3,065
92,10 3,054
92,15 3,043
92,20 3,032
92,25 3,021
92,30 3,010
92,35 2,999
92,40 2,988
92,45 2,977
92,50 2,966
92,55 2,955
92,60 2,944
92,65 2,933
92,70 2,922
92,75 2,911
92,80 2,900
92,85 2,890
92,90 2,879
92,95 2,868
93,00 2,857
93,05 2,846
93,10 2,835
93,15 2,824
93,20 2,813
93,25 2,802
93,30 2,792
93,35 2,781
93,40 2,770
93,45 2,759
93,50 2,748
93,55 2,737
93,60 2,727
93,65 2,716
93,70 2,705
93,75 2,694
93,80 2,683
93,85 2,673
93,90 2,662
93,95 2,651
94,00 2,640
94,05 2,630
94,10 2,619
94,15 2,608
94,20 2,597
94,25 2,587
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precio y rendimientos para las Obligaciones del Estado €i al 1,00 %, vto. 30 de noviembre de 2030

(Subasta del día 2 de febrero)

Precio

Ex-cupón

Ex-inflación

Rendimiento bruto*

Porcentaje

99,50 1,066
99,55 1,060
99,60 1,053
99,65 1,046
99,70 1,040
99,75 1,033
99,80 1,026
99,85 1,019
99,90 1,013
99,95 1,006
100,00 0,999
100,05 0,993
100,10 0,986
100,15 0,979
100,20 0,973
100,25 0,966
100,30 0,959
100,35 0,953
100,40 0,946
100,45 0,939
100,50 0,933
100,55 0,926
100,60 0,920
100,65 0,913
100,70 0,906
100,75 0,900
100,80 0,893
100,85 0,886
100,90 0,880
100,95 0,873
101,00 0,867
101,05 0,860
101,10 0,853
101,15 0,847
101,20 0,840
101,25 0,834
101,30 0,827
101,35 0,820
101,40 0,814
101,45 0,807
101,50 0,801
101,55 0,794
101,60 0,788
101,65 0,781
101,70 0,774
101,75 0,768
101,80 0,761
101,85 0,755
101,90 0,748
101,95 0,742
102,00 0,735
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 20 años al 3,45 %, vto. 30 de julio de 2043

(Subasta del día 2 de febrero)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

96,00 3,732
96,05 3,729
96,10 3,725
96,15 3,721
96,20 3,718
96,25 3,714
96,30 3,711
96,35 3,707
96,40 3,703
96,45 3,700
96,50 3,696
96,55 3,692
96,60 3,689
96,65 3,685
96,70 3,682
96,75 3,678
96,80 3,674
96,85 3,671
96,90 3,667
96,95 3,664
97,00 3,660
97,05 3,657
97,10 3,653
97,15 3,649
97,20 3,646
97,25 3,642
97,30 3,639
97,35 3,635
97,40 3,632
97,45 3,628
97,50 3,624
97,55 3,621
97,60 3,617
97,65 3,614
97,70 3,610
97,75 3,607
97,80 3,603
97,85 3,600
97,90 3,596
97,95 3,593
98,00 3,589
98,05 3,585
98,10 3,582
98,15 3,578
98,20 3,575
98,25 3,571
98,30 3,568
98,35 3,564
98,40 3,561
98,45 3,557
98,50 3,554
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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