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Documento BOE-A-2023-24756

Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de diciembre de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 4 de diciembre de 2023, páginas 161448 a 161454 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2023-24756

TEXTO ORIGINAL

La Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2023 y el mes de enero de 2024 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2022. Dicho calendario se publicó por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2023 y el mes de enero de 2024.

Por otra parte, según se autoriza en el artículo 8.2. de la Orden ETD/37/2023, se ha considerado oportuno no convocar la subasta ordinaria de Bonos y Obligaciones del Estado prevista para el próximo 14 de diciembre en el calendario publicado en la Resolución de 20 de enero de 2023.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 7 de diciembre y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Obligaciones del Estado a quince años al 3,90 por 100, vencimiento 30 de julio de 2039, Obligaciones del Estado al 0,60 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2029, con una vida residual en torno a cinco años y once meses y Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2033, con una vida residual en torno a diez años.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ETD/37/2023, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de diciembre de 2023 las emisiones, denominadas en euros, de Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, en la Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.

2. Características de las Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECE/643/2019 y ECE/646/2019, de 12 y 13 de junio, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 0,60 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2029, en las Órdenes ETD/150/2023 y ETD/152/2023 de 21 y 22 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años al 3,90 por 100, vencimiento 30 de julio de 2039. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2033, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECE/930/2018 y ECE/940/2018, de 11 y 12 de septiembre, respectivamente.

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2024 en las Obligaciones a quince años al 3,90 por 100, el 31 de octubre de 2024 en las Obligaciones al 0,60 por 100 y el 30 de noviembre de 2024 en las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación.

2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 7 de diciembre de 2023, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,07 por 100 en las Obligaciones al 0,60 por 100, el 0,02 por 100 en las Obligaciones al 0,70 por 100 indexadas a la inflación y el 1,44 por 100 en las Obligaciones a quince años al 3,90 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden ECE/930/2018, es el 1,21636.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 12 de diciembre de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero.

Madrid, 1 de diciembre de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, P.D. de firma (Resolución de 5 de septiembre de 2022), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 0,60%, vto. 31 de octubre de 2029

(Subasta del día 7 de diciembre)

Precio ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

85,50 3,356
85,55 3,345
85,60 3,335
85,65 3,324
85,70 3,314
85,75 3,304
85,80 3,293
85,85 3,283
85,90 3,272
85,95 3,262
86,00 3,252
86,05 3,241
86,10 3,231
86,15 3,221
86,20 3,210
86,25 3,200
86,30 3,190
86,35 3,179
86,40 3,169
86,45 3,159
86,50 3,148
86,55 3,138
86,60 3,128
86,65 3,118
86,70 3,107
86,75 3,097
86,80 3,087
86,85 3,076
86,90 3,066
86,95 3,056
87,00 3,046
87,05 3,036
87,10 3,025
87,15 3,015
87,20 3,005
87,25 2,995
87,30 2,985
87,35 2,974
87,40 2,964
87,45 2,954
87,50 2,944
87,55 2,934
87,60 2,924
87,65 2,913
87,70 2,903
87,75 2,893
87,80 2,883
87,85 2,873
87,90 2,863
87,95 2,853
88,00 2,843
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado €i al 0,70%, vto. 30 de noviembre de 2033

(Subasta del día 7 de diciembre)

Precio ex-cupón

ex-inflación

Rendimiento bruto*

Porcentaje

92,75 1,488
92,80 1,483
92,85 1,477
92,90 1,471
92,95 1,466
93,00 1,460
93,05 1,454
93,10 1,449
93,15 1,443
93,20 1,437
93,25 1,432
93,30 1,426
93,35 1,421
93,40 1,415
93,45 1,409
93,50 1,404
93,55 1,398
93,60 1,392
93,65 1,387
93,70 1,381
93,75 1,376
93,80 1,370
93,85 1,364
93,90 1,359
93,95 1,353
94,00 1,348
94,05 1,342
94,10 1,336
94,15 1,331
94,20 1,325
94,25 1,320
94,30 1,314
94,35 1,309
94,40 1,303
94,45 1,298
94,50 1,292
94,55 1,286
94,60 1,281
94,65 1,275
94,70 1,270
94,75 1,264
94,80 1,259
94,85 1,253
94,90 1,248
94,95 1,242
95,00 1,237
95,05 1,231
95,10 1,226
95,15 1,220
95,20 1,215
95,25 1,209
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 15 años al 3,90%, vto. 30 de julio de 2039

(Subasta del día 7 de diciembre)

Precio ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

99,00 3,984
99,05 3,980
99,10 3,976
99,15 3,971
99,20 3,967
99,25 3,963
99,30 3,958
99,35 3,954
99,40 3,949
99,45 3,945
99,50 3,941
99,55 3,936
99,60 3,932
99,65 3,928
99,70 3,923
99,75 3,919
99,80 3,915
99,85 3,910
99,90 3,906
99,95 3,902
100,00 3,897
100,05 3,893
100,10 3,889
100,15 3,884
100,20 3,880
100,25 3,876
100,30 3,871
100,35 3,867
100,40 3,863
100,45 3,858
100,50 3,854
100,55 3,850
100,60 3,846
100,65 3,841
100,70 3,837
100,75 3,833
100,80 3,828
100,85 3,824
100,90 3,820
100,95 3,816
101,00 3,811
101,05 3,807
101,10 3,803
101,15 3,798
101,20 3,794
101,25 3,790
101,30 3,786
101,35 3,781
101,40 3,777
101,45 3,773
101,50 3,769
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal

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