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Documento BOE-A-2023-25277

Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica Adenda al Convenio con la Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia, para la mejora de la extensión, capacidad y gestión de la infraestructura de comunicaciones informática y científica de Galicia en su conexión a RedIRIS.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 12 de diciembre de 2023, páginas 164892 a 164897 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2023-25277

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Presidenta de la Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia, han suscrito, con fecha 21 de noviembre de 2023, Adenda al Convenio entre la entidad pública empresarial Red.es, M.P. y la fundación pública gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia (CESGA) para la mejora de la extensión, capacidad y gestión de la infraestructura de comunicaciones informática y científica de Galicia en su conexión a RedIRIS (C017/20-RI AD1).

Para generar conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del citado convenio.

Madrid, 24 de noviembre de 2023.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, P. S. (Acuerdo de 28 de junio de 2022), el Secretario General, David Francisco Blanco.

ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P. Y LA FUNDACIÓN PÚBLICA GALLEGA CENTRO TECNOLÓGICO DE SUPERCOMPUTACIÓN DE GALICIA (CESGA) PARA LA MEJORA DE LA EXTENSIÓN, CAPACIDAD Y GESTIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE COMUNICACIONES INFORMÁTICA Y CIENTÍFICA DE GALICIA EN SU CONEXIÓN A RedIRIS. C017/20-RI AD1

REUNIDOS

De una parte, don David Francisco Blanco, Secretario General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P. (en adelante, «Red.es»), con domicilio en Madrid, Plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, código postal 28020 y CIF Q2891006-E, por sustitución del Director General conforme al acuerdo del Consejo de Administración de la entidad de 28 de junio de 2022, en relación con lo dispuesto en el artículo 14.3 del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es y habilitado para este acto en virtud de las competencias delegadas sobre la RedIRIS por el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades en el Director General en virtud de lo establecido en la Orden CNU/145/2019, de 8 de febrero, por la que se delegan competencias.

Y, de otra parte, doña Patricia Argerey Vilar en su condición de presidenta y actuando en nombre y representación de la Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia (en adelante CESGA) con CIF G15852981, en virtud de lo establecido en el artículo 12 de la modificación de Estatutos del CESGA, según consta en escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Galicia don Manuel Remuñán López, el día 11 de julio de 2013 con el número 1263 de su protocolo e inscrita en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego el 6 de agosto de 2013.

Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda y en su virtud

EXPONEN

Primero.

Que el 25 de octubre de 2021 quedó inscrito en el REOICO el Convenio entre la entidad pública empresarial Red.es y la Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia (CESGA) para la «Mejora de la extensión, capacidad y gestión de la infraestructura de comunicaciones informática y científica de Galicia en su conexión a RedIRIS» (C-017/20-RI). Adicionalmente, fue publicado en el BOE núm. 265, de 5 de noviembre de 2021.

Mediante el convenio, se preveía mejorar la extensión, capacidad y gestión de la infraestructura de comunicaciones informática y científica de la Rede Ciencia e Tecnoloxía de Galicia (RECETGA), gestionada por el Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia (CESGA), en su conexión a la red de fibra óptica de RedIRIS, y a través de esta con el resto de las instituciones científicas y académicas a nivel nacional e internacional.

La infraestructura de comunicaciones de la red RECETGA requiere de una actualización de su equipamiento de red y seguridad, así como de la plataforma para la supervisión y gestión del Centro de Datos donde se aloja el supercomputador Finisterrae. Adicionalmente, se requieren ocho (8) extensiones de fibra óptica para conectar a RECETGA los siguientes centros tecnológicos, de investigación y/o académicos: AIMEN Centro Tecnológico, CINAE (Centro gallego de Innovación Aeroespacial), CTAG (Centro Tecnológico de Automoción de Galicia), ITG (Instituto Tecnológico de Galicia), Cidade da Cultura de Galicia, Campus de Ferrol (Universidad de A Coruña), Campus do Mar (Universidad de Vigo) y MBG (Misión Biológica de Galicia). Estas extensiones de conectividad permitirán cumplir los requisitos de alta capacidad, fiabilidad, seguridad, flexibilidad y control comunes a todos los centros de su categoría, que sirva para favorecer la colaboración entre todos los miembros de la comunidad científica y académica nacional e internacional a través de RedIRIS.

Segundo.

Que en la cláusula segunda del Convenio se incluían las obligaciones y compromisos de Red.es para la mejora de la extensión, capacidad y gestión de la infraestructura de comunicaciones informática y científica de RECETGA en su conexión a la red de fibra óptica de RedIRIS. Estas obligaciones consistían en varios despliegues de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) con el objetivo de unir diversos centros tecnológicos de la RECETGA con los Puntos de Presencia de RedIRIS en las Universidad de Vigo o de la Coruña, o con la sede del CESGA en Santiago de Compostela.

En concreto, se contemplaban los siguientes obligaciones y compromisos de Red.es:

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión del Centro Tecnológico AIMEN en Porriño (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en el Campus de Lagoas-Marconsense de la Universidad de Vigo, en adelante UVIGOB.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de CINAE (Centro gallego de Innovación Aeroespacial) en Nigrán (Vigo) con el Punto de Presencia de RedIRIS en UVIGOB.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de CTAG (Centro Tecnológico de Automoción de Galicia) en Porriño (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en UVIGOB.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de ITG (Instituto Tecnológico de Galicia) en La Coruña con el Punto de Presencia de RedIRIS en la Universidad de la Coruña, en adelante UDC.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de Cidade da Cultura de Galicia, en Santiago de Compostela, con el Punto de Presencia de RedIRIS en CESGA.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión del Campus de Ferrol de la Universidad de La Coruña con el Punto de Presencia de RedIRIS en UDC.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión del Campus do Mar de la Universidad de Vigo en Vigo (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en el Campus de Torrecedeira de la Universidad de Vigo, en adelante UVIGOT.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de la sede de la Misión Biológica de Galicia (MBG) del CSIC en Salcedo (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en el campus de Pontevedra de la Universidad de Vigo, en adelante UVIGO.

El derecho irrevocable de uso (IRU) de estas fibras instaladas será como mínimo de diez (10) años de duración.

Se contemplaban además otras obligaciones relacionadas con la adquisición de equipamiento y sistemas informáticos que permitieran mejorar la prestación conjunta de los servicios TIC de soporte que ofrece el CESGA, en colaboración con RedIRIS, a las instituciones afiliadas en Galicia:

– Puesta a disposición, instalación y garantía del equipamiento óptico o de conmutación necesario para utilizar la fibra oscura mencionada en el punto anterior con un enlace de, al menos, 10 Gbps. Los equipos, además de la garantía del fabricante, dispondrán de una garantía mejorada como mínimo de un año desde la fecha de su instalación conforme al estándar de servicio de la red troncal de RedIRIS.

– Puesta a disposición, instalación y garantía del equipamiento de routing, conmutación y seguridad necesario para dotar a RECETGA y a la infraestructura de comunicaciones del Centro de Datos del CESGA, donde se aloja el supercomputador Finisterrae, de interfaces con capacidad de hasta 100 Gbps. El equipamiento, además de la garantía prevista del fabricante, dispondrá de una garantía mejorada como mínimo de un año, desde la fecha de su instalación, conforme al estándar de servicio de la red troncal de RedIRIS.

– Puesta a disposición, instalación y garantía de una nueva plataforma, incluyendo una red de sensores, para la supervisión y gestión del Centro de Datos del CESGA, que aloja el supercomputador Finisterrae, enfocada hacia la mejora de la eficiencia energética y, por tanto, la conservación del medio ambiente.

Tercero.

Que debido al tiempo transcurrido entre la entrada en vigor del Convenio (25 de octubre de 2021) y el inicio real de la ejecución de las actuaciones previstas en el mismo, alguno de los despliegues de fibra previstos ha sufrido modificaciones de diversa índole y por ello se considera necesario modificar el detalle de los compromisos asumidos por Red.es.

En concreto, el despliegue de fibra oscura previsto para unir el CINAE (Centro gallego de Innovación Aeroespacial) en Nigrán (Vigo) con el Punto de Presencia de RedIRIS en UVIGOB no es ya preciso porque esa necesidad de conectividad ha sido satisfecha ya por la entidad destinataria, por lo tanto Red.es no tiene que ejecutar ese compromiso.

Por otro lado, el Centro Tecnológico AIMEN en Porriño (Pontevedra) tiene dos sedes (Central y Torneiros) para las que se requiere conectividad con fibra óptica. Las partes consideran oportuno precisar que se debe dotar de servicio a ambas sedes, en los términos establecidos en el Convenio.

Cuarto.

Que al haber trascurrido casi dos años desde la entrada en vigor del Convenio, los costes de las actuaciones previstas se han revisado a la baja con respecto a las estimaciones presupuestarias realizadas en su momento, y como consecuencia de ello es posible incluir nuevos despliegues de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrenunciable de Uso (IRU) que permiten cumplir con el objeto del convenio de mejora de la extensión, capacidad y gestión de la infraestructura de comunicaciones informática y científica de RECETETGA en su conexión a la red de fibra óptica de RedIRIS.

En concreto se van a incluir los siguientes despliegues de fibra:

– La conexión inter-campus, con fibra óptica, de la Universidad de la Coruña. En concreto, inter-conectar los campus de Zapateira, Riazor, Ferrol y Elviña, este último aloja el Punto de Presencia de RedIRIS-NOVA de la UDC.

– La conexión del Centro de Innovación e Servizos da Tecnoloxía e o Deseño, CISGALICIA.

– El despliegue de un enlace seguro de telecomunicaciones cuánticas (QKD) entre Vigo y Santiago de Compostela (aprox. 100Km), que conecte el CESGA con el Centro de Investigación en Comunicaciones Cuánticas de UVIGO (VQCC, Vigo Quantum Communication Center) en Lagoas-Marconsende.

Quinto.

Que en la cláusula novena se establece que el convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción.

Sexto.

Que la Comisión de Seguimiento, vigilancia y control del Convenio, reunida de conformidad con lo previsto en la cláusula sexta del mismo, en su sesión del día 6 de julio de 2023 acordó iniciar los trámites de autorización de una adenda de modificación de la cláusula segunda para modificar el alcance del objeto del Convenio, de manera que se recojan diversos cambios en las actuaciones previstas por parte de Red.es.

En virtud de lo señalado anteriormente, las partes acuerdan subscribir la presente adenda al convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se modifica la cláusula segunda del convenio, relativa a las obligaciones y compromisos de Red.es, en concreto en lo que se refiere a los despliegues de fibra oscura, de manera que se suprimen algunos despliegues, otros se modifican para dar cobertura a nuevas sedes de un Centro y, por último, se incluyen nuevos despliegues por los motivos referidos anteriormente, todo ello con el fin de adaptar las actuaciones a las necesidades actuales de RECETGA. Por tanto, el contenido de dicha cláusula pasa a ser el siguiente:

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de las dos sedes (central y Torneiros) del Centro Tecnológico AIMEN en Porriño (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en el Campus de Lagoas-Marconsense de la Universidad de Vigo, en adelante UVIGOB.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de CTAG (Centro Tecnológico de Automoción de Galicia) en Porriño (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en UVIGOB.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de ITG (Instituto Tecnológico de Galicia) en La Coruña con el Punto de Presencia de RedIRIS en la Universidad de la Coruña, en adelante UDC.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de Cidade da Cultura de Galicia, en Santiago de Compostela, con el Punto de Presencia de RedIRIS en CESGA.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión del Campus de Ferrol de la Universidad de La Coruña con el Punto de Presencia de RedIRIS en UDC.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión inter-campus de los campus de Zapateira, Riazor, Ferrol y Elviña (que aloja el Punto de Presencia de RedIRIS-NOVA de la UDC.)

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión del Centro de Innovación e Servizos da Tecnoloxía e o Deseño, CISGALICIA, con el Punto de Presencia de RedIRIS en UDC.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión del CESGA con el Centro de Investigación en Comunicaciones Cuánticas de UVIGO (VQCC, Vigo Quantum Communication Center) en Lagoas-Marconsende.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión del Campus do Mar de la Universidad de Vigo en Vigo (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en el Campus de Torrecedeira de la Universidad de Vigo, en adelante UVIGOT.

– Despliegue de fibra oscura garantizada con un Derecho Irrevocable de Uso (IRU) para la conexión de la sede de la Misión Biológica de Galicia (MBG) del CSIC en Salcedo (Pontevedra) con el Punto de Presencia de RedIRIS en el campus de Pontevedra de la Universidad de Vigo, en adelante UVIGO.

El derecho irrevocable de uso (IRU) de estas fibras instaladas será como mínimo de diez (10) años de duración.

– Puesta a disposición, instalación y garantía del equipamiento óptico o de conmutación necesario para utilizar la fibra oscura mencionada en el punto anterior con un enlace de, al menos, 10 Gbps. Los equipos, además de la garantía del fabricante, dispondrán de una garantía mejorada como mínimo de un año desde la fecha de su instalación conforme al estándar de servicio de la red troncal de RedIRIS.

– Puesta a disposición, instalación y garantía del equipamiento de routing, conmutación y seguridad necesario para dotar a RECETGA y a la infraestructura de comunicaciones del Centro de Datos del CESGA, donde se aloja el supercomputador Finisterrae, de interfaces con capacidad de hasta 100 Gbps. El equipamiento, además de la garantía prevista del fabricante, dispondrá de una garantía mejorada como mínimo de un año, desde la fecha de su instalación, conforme al estándar de servicio de la red troncal de RedIRIS.

– Puesta a disposición, instalación y garantía de una nueva plataforma, incluyendo una red de sensores, para la supervisión y gestión del Centro de Datos del CESGA, que aloja el supercomputador Finisterrae, enfocada hacia la mejora de la eficiencia energética y, por tanto, la conservación del medio ambiente.

Segunda.

De conformidad con la disposición final 2.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que modifica el apartado dos de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda resultará eficaz una vez inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

En todo lo no novado expresamente por la presente adenda, seguirá en vigor lo dispuesto en el convenio.

Y en prueba de cuanto antecede, las Partes suscriben la presente adenda, en Madrid en fecha 21 de noviembre de 2023.–Por la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., el Secretario General, David Francisco Blanco.–Por la Fundación Pública Gallega Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia, la Presidenta, Patricia Argerey Vilar.

Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es P.S. el Secretario General de la Entidad Pública Empresarial Red.es (Acuerdo de 28 de junio de 2022).

La presente resolución se dicta por delegación de competencias en virtud de la Orden CNU/145/2019, de 8 de febrero, por la que se delegan competencias.

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