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Documento BOE-A-2023-26772

Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2023, páginas 177331 a 177338 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2023-26772

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; en las disposiciones transitoria quinta y décima primera de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la modificación operada por la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, los Estatutos de la Universidad de Huelva y la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008 corregido por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 de octubre de 2008, y, de forma supletoria, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado.

Este Rectorado en ejercicio de sus competencias, de acuerdo con la Resolución de 19 de diciembre de 2023 (BOJA de 26 de diciembre de 2023) por la que se aprueba la Ampliación de la Oferta de Empleo Público para el año 2023, resuelve convocar a concurso de acceso de promoción interna las plazas que se detallan en el anexo I de la presente resolución y de acuerdo con las bases que a continuación se indican:

1. Requisitos de los concursantes

1.1 Requisitos generales para admisión de candidatos:

1.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que esta esté definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

1.1.2 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

1.1.3 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.

1.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

1.1.5 Las/os aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.

1.1.6 Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia.

1.2 Requisitos específicos:

Además los concursantes deberán cumplir el requisito de estar acreditado para el cuerpo de la plaza convocada (anexo I) o ser funcionario del correspondiente cuerpo o de cuerpos docentes universitarios de iguales o superiores categorías. Asimismo, podrán presentarse al concurso quienes estén habilitados o habilitadas conforme a lo establecido en el RD 1313/2007 de 5 de octubre. Según se indica este texto se deroga con fecha 9 de octubre de 2007, por el que se regulaba el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos.

1.3 Todos los requisitos enumerados en la base 1.1 y 1.2 deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

2. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud a la Sra. Rectora Magfca. de la Universidad de Huelva, calle Doctor Cantero Cuadrado, 21071 Huelva, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con la disposición transitoria cuarta de la misma, en el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación oficial de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», mediante instancia debidamente cumplimentada, según el modelo incluido como anexo II.

Se acompañará a esta solicitud los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el concurso de acceso:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia de las certificaciones que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos señalados en la base 1.2 para participar en el concurso de acceso.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Huelva, la cantidad de 40 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal del Banco de Santander en la cuenta con IBAN n.º ES49 0049 4960 4423 1610 8758 haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI/NIF/Pasaporte y número de orden de la plaza a la que concursa.

A la instancia-currriculum (anexo II) deberá adjuntarse el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3. Admisión de aspirantes

Dentro de los diez días hábiles como máximo, siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la Sra. Rectora Magfca. de la Universidad de Huelva dictará resolución por la que se declarará aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del concurso, publicándose en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad de Huelva y en la página Web del Área de Ordenación Académica del Vicerrectorado con competencias en materia de Profesorado, https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-cuerpos-docentes-universitarios, con indicación del motivo de la exclusión, en su caso, y advirtiendo que, de no subsanarlo en el plazo improrrogable de diez días hábiles, se le declarará decaído en su derecho. Asimismo, esta resolución se notificará a todas/os las/os interesadas/os.

Finalizado el plazo de subsanaciones, y una vez resueltas estas si las hubiere, la Sra. Rectora dictará resolución por la que se eleva a definitiva la lista de aspirantes admitidas/os y excluidas/os, a la que se dará publicidad de la forma prevista anteriormente, comunicándose al Presidente/a de la comisión encargada del concurso de acceso.

No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún candidato excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al concurso.

Contra la resolución que finalmente recaiga, que pondrá fin a la vía administrativa, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Sra. Rectora Magfca., a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del recurso de reposición.

4. Comisiones

4.1 La composición de las comisiones es la que figura en el anexo I de esta convocatoria. Los currículos de los miembros de la comisiones pueden ser consultados en la página web https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-cuerpos-docentes-universitarios.

El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rectorado.

4.2 La constitución de las mismas, la ausencia de alguno de sus miembros, la adopción de acuerdos y las asistencias e indemnizaciones, se regularán de acuerdo con lo establecido en la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008.

4.3 Las comisiones deberán constituirse dentro del plazo máximo de dos meses desde la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Cada Presidente/a, previa consulta a los restantes miembros de las mismas, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales, respecto de la fecha del acto para el que se les cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma. En la notificación se indicará el día, hora, y lugar previstos para el acto de constitución.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes, con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto; a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de un día hábil.

4.4 En el acto de constitución, la comisión procederá a fijar y hacer públicos los criterios para la adjudicación de las plazas.

En el mismo acto la Presidencia de la comisión hará público el plazo fijado por aquella para que cualquier concursante pueda examinar la documentación presentada por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.

La publicidad de las actuaciones de la comisión tendrá lugar en el tablón de anuncios del lugar donde se realiza el acto.

5. Documentación a presentar por los concursantes

5.1 En el acto de presentación, las/os concursantes, entregarán a la Presidencia de la comisión, curriculum vitae, por quintuplicado, y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

5.2 Al hacerse público el resultado favorable de la primera prueba, la/el concursante entregará al Presidencia de la comisión un resumen o guión escrito, por quintuplicado, del trabajo original de investigación realizado solo o en equipo, que se expondrá en la segunda prueba.

A disposición de la presidencia de la comisión, la documentación anteriormente requerida podrá presentar en formato electrónico o digital.

Los documentos anteriores permanecerán depositados durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado hubiera retirado dicha documentación, la universidad podrá disponer su destrucción.

6. Acto de presentación

En el acto de presentación, que será público, las/os concursantes entregarán a la Presidencia de la comisión los documentos especificados en el apartado anterior y recibirán cuantas instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban comunicárseles. Asimismo, se determinará mediante sorteo, el orden de actuación de los concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Las pruebas comenzarán dentro del plazo de quince días hábiles, a contar desde el día del acto de presentación.

Las/os concursantes o la Universidad de Huelva podrán solicitar de los entes públicos y privados en los que aquellos presten, o hayan prestado sus servicios, la emisión de un informe individualizado sobre la actividad desarrollada por las/os concursantes y su rendimiento, el cual será remitido directamente a la comisión. Asimismo, la Universidad de Huelva, a instancias de la comisión y por unanimidad de sus miembros, podrá recabar informes de especialistas sobre los méritos alegados por las/os concursantes.

Respecto a los informes solicitados por las/os concursantes, la comisión los valorará únicamente en el caso de que consten en su poder antes del comienzo de la prueba. En cualquier caso, los informes no tendrán carácter vinculante y se adjuntarán al acta del concurso.

7. Desarrollo y valoración de las pruebas

El procedimiento será público y consistirá en dos pruebas.

7.1 La primera prueba consistirá, en general, en la exposición oral de los méritos e historial académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial-sanitario, alegados. La prueba deberá realizarse durante un tiempo máximo de noventa minutos para cada concursante. Seguidamente, la Comisión debatirá con la/el concursante sobre sus méritos, historial académico e investigador durante un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión entregará a la Presidencia un informe razonado, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por la comisión, valorando los méritos e historial académico, docente e investigador, y en su caso asistencial-sanitario.

A la vista de los informes, la comisión procederá a una votación, no siendo posible la abstención, para determinar el paso de las/os concursantes a las pruebas sucesivas. No pasarán a la siguiente prueba los concursantes que no obtengan, al menos, tres votos favorables.

7.2 La segunda prueba consistirá en la exposición oral por el concursante, durante un tiempo máximo de 90 minutos, de un trabajo original de investigación realizado por la/el concursante, solo o en equipo. Seguidamente, la comisión debatirá con la/el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el referido trabajo, durante un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión entregará a la Presidencia un informe razonado valorando los contenidos y la metodología expuestos por cada uno de los concursantes. A la vista de los dos informes, la comisión procederá a la votación, sin que sea posible la abstención.

8. Propuesta de la comisión

8.1 Una vez celebrado el concurso, la comisión hará público el resultado de la evaluación de cada concursante, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.

8.2 La comisión propondrá a la Rectora, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los concursantes por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.

8.3 La Rectora procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», así como su comunicación al Consejo de Universidades.

8.4 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento, el concursante propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.

8.5 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad.

8.6 Contra la propuesta de la comisión las/os concursantes podrán presentar reclamación ante la Rectora, en el plazo máximo de diez días hábiles, que será valorada por la Comisión de Reclamaciones a que se refiere el artículo 7 de la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios de la Universidad de Huelva y el artículo 10 del Real Decreto 1313/2007 de 5 de octubre.

Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.

9. Nombramientos

Las/os concursantes propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Huelva en el plazo de veinte días siguientes al de concluir la actuación de la comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con la disposición transitoria cuarta de la misma, los documentos que acrediten reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, así como:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación acreditativa, del ministerio u organismo del que dependan, de su condición de funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios, a excepción del documento nacional de identidad, cuya copia por duplicado deberán presentar en el Área de Gestión de Personal Docente.

Contra esta resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Sra. Rectora Magfca. a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del de reposición.

Huelva, 26 de diciembre de 2023.–La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

ANEXO I
Catedrático de Universidad

Plaza n.º 1.

Departamento: Historia, Geografía y Antropología.

Área: Historia de América.

Actividad a realizar:

Perfil docente: Impartir docencia de la/s asignatura/s: Historia de América I e Historia de las Mujeres en España y América.

Centro: Facultad de Humanidades.

Perfil investigador: Relaciones culturales España/América siglos XIX y XX.

Comisión titular

Presidenta: Doña María Antonia Peña Guerrero (CU). Universidad de Huelva.

Secretaria: Doña Encarnación Lemus López (CU). Universidad de Huelva.

Vocal 1: Doña Ascensión Martínez Riaza (CU). Universidad Complutense de Madrid.

Vocal 2: Don Pedro Pérez Herrero (CU). Universidad de Alcalá de Henares.

Vocal 3: Don Juan José Sánchez Baena (CU). Universidad de Murcia.

Comisión suplente

Presidenta: Doña Ofelia Rey Castelao (CU). Universidad de Santiago de Compostela.

Secretaria: Doña María Luisa Candau Chacón (TU). Universidad de Huelva.

Vocal 1: Doña Pilar García Jordán (CU). Universidad de Barcelona.

Vocal 2: Doña María del Carmen Martínez Martínez (CU). Universidad de Valladolid.

Vocal 3: Don Juan Bosco Amores Carredano (CU). Universidad País Vasco.

ANEXO II

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/12/2023
  • Fecha de publicación: 30/12/2023
  • Convocatoria. Promoción interna: Catedrático de Universidad.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 12 de enero de 2024 (Ref. BOE-A-2024-1164).

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