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Documento BOE-A-2023-348

Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2023, páginas 2107 a 2110 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2023-348

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Cataluña han suscrito, con fecha 26 de diciembre de 2022, una adenda de modificación del convenio para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 29 de diciembre de 2022.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Adenda de modificación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Cataluña para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia

REUNIDOS

Doña Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada por Real Decreto 235/2021, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Don Carles Campuzano i Canadés, Consejero del Departamento de Drets Socials de la Comunidad Autónoma de Catalunya, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Catalunya, nombrado por Decreto 190/2022, de 10 de octubre (DOGC 8769A, de 10 de octubre), en virtud de lo dispuesto en la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC 1234, de 22 de diciembre), autorizado para la firma de este convenio mediante Acuerdo del Govern de fecha 23 de noviembre de 2021.

Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que detalla las inversiones y reformas para el período 2021-2023 con la finalidad de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto contra-cíclico.

El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó en fecha de 30 de abril de 2021 el Acuerdo para la distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En dicho acuerdo se dispuso que, para hacer efectiva la entrega de la financiación correspondiente a los proyectos presentados, considerando los criterios establecidos para su reparto, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 iniciaría de inmediato los trámites para formalizar los convenios a suscribir con cada comunidad autónoma, recogidos en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con fecha 21 de diciembre de 2021 se firmó el convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Cataluña para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia.

La cláusula segunda del convenio recoge los compromisos económicos asumidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 durante la vigencia del convenio, habiéndose cumplido lo estipulado en el apartado 1 de dicha cláusula.

Asimismo, dicha cláusula, en su apartado 2, contenía los compromisos económicos que asumiría el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023.

Además, el apartado 3 de la precitada cláusula segunda condicionaba el cumplimiento de los compromisos económicos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 a contar previamente con las pertinentes aprobaciones tanto del Consejo de Ministros como del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Dependencia.

Por tanto, habiendo aceptado el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia la propuesta formulada por este Ministerio con fecha 14 de julio de 2022, habiéndose adoptado por el Consejo de Ministros con fecha 1 de agosto de 2022 el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por un importe de 899.988.386,38 euros; que a su vez fue modificado por el Acuerdo de 11 de octubre de 2022 por el que se modifica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 de agosto de 2022, y, finalmente, habiéndose aprobado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales el día 14 de octubre de 2022 el Acuerdo sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas, y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por un importe de 899.988.386,38 euros, ambas partes constatan que se cumplen las condiciones exigidas para que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 pueda transferir a la Comunidad Autónoma de Cataluña la cantidad estipulada, para el ejercicio presupuestario 2022, en la cláusula segunda, apartado 2, del convenio.

La cláusula duodécima del convenio prevé la posibilidad de modificación del convenio por acuerdo expreso de las partes firmantes del mismo, siguiendo la misma tramitación que para su suscripción.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 140 de la citada ley, sobre las relaciones que deben regir entre las Administraciones Públicas, las partes firmantes desean formalizar la presente adenda, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene como objeto dar una nueva redacción a la cláusula segunda del convenio, que quedará redactada como sigue:

«1. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, de conformidad con los Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 15 de enero y 30 de abril de 2021, en el primer punto de su apartado común "Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia", denominado Variables para la distribución de fondos y resultado de su aplicación en 2021 en sus puntos 1 y por el que se acuerdan los criterios de distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia, y por el que se aprueba la distribución territorial de los créditos para la financiación de proyectos de inversión del componente 22 "Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aportará en 2021 ciento diez millones trescientos un mil trescientos treinta y dos euros con ochenta y un céntimos de euro (110.301.332,81 euros) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 50 230A 450 "Proyectos piloto de innovación en servicios sociales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia" y 50 230A 754: "Transferencias de Capital a CC.AA. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia".

2. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, de conformidad con los Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 14 de julio y 14 de octubre de 2022, en el primer punto de su apartado común "Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia", denominado Variables para la distribución de fondos y resultado de su aplicación en 2022 en sus puntos 1 y por el que se acuerdan los criterios de distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia, y por el que se aprueba la distribución territorial de los créditos para la financiación de proyectos de inversión del componente 22 "Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aportará en 2022 ciento treinta y cinco millones ochocientos treinta y nueve mil setenta y nueve euros con ochenta céntimos de euro (135.839.079,80 euros) con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

29.50.03 23VA 450.01: 1.358.390,80 euros.

29.50.03 23VA 450.02: 16.708.206,82 euros.

29.50.03 23VA 754 01: 66.561.149,11 euros.

29.50.03 23VA 754 02: 3.667.655,15 euros.

29.50.03 23VB 450 03: 2.716.781,59 euros.

29.50.03 23VB 450 04: 12.225.517,18 euros.

29.50.03 23VB 450 05: 12.225.517,18 euros.

29.50.03 23VB 754 03: 10.867.126,38 euros.

29.50.03 23VB 754 04: 1.358.390,80 euros.

29.50.03 23VB 754 05: 1.358.390,80 euros.

29.50.03 23VC 450 06: 815.034,48 euros.

29.50.03 23VC 754 06: 5.976.919,51 euros.»

Segunda.

La presente adenda se perfecciona desde el momento de su firma por las partes, y será eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Su plazo de vigencia será la misma que la del convenio al que se refiere, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente adenda.–Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga.–Por la Comunidad Autónoma de Cataluña, el Consejero del Departamento de Drets Socials de la Comunidad Autónoma de Catalunya, Carles Campuzano i Canadés.

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