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Documento BOE-A-2023-349

Resolución de 2 de enero de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2023, páginas 2111 a 2113 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2023-349

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha han suscrito, con fecha de 22 de diciembre de 2022, una adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado ocho del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 2 de enero de 2023.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Cristobal Belda Iniesta.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia

En Madrid, fecha de la última firma electrónica.

REUNIDOS

De una parte, doña Regina Leal Eizaguirre, en su calidad de Directora Gerente del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, SESCAM, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha, y en virtud de nombramiento realizado por Decreto 146/2015, de 14 de julio (DOCM. núm. 138, de 16 de julio de 2015).

Y de otra parte, don Cristóbal Belda Iniesta, como Director el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., (en adelante ISCIII), CIF: Q-2827015-E, organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, nombrado por Real Decreto 732/2021, de 3 de agosto (BOE núm. 185, de 4 de agosto), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, núm. 6, Madrid, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su estatuto.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente legitimidad y capacidad jurídica suficiente para la formalización de esta adenda en los términos que en ella se contienen, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

El Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (en adelante, CECBE), es un proyecto de investigación convenido con la Universidad de Adelaida y liderado por el Instituto de Salud Carlos III cuyo objeto es promocionar y apoyar las prácticas clínicas en enfermería basadas en la evidencia y desarrollar una estrategia de fomento y coordinación de la investigación en enfermería a nivel nacional.

Segundo.

Que las partes firmaron el 27 de diciembre de 2019 el Convenio entre el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y el ISCIII para el mantenimiento del CECBE, registrado en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 31 de enero de 2020, y publicado en el BOE el 26 de febrero de 2020.

Tercero.

La cláusula octava del convenio establece la vigencia del mismo, y señala que «[…] finalizará el 31 de diciembre del año 2022, pudiendo ser prorrogable por acuerdo unánime de las partes por cuatro años más […]».

Con base en lo anterior, ambas partes han convenido la formalización de la presente adenda de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se acuerda prorrogar en cuatro años el periodo de vigencia del convenio, alcanzando su vigencia el 31 de diciembre del año 2026.

Segunda.

Se acuerda modificar la cláusula cuarta, relativa a la financiación del convenio, para ajustar la aportación del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, pasando ésta de ser de 12.000 euros anuales a ser de 8.000 euros anuales.

La cláusula quinta quedará redactada como sigue:

«Quinta. Financiación.

La contribución del ISCIII al proyecto se valora en 16.000 euros anuales independientemente del número de comunidades autónomas participantes. La aportación del ISCIII se realizará con cargo a los artículos presupuestarios: 22 (12.800 euros) y 23 (3.200 euros) del presupuesto anual de gastos del ISCIII, dependiendo de las disponibilidades presupuestarias. La aportación del ISCIII se realizará según lo requiera el desarrollo de las actividades para la realización del proyecto.

El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha aportará un total de 8.000 euros anuales, en el primer trimestre del año, a la cuenta corriente del ISCIII, abierta en el Banco de España entidad 9000, sucursal 0001, DC 20, núm. cuenta 0200009118.

El presupuesto económico de este convenio será gestionado por el ISCIII, distribuyéndose en gastos de personal, gastos de formación, gestión y soporte del CECBE, soporte para la formación e investigación, viajes y dietas y otros, conforme las actividades descritas en la cláusula cuarta y con el visto bueno de la comisión de seguimiento.

En todo caso las aportaciones financieras a que se comprometen las partes no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio».

Tercera.

En todo lo no previsto en el presente documento seguirán plenamente vigentes y aplicables todas las demás cláusulas y disposiciones del convenio, siendo las mismas igualmente de aplicación en cuanto fuere necesario al presente documento.

Cuarta.

La presente adenda se perfecciona el día de su firma y surtirá efectos desde su inscripción en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma la presente adenda en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Directora Gerente del SESCAM, Regina Leal Eizaguirre.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, Cristóbal Belda Iniesta.

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