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Documento BOE-A-2023-3591

Acuerdo de 25 de enero de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, relativo al Acuerdo de 14 de noviembre de 2022, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2023, páginas 21473 a 21474 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2023-3591

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 25 de enero de 2023, acordó tomar conocimiento del acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sesión de fecha 14 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de la Junta de Magistrados/as de la Sala de lo Civil y Penal del referido tribunal de fecha 8 de noviembre, sobre modificación de las normas de reparto de dicha Sala, con el fin de a) contemplar la categoría de causas complejas en recursos de apelación penal, y b) el reparto de las causas en las que pueda tener intervención la Fiscalía Europea, del siguiente tenor:

Primero.

Se añade un último párrafo a la Norma Tercera, con el siguiente contenido:

Dentro de la clase de asuntos penales VI.d) (art. 846 ter LECr) se considerará causa compleja a efectos de apelación aquella que reúna alguna de las siguientes características:

a) Cuente con más de tres apelantes, ya sean principales o por adhesión.

b) Se extienda en más de dos mil folios.

Estas causas, con independencia de su número de registro, serán repartidas entre los/as magistrados/as de la Sala, una a una, sucesivamente.

Segundo.

Se añade una nueva clase de asuntos en el orden jurisdiccional penal de los contemplados en la norma segunda:

XIII. Procedimientos de los que conozca la Fiscalía Europea contra persona aforada ante este Tribunal Superior de Justicia.

Tercero.

Se añade una nueva norma de reparto a las existentes para la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, de acuerdo con el siguiente contenido:

Quinta.

1. Si se instruyese por la Fiscalía Europea un procedimiento que afecte a persona aforada ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y hubiese de nombrarse Juez de Garantías de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, esta designación recaerá en un Magistrado de la Sección Primera.

2. Queda excluido de este turno el Presidente de la Sala, y la designación del Juez de Garantías se producirá asunto por asunto, por orden de antigüedad escalafonal y sucesivamente.

Madrid, 25 de enero de 2023.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, P.S., el Vocal, Rafael Mozo Muelas.

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