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Documento BOE-A-2023-45

Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo de 12 de diciembre de 2022, por el que aprueba la propuesta de distribución territorial complementaria de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la formación profesional para trabajadores vinculada al Catálogo nacional de Cualificaciones Profesionales en el ejercicio presupuestario 2022 por importe de 101.224.580,00 euros y se modifica el plazo de ejecución del compromiso y las actuaciones establecido en el acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la formación profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ejercicio presupuestario 2022, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el empleo por importe de 846.429.590,00 euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 2 de enero de 2023, páginas 211 a 215 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2023-45

TEXTO ORIGINAL

La Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo, en su reunión de 12 de diciembre de 2022 ha aprobado el Acuerdo por el que aprueba la propuesta de distribución territorial complementaria de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la formación profesional para trabajadores vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ejercicio presupuestario 2022 por importe de 101.224.580,00 euros y se modifica el plazo de ejecución del compromiso y las actuaciones establecido en el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la formación profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ejercicio presupuestario 2022, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial del Sistema se Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo por importe de 846.429.590,00 euros financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Para general conocimiento, esta Secretaría General de Formación Profesional dispone la publicación del citado Acuerdo como anexo a la presente resolución.

Madrid, 22 de diciembre de 2022.–La Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.

ANEXO I
Acuerdo por el que aprueba la propuesta de distribución territorial complementaria de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la formación profesional para trabajadores vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ejercicio presupuestario 2022 por importe de 101.224.580,00 euros y se modifica el plazo de ejecución del compromiso y las actuaciones establecido en el acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de la formación profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ejercicio presupuestario 2022, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el empleo por importe de 846.429.590,00 euros

I. En el presupuesto de gastos vigente del Ministerio de Educación y Formación Profesional la dotación del presupuesto para acciones formativas en el ámbito de la Formación Profesional para trabajadores vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales está distribuida en las aplicaciones presupuestarias 18.05.241B.458.01, 18.05.241B.458.02 y 18.05.241B.458.04, con un crédito actual disponible de 101.224.580,00 euros.

Las acciones formativas financiadas con estos créditos se corresponden con el ámbito de la Formación Profesional para trabajadores competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Se entenderá como acción formativa objeto de esta distribución de fondos la totalidad de la acción formativa cuyo contenido principal esté vinculado al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en los términos del Real Decreto 62/2022, de 25 de enero, de flexibilización de los requisitos exigibles para impartir ofertas de formación profesional conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, así como de la oferta de formación profesional en centros del sistema educativo y de formación profesional para el empleo en, al menos, un 75 % de las horas de formación, pudiendo incluir, hasta un máximo del 25 % de horas, otros módulos o contenidos de formación no referidos al citado Catálogo.

El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece que los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios, así como su distribución se fijarán por la Conferencia Sectorial correspondiente al comienzo del ejercicio económico. Cuando el importe total a distribuir fuera superior a 12 millones de euros, deberá recabarse con carácter previo a la convocatoria de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros. La citada autorización no conllevará la aprobación del gasto, que corresponderá al órgano competente en cada caso. A efectos de recabar la autorización, se remitirá propuesta de distribución a someter a la Conferencia Sectorial.

De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan autorizados, en los términos que figuran en el anexo, los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, que son sometidos a la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo para su aprobación:

Denominación Importe (euros)

Aplicación

presupuestaria

Iniciativas de oferta formativa para trabajadores desempleados. 26.521.500,00 18.05.241B.458.01
Iniciativas de oferta formativa para trabajadores ocupados. 63.378.910,00 18.05.241B.458.02
Acciones del sistema de formación profesional para el empleo impartidas con carácter extraordinario a través de la red pública de centros de formación a trabajadores ocupados y desempleados. 11.324.170,00 18.05.241B.458.04
  Total. 101.224.580,00  

Esta formalización queda sometida a disponibilidades presupuestarias.

II. Por otra parte, en lo referido a la distribución aprobada en la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo del 30 de mayo de 2022 (Acuerdo del Consejo de Ministros del 17 de mayo de 2022) y a la distribución complementaria aprobada en la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo de 12 de diciembre de 2022 (Acuerdo del Consejo de Ministros del 5 de diciembre de 2022), las Comunidades Autónomas podrán imputar las actuaciones desarrolladas desde el 1 de enero de 2022.

ANEXO II
Criterios de distribución y distribución resultante del crédito para la financiación de acciones formativas de formación profesional en el ámbito laboral vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Para el ejercicio presupuestario del año 2022 el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el marco de la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para el Empleo del Sistema Nacional de Cualificaciones, acordó los criterios de distribución de fondos con carácter plurianual (dos años), de manera que se facilite una senda presupuestaria orientativa para cada Comunidad Autónoma y, en consecuencia, la planificación a medio plazo de las políticas de formación, permitiendo realizar una evaluación y plantear con posterioridad la conveniencia de mantener o no el carácter plurianual y el periodo de duración de los citados criterios en el caso de que se opte por el mantenimiento de la plurianualidad.

Para la presente distribución, se han utilizado los criterios de reparto aprobados en la Conferencia Sectorial de 30 de mayo de 2022.

La distribución de fondos resultante, tras la aplicación de los criterios a las Comunidades Autónomas, correspondiente al reparto adicional del ejercicio 2022, es la siguiente:

 

Iniciativas de oferta formativa para trabajadores desempleados

Aplicación Presupuestaria: 18.05.241B.458.01

Euros

Iniciativas de oferta formativa para trabajadores ocupados

Aplicación Presupuestaria: 18.05.241B.458.02

Euros

Acciones del sistema de Formación Profesional para el Empleo impartidas con carácter extraordinario a través de la red pública de centros de formación a trabajadores ocupados y desempleados

Aplicación Presupuestaria: 18.05.241B.458.04

Euros

Total Comunidad Autónoma

Euros

Andalucía. 4.178.825,55 9.986.215,27 1.784.278,05 15.949.318,87
Aragón. 824.933,53 1.971.358,68 352.230,75 3.148.522,96
Asturias (Principado de). 838.872,65 2.004.669,19 358.182,47 3.201.724,31
Balears (Illes). 671.786,18 1.605.379,63 286.839,77 2.564.005,58
Canarias. 1.579.050,64 3.773.485,96 674.224,23 6.026.760,83
Cantabria. 434.792,74 1.039.032,11 185.648,13 1.659.472,98
Castilla-La Mancha. 1.312.427,32 3.136.331,38 560.381,20 5.009.139,90
Castilla Y León. 1.593.666,56 3.808.413,92 680.464,95 6.082.545,43
Cataluña. 3.962.180,92 9.468.495,67 1.691.774,99 15.122.451,58
Comunitat Valenciana. 2.960.972,65 7.075.890,09 1.264.278,33 11.301.141,07
Extremadura. 1.205.113,84 2.879.882,41 514.560,41 4.599.556,66
Galicia. 2.206.313,72 5.272.467,95 942.053,49 8.420.835,16
Madrid (Comunidad de). 3.543.839,25 8.468.777,00 1.513.151,15 13.525.767,40
Murcia (Región de). 706.645,24 1.688.682,97 301.723,92 2.697.052,13
Navarra (Comunidad Foral de). 351.222,67 839.323,18 149.965,32 1.340.511,17
Rioja (La). 150.856,54 360.504,59 64.412,84 575.773,97
  26.521.500,00 63.378.910,00 11.324.170,00 101.224.580,00

Queda fuera de la propuesta de reparto la Comunidad Autónoma del País Vasco en razón de tener una asignación específica en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2022, como consecuencia de su régimen fiscal específico, siendo la aplicación presupuestaria la 18.05.241B.45810 «a la Comunidad Autónoma del País Vasco para la gestión de iniciativas del sistema de formación profesional para el empleo».

Compromiso de colaboración

Las Comunidades Autónomas se comprometen a desarrollar las actuaciones, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, cumpliendo con las siguientes condiciones:

a) Se entenderá acción subvencionable la totalidad de la acción formativa cuyo contenido esté vinculado al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en, al menos, un 75 % de las horas de formación, pudiendo incluir, hasta un máximo del 25 % de horas, otros módulos o contenidos de formación no referidos al citado Catálogo.

b) No están incluidas en esta distribución las actuaciones financiadas con cargo a créditos del Servicio Público de Empleo Estatal.

c) Se entenderá que las actuaciones formativas están en desarrollo cuando al finalizar la fecha de compromiso, 31 de diciembre de 2023, se haya desarrollado total o parcialmente la acción formativa (en al menos el 50 %), o, en su caso, exista al menos el compromiso de su desarrollo en fase «D».

En el caso de que las acciones formativas a realizar con esta distribución de fondos se encuentren en situación de «comprometido» (documento D) a 31 de diciembre de 2023 o se hayan desarrollado parcialmente hasta esa fecha, se permitirá el período de ejecución hasta 31 de diciembre de 2024. En este caso no será de aplicación la excepcionalidad que permite ampliar los plazos de ejecución en 6 meses tras solicitud razonada de la Comunidad Autónoma al Ministerio.

Además, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la presentación de la justificación de estas acciones se realizará, como máximo, en el plazo de tres meses desde su finalización. Para ello, las Comunidades Autónomas remitirán al Ministerio de Educación y Formación Profesional, un estado de ejecución indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados detallado para la Aplicación presupuestaria del Presupuesto General del Estado desde la que se realice la transferencia de crédito. Las Comunidades Autónomas deberán proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales.

Las normas de justificación de los créditos recibidos por las comunidades autónomas vendrán recogidas y especificadas en los instrumentos jurídicos, convenios o resoluciones en los que se haya plasmado la distribución acordada por el Consejo de Ministros, tal como establece la regla Cuarta del apartado 2 del artículo 86 de la Ley General Presupuestaria.

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