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Documento BOE-A-2023-538

Decreto de 20 de diciembre de 2022, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de doña Ana María Blanco Navarro como Fiscal Delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa y se nombra a don Julián Blanco Domínguez.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 2023, páginas 3839 a 3841 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2023-538

TEXTO ORIGINAL

El 1 de diciembre de 2022 el Excmo. Sr. Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía General del Estado, remitió a la Inspección Fiscal escrito en el que muestra su conformidad con la propuesta de nombramiento del Ilmo. Sr. D. Julián Blanco Domínguez como Fiscal Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo efectuada por el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa.

Hechos

Único.

Con motivo del traslado a otra fiscalía en virtud del último concurso reglado (RD 745/2022, de 6 de septiembre, publicado en el BOE de 7 de septiembre) de la anterior Fiscal Delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo, ésta ha renunciado al cargo, quedando vacante el mismo en la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa. Para cubrirlo, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. El único solicitante fue D. Julián Blanco Domínguez.

El 25 de noviembre de 2022 el Fiscal Jefe elevó propuesta a la Fiscalía General del Estado en favor de D. Julián Blanco Domínguez, al considerar que reúne los méritos y la capacidad suficientes para el desempeño de la función.

Mediante decreto de fecha 30 de noviembre de 2022 el Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo no formuló objeción a su designación, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal [artículo 3.d) RD 437/1983, de 9 de febrero].

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del fiscal jefe respectivo. Igualmente, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4 EOMF), lo que ha sido debidamente cumplimentado.

Segundo.

La Instrucción de la FGE núm. 5/2008 complementa la anterior disposición legal al aclarar que se seguirá el mismo procedimiento de designación en los casos en los que el delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de decano, como sucede en este caso.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los delegados de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente fiscal de sala coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, regula en su art. 62.2 el nombramiento de los fiscales delegados especialistas:

«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.

El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos, la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de la comunidad autónoma.

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.»

Cuarto.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de aquella, acuerdo:

1. Aceptar la renuncia de la Ilma. Sra. D.ª Ana María Blanco Navarro y nombrar al Ilmo. Sr. D. Julián Blanco Domínguez como Fiscal Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa.

2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, al Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo, a la Fiscal Superior del País Vasco, al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa, que trasladará copia del presente decreto a los fiscales interesados, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.

3. Notificar el presente decreto al Ministerio de Justicia (Dirección General para el Servicio Público de Justicia).

4. Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Estado (art. 62.3 RMF).

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, 4, Madrid 28010) en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, en los términos establecidos en el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los artículos 12.1,b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley

Madrid, 20 de diciembre de 2022.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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