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Documento BOE-A-2023-5579

Corrección de errores del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2023, páginas 31589 a 31594 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-5579
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/05/17/376/corrigendum/20230303

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 118, de 18 de mayo de 2022, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 68430, disposición final primera, apartado uno, segundo párrafo, en la tercera línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…».

En la página 68431, disposición final primera, apartado cuatro, en el apartado 1 del nuevo artículo 33 bis, al final de la quinta línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…»; y en el apartado 2, cuarto párrafo, en la cuarta línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…».

En la página 68432, disposición final primera, en el apartado cinco, segundo párrafo, en la sexta línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…»; y en la misma página, apartado seis, en la nueva disposición transitoria decimoctava, apartado 2, en la octava línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…».

En la página 68434, disposición final segunda, apartado tres, segundo párrafo, en la cuarta línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…»; en el tercer párrafo, en la tercera línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…»; y en el quinto párrafo, en la segunda línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…».

En la página 68438, disposición final quinta, en la última línea de la página, donde dice: «… Real Decreto por el que se…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se…».

En la página 68439, apartado 2, en la, sexta línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…»; y en el apartado 3, cuarto párrafo, en la cuarta línea, donde dice: «… Real Decreto por el que se regulan…», debe decir: «… Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan…».

En la página 68447, parte C «Metodología», apartado 1.a), en la fórmula, donde dice:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_1.png

Debe decir:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_2.png

Y en el mismo apartado, tras la fórmula, en la undécima línea, donde dice: «ecss= la reducción de emisiones…», debe decir: «eccs= la reducción de emisiones…».

En la página 68450, tercer párrafo, en la primera fórmula, donde dice:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_3.png

Debe decir:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_4.png

En la misma página, en la fórmula que antecede al apartado 3, donde dice:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_5.png

Debe decir:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_6.png

En la página 68451, apartado 4, en los incisos segundo y tercero, donde dice:

«N2O: 296.

CH4: 23.»

Debe decir:

«N2O: 298.

CH4: 25.»

En la misma página, apartado 7, en la fórmula, donde dice:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_7.png

Debe decir:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/53/5579_12875418_8.png

Y en el mismo apartado, último párrafo, en la primera línea, donde dice: «e1: emisiones anualizadas…», debe decir: «el: emisiones anualizadas...»

En la página 68454, apartado 18, párrafo primero, en la primera línea, donde dice: «… las emisiones que deben repartirse serán ecc + e1 + esca + las fracciones de ep, etd, eccs y eccr que intervienen…», debe decir: «… las emisiones que deben repartirse serán eec + e+ esca + las fracciones de ep', etd', y ecrr' que intervienen…».

En la página 68471, tabla «Valores por defecto desagregados para transporte y distribución: “etd” tal como se define en la parte C del presente anexo», en la segunda y cuarta filas, donde dice:

«Proceso de producción de los biocarburantes y biolíquidos Emisiones de gases de efecto invernadero, valores típicos (g CO2eq/MJ)

Emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto

(g CO2eq/MJ)

Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 10,2 10,2
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 10,2 10,2»

Debe decir:

«Proceso de producción de los biocarburantes y biolíquidos Emisiones de gases de efecto invernadero, valores típicos (g CO2eq/MJ)

Emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto

(g CO2eq/MJ)

Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 12,2 12,2
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 12,2 12,2»

En la página 68475, Tabla «Pellets de madera», tras la última fila se añaden las filas siguientes:

«Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores típicos Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto
Calor Electricidad Calor Electricidad
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 1. 1 a 500 km. 56 % 35 % 48 % 23 %
500 a 10 000 km. 54 % 32 % 46 % 20 %
Más de 10 000 km. 49 % 24 % 40 % 10 %
Caso 2a. 1 a 500 km. 76 % 64 % 72 % 58 %
500 a 10 000 km. 74 % 61 % 69 % 54 %
Más de 10 000 km. 68 % 53 % 63 % 45 %
Caso 3a. 1 a 500 km. 91 % 86 % 90 % 85 %
500 a 10 000 km. 89 % 83 % 87 % 81 %
Más de 10 000 km. 83 % 75 % 81 % 71 %
Madera de tronco. Caso 1. 1 a 500 km. 57 % 37 % 49 % 24 %
500 a 2 500 km. 58 % 37 % 49 % 25 %
2 500 a 10 000 km. 55 % 34 % 47 % 21 %
Más de 10 000 km. 50 % 26 % 40 % 11 %
Caso 2a. 1 a 500 km. 77 % 66 % 73 % 60 %
500 a 2 500 km. 77 % 66 % 73 % 60 %
2 500 a 10 000 km. 75 % 63 % 70 % 56 %
Más de 10 000 km. 70 % 55 % 64 % 46 %
Caso 3a. 1 a 500 km. 92 % 88 % 91 % 86 %
500 a 2 500 km. 92 % 88 % 91 % 87 %
2 500 a 10 000 km. 90 % 85 % 88 % 83 %
Más de 10 000 km. 84 % 77 % 82 % 73 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 1. 1 a 500 km. 75 % 62 % 69 % 55 %
500 a 2 500 km. 75 % 62 % 70 % 55 %
2 500 a 10 000 km. 72 % 59 % 67 % 51 %
Más de 10 000 km. 67 % 51 % 61 % 42 %
Caso 2a. 1 a 500 km. 87 % 80 % 84 % 76 %
500 a 2 500 km. 87 % 80 % 84 % 77 %
2 500 a 10 000 km. 85 % 77 % 82 % 73 %
Más de 10 000 km. 79 % 69 % 75 % 63 %
Caso 3a. 1 a 500 km. 95 % 93 % 94 % 91 %
500 a 2 500 km. 95 % 93 % 94 % 92 %
2 500 a 10 000 km. 93 % 90 % 92 % 88 %
Más de 10 000 km. 88 % 82 % 85 % 78 %»

En la página 68476, Tabla «Procesos agrícolas», tras la última fila se añaden las filas siguientes:

«Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero,
valores típicos
Reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero,
valores por defecto
Calor Electricidad Calor Electricidad
Gránulos de paja. 1 a 500 km. 88 % 82 % 85 % 78 %
500 a 10 000 km. 86 % 79 % 83 % 74 %
Más de 10 000 km. 80 % 70 % 76 % 64 %
Briquetas de bagazo. 500 a 10 000 km. 93 % 89 % 91 % 87 %
Más de 10 000 km. 87 % 81 % 85 % 77 %
Harina de palmiste. Más de 10 000 km. 20 % –18 % 11 % –33 %
Harina de palmiste (sin emisiones de CH4 procedentes de la almazara). Más de 10 000 km. 46 % 20 % 42 % 14 %»

En la página 68477, las notas al final de la primera tabla, «Biogás para electricidad», se reordenan y renumeran, quedando del siguiente modo:

«(1) En los valores relativos a la producción de biogás a partir de estiércol se incluye la emisión negativa derivada de la reducción de emisiones lograda gracias a la gestión del estiércol bruto. El valor de esca considerado es igual a – 45 g CO2 eq/MJ para estiércol utilizado en digestión anaeróbica.

(2) El almacenamiento de digestato en abierto conlleva emisiones adicionales de CH4 y N2O. La magnitud de esas emisiones varía en función de las condiciones ambientales, los tipos de sustrato y la eficiencia de la digestión.

(3) El almacenamiento en cerrado significa que el digestato resultante del proceso de digestión se almacena en un tanque hermético y se da por supuesto que el biogás adicional liberado durante el almacenamiento se recupera para la producción adicional de electricidad o biometano. En ese proceso no se incluyen emisiones de gases de efecto invernadero.

(4) Por “maíz, toda la planta” hay que entender el maíz cosechado para forraje y ensilado para su conservación.

(*) El caso 1 alude a procesos en los que la electricidad y el calor necesarios para el proceso se obtienen del propio motor de cogeneración.

El caso 2 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor del propio motor de cogeneración. En algunos Estados miembros los operadores no pueden optar a subvenciones para la producción bruta, por lo que el caso 1 será el más habitual.

El caso 3 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor de una caldera de biogás. Este caso es el de algunas instalaciones en las que el motor de cogeneración no se encuentra in situ y el biogás se vende (sin enriquecerlo para convertirlo en biometano).».

En la página 68479, Tabla «Biometano – Mezcla de estiércol y maíz», las notas al final de la tabla se corrigen, reordenan y renumeran, quedando redactadas del siguiente modo:

«(*) La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2eq/MJ.

(1) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: adsorción por cambio de presión (PSA), depuración por agua a presión (PWS), membranas, técnicas criogénicas y depuración física orgánica (OPS). Incluye una emisión de 0,03 MJ CH4/MJ biometano para la emisión de metano en los gases desprendidos.

(2) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: depuración por agua a presión (PWS) cuando el agua es reciclada, adsorción por cambio de presión (PSA), depuración química, depuración física orgánica (OPS), membranas y enriquecimiento criogénico. En esta categoría no se consideran las emisiones de metano (el metano de los gases desprendidos, caso de haberlo, es objeto de combustión).»

En la página 68480, notas a pie de página, en la nota (**), en la tercera línea, donde dice: «P(Estiércol): 0,50 [MJ biogás/kg maíz húmedo con 90 % de humedad]», debe decir: «P(Estiércol): 0,50 [MJ biogás/kg estiércol húmedo con 90 % de humedad]».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/03/2023
  • La corrección de errores de las normas indicadas, se establece por estar modificadas por el Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo (Ref. BOE-A-2022-8121).
  • CORRIGE errores:
Materias
  • Cambios climáticos
  • Carburantes y combustibles
  • Certificaciones
  • Consumo de energía
  • Gas
  • Industrias
  • Información
  • Normas de calidad
  • Políticas de medio ambiente
  • Producción de energía
  • Reglamentaciones técnicas
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