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Documento BOE-A-2023-5725

Resolución de 23 de febrero de 2023, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, en la categoría de Técnico/a Superior del Área de Estudios y Análisis.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2023, páginas 32635 a 32646 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-5725

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, y con el fin de atender las necesidades de recursos humanos que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, el Consejo Económico y Social acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo de una plaza de la categoría de Técnico/a Superior en el Área de Estudios y Análisis.

Actualmente, el Consejo Económico y Social cuenta en su plantilla, en la categoría laboral convocada, con once mujeres y un hombre.

La presente convocatoria, cuyas bases se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es) y en el Punto de Acceso General de la Administración (administración.gob.es), tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella (BOE de 1 de enero de 2021) y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de la categoría de Técnico/a Superior del Área de Estudios y Análisis del Consejo Económico y Social, por el sistema general de acceso libre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2022.

1.2 La descripción de la plaza se detalla en el anexo I de esta convocatoria.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los anexos II y III.

La fase de oposición será previa y eliminatoria. Para acceder a la fase de concurso será necesario superar la fase de oposición.

1.4 Concluido el proceso selectivo, la persona aspirante que haya obtenido mayor puntuación, una vez haya acreditado cumplir los requisitos exigidos, será contratada con carácter fijo, como personal laboral del Consejo Económico y Social.

1.5 Todas las publicaciones referentes a la presente convocatoria se efectuarán en el tablón de anuncios de la sede del Consejo Económico y Social calle Huertas, 73, 28014 Madrid, en la página web (www.ces.es), y en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es).

2. Requisitos de las personas candidatas

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1 Nacionalidad:

2.1.1 Tener la nacionalidad española.

2.1.2 Ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

2.1.3 Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

2.1.4 Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.1.5 Las personas extranjeras que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las personas incluidas en el apartado 2.1.1 así como las personas extranjeras residentes en España incluidas en el apartado 2.1.2, siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos y candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

2.2 Titulación: Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor/a, Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Grado.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

2.3 Edad: Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.4 Compatibilidad funcional: Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el anexo V de esta convocatoria.

3.2 Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del RD 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Las personas aspirantes que, por cursar la solicitud en el extranjero o por concurrir una incidencia técnica debidamente acreditada, no puedan realizar este trámite de forma telemática, podrán cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel.

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria, a través de medios electrónicos, por vía electrónica a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), o en el Registro del Consejo Económico y Social de España, sito en calle Huertas, 73 de Madrid (CP: 28014), o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y se dirigirán al Presidente del Consejo Económico y Social de España.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.3 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de las personas aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo Económico y Social dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de solicitantes admitidos y excluidos y señalando el lugar, fecha y hora de comienzo de la fase de oposición.

En dicha resolución, en el caso de que existan solicitantes excluidos, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado, en su caso, la exclusión u omisión de la persona aspirante.

4.2 Finalizado dicho plazo, el Presidente del Consejo Económico y Social dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas solicitantes admitidas.

5. Órgano de selección

5.1 La composición del tribunal de este proceso selectivo figura en el anexo IV de esta convocatoria. Se publicará en la página web (www.ces.es), junto con la presente convocatoria, un breve curriculum profesional de las personas que forman parte del órgano de selección.

5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

5.3 El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas.

5.4 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes. Asimismo, el Órgano de Selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.6 El órgano de selección, una vez constituido, hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización del proceso selectivo.

5.7 El tribunal adoptará las medidas precisas para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de las aspirantes.

5.8 El Tribunal calificador podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de los ejercicios de la fase de oposición y la realización de la entrevista de la fase de concurso, pudiendo establecer para ello, el uso de los medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Consejo Económico y Social, calle Huertas, 73, 28014 Madrid, teléfonos 914292156 y 911911850.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizará, para cada especialidad, mediante una fase de oposición y una fase de concurso de méritos, según figura en el anexo II.

6.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y la duración total máxima de dicha fase será de nueve meses, sin perjuicio de que por razones acreditadas pueda excepcionalmente acordarse la ampliación de dichos plazos.

6.3 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

6.4 En cualquier caso, el proceso selectivo deberá estar finalizado antes de que transcurran tres años desde la aprobación del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022.

6.5 Las personas aspirantes serán convocadas a los ejercicios de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

6.6 El orden de actuación de los candidatos y de las candidatas en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 25 de mayo de 2022).

6.7 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

6.8 Concluido los ejercicios de la oposición, el Órgano de Selección hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida y señalando el plazo para aportar la documentación a valorar en la fase de concurso.

6.9 Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez días hábiles para aportar la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso, junto con su curriculum vitae, en el que se especifiquen de forma clara y pormenorizada, todas aquellas actividades vinculadas con el puesto convocado que hayan sido desempeñadas por la persona aspirante, los períodos exactos en los se han llevado a cabo y los puestos de trabajo, organismos y empresas en los que se hayan desarrollado.

6.10 La presentación de la documentación acreditativa de los méritos se realizará a través de medios electrónicos, por vía electrónica a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), o en el Registro del Consejo Económico y Social de España, sito en calle Huertas, 73 de Madrid (CP: 28014), o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y se dirigirán al Presidente del Consejo Económico y Social de España.

6.11 El tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y resueltas las alegaciones, el Órgano de Selección publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.

6.12 Los resultados de la fase de oposición y de la fase de concurso, así como la puntuación final del proceso selectivo serán hechos públicos en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es) y en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es).

6.13 La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.

6.14 En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, se dirimirá el nuevo empate teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso.

6.15 El Órgano de Selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo, si tuviera conocimiento de que alguno de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de concurso y de oposición, el Presidente del Órgano de Selección elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación.

El Órgano de Selección publicará dicha relación en el tablón de anuncios de la sede del Consejo Económico y Social, en su página web (www.ces.es), y en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es), en la que se anunciará que la primera persona aspirante, dispondrá de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación, para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

8. Adjudicación de plazas

8.1 La adjudicación del puesto se efectuará, de acuerdo con el orden de puntuación total obtenida, mediante resolución de la autoridad convocante que será, asimismo, publicada.

8.2 Únicamente se formalizará un contrato para el puesto de trabajo convocado.

8.3 La persona aspirante contratada deberá superar un período de prueba de seis meses durante el cual la Dirección del Área de Estudios y Análisis evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

8.4 En el caso de que un candidato o candidata no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, la certificación emitida por la Dirección del Área de Estudios y Análisis sobre el correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, o renuncie durante los dieciocho meses siguientes a la adjudicación de la plaza, el puesto se adjudicará al siguiente candidato o candidata de la relación a la que se refiere la base 7.1.

9. Listas de personas candidatas para el nombramiento de personal laboral temporal

9.1 Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo, para permitir la contratación como personal laboral temporal en la categoría de Técnico/a Superior, el Órgano de Selección elaborará una relación con aquellas personas candidatas que, habiendo participado en el proceso selectivo y habiendo alcanzado la puntuación mínima para superarlo, no hayan obtenido plaza. La lista de personas candidatas será ordenada de mayor a menor puntuación total obtenida en el proceso selectivo.

9.2 La lista de personas candidatas tendrán una validez de dieciocho meses desde su publicación hasta la publicación de nuevas listas resultantes del desarrollo de nuevos procesos selectivos ordinarios.

9.3 La gestión de la lista de personas candidatas estará encomendada a la Dirección del Área de la Gerencia del Consejo Económico y Social y el procedimiento de gestión se hará público en el tablón de anuncios, en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es) y en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es).

9.4 La inclusión en la relación de personas candidatas servirá para la contratación de personal temporal para sustituir a trabajadores y trabajadoras con derecho a reserva de puesto de trabajo, mientras dure esta, o para contrataciones temporales autorizadas expresamente o con carácter general.

9.5 Cuando exista una vacante para cubrirla temporalmente, y una vez formalizada, en su caso, la preceptiva autorización para la contratación temporal, se ofertará el contrato temporal por riguroso orden de los integrantes de la relación de personas candidatas, comunicando de forma fehaciente a la persona candidata el puesto vacante que le corresponda para proceder a su aceptación. Recibida esta comunicación, la persona candidata deberá aportar, en el plazo de tres días hábiles, los documentos que acrediten la posesión de todos los requisitos establecidos en esta convocatoria.

9.6 En el caso de que no se localizase a la persona candidata, no se presentase en el día y hora indicados, no cumpliese con los requisitos o rechazase ocupar el puesto ofertado, decaerán en su derecho de permanecer en la lista y la contratación se ofertará a la persona candidata que ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente hasta la cobertura de la plaza.

9.7 Las personas que, en el momento del llamamiento, se encuentren en situación de maternidad o de embarazo de riesgo, serán llamadas en las mismas condiciones que el resto de las personas candidatas de la lista, haciéndose igualmente efectiva su contratación.

9.8 Serán causas de exclusión de las relaciones de candidatos y candidatas:

a) Rechazar una oferta de contratación.

b) Haber sido convocado o convocada y no comparecer para la formalización de la contratación, salvo que la persona trabajadora alegue enfermedad y lo justifique con el correspondiente informe médico.

c) No haber superado el período de prueba.

d) Haber sido objeto de despido.

9.9 Mantendrán su número de orden en la lista y podrán acceder a la siguiente contratación que se genere:

– Quienes se encuentren en situación de enfermedad, siempre que acrediten dicha situación mediante la documentación médica oficial correspondiente o concurra alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada.

– Quienes en el momento del llamamiento se encuentren prestando servicios en el sector público o privado.

9.10 En los supuestos de sustitución, cuando la persona titular del puesto de trabajo se reincorpore o cambie su situación laboral perdiendo el derecho a reserva del puesto, se producirá la extinción del contrato de trabajo temporal de la persona sustituta.

10. Norma final

10.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

10.2 La presente convocatoria será susceptible de impugnación mediante los recursos administrativos que procedan, en función de si los actos administrativos ponen fin o no a la vía administrativa o bien directamente ante el orden jurisdiccional social, de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

10.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 23 de febrero de 2023.–El Presidente del Consejo Económico Social, Antonio Costas Comeseña.

ANEXO I
Descripción de la plaza convocada

Número de plazas: 1.

Oferta Empleo Público: 2022.

Titulación: Grado, Licenciatura o Doctorado.

Funciones y tareas principales:

– Explotación, organización, actualización y gestión de datos a partir de las fuentes estadísticas oficiales, habituales en los análisis del Consejo Económico y Social, incluyendo la realización de operaciones básicas de estadística descriptiva para su utilización en los distintos trabajos técnicos que realice el Área de Estudios y Análisis del Consejo.

– Tareas de visualización de datos: elaboración y optimización de las representaciones gráficas más adecuadas en función del tipo de datos estadísticos, mediante uso avanzado del paquete de Microsoft Office y/o otras herramientas de software de visualización de datos, apropiadas para la investigación económica y social.

– Edición, con arreglo a un formato establecido, de los documentos e informes elaborados en el Área de Estudios y Análisis, integrando textos, representaciones gráficas y elementos infográficos.

– La realización de informes a partir de datos estadísticos y preparación de documentación en las materias competencia del Área de Estudios y Análisis.

Competencias del puesto:

– Conocimiento de las principales fuentes de información estadística, nacionales e internacionales, utilizadas por el Consejo Económico y Social en sus informes, dictámenes, Memoria socioeconómica y laboral de España y demás documentos institucionales.

– Conocimiento, experiencia y habilidades avanzadas de manejo de datos y estadística descriptiva, así como de herramientas de software específicas en esta materia.

– Conocimientos de estadística aplicada a las ciencias sociales, técnicas de visualización de datos, técnicas de investigación social, diseño gráfico o cualquier otra relacionada con las funciones del puesto.

– Capacidad de síntesis y de redacción de informes.

ANEXO II
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases: oposición y concurso.

1. Fase de oposición:

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Primer ejercicio: El primer ejercicio de la fase de oposición constará de un ejercicio teórico que consistirá en la realización de un cuestionario de preguntas que versarán sobre el contenido del temario del anexo III. El cuestionario constará de 30 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las respuestas erróneas se penalizarán con 0,25 puntos. Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de cuarenta y cinco minutos.

Este primer ejercicio tendrá una calificación máxima de 30 puntos, debiendo obtener los candidatos al menos el 50 % de la puntuación resultante de la media aritmética de las 3 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes en esta prueba. En consecuencia, el tribunal fijará la puntuación mínima necesaria que se debe alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de 48 horas a contar desde la finalización de la prueba específica. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica relacionada con las funciones de la plaza a cubrir, en la que se valorarán las aptitudes de los candidatos para el desempeño de la misma. Para ello, las personas candidatas deberán superar una prueba dirigida a comprobar sus aptitudes de importación, explotación y visualización de datos aplicada al análisis de la realidad económica, laboral y social. El ejercicio constará de dos partes:

– La primera parte consistirá en la búsqueda y explotación con Microsoft Excel, de un conjunto de datos procedentes de las fuentes oficiales habitualmente utilizadas en los trabajos del Consejo Económico y Social, incluyendo operaciones estadísticas básicas, su representación gráfica más adecuada y la justificación de su elección en función del tipo de variables.

– La segunda parte consistirá en la Importación de un fichero CSV a Microsoft Excel, la preparación de datos y la elaboración de la representación gráfica más adecuada para visualizar la evolución temporal de una o varias variables, incluyendo operaciones estadísticas básicas, justificando su elección.

Para la realización de dicho ejercicio se facilitará a las personas aspirantes un ordenador con conexión a internet.

El segundo ejercicio de la fase de oposición se valorará con una puntuación máxima de 40 puntos, debiendo obtener los candidatos al menos 20 puntos para superarlo y tendrá una duración máxima de dos horas.

La calificación total de la fase de oposición será de 70 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

2. Fase de concurso: En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, y a la que podrán acceder únicamente las personas candidatas que hayan superado la fase de oposición, se otorgará un máximo de 30 puntos y se valorarán los siguientes méritos que las personas candidatas presenten debidamente documentados y acreditados.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados siguientes.

Méritos profesionales: Se otorgará un máximo de 14 puntos.

1. Experiencia profesional en puestos de trabajo de igual categoría o equivalente o de categoría superior a la de la plaza convocada, desempeñando funciones iguales o similares a las señaladas en el anexo I en la Administración General del Estado, en Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, en instituciones similares, en Entidades de Derecho Público distintas a la Administración General del Estado o en empresas privadas. A dicha experiencia se otorgará 0,10 puntos por cada mes de servicios prestados.

2. Experiencia profesional en puestos de trabajo de categoría inferior a la de la plaza convocada, desempeñando funciones equivalentes a las señaladas en el anexo I en la Administración General del Estado, en Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, en instituciones similares, en Entidades de Derecho Público distintas a la Administración General del Estado o en empresas privadas. A dicha experiencia se otorgará 0,05 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 7 puntos.

La experiencia profesional adquirida en la Administración Pública se acreditará mediante un certificado expedido por la correspondiente Unidad de Personal o Unidad competente en la materia, en el que figuren las funciones concretas desempeñadas y el tiempo de duración de las mismas.

En los demás casos mediante copia auténtica del contrato o contratos de trabajo.

Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos se sustituirá por copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.

En cualquier caso, se deberá aportar certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social y además de los documentos citados, las personas candidatas acreditarán el contenido de las funciones desempeñadas.

Méritos formativos: Se otorgará un máximo de 14 puntos.

– Por cada titulación universitaria adicional a la aportada como requisito para la participación en el proceso selectivo, hasta un máximo de 6 puntos, de acuerdo con el baremo siguiente:

• Titulación universitaria de primer ciclo o grado: 2 puntos.

• Titulación universitaria de segundo ciclo o máster: 1 punto.

• Titulación universitaria de tercer ciclo o doctorado: 3 puntos.

Forma de acreditación: Copia auténtica de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

– Cursos de formación y perfeccionamiento. Haber realizado, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento en las materias objeto de la convocatoria, hasta un máximo de 7 puntos.

No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a quince horas, en el caso de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición.

Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración y fecha de realización.

Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.

Forma de puntuación:

– 2 puntos por cada curso de formación y perfeccionamiento recibido con una duración superior a 100 horas.

– 1,5 puntos por cada curso de formación y perfeccionamiento recibido con una duración entre 76 y 100 horas.

– 1 punto por cada curso de formación y perfeccionamiento recibido con una duración entre 51 y 75 horas.

– 0,5 puntos por cada curso de formación y perfeccionamiento recibido con una duración entre 15 y 50 horas.

– 1 punto por cada curso de formación y perfeccionamiento impartido no inferior a dos horas.

Forma de acreditación: Para acreditar los cursos de formación y perfeccionamiento será necesario copia auténtica del título o de los documentos que acrediten la superación de cursos. En el caso de titulaciones obtenidas fuera de la Unión Europea, estas deberán estar homologadas.

– Nivel de idioma inglés. Se asignarán 0,25 puntos a las personas que acrediten un nivel B1 en el marco de referencia europeo, 0,50 puntos a las personas que acrediten un nivel B2 y 1 punto a las que acrediten un nivel C1 o superior. Este nivel deberá justificarse mediante un certificado o documento debidamente acreditativo.

Entrevista: Se otorgará un máximo de 2 puntos.

Las personas candidatas que hayan superado la fase de oposición serán convocadas a una entrevista que versará sobre los méritos alegados: la trayectoria profesional, la formación de la persona candidata y la adaptación a las competencias del puesto de trabajo.

La convocatoria para la entrevista se hará mediante resolución del tribunal que se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo (www.ces.es) y en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es) con al menos 72 horas de antelación a la fecha de realización de la entrevista.

ANEXO III
Temario

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.

Tema 2. El Consejo Económico y Social. Naturaleza, composición y funciones.

Tema 3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tema 4. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes del personal en la Administración Pública. Incompatibilidades.

Tema 5. Tipología de los trabajos y análisis del CES: La Memoria Socioeconómica anual. Estructura y fuentes estadísticas habituales.

Tema 6. Funcionamiento del sistema estadístico europeo. Eurostat y sus principales productos. Otras fuentes internacionales. OCDE Data y Naciones Unidas.

Tema 7. El sistema estadístico español. El INE y sus principales productos para el análisis de la realidad sociodemográfica, económica y laboral. Censos, registros administrativos y encuestas.

Tema 8. Fundamentos de la comunicación y difusión estadística de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas. Cómo hacer comprensibles los datos.

Tema 9. Métodos y técnicas de investigación en el análisis de la realidad económica, laboral y social.

Tema 10. La igualdad efectiva aplicada a la investigación económica y social: cómo evitar los sesgos en la recogida y el análisis de los datos.

Tema 11. Principios y herramientas para la visualización de datos. Visualizaciones estáticas, dinámicas e interactivas. Gráficos, mapas, infografías y herramientas de uso abierto (open source). La elección de la representación gráfica más adecuada en función del tipo de datos.

Tema 12. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.

ANEXO IV
Tribunal de selección

1.1 Tribunal titular:

Presidente: Luis Sauto Pascual. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales.

Vocales:

Juan Manuel Martínez Parrondo. Ingeniero en Informática.

Leonel Antonio Cerno. Doctor en Economía.

Nuria Moreno-Manzanaro García. Licenciada en Derecho.

Secretaria (con voz y sin voto): M. Milagros Guerra Esperanza. Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales.

1.2 Tribunal suplente:

Presidenta: Alicia Pastor Mor. Licenciada en Derecho.

Vocales:

José Antonio Díaz Aliseda. Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología.

Francisco Martínez Sánchez. Licenciado en Historia.

Marta Galiano Sevilla. Doctora en Ciencias Económicas y Empresariales.

Secretaria (con voz y sin voto): Julia Collado Jiménez. Licenciada en Derecho.

ANEXO V
Solicitud de participación en el proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, de una plaza de la categoría de Técnico/a Superior del Consejo Económico y Social (OEP 2022)

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/02/2023
  • Fecha de publicación: 04/03/2023
  • Convocatoria. Turno libre. Técnico/a Superior 1 plaza.

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