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Documento BOE-A-2023-5746

Resolución de 2 de marzo de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de prórroga al III Convenio con la Fundación Amigos del Museo del Prado.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2023, páginas 32776 a 32777 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-5746

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y la Fundación Amigos del Museo del Prado, han suscrito una Adenda que tiene como objeto prorrogar el convenio entre Museo Nacional del Prado y la Fundación Amigos del Museo del Prado de 29 de marzo de 2019 (BOE de 20 de mayo), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 2 de marzo de 2023.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Adenda de prórroga al III convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Fundación Amigos del Museo del Prado

Madrid, a 21 de febrero de 2023.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado, con domicilio en Madrid, Paseo del Prado, s/n, y CIF Q-2828018-H, representado por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, nombrado mediante Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, y en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004 de 12 de marzo, en su artículo 7.2.1)

De otra parte, la Fundación Amigos del Museo del Prado, representada por don Carlos Zurita Delgado, con DNI ***8825**, Duque de Soria, en calidad de Presidente de la Fundación, y doña Nuria de Miguel Poch, en calidad de Secretaria General de la Fundación Amigos del Museo del Prado, con DNI ***0807**, según poderes otorgados por Acuerdo de Patronato de 30 de marzo de 2011, y elevados a escritura pública el 9 de junio de 2011.

Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para este acto y

EXPONEN

I. Que el 29 de marzo de 2019 (REOICO de 7 de mayo y BOE núm. 120, de 20 de mayo), al amparo de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscribieron un convenio que tiene por objeto la regulación de la colaboración entre las dos instituciones, con una vigencia de cuatro años.

II. Que, de acuerdo con la cláusula quinta del citado convenio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente y por escrito, su prórroga por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales siguiendo al efecto los requisitos de autorización previa exigidos en la citada Ley 40/2015.

III. Que la Dirección General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Fundación Pública, ha emitido con fecha 25 de enero de 2023, informe favorable a la prórroga de la autorización especial para el uso de espacios contenida en el citado convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 92.7 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

IV. Que tanto la Fundación Amigos de Amigos como el Museo Nacional del Prado están interesados en mantener esta colaboración.

En razón a cuanto antecede, ambas partes acuerdan;

CLÁUSULAS

Primera. Prorrogar el Convenio de 29 de marzo de 2019.

Se acuerda que el convenio identificado en el expositivo primero sea prorrogado por un periodo adicional de cuatro años, hasta el 20 de mayo de 2027.

Segunda. Mantenimiento del resto del clausulado del convenio 29 de marzo de 2019.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 29 de marzo de 2019.

Tercera. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.

De acuerdo con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes mediante su firma y su vigencia comenzará el día en que sea inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad las partes firman la presente adenda por duplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus, Director.–Por la Fundación Amigos del Museo del Prado, Carlos Zurita Delgado, Presidente, y Nuria de Miguel Poch, Secretaria General.

La presente Adenda ha sido informada favorablemente por los Servicios Jurídicos del Estado con fecha 3 de febrero de 2023 y por la SGT del Ministerio de Hacienda y Función Pública, el 15 de febrero de 2023, de acuerdo con los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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