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Documento BOE-A-2023-6256

Resolución de 30 de enero de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2023, páginas 35151 a 35151 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2023-6256
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/01/30/(2)

TEXTO ORIGINAL

Los vigentes Estatutos del Consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela, aprobados por acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 26 de noviembre de 2018 y publicados en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 292 de 4 de diciembre de 2018, establecen una serie de competencias del Consejo de Administración que, en aras de la operatividad del organismo, ya prevé puedan ser delegadas en otros órganos de gobierno y administración de la entidad.

En la sesión del Consejo de Administración del 24 de julio de 2022 se adoptó el siguiente acuerdo de delegación de competencias que ahora se publica.

Las resoluciones que se adopten en virtud de la delegación conferida por el presente acuerdo indicarán expresamente que se adoptan por delegación y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público y en virtud de lo recogido en el artículo 12.2 a de los vigentes Estatutos del organismo resuelvo proceder a la publicación del citado acuerdo de delegación de competencias, que figura como anexo a la presente resolución.

Santiago de Compostela, 30 de enero de 2023.–La Gerente del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, Belén Hernández Lafuente.

ANEXO

Acuerdo de 24 de julio de 2022 del Consejo de Administración del Consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela de delegación de competencias

Los vigentes Estatutos del Consorcio establecen en su artículo 7.2.e) de competencias del Consejo de Administración: «La aprobación de la relación de puestos de trabajo y de sus formas de provisión, conforme a la normativa de aplicación».

Y el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Jurídico de su Comisión Ejecutiva, vigente de acuerdo con lo recogido en la Disposición Transitoria Segunda de los citados Estatutos, establece en su artículo 2, dentro de las competencias delegables, la de «Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo».

Con base en todo lo anterior y a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, visto el informe de la Abogacía del Estado de fecha 20 de julio de 2022, se adopta el siguiente acuerdo por unanimidad:

Se delega en la Comisión Ejecutiva la competencia de: «Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/01/2023
  • Fecha de publicación: 09/03/2023
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • A Coruña
  • Administración Local
  • Delegación de atribuciones
  • Real Patronato de la Ciudad de Santiago de Compostela

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