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Documento BOE-A-2023-6267

Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría de Sanidad a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2023, páginas 35173 a 35174 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-6267

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria de Sanidad y la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública han suscrito una adenda al Acuerdo de encomienda de gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial firmado el día 18 de octubre de 2022.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 7 de marzo de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda al Acuerdo de Encomienda de Gestión de la Subsecretaría de Sanidad a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial

REUNIDOS

De una parte, doña Dionisia Manteca Marcos, Subsecretaria de Sanidad, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 1174/2021, de 28 de diciembre, actuando en nombre y representación del Ministerio Sanidad y de las Entidades de Derecho Público adscritas al mismo.

De otra parte, doña Pilar Paneque Sosa, Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 549/2021, de 13 de julio, actuando en nombre y representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

EXPONEN

Con fecha 21 de octubre de 2022 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría de Sanidad a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.

En la mencionada encomienda no se incluía entre los actos de trámite a encomendar la acumulación a la que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dada la existencia de un gran número de reclamaciones recibidas que cumplen con las condiciones establecidas en el mencionado artículo y con el fin de agilizar y lograr una mayor eficiencia en la tramitación de las reclamaciones se considera oportuno incluir la acumulación entre los actos de trámite encomendados.

Por ello, por todo ello, ambas partes, acuerdan:

Primero.

Modificar el apartado Segundo c) del Acuerdo de encomienda de gestión, añadiendo el párrafo siguiente:

«Asimismo, cuando proceda a lo largo de la tramitación, disponer la acumulación a la que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dando cuenta de ello periódicamente al Ministerio de Sanidad.»

Segundo.

Modificar, en el apartado Segundo del Acuerdo de encomienda de gestión, las actuaciones encomendadas en relación con la tramitación de recursos potestativos de reposición, añadiendo, dentro de la relación de actuaciones encomendadas, el párrafo siguiente a la letra c):

«Asimismo, cuando proceda a lo largo de la tramitación, disponer la acumulación a la que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dando cuenta de ello periódicamente al Ministerio de Sanidad.»

Tercero.

Esta adenda entrará en vigor a partir de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de febrero de 2023.–La Subsecretaria de Sanidad, Dionisia Manteca Marcos.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.

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