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Documento BOE-A-2023-6275

Orden ETD/233/2023, de 24 de febrero, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Centro de Protección de Chóferes de La Rioja, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, por Unión de Conductores de Automóviles, Mutualidad de Previsión Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2023, páginas 35265 a 35266 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-6275

TEXTO ORIGINAL

La entidad Unión Española de Conductores de Automóviles, Mutualidad de Previsión Social, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave P0285, y la entidad Centro de Chóferes de la Rioja, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, inscrita en el mencionado registro con la clave P0159, han presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de fusión por absorción de la entidad Centro de Chóferes de la Rioja, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija por parte de la entidad Unión Española de Conductores de Automóviles, Mutualidad de Previsión Social.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, resuelvo:

Primero.

Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la entidad Centro de Protección de Chóferes de la Rioja, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija por parte de la entidad Unión Española de Conductores de Automóviles, Mutualidad de Previsión Social.

Segundo.

Declarar la extinción y cancelación en el Registro administrativo al que se refiere el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de la entidad Centro de Protección de Chóferes de la Rioja, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija.

Tercero.

La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 24 de febrero de 2023.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital. P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés.

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