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Documento BOE-A-2023-7035

Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Riegos y Drenajes, para impulsar técnicamente el regadío español ante organizaciones del sector del riego.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2023, páginas 40535 a 40541 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-7035

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Asociación Española de Riegos y Drenajes, para impulsar técnicamente el regadío español ante organizaciones del sector del riego, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 7 de marzo de 2023.–La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Asociación Española de Riegos y Drenajes, para impulsar técnicamente el regadío español ante organizaciones del sector del riego

En Madrid, a 7 de marzo de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), conforme a las atribuciones que le confiere el apartado segundo punto 1 del capítulo II, de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).

Y de otra parte, don José M.ª González Ortega, Presidente de la Asociación Española de Riegos y Drenajes (AERYD), con NIF G78113628 y domicilio en Madrid, calle General Arrando, 38, por acuerdo de la Asamblea General de fecha dieciocho de noviembre de 2020, en la que se dispone su nombramiento, y actuando en representación de AERYD ante la Administración Pública española, conforme al artículo 26 de sus Estatutos.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

El Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 5.1.q) que, entre las funciones de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria estará el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de regadíos e infraestructuras rurales de interés general, que será ejercida por la Subdirección General de Regadíos, Caminos Naturales e Infraestructuras Rurales.

Esta Subdirección General coopera con las Comunidades Autónomas y las entidades más representativas; elabora propuestas que permiten establecer la posición española sobre esta materia ante la Unión Europea y otras organizaciones o foros nacionales o internacionales con interés para el regadío español; y, representa y actúa, como interlocutor institucional ante dichas instancias, sin menoscabo de las competencias de otros órganos directivos del Departamento.

Segundo.

El sector del riego y los drenajes, se encuentra representado en la Asociación Española de Riegos y Drenajes (AERYD), entidad de derecho privado sin fines lucrativos, que se constituyó al amparo de la Ley de Asociaciones de 1964 y del Decreto 1140/1965, de 20 de mayo, y que hoy se rige por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

De acuerdo con sus vigentes Estatutos (aprobados en la Asamblea General Extraordinaria de 3 de diciembre de 2019), son fines de la asociación: (i) facilitar la conexión de los diferentes agentes del sector para favorecer la generación de sinergias; (ii) promover la generación y difusión de conocimiento para lograr un uso sostenible del agua, impulsar la productividad y competitividad del sector y contribuir a una sociedad informada; y (iii), promocionar la capacidad del sector para fomentar sus relaciones científico-técnicas, empresariales e institucionales tanto nacionales como internacionales.

La AERYD, de clara vocación científico-técnica, tiene los siguientes objetivos:

– Mejorar la información y aumentar la participación de los técnicos españoles en riegos en las tareas de la Comisión Internacional de Riegos y Drenajes (ICID).

– El estudio y desarrollo de cualquier aspecto técnico relacionado con la planificación, economía y mejora de las empresas de riego y drenaje.

– La mejora, recuperación y transformación, de terrenos en regadío.

– La mejora de la calidad de la construcción y explotación de las obras de ingeniería para el riego.

– Los estudios de las obras de riego y drenaje sobre el medioambiente.

– La divulgación e intercambio de conocimientos entre técnicos y usuarios del riego, y entre estos y las organizaciones nacionales o internacionales y foros organizados en cuestiones técnicas relacionadas con el regadío.

– El estudio de asuntos relacionados con las asociaciones y comunidades de regantes, los derechos de los comuneros, su función jurídica en la resolución de conflictos, su papel en el mantenimiento y modernización de los sistemas de riego, etc.

– La aplicación al campo de las últimas tecnologías de modernización para el mejor uso del recurso agua y mayor respeto al medioambiente.

Tercero.

En el ámbito nacional e internacional existen numerosas organizaciones con intereses en el sector del regadío de los que España forma parte. La labor de representación institucional y de posición nacional es siempre ostentada por la Administración General del Estado, pero en muchos casos se hace necesario el apoyo científico-técnico con objeto de impulsar, y difundir a ese nivel técnico, los intereses del sector del regadío español.

Estas organizaciones en el ámbito científico-técnico intercambian información, organizan reuniones, foros y seminarios, realizan estudios, desarrollan trabajos de normalización, publican informes y cooperan con otras organizaciones con intereses y actividades comunes.

Entre otras organizaciones podemos enumerar, sin carácter limitativo, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Comisión Internacional de Riegos y Drenajes (ICID), la Asociación Española de Normalización (UNE), el Comité Europeo de Normalización (CEN) o la Organización Internacional para la Normalización (ISO).

Cuarto.

El MAPA y la AERYD tienen por lo tanto funciones y finalidades comunes, como son fortalecer e impulsar el sector del regadío, y contribuir al desarrollo sostenible de la actividad agraria.

Ambas Partes pretenden la difusión de los últimos avances y logros del sector español del riego e intensificar la participación de técnicos y científicos españoles en las actividades de organizaciones o foros en los que se debatan asuntos técnicos y científicos relacionados con dicho sector.

Quinto.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siéndole de aplicación el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la AERYD y el MAPA para la coparticipación y la cogestión en actividades de carácter científico-técnico que se desarrollen en el marco de foros y organizaciones de gobernanza internacional y nacional en torno al regadío; así como para la promoción y difusión de los avances y logros en este sector.

Esta actividad redundará en beneficio de ambas Partes, que necesitan favorecer la investigación y la experiencia científica en este campo del conocimiento, así como intercambiar información sobre las innovaciones tecnológicas y su aplicación al regadío en España y fuera de España. Todo ello en aras a un mejor uso del recurso agua y mayor respeto al medioambiente.

Segunda. Actuaciones de la colaboración mutua.

Ambas Partes se comprometen al intercambio mutuo de información para colaborar en la defensa y difusión del regadío español en las siguientes actividades:

– La preparación, seguimiento y apoyo en la participación en Congresos, Foros, Conferencias, Talleres o Grupos de Trabajo técnicos sobre riego y drenaje.

– Seguimiento de los principales documentos y/o temas que se traten en los diferentes foros con el objetivo de poder darles, posteriormente, la mayor difusión posible entre los integrantes de los sectores implicados.

– Colaboración en la elaboración de publicaciones, informes, actas, revistas, informes anuales y publicaciones temáticas especiales.

– Elaboración y participación en programas de formación, difusión y seminarios web.

– Difusión de la tecnología y técnicas innovadoras generadas en el sector del regadío español.

– Colaboración en la difusión de aspectos relacionados con la sostenibilidad del regadío español.

Tercera. Actuaciones y compromisos del MAPA.

El MAPA, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA), realizará en colaboración con AERYD las siguientes actuaciones:

1. Preparación, junto a AERYD, del diseño de las líneas directrices de la participación de España en todas las actividades, eventos y foros donde el MAPA deba representar los intereses del regadío español desde un punto de vista científico-técnico.

2. Analizar y aprobar, junto a AERYD, la asistencia de expertos técnicos nacionales a todos aquellos foros, eventos, grupos de trabajo, jornadas, que se celebren u organicen en materia de regadío, y a las que asista el MAPA.

3. Facilitar a AERYD el acceso a material de difusión institucional en eventos y programas, para su posterior difusión a todos los posibles usuarios y Grupos con interés en la citada información.

4. Aportar financiación para realizar las actividades incluidas en este convenio, según el presupuesto adjunto como anexo I.

5. El MAPA mantendrá informada a AERYD sobre las directrices en la política de Regadíos del Departamento y cualquier información relevante que afecte a las actuaciones comunes que se desarrollarán en el marco del presente convenio.

6. Realizar el seguimiento, junto con AERYD, de las actuaciones que se lleven a cabo, objeto del presente convenio.

Cuarta. Actuaciones y compromisos de AERYD.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, AERYD se compromete a poner a disposición los recursos humanos y materiales necesarios para colaborar, junto al MAPA, según se detalla en el anexo I, en el desarrollo de las siguientes actividades:

1. Coparticipación y cogestión técnica con el MAPA en los foros y organizaciones de gobernanza internacional y nacional a los que se refieren el exponendo tercero y la cláusula primera del presente convenio.

2. Asistencia a los foros en los que se discutan temas exclusivamente técnicos y científicos y no se requiera presencia institucional, previa preparación con el MAPA. Para ello, AERYD y el MAPA aprobarán conjuntamente los profesionales que consideren más adecuados, escogidos dentro del sector empresarial, del investigador, y de las organizaciones de usuarios del regadío.

3. Seguimiento de los principales documentos y/o temas que se traten en los diferentes Grupos de Trabajo, con el objetivo de darles posteriormente la mayor difusión posible entre los integrantes de los Grupos de interés y sectores implicados.

4. Elaboración y participación en programas de formación y seminarios web, a determinar de manera conjunta con el MAPA.

5. Coparticipación y cogestión en actividades que organicen otros países, siempre que éstas requieran la presencia de técnicos especialistas en alguna materia concreta relacionada con regadío.

6. AERYD cogestionará, junto al MAPA, la información en relación con el regadío, emitiendo informes periódicos de seguimiento en los que se describan detalladamente todas las actividades que realicen los diferentes Grupos de Trabajo, así como los principales temas de debate o investigación que se lleven a cabo en el sector del regadío.

Quinta. Compromisos económicos de las partes.

Para financiar las actuaciones objeto de este convenio las partes aportarán los recursos humanos, materiales y económicos, conforme a lo expuesto en esta cláusula.

El compromiso económico de AERYD ascenderá a un importe máximo total de 40.000 euros, con cargo a su presupuesto. Esta cuantía cubrirá los gastos de las instalaciones y los medios humanos y materiales necesarios para llevar a cabo todas las actividades objeto del convenio de acuerdo con un gasto máximo anual de 10.000 euros. Estos gastos se detallan en las partidas del presupuesto que se indica en el anexo I del convenio.

El MAPA, por su parte, aportará medios humanos para la puesta en marcha y seguimiento de la ejecución del convenio y, además, financiará aquellas actividades que realice AERYD relacionadas con el objeto del convenio.

El compromiso económico del MAPA ascenderá a un importe máximo total de cuatrocientos mil euros (400.000,00 €) distribuidos entre los 4 años de duración del convenio y con cargo a la aplicación presupuestaria 21.08.414A.640 de los Presupuestos Generales del Estado del 2023 o a la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente, de acuerdo con un gasto máximo anual de 100.000 euros. Estos gastos se detallan en las partidas del presupuesto que se indica en el anexo I del convenio.

Las actuaciones que AERYD lleve a cabo en el marco del presente convenio se abonarán en base a los capítulos incluidos en el anexo I, previa comprobación de su correcta realización por ambas partes.

El MAPA irá realizando pagos a AERYD, estableciéndose como requisitos para cada pago que, de forma previa al pago, un representante de AERYD emita certificación del gasto realizado, en base al cual el MAPA procederá finalmente a su pago.

Posteriormente, y una vez verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad justificada mediante transferencia a la cuenta corriente n.º ES82 0234 0001 0010 0513 5429, BIC CCOCESMMXXX, a nombre de AERYD abierta en el Banco Caminos, con domicilio en 28010 Madrid, calle Almagro, 42.

La colaboración de AERYD comenzará tras la entrada en vigor del convenio, una vez se haya realizado su inscripción en el REOICO.

Sexta. Comisión de seguimiento.

Se crea una Comisión de seguimiento para la supervisión y aplicación del convenio, con la siguiente composición:

– Por parte del MAPA: Dos representantes adscritos a la Subdirección General de Regadíos, Caminos Naturales e Infraestructuras Rurales de la DGDRIFA. El representante de mayor rango presidirá la Comisión de seguimiento.

– Por parte de AERYD: Dos representantes que sean asociados.

Dicha Comisión realizará las siguientes funciones:

1. Seguimiento de los trabajos que se realicen dentro del marco del presente convenio.

2. Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse asociados al presente convenio.

3. Diseñar o redirigir, en su caso, las líneas de trabajo ante nuevas necesidades emergentes dentro del objeto del convenio.

Esta Comisión se reunirá siempre que se considere oportuno, al objeto de examinar los resultados de las actividades realizadas en el marco de este convenio y, en cualquier caso, cuando una de las partes lo solicite.

Séptima. Duración del convenio y su eficacia.

El presente convenio surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), inscripción que se realizará en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

La duración del convenio será de cuatro años.

En cualquier momento, y antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente, y suscribir mediante Adenda, su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Octava. Modificación, extinción e incumplimiento del convenio.

Las Partes podrán acordar la modificación de este convenio en cualquier momento, antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. La modificación del clausulado del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda.

Según lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio quedará extinguido ante el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes dará lugar a la resolución del convenio en los términos previstos en el citado artículo.

El incumplimiento parcial de las obligaciones y compromisos respecto de AERYD, será valorado de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, siendo el importe a liquidar a AERYD ajustado al coste de las acciones realizadas.

Novena. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.

Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.

Si de las actuaciones realizadas, al amparo del presente convenio, se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad a partes iguales del MAPA y AERYD, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación oneroso de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del otro cotitular.

Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de informes y estudios, el autor material de los mismos tendrá derecho a que en cualquier publicación se haga constar su nombre como autor de referencia para la publicación, al igual que la inclusión de la entidad para la cual presta sus servicios.

Décima. Resolución de conflictos.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en el lugar y fecha indicados.

Y en prueba de conformidad así como para la debida constancia, ambas partes suscriben el presente convenio por triplicado ejemplar en lugar y fecha en el inicio indicados.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de AERYD, José M.ª González Ortega.

ANEXO I
Presupuesto estimado para las actuaciones a desarrollar en cada anualidad

La valoración económica de las acciones realizadas por la AERYD y el MAPA en base este convenio, supondrán un coste máximo de ciento diez mil euros (110.000 €) al año.

Actuaciones de colaboración según Convenio

Total Convenio

Euros

MAPA

Euros

AERYD

Euros

MAPA

Euros

AERYD

Euros

MAPA

Euros

AERYD

Euros

MAPA

Euros

AERYD

Euros

1. Reuniones o eventos nacionales o Internacionales: informes y documentación.                  
1.1 Documentación técnica e informes necesarios preparatorios, de seguimiento y apoyo para la coparticipación en reuniones o eventos nacionales e internacionales que se lleven a cabo en el ámbito del presente convenio.                  
1.2 Documentación e informes técnicos de resultados en relación con los temas tratados en reuniones y eventos en los que se participe en el ámbito del presente convenio. 284.400,00 64.800,00 6.300,00 64.800,00 6.300,00 64.800,00 6.300,00 64.800,00 6.300,00
1.3 Otra documentación relacionada con la participación en reuniones y eventos en lo que respecta a la colaboración descrita en el presente convenio.                  
2. Actividades de difusión y formación: elaboración de documentos. 55.720,00 12.700,00 1.230,00 12.700,00 1.230,00 12.700,00 1.230,00 12.700,00 1.230,00
2.1 Elaboración de documentación técnica para las actividades de difusión y formación.                  
3. Actuaciones de difusión de resultados de los conocimientos y nuevas tecnologías en relación con el sector del riego y el drenaje.                  
3.1 Informes de las distintas actuaciones de difusión, en particular sobre las diferentes colaboraciones en la elaboración de publicaciones, informes, actas, publicaciones en web, revistas y publicaciones temáticas especiales y otros medios de difusión. 4.880,00 0,00 1.220,00 0,00 1.220,00 0,00 1.220,00 0,00 1.220,00
4. Coparticipación y cogestión en la asistencia a reuniones y eventos nacionales o internacionales.                  
4.1. Actuaciones de gestión técnica para la participación en reuniones y eventos que se lleven a cabo en el ámbito del presente convenio. 82.200,00 19.300,00 1.250,00 19.300,00 1.250,00 19.300,00 1.250,00 19.300,00 1.250,00
4.2. Documentación y justificantes de los gastos originados por la participación técnica en las distintas reuniones y eventos a los que se asista.                  
5. Otras actividades asociadas:                  
5.1 Gastos materiales que se generen de la colaboración en la organización de visitas de otros países a España y gastos que se generen para la elaboración de documentación a publicar en el futuro Observatorio del Regadío (implementado en la página web del MAPA). 12.800,00 3.200,00 0,00 3.200,00 0,00 3.200,00 0,00 3.200,00 0,00
    Total convenio y anualidades. 440.000,00 100.000,00 10.000,00 100.000,00 10.000,00 100.000,00 10.000,00 100.000,00 10.000,00

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