Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-752

Resolución de 3 de enero de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la tercera Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de "Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)".

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2023, páginas 4771 a 4773 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-752

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la tercera Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)», otorgada el 30 de diciembre de 2022, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 3 de enero de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Tercera Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)»

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y, por otra parte, doña Elvira Lama Fernández, Alcaldesa del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, nombrada en Pleno de 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 10 de febrero de 2021 (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2021), se otorgó Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)», con un importe estimado para la actuación de 350.000 euros a ejecutar durante las anualidades 2021, 2022 y 2023.

II. Que en fecha 29 de diciembre de 2021 (BOE núm. 8 de 10 de enero de 2022), atendiendo al estado de las actuaciones, se otorgó una adenda por la que se modificaban las anualidades inicialmente establecidas.

III. Que en fecha 8 de julio de 2022 (BOE núm. 172, de 19 de julio de 2022) se otorgó una segunda adenda por la que se incrementaba el importe del convenio y se modificaba el porcentaje de financiación y la distribución de anualidades.

IV. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

V. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del texto convencional.

VI. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar un reajuste de las anualidades inicialmente establecidas, así como modificar las competencias de la Comisión de Seguimiento para la buena marcha y ejecución del mismo.

VII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de La Adenda.

El objeto de la presente adenda es modificar la cláusula quinta, reajustar las anualidades establecidas en el anexo y modificar la cláusula undécima relativa a la Comisión de Seguimiento establecida en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)».

Segunda. Modificación de la cláusula quinta del convenio.

Se modifica la cláusula quinta del convenio que queda redactada del siguiente modo:

1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las anualidades previstas en el cuadro que figura como Anexo I al presente documento.

No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente Convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda.

Tercera. Modificación de la cláusula undécima, Comisión de Seguimiento.

Se modifica el segundo párrafo de la cláusula undécima, que queda redactado del siguiente modo:

Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución.

Le corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta

Cuarta. Modificación del anexo «Anualidades previstas».

Se modifica el anexo «Anualidades previstas», de acuerdo con los siguientes importes:

Administración 2021 2022 2023 2024 TOTAL
CHMS, OA 7.179,87 16.524,64 450.000,00 349.795,49 823.500,00
Ayuntamiento de Xinzo de Limia 1.794,97 838,86 50.000,00 38.866,17 91.500,00
 Total 8.974,84 17.363,50 500.000,00 388.661,66 915.000,00
Quinta. Eficacia.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, Elvira Lama Fernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid