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Documento BOE-A-2023-755

Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica, en relación con el consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2023, páginas 4788 a 4854 (67 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2023-755

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrito el 29 de diciembre de 2022 el «Convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y Universidades y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG) y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias».

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho acuerdo, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 30 de diciembre de 2022.–La Secretaria General de Investigación, Raquel Yotti Álvarez.

ANEXO
Convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y Universidades y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG) y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias

En Madrid y Barcelona, a 29 de diciembre de 2022.

De una parte, la Administración General del Estado (a través del Ministerio de Ciencia e Innovación) y en su representación doña Diana Morant Ripoll, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada para dicho cargo por el Real Decreto 533/2021, de 3 de julio (BOE núm. 165 de 12 de julio de 2021) actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 123.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra, la Administración de la Generalidad de Cataluña y en su representación, el Honorable Sr. Joaquim Nadal i Farreras, Consejero de Investigación y Universidades, y el Honorable Sr. Manel Balcells Díaz, Consejero de Salud, nombrados para dicho cargo por Decreto 187/2022, de 10 de octubre, y por Decreto 189/2022, de 10 de octubre, respectivamente, de acuerdo con el ámbito de competencias que deriva del Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalidad de Cataluña, actuando en el ejercicio de la representación legal y competencias que le corresponden en virtud de la autorización que se efectúa por Acuerdo de Gobierno de 20 de diciembre de 2022.

Y, respecto las disposiciones transitorias, de otra parte, la Fundación Centre de Regulació Genòmica (CRG), domiciliada en Carrer Doctor Aiguader, 88, 5.ª planta, 08003 de Barcelona, con NIF G-62426937, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Catalunya, con el número 1487, y, actuando en su representación, por una parte, don Luis Serrano Pubul, en calidad de Director del CRG, en el ejercicio de la representación legal y competencias que le corresponden, en virtud de la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Barcelona, don Jaime Agustín Justribó, en fecha 3 de agosto de 2022 y con el número 1956 de su protocolo y, por otra parte, don Joan Vives Tomás, en calidad de Gerente del CRG, en el ejercicio de la representación legal y competencias que le corresponden, en virtud de la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Barcelona, don Pedro Angel Casado Martín, en fecha 1 de febrero de 2022 y con el número 108 de su protocolo, y después de que el Patronato del CRG, en su sesión de 15 de noviembre de 2022, aprobase este convenio.

Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos del presente convenio y, al efecto,

EXPONEN

I. Que corresponde al Estado el «fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica», de acuerdo con el artículo 149.1.15.ª de la Constitución. De forma específica, según el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, corresponde a este la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, incluyendo la investigación científica. Todo ello de acuerdo con los objetivos que se concretan en el vigente Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, junto con las orientaciones de la Comisión Europea sobre construcción del Espacio Europeo de Investigación y las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión.

II. Que corresponde a la Generalidad de Cataluña (en adelante, GENCAT), en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva, que le confiere el artículo 158.1 del Estatuto de Autonomía, con relación a los centros y las estructuras de investigación de la Generalidad y a los proyectos financiados por esta, así como la competencia compartida, que le confiere el artículo 158.2, sobre la coordinación de los centros y estructuras de investigación de Cataluña.

III. De acuerdo con las previsiones del Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 115/2022, de 14 de junio, de reestructuración del Departamento de Investigación y Universidades, modificado por el Decreto 259/2022, de 25 de octubre, corresponde al Departamento de Investigación y Universidades el fomento de la investigación, y según lo que establece el Decreto 129/2022, de 28 de junio, de reestructuración del Departamento de Salud corresponde al Departamento de Salud planificar, fomentar y ejecutar, en coherencia con las prioridades del Plan de salud de Cataluña, la política de investigación e innovación en salud

IV. El CRG es un centro internacional de investigación biomédica de excelencia, la misión del cual es descubrir y hacer avanzar el conocimiento en beneficio de la sociedad, la salud pública y la prosperidad económica. El CRG es una fundación del sector público que cuenta con la participación de la Generalidad de Cataluña, a través del Departamento de Investigación y Universidades y del Departamento de Salud, de la Universitat Pompeu Fabra, del Ministerio de Ciencia e Innovación y de la Fundació Bancària «la Caixa». El CRG tiene la consideración de Centro de Investigación de Cataluña, identificado como centro CERCA, siéndole de aplicación el régimen jurídico establecido en el capítulo IV del título II de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras, la disposición adicional octava de esta ley, y el resto de normativa específica que la Generalidad de Cataluña dicte en materia de investigación.

V. Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación establece el marco para el fomento de la investigación científica y técnica y sus instrumentos de coordinación general, con el fin de contribuir a la generación, difusión y transferencia del conocimiento para resolver los problemas esenciales de la sociedad. El objeto fundamental es la promoción de la investigación, el desarrollo experimental y la innovación como elementos sobre los que ha de asentarse el desarrollo económico sostenible y el bienestar social.

VI. Para asegurar la competitividad de España en el área estratégica de la genómica y la participación exitosa en el Consorcio Internacional para la Investigación del Genoma del Cáncer (ICGC, International Cancer Genome Consortium), la Administración General del Estado y la Administración de la Generalidad de Cataluña, acordaron, mediante convenio de colaboración suscrito el 18 de enero de 2010, la creación de un Centro de Secuenciación en Barcelona, equipado con tecnología de secuenciación de última generación.

VII. Para posibilitar la puesta en marcha del Centro de Secuenciación de forma inmediata, se acordó que la gestión inicial del mismo fuera llevada a cabo por la Fundación Parc Científic de Barcelona, hasta el momento en que las partes acordaran, mediante la suscripción de un nuevo convenio, la creación de una entidad con personalidad jurídica a la que atribuir el equipamiento y la gestión del Centro de Secuenciación.

VIII. Una vez superada con éxito la fase de puesta en marcha, dado que todavía las condiciones no eran propicias para la creación de una entidad con personalidad jurídica a la que atribuir el equipamiento y la gestión del Centro de Secuenciación, tal y como preveía el convenio anteriormente citado, las partes acodaron la extinción del convenio de colaboración suscrito el 18 de enero de 2010 y la suscripción de un nuevo convenio de colaboración para la explotación del Centro de Secuenciación, denominado Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG).

IX. En consecuencia, el 29 de diciembre de 2014 se firmó un convenio para acordar la colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Generalidad de Cataluña, transfiriendo la gestión del CNAG desde la Fundación Parc Científic de Barcelona a la Fundación Centre de Regulació Genòmica (CRG), institución que asumió dicha gestión desde entonces hasta el momento en que se acordase entre las partes la creación de una entidad con personalidad jurídica a la que se atribuyese el equipamiento y gestión del CNAG. A tal efecto, se formalizó la operación de escisión parcial de fundaciones entre la Fundació Parc Científic de Barcelona (entidad escindida) y la Fundació Centre de Regulació Genòmica (entidad beneficiaria), por la cual la unidad productiva CNAG se integró legalmente en el CRG, con efectos a 1 de julio de 2015.

X. Que el Instituto de Salud Carlos III (en adelante, ISCIII), en virtud de su Estatuto y de la Ley 14/2011, de 1 de junio, tiene encomendadas funciones de promoción y financiación de la investigación científica y técnica y también desarrolla actividades de fomento y coordinación de la investigación científica y técnica en el ámbito de las ciencias de la salud, por lo que se considera adecuado que colabore en la gestión del CNAG mediante su participación en los órganos de gobierno del Consorcio.

La implementación de la Medicina Personalizada en el Sistema Nacional de Salud, implica la necesidad de definir un centro con personalidad jurídica propia y dependiente de la Administración General del Estado con competencias para proporcionar servicios de secuenciación de alto rendimiento (exomas y genomas completos, y otras ómicas) al conjunto del Sistema Nacional de Salud, y establecer estándares de secuenciación y análisis genómico a nivel nacional y europeo, siempre con una clara perspectiva clínica y de apoyo a la toma de decisiones sobre prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud individual y poblacional.

XI. En la disposición adicional centésima trigésima séptima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, se recoge la autorización para la creación del Consorcio Centro Nacional de Análisis Genómico (en adelante, Consorcio CNAG) en los siguientes términos:

«Uno. Se autoriza la creación de un consorcio, adscrito a la Administración General del Estado, para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico.

Dos. El Consorcio contará con la participación de la Administración General del Estado (a través del Ministerio de Ciencia e Innovación) y de la Generalitat de Cataluña, que aportarán recursos al 50 % para su sostenimiento, y estará adscrito a la Administración General del Estado.

Tres. La vigencia del consorcio será indefinida.»

XII. Las aportaciones al CNAG que han realizado las dos administraciones hasta la fecha de firma del presente convenio han sido las siguientes:

 

2009

Euros

2010

Euros

2011

Euros

2012

Euros

2013

Euros

 Total AGE. 8.500.000 6.500.000      
GENCAT-Departamento de Investigación y Universidades.   500.000 2.500.000 2.500.000 2.000.000
GENCAT- Departamento de Salud.   1.500.000 3.500.000 1.250.000 1.250.000
 Total GENCAT.   2.000.000 6.000.000 3.750.000 3.250.000
  Total. 8.500.000 8.500.000 6.000.000 3.750.000 3.250.000
 

2014

Euros

2015

Euros

2016

Euros

2017

Euros

2018

Euros

 Total AGE.     1.500.000 1.500.000 1.500.000
GENCAT-Departamento de Investigación y Universidades. 1.000.000 750.000 500.000 500.000 500.000
GENCAT- Departamento de Salud. 1.000.000   500.000 500.000 500.000
 Total GENCAT. 2.000.000 750.000 1.000.000 1.000.000 1.000.000
  Total. 2.000.000 750.000 2.500.000 2.500.000 2.500.000
 

2019

Euros

2020

Euros

2021

Euros

Total

Euros

 Total AGE.   1.500.000 1.500.000 22.500.000
GENCAT-Departamento de Investigación y Universidades. 500.000 500.000 625.000 12.375.000
GENCAT- Departamento de Salud. 500.000 1.250.000 625.000 12.375.000
 Total GENCAT. 1.000.000 1.750.000 1.250.000 24.750.000
  Total. 1.000.000 3.250.000 2.750.000 47.250.000

Mediante la suscripción del presente convenio las administraciones consorciadas se comprometen a aportar financiación al CNAG durante el periodo 2022-2027, de manera que la suma de las aportaciones del periodo 2009-2021 junto con las del nuevo periodo 2022-2027 asciende a un total aportado por cada una de las administraciones de 33.749.000 euros.

XIII. Las partes firmantes del presente convenio y del convenio de 29 de diciembre de 2014 han acordado la transferencia de la gestión del funcionamiento del CNAG y su acervo patrimonial desde la Fundación Centre de Regulació Genòmica (CRG) al consorcio objeto del presente convenio. Las partes acuerdan la extinción del convenio de colaboración suscrito el 29 de diciembre de 2014. Tal como se recoge en su cláusula Décima primera «Vigencia, modificación, extinción y separación del convenio», dicho convenio estará vigente hasta que el CNAG adquiera personalidad jurídica propia.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante, MCIN), y la Administración de la Generalidad de Cataluña, a través del Departamento de Investigación y Universidades, y el Departamento de Salud (en adelante, GENCAT) para la explotación del Centro de Nacional de Análisis Genómico (CNAG) mediante la creación de un consorcio que estará orientado a proporcionar servicios de secuenciación de alto rendimiento en el área de la salud humana y de ciencias de la vida, con una clara perspectiva clínica y de apoyo a la toma de decisiones sobre prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud individual y poblacional.

Este Consorcio se regirá por los Estatutos que se incluyen como anexo I al presente convenio.

El plan de actuación y la proyección presupuestaria trienal establecidas en el artículo 123 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público se incluyen como anexo II.

Segunda. Personal del CNAG.

1. Los contratos laborales del personal que forma parte de la unidad productiva que conforma el CNAG, incluyendo los que estén financiados con cargo al presupuesto del CNAG y/o aquellos en los que consta en dichos contratos laborales que mayoritariamente realizan tareas de gestión ligadas al CNAG, serán subrogados por el Consorcio CNAG de acuerdo con los derechos, garantías y procedimiento recogidos en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores sobre sucesión de empresas. El personal del Consorcio procedente del CRG mantendrá su situación y derechos laborales en cómputo de antigüedad y en términos de condiciones salariales, sin prejuicio de su sometimiento al régimen social y normativa laboral aplicable al personal del Consorcio previo cumplimiento de los establecido en el citado artículo 44.

2. Cualquier incorporación de personal al consorcio distinta de la enunciada en el punto 1 deberá respetar lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo establecido en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado sobre contratación de personal de los consorcios del sector público, y demás legislación aplicable.

Tercera. Financiación y compromisos de las partes.

1. La financiación del Consorcio en aplicación del presente convenio asciende a ‬20.248.000 euros. Dicho importe será financiado por la AGE y la GENCAT al 50% a través de este convenio, aportando cada una 8.999.000 euros, añadiéndose una aportación adicional de 2.250.000 euros que satisfará la AGE en concepto de pagos adicionales realizados por la GENCAT en el periodo 2009-2021, de acuerdo con la siguiente distribución global del gasto por anualidades: ‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬

 

2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

 Total AGE. 2.250.000 2.250.000 1.500.000
GENCAT-Departamento de Investigación y Universidades. 750.000 750.000 750.000
GENCAT-Departamento de Salud. 750.000 750.000 750.000
 Total GENCAT. 1.500.000 1.500.000 1.500.000
  Total. 3.750.000 3.750.000 3.000.000
 

2025

Euros

2026

Euros

2027

Euros

Total

Euros

 Total AGE. 1.500.000 1.874.000 1.875.000 11.249.000
GENCAT-Departamento de Investigación y Universidades. 750.000 749.500 750.000 4.499.500
GENCAT-Departamento de Salud. 750.000 749.500 750.000 4.499.500
 Total GENCAT. 1.500.000 1.499.000 1.500.000 8.999.000
  Total. 3.000.000 3.373.000 3.375.000 20.248.000

2. Las aportaciones anuales de ambas Administraciones al Consorcio serán obligadas y podrán realizarse de las siguientes formas:

a) Transferencias o aportaciones de sus presupuestos respectivos. Las transferencias del MCIN durante el periodo 2022 a 2027 se realizarán con cargo a la aplicación presupuestaria 28.07.463B.74919 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2022, o equivalente que le sustituya en ejercicios sucesivos.

La aportación del Departamento de Investigación y Universidades de la GENCAT correspondiente al año 2022 se transfirió mediante resolución de transferencia de 21 de marzo de 2022, a favor de la Fundación CRG. Las aportaciones durante el período 2023-2027 se harán efectivas mediante resoluciones de aportaciones que irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que corresponda al Consorcio CNAG.

La aportación del Departamento de Salud de la GENCAT correspondiente al año 2022 se transfirió mediante Resolución de transferencia de 3 de febrero de 2022, a favor de la Fundació CRG. Las aportaciones durante el período 2023-2027 se harán efectivas mediante resoluciones de aportaciones que irán a cargo de la partida presupuestaria nominativa que corresponda al Consorcio CNAG.

b) Asignación de recursos procedentes de fondos europeos programados para cada una de las Administraciones, en particular con cargo a los Programas Operativos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) o FSE (Fondo Social Europeo) para Investigación, Desarrollo e Innovación. Esta asignación por parte de una Administración consorciada no podrá superar el 40% de la aportación de la misma para las actividades concretas objeto de financiación mediante fondos europeos, de manera que se posibilite la completa financiación y ejecución de dichas actividades de acuerdo a la normativa comunitaria de aplicación. La selección de las operaciones objeto de financiación por el FEDER se realizará de acuerdo con los procedimientos de gestión aplicables en cada administración y respetando la normativa comunitaria al respecto. En este caso las aportaciones implicaran la oportuna adenda modificativa de este convenio.

Ambas partes firmantes del presente convenio se comprometen a adecuar las decisiones y plazos que impliquen financiación comunitaria a la normativa europea de aplicación, en particular en lo relativo a su programación, calendario, elegibilidad, verificación y certificación.

3. Los libramientos correspondientes a las aportaciones anuales obligatorias del MCIN a efectuar con cargo a sus presupuestos se realizarán como sigue:

– La anualidad correspondiente al ejercicio 2022 se realizará en un único libramiento a partir del momento en el que este convenio resulte eficaz.

– Los libramientos de las anualidades sucesivas se realizarán de manera fraccionada trimestralmente a lo largo del ejercicio correspondiente. Los libramientos correspondientes al primer trimestre se producirán previa presentación a MCIN, dentro de los tres meses siguientes a la finalización de cada ejercicio, de las cuentas anuales del ejercicio anterior formuladas por la Dirección del Consorcio. Los libramientos correspondientes al segundo trimestre y sucesivos se producirán previa presentación de la documentación justificativa completa del ejercicio anterior, que consistirá en una memoria técnica sobre las actividades desarrolladas en la que se incluirá, entre otros aspectos, un análisis sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de la entidad, y de las cuentas anuales de dicho ejercicio debidamente auditadas, en su caso, por el órgano competente de la Intervención General de la Administración del Estado. Dicha documentación justificativa completa se presentará dentro de los seis meses siguientes a la finalización de cada ejercicio, quedando supeditados a ella los pagos del segundo trimestre y sucesivos, que podrán suspenderse en caso de deficiencias en la misma.

Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, en caso de extinción del Consorcio durante alguno de los ejercicios en los que las partes comprometen sus aportaciones a través del presente convenio, los pagos se suspenderán desde el mes en que el Consejo Rector acuerde dicha extinción, procediéndose desde entonces a efectuar las operaciones de liquidación del Consorcio de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

4. Los libramientos de la GENCAT se realizarán de acuerdo con lo que dispone la normativa vigente. En todo caso, también será aplicable a la GENCAT la excepción prevista en el punto anterior para el caso de extinción del Consorcio durante alguno de los ejercicios en que se hayan comprometido sus aportaciones a través del presente convenio, suspendiéndose los pagos desde el mes en que el Consejo Rector acuerde esta extinción, procediendo desde entonces a efectuar las operaciones de liquidación del Consorcio de acuerdo con lo que prevé el artículo 127 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre

5. La financiación prevista en el presente convenio es compatible con subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que la suma de las aportaciones recibidas, incluida la que se regula en el presente convenio, no supere el coste total de la actividad incentivada.

6. Para las eventuales aportaciones en ejercicios posteriores a 2027 se estará a lo que, en su caso, acuerden anualmente las Administraciones Consorciadas en base a la propuesta formulada por el Consejo Rector, y siempre que las disponibilidades presupuestarias de las mismas lo permitan. La efectividad de tales aportaciones estará sujeta a la fiscalización del gasto que proceda de acuerdo con su cuantía y con el instrumento jurídico a través del cual se canalicen las mismas por la Administración que las efectúe.

Cuarta. Seguimiento del convenio.

Las partes acuerdan atribuir al Consejo Rector del Consorcio las funciones relativas al seguimiento, vigilancia y control de este convenio, que serán:

a) Velar por el cumplimiento del presente convenio.

b) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en el desarrollo del presente convenio.

c) Proponer aquellas otras iniciativas que considere oportuno con ocasión de la ejecución del presente convenio, su mejora y eventual prórroga.

En todo lo no dispuesto expresamente en esta cláusula, será de aplicación lo establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Vigencia.

El presente convenio surtirá efectos de acuerdo con lo estipulado en la cláusula octava y tendrá vigencia indefinida, vinculada a la duración del Consorcio, tal y como se establece en el artículo 34.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, sin perjuicio de la finalización de las actuaciones de justificación, liquidación o de cualquier otro orden que correspondan, así como de lo previsto en los estatutos del Consorcio.

Sexta. Resolución del convenio y responsabilidades.

1. El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Serán causas de resolución del convenio:

a) El acuerdo mutuo entre las partes.

b) El incumplimiento por alguna de las partes de lo dispuesto en las cláusulas del mismo.

c) La denuncia expresa del convenio, con un preaviso mínimo de un año.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

2. Las responsabilidades a las que, en su caso, pudiera dar lugar la resolución del convenio con respecto a la entidad CNAG serán asumidas respectivamente por cada una de las administraciones firmantes de acuerdo con las obligaciones correspondientes a cada una de ellas en caso de que la resolución del convenio fuera por incumplimiento de una de las dos, y conforme al acuerdo de resolución que ambas partes adopten en los demás casos, y en todo caso sin que el posible coste financiero correspondiente a una pueda repercutirse sobre la otra.

3. En su caso, será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, relativa a responsabilidad por incumplimiento de normas de Derecho comunitario.

4. Sin perjuicio de lo establecido en los anteriores apartados, en el caso de que alguna de las partes prevea que no podrá hacer frente a sus obligaciones, lo pondrá en conocimiento de la otra en el menor plazo posible.

Séptima. Modificación del convenio.

El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes, teniendo en cuenta las previsiones de los estatutos del Consorcio y siguiendo los procedimientos que exija la normativa vigente.

Octava. Publicación y eficacia.

De acuerdo con el artículo 123.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de junio, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, el presente convenio será publicado en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña».

Novena. Protección de datos personales.

Los datos personales de los firmantes del presente convenio serán tratados por las partes, con el fin de permitir su ejecución, siendo el cumplimiento de la relación contractual la base que legitima dicho tratamiento. Los datos se conservarán mientras se mantenga vigente el presente convenio, y una vez éste finalice, hasta los plazos de prescripción legalmente aplicables. Los firmantes podrán ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, mediante la dirección de la/s otra/s parte/s indicada en el encabezamiento del presente convenio, así como presentar una reclamación ante la autoridad de control.

En todo caso se respetará la normativa vigente, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Décima. Firma electrónica.

La firma electrónica del presente convenio tendrá el mismo efecto legal, validez y exigibilidad que una firma manuscrita. Se admitirá solo la firma electrónica reconocida o cualificada de acuerdo al Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior (Reglamento eIDAS), y a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.

Undécima.  Naturaleza y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa, y se realiza al amparo de lo establecido en el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de junio, del Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

El convenio se regirá por lo estipulado por las partes en el mismo y, subsidiariamente, por lo dispuesto en el capítulo VI de la ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La resolución de controversias y conflictos que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente convenio se resolverán, en primer lugar, mediante acuerdo de las partes, a través de los mecanismos de seguimiento establecidos en la cláusula cuarta y disposición transitoria segunda.

En caso de no ser posible, las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación y cumplimiento serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, según lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y en su caso, de la competencia del Tribunal Constitucional.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS. REGULACIÓN TRASPASO DEL ACERVO PATRIMONIAL DE LA UNIDAD CNAG DEL CRG AL CONSORCIO CNAG

 Primera.

El MICIN, la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Fundación Centre de Regulació Genòmica (en adelante, CRG) regulan, a través de estas disposiciones transitorias, las condiciones del traspaso del acervo patrimonial de la Fundación CRG al Consorcio CNAG, el cual dispondrá de plenos efectos legales una vez se haya formalizado en escritura pública e inscrito en el Registro de Fundaciones el acuerdo de escisión parcial correspondiente.

Segunda. Traspaso del acervo patrimonial destinado desde el CRG al Consorcio CNAG.

1. A fecha de firma del presente convenio, el CNAG se encuentra legalmente integrado en el CRG, situación jurídica que se extinguirá una vez se formalice, mediante escritura pública, y se inscriba en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña el acuerdo de escisión parcial del CRG, respecto a la unidad productiva CNAG, en favor del nuevo Consorcio CNAG. A tal efecto, el CRG transferirá al Consorcio CNAG todo el acervo patrimonial destinado al CNAG que haya quedado registrado en el correspondiente proyecto de escisión parcial, de acuerdo con lo establecido inicialmente en la cláusula quinta del convenio firmado el 29 de diciembre de 2014, en cuanto al inventario que el CRG mantiene de los bienes, materiales o inmateriales, adquiridos con cargo al presupuesto del CNAG. En el proyecto de escisión parcial se hará constar, si procede, los plazos y/o fases del traspaso del acervo patrimonial.

A tal fin, el CRG procederá a la escisión parcial de su patrimonio, respecto a la unidad productiva CNAG, que será transmitida al Consorcio CNAG por sucesión universal, subrogándose este último en todos los derechos y obligaciones del CRG al respecto.

2. Formarán parte del acervo patrimonial, a parte del inventario, los proyectos de I+D+I atribuidos a la unidad productiva CNAG, así como la provisión por riesgos y gastos, a dotar previamente a la fecha de traspaso, destinada a cubrir los importes conocidos o estimados de posibles contingencias incluyendo, entre otras, las relativas al ámbito laboral, en materia fiscal, u otras.

3. A tal efecto, la provisión por riesgos y gastos conocida a la fecha de formalización del presente convenio se establece en base a los siguientes criterios e importes:

– Provisión para posibles retornos de subvenciones: 0,50% respecto al presupuesto financiable, o al presupuesto finalmente justificado en caso que éste sea inferior al primero, de los proyectos nacionales e internacionales adjudicados a la unidad productiva CNAG mediante convocatorias públicas y que no hayan sido auditados, dejando fuera únicamente a efectos del cálculo de dicha provisión, los proyectos finalizados a 31 de diciembre de 2017, así como, en el caso de los proyectos activos, los proyectos FEDER y, para el resto de proyectos, la parte proporcional de presupuesto financiable a partir del 1 de enero de 2023 –fecha que deberá adaptarse a la fecha efectiva de escisión–, siendo a fecha actual la provisión resultante por valor de 135.339 euros.

– Provisión para otras contingencias: importe estimado total de 10.000 euros.

4. Dichos importes económicos de las provisiones referidas en los apartados 2 y 3 de esta cláusula se establecen con carácter provisional, encontrándose sujetos a modificación, siendo los importes y condiciones de traspaso presupuestario definitivos aquellos que se establezcan en el proyecto de escisión parcial del CRG respecto a la unidad productiva CNAG en favor del nuevo Consorcio CNAG.

5. El traspaso del acervo patrimonial se llevará a cabo a través de una operación de escisión parcial de la Fundación CRG, de acuerdo con el proyecto de escisión parcial y con las disposiciones que en cuanto a la escisión se regulan en el Libro III del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, al cual se hallan sujetas el CRG, y a la autorización del Protectorado de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña. También será necesaria la aprobación de la operación de escisión parcial de la Fundación CRG por parte del Gobierno de la Generalidad de Cataluña. El acervo patrimonial que el CRG transferirá al Consorcio CNAG será considerado como aportación del MCIN y de la GENCAT a este consorcio.

La formalización en escritura pública del acuerdo de escisión parcial del CRG y su inscripción en el Registro de Fundaciones se formalizará en el plazo máximo de 6 meses desde la firma del presente convenio. Dicho plazo máximo inicial podrá ser prorrogado, previo acuerdo de los signatarios, alcanzado en la Comisión Paritaria, por el tiempo imprescindible que sea necesario para finalizar los trámites legales con los organismos correspondientes respecto a la operación de escisión parcial.

El anexo III del presente convenio recoge el inventario de los bienes materiales e inmateriales a traspasar.

El anexo IV del presente convenio recoge la distribución y reparto de la titularidad y derechos de propiedad intelectual e industrial respecto a los resultados generados durante el período en que la unidad productiva CNAG ha estado integrada jurídicamente en el CRG.

El anexo V del presente convenio recoge el listado de proyectos de I+D+I a traspasar.

Dado que la actividad de la unidad productiva CNAG continuará hasta la formalización en escritura pública e inscripción en el Registro de Fundaciones del acuerdo de escisión parcial, periodo durante el cual podrán producirse variaciones en los listados de los anexos III, IV y V, éstos se actualizarán como parte del proyecto de escisión parcial, de acuerdo con lo que allí se establezca.

6. Con el fin de realizar un seguimiento detallado del proceso de traspaso del acervo patrimonial, así como del cumplimiento del proyecto de escisión y de las futuras contingencias que pudieran tener lugar una vez materializado dicho traspaso, se creará una Comisión Paritaria formada por dos representantes de cada una de las administraciones signatarias, dos representantes de la Fundación CRG y dos representantes del Consorcio CNAG. Los representantes de la AGE serán designados por la persona titular de la Secretaría General de Investigación del MCIN con la participación del ISCIII. Los representantes de la Generalitat de Cataluña serán designados por las personas titulares de los Departamentos competentes en materia de investigación y de salud. Los representantes de la Fundación CRG serán designados por el/la director/a del CRG. Los representantes del Consorcio CNAG serán designados por el/la director/a del CNAG.

La Comisión Paritaria será presidida por uno de los representantes del MCIN o de la GENCAT de forma rotatoria con periodos anuales, iniciándose la presidencia con la GENCAT.

Corresponderán a la Comisión Paritaria las siguientes funciones:

a) Dar el visto bueno al proyecto de escisión parcial referido en el punto 1 de esta cláusula, para su presentación al Patronato del CRG y al Consejo Rector del Consorcio CNAG.

b) Velar por la correcta ejecución del traspaso del acervo patrimonial del CRG al Consorcio CNAG.

c) Tomar las decisiones oportunas para la resolución de las eventuales contingencias futuras derivadas de dicho traspaso, en base a las responsabilidades de las partes, incluyendo con carácter enunciativo, pero no limitativo, las contingencias sobre propiedad intelectual y en materia laboral, y la liquidación de provisiones, ingresos y gastos asociados a la escisión, entre otras.

La Comisión Paritaria mantendrá su vigencia de forma obligatoria durante los cinco años posteriores a la firma del presente convenio y hasta la fecha de liquidación de la totalidad de los ingresos y gastos asociados a la escisión o, si fuera posterior, hasta la fecha de prescripción asociada a las auditorías y revisiones justificativas de los proyectos sobre subvenciones que se hayan traspasado al Consorcio CNAG.

Para garantizar el adecuado funcionamiento de la Comisión Paritaria las partes acuerdan definir un Reglamento de la Comisión Paritaria, el cual formará parte del proyecto de escisión parcial, donde se establecerá el procedimiento a seguir y la responsabilidad de las partes respecto a las contingencias surgidas después de la fecha efectiva de la operación de escisión. Dicho reglamento deberá respetar los siguientes criterios para la asignación de la responsabilidad de las partes:

– El CRG será responsable de las contingencias derivadas de hechos anteriores a la fecha de inscripción en el Registro de Fundaciones del acuerdo de escisión parcial que sean directamente atribuibles a las acciones o decisiones de gestión administrativa, mientras que el Consorcio CNAG asumirá la responsabilidad de las contingencias que tengan su origen en acciones o decisiones del área científica o técnica.

– El Consorcio CNAG será responsable de todas las contingencias que tengan origen en hechos acontecidos con posterioridad a la fecha de inscripción en el Registro de Fundaciones del acuerdo de escisión parcial.

– En aquellos casos en que no fuera posible llegar a un acuerdo por parte de la Comisión Paritaria, se elevará el asunto a los representantes de cada una de las Administraciones firmantes del convenio, la AGE y la Generalitat de Cataluña, para dirimir la controversia existente y, si ello no fuera posible, en última instancia, se designará a un perito independiente que decidirá sobre los acuerdos a adoptar entre las partes para determinar la responsabilidad aplicable a cada caso.

Tercera. Apoyo transitorio del CRG al Consorcio CNAG y su financiación.

1. A partir de la creación del Consorcio CNAG y hasta la finalización del proceso de traspaso de acuerdo con lo establecido en el Proyecto de escisión, el Consorcio CNAG podrá contar con el apoyo de CRG para sus actividades básicas de gestión durante un periodo transitorio.

Dicho apoyo conllevará una compensación económica a percibir por el CRG por las actividades desarrolladas en favor del CNAG durante el ejercicio 2022 y el período transitorio. El importe y plazo de abono de dicha compensación será fijado por la Comisión Paritaria establecida en el apartado sexto de la disposición transitoria segunda, debiendo cubrir los costes derivados de las actividades a realizar por el CRG, y no excederá la suma de los costes directos e indirectos necesarios para el desarrollo de dichas actividades.

Así mismo, el Consorcio compensará económicamente al CRG por cualquier coste incurrido durante el ejercicio 2022, así como durante el periodo de transición trascurrido, como salarios, costes de personal y otros costes de explotación o inversión de la unidad productiva CNAG, entre otros, cuya financiación corresponda a las administraciones consorciadas y ésta haya sido transferida al Consorcio.

2. Las partes contemplan la posible adscripción temporal al Consorcio CNAG de personal investigador de la unidad productiva CNAG del CRG, que en su caso será autorizada de conformidad con lo previsto en el artículo 17.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El periodo de adscripción máximo abarcará desde la constitución del Consorcio CNAG y hasta la finalización del proceso de traspaso de acuerdo con lo establecido en el Proyecto de escisión. El proceso de autorización se formalizará mediante un acuerdo de terminación convencional a suscribir por el Consorcio CNAG y la Fundación CRG, que singularizará las condiciones, efectos, obligaciones y derechos bajo los que se regirá la adscripción, y recogerá en unidad de acto las obligaciones, derechos, efectos y condiciones a las que queda condicionada la autorización, y a las que prestarán su conformidad conjunta ambas partes, constando también el conocimiento, aceptación y sometimiento a las mismas del personal investigador autorizado.

3. Por otra parte, las partes acuerdan que durante este periodo transitorio el CRG continuará desarrollando las funciones de gestión de carácter ordinario del CNAG que sean necesarias para el inicio de las actividades del Consorcio y para garantizar continuidad de todas las actividades que se traspasen. A estos efectos, el CNAG otorgará los poderes y autorizaciones que correspondan.

Cuarta. Vigencia y modificación.

Estas disposiciones transitorias mantendrán su vigencia hasta la finalización del proceso de traspaso de todo el acervo patrimonial de la unidad CNAG del CRG al Consorcio CNAG.

Estas disposiciones transitorias podrán ser objeto de modificación por acuerdo expreso y unánime de las administraciones firmantes y del CRG.

Y, en prueba de conformidad, ambas administraciones firman este convenio, y con el CRG las disposiciones transitorias, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Ministra de Ciencia e Innovación, Diana Morant Ripoll.–El Conseller de Recerca I Universitats, Joaquim Nadal i Farreras.–El director de la Fundació Centre de Regulació Genómica, Luis Serrano Pubul.–El Conseller de Salut Manel Balcells Diaz.–El Gerente de la Fundación Centre de Regulació Genómica, Joan Vives Tomás.

ANEXO I
Estatutos del Consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG)
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Constitución y denominación.

1. El Consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG) se constituye como una entidad de derecho público sin ánimo de lucro, integrada por la Administración General del Estado, a través del Ministerio competente en materia de investigación científica, con participación del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), y por la Administración de la Generalidad de Cataluña, a través de los Departamentos competentes en materia de investigación científica y de salud.

2. De conformidad con el artículo 118.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el Consorcio toma el nombre de «Consorcio CNAG».

Artículo 2. Personalidad jurídica.

El Consorcio tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines específicos.

Artículo 3. Objeto, fines y funciones.

El Consorcio tiene como objeto gestionar la colaboración económica, técnica y administrativa de las entidades que lo integran para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG). El CNAG tiene como fin llevar a cabo proyectos de análisis genómico contribuyendo a resolver problemas de salud humana y en el área de ciencias de la vida, consiguiendo por tanto mejoras significativas en la calidad de vida de la sociedad, en colaboración con la comunidad científica y clínica tanto nacional como internacional Su función es ser un centro de referencia internacional en el análisis genómico orientado a la salud de las personas mediante la oferta de servicios de alta calidad y el desarrollo de proyectos de investigación de alto nivel.

Son funciones específicas del CNAG:

a) Promover la investigación de excelencia en el campo de la genómica y áreas afines, incluyendo proyectos multidisciplinares con datos procedentes de otras tecnologías, y la participación en proyectos de I+D-i en el ámbito nacional e internacional.

b) Prestar servicios de soporte a la investigación genómica a investigadores y clínicos de instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales.

c) Poner al servicio de las instituciones sanitarias las capacidades científicas y tecnológicas del centro para la realización de actividades de diagnóstico genético y dar soporte a la implantación de la medicina personalizada en España.

d) Impulsar la transferencia de los resultados de la investigación a la sociedad y al sector productivo.

e) Impulsar aquellas acciones que favorezcan la interacción y la colaboración estrecha con organismos o instituciones, nacionales e internacionales, públicos o privados, para la consecución de las finalidades del centro.

f) Difundir a la sociedad los avances científicos en el área de la genómica y afines, especialmente los resultantes de las actividades científicas del centro.

g) Participar y organizar congresos, seminarios y programas de formación científica en el área de la genómica.

h) Gestionar los servicios y recursos científicos, técnicos y económicos de soporte a la investigación, para la realización de proyectos de genómica.

i) En general, cualquier otra finalidad relacionada con la misión del CNAG.

Artículo 4. Duración.

El Consorcio se constituye por tiempo indefinido. El Consorcio sólo podrá disolverse por las causas previstas en la Ley o en los presentes Estatutos.

Artículo 5. Régimen jurídico y Administración Pública de adscripción.

1. El Consorcio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la normativa autonómica de desarrollo y en estos Estatutos, y por la normativa básica que resulte de aplicación sin perjuicio de lo previsto en el artículo 119.2 y 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

2. En aplicación del artículo 120 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el Consorcio está adscrito a la Administración General del Estado a través del Ministerio competente en materia de investigación científica.

3. El Consorcio es una entidad de investigación, compartida a partes iguales entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Cataluña, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia la Tecnología y la Innovación, y tiene carácter de agente de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.4 de la misma Ley.

Artículo 6. Sede.

El Consorcio tiene su domicilio en la ciudad de Barcelona, provincia de Barcelona:

Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG). C/ Baldiri Reixac, 4. Parque Científico de Barcelona, torre I. 08028 Barcelona.

CAPÍTULO II
Órganos de gobierno y administración
Artículo 7. Estructura administrativa.

Son órganos de gobierno y administración, de seguimiento y de gestión del Consorcio los siguientes:

a) El Consejo Rector.

b) La Comisión Ejecutiva.

c) La Dirección.

Artículo 8. Composición y naturaleza del Consejo Rector.

1. El Consejo Rector es el órgano de gobierno y administración del Consorcio, y está integrado por los siguientes miembros:

1.1 Los miembros natos, que serán:

La persona titular del Ministerio competente en materia de investigación científica o cargo designado por ésta, o persona en quien delegue, que tendrá atribuida la representación de la Administración General del Estado.

La persona titular del Departamento con competencias en materia de salud o cargo designado por ésta o persona en quien delegue y la persona titular del Departamento con competencias en materia de investigación o cargo designado por ésta o persona en quien delegue, que, conjuntamente, tendrá la representación de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

1.2 Los miembros designados serán: Tres vocales en representación del Ministerio competente en materia de investigación científica, uno de los cuales es en representación del ISCIII, designados por la persona titular del Ministerio, y dos vocales en representación de los Departamentos de la Generalitat de Cataluña competentes en materia de investigación científica y de salud, uno designado por la persona titular del Departamento competente en materia de Salud, y uno designado por la persona titular del Departamento competente en materia de investigación científica.

Igualmente asistirá a las reuniones del Consejo Rector el director del consorcio, con voz, pero sin voto.

2. La Presidencia y la Vicepresidencia:

a) Presidencia: La presidencia del Consejo Rector tendrá carácter rotatorio anual entre un representante de la Administración General del Estado y un representante de la Generalidad de Cataluña, de tal manera que será asumida inicialmente por la persona titular del Ministerio competente en materia de investigación científica o cargo designado por ésta, o persona en quien delegue y, seguidamente, o bien por la persona titular del Departamento de la Generalidad de Cataluña con competencias en materia de salud o bien por la persona titular del Departamento de la Generalidad de Cataluña con competencias en materia de investigación, que se alternarán en los turnos de presidencia que correspondan a la Generalidad de Cataluña, comenzando por el primero, o cargo designado por ésta, o por persona en quien delegue.

En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, la presidencia será sustituida por la vicepresidencia, y en su defecto, por la vocalía de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre las designadas por la Administración a la que pertenezca la presidencia.

Corresponde a la presidencia del Consorcio ejercer la más alta representación del Consorcio, y convocar, presidir y dar por finalizadas las reuniones del Consejo Rector, así como dirigir sus deliberaciones.

b) Vicepresidencia: La vicepresidencia tendrá carácter rotatorio anual entre un representante de la Administración General del Estado y un representante de la Generalidad de Cataluña, de tal manera que será asumida inicialmente por la persona titular del Departamento de la Generalidad de Cataluña competente en materia de salud, o cargo designado por ésta, o persona en quien delegue, y, seguidamente por la persona titular del Ministerio competente en materia de investigación científica, o cargo designado por ésta, o persona en quien delegue.

En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, la vicepresidencia será sustituida, por la vocalía de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre las designadas por la Administración a la que pertenezca la vicepresidencia en aquel momento.

Ejercerá la secretaría del Consejo Rector, con voz, pero sin voto, la persona que designe el propio Consejo Rector.

3. Las vocalías y la secretaría del Consejo Rector serán designadas por un periodo de cuatro años, renovables, pudiendo no obstante ser revocados libremente y en cualquier momento por la entidad por la que hayan sido designados.

4. Los miembros del Consejo Rector que lo son en razón del cargo que ocupan, cesarán en su representación en el momento que pierdan la condición por la que fueron nombrados.

5. Únicamente los miembros designados en razón de su cargo podrán ser sustituidos en el Consejo Rector por quien reglamentariamente les sustituya o sea nombrado expresamente por escrito.

6. En el caso de vacante de uno de los miembros del Consejo durante el periodo a que se refiere el apartado 2 de este artículo, la persona que le sustituya tendrá la condición de miembro hasta la finalización de dicho periodo.

7. Los miembros del Consejo Rector no perciben retribución por el mero ejercicio de su cargo, sin perjuicio del derecho a ser resarcidos de los gastos que les represente cumplir con su cometido.

Artículo 9. Competencias del Consejo Rector.

El Consejo Rector, cumpliendo la normativa aplicable al sector público estatal, tiene las siguientes atribuciones:

a) Fijar las directrices y los criterios generales de actuación del Consorcio.

b) Aprobar, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, el anteproyecto de los presupuestos anuales para su posterior incorporación del proyecto de presupuestos generales del Estado; las cuentas anuales del Consorcio y la liquidación del presupuesto vencido.

c) Aprobar, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, el plan anual de actuaciones y proyectos.

d) Aprobar los programas de inversión y financiación de la entidad.

e) Aprobar la forma de gestión por la que se deba regir el cumplimiento de los fines del Consorcio.

f) Nombrar y separar al director, determinar su periodo de contratación de acuerdo a la normativa vigente, y proponer al Ministerio de adscripción las retribuciones que éste haya de percibir en el ejercicio de su cargo, dentro de los límites establecidos en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades, y su normativa de desarrollo.

g) Aprobar, a propuesta del Director y previo informe de la Comisión Ejecutiva, la plantilla máxima de personal del centro, el calendario de su contratación, el marco salarial y la forma de provisión de los puestos de trabajo, dentro de los límites establecidos para los consorcios adscritos a la Administración General del Estado.

h) Aprobar, dentro de los límites establecidos en el artículo 111.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las eventuales operaciones de endeudamiento que pudiese necesitar el Consorcio para el óptimo desarrollo de su actividad.

i) Proponer la modificación de los Estatutos.

j) Proponer la disolución y liquidación del Consorcio.

k) Determinar los límites económicos a partir de los cuales el representante legal y órgano de contratación del Consorcio requerirá autorización para llevar a cabo los contratos, convenios o acuerdos, así como otorgar dicha autorización cuando sea necesaria.

l) Proponer a las Administraciones consorciadas la admisión de nuevos miembros, que tendrán la condición de Administraciones Públicas, u organismos públicos.

m) Cambiar la sede del Consorcio.

n) Aprobar la memoria anual de actividades del Centro.

o) Ejercer todas aquellas atribuciones no expresamente asignadas a otros órganos en los presentes Estatutos.

Artículo 10. Régimen de reuniones del Consejo Rector.

1. El Consejo Rector se reunirá con carácter ordinario dos veces al año y, con carácter extraordinario, siempre que sea convocado por la presidencia o cuando lo solicite la vicepresidencia o, como mínimo, la mitad de sus miembros.

Podrán ser convocadas a dichas reuniones cualesquiera otras personas, cuya asistencia se estime adecuada en función de los asuntos incluidos en el orden del día correspondiente.

2. Para la válida constitución del Consejo Rector, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, siempre que estén representadas las DOS instituciones consorciadas. El Consejo Rector podrá convocar sesiones mediante procedimiento escrito.

3. Cada una de las administraciones que integran el Consorcio dispone de un voto único indivisible, ejercido por el representante de mayor rango que asista a la reunión o, en caso de coincidencia de representantes del mismo rango, por el que la institución designe a tal efecto. El peso del voto de cada institución, en correspondencia con su porcentaje de participación en el Consorcio, será el siguiente:

Administración General del Estado 50 %.

Administración de la Generalidad de Cataluña 50 %.

4. Los acuerdos del Consejo Rector se tomarán por unanimidad.

Artículo 11. Composición y naturaleza de la Comisión Ejecutiva.

1. La Comisión Ejecutiva es el órgano de seguimiento de la ejecución de las actividades del Consorcio y está integrada por los siguientes miembros:

a) Presidencia: Ejercerá la presidencia de la Comisión Ejecutiva una vocalía de las indicadas en el apartado 1.b) de este artículo. La presidencia será rotatoria por periodos anuales, de acuerdo al mismo régimen establecido para el Consejo Rector, de manera que recaiga en todo momento en la Administración que ejerce la vicepresidencia del Consejo Rector.

b) Vocales:

– Dos vocales en representación del Ministerio competente en materia de investigación científica designados por la persona titular del Ministerio, siendo uno de ellos representante del ISCIII.

– Dos vocales en representación de la Generalidad de Cataluña, uno en representación del Departamento competente en materia salud y otro en representación del Departamento competente en materia de investigación científica.

c) La Dirección del Consorcio, con voz, pero sin voto.

Ejercerá la secretaría de la Comisión Ejecutiva quien ejerza la secretaría del Consejo Rector, con voz, pero sin voto.

2. A los miembros de la Comisión Ejecutiva les será de aplicación el mismo régimen establecido para los miembros del Consejo Rector en el artículo 8 de los Estatutos.

3. La Comisión Ejecutiva podrá recabar el asesoramiento de especialistas en función de los temas a tratar.

Artículo 12. Competencias de la Comisión Ejecutiva.

La Comisión Ejecutiva tiene las siguientes atribuciones, siempre cumpliendo la normativa aplicable al sector público estatal:

a) Elevar al Consejo Rector los anteproyectos de presupuestos y el plan de actuación anual, así como las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto del ejercicio vencido, para su aprobación, y hacer el seguimiento una vez aprobado.

b) Aprobar las modificaciones presupuestarias, dentro de los límites que establezca el Consejo Rector y de acuerdo a lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, teniendo en cuenta que se trata de una entidad cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo.

c) Elevar al Consejo Rector, para su aprobación, la propuesta de devolución de los bienes muebles o inmuebles cedidos por las instituciones consorciadas que ya no resulten de utilidad para los fines del Consorcio, así como el presupuesto de gastos que ello origine.

d) Contratar obras, servicios y suministros, de acuerdo con los límites económicos fijados por el Consejo Rector.

e) Ejercer aquellas atribuciones que le puedan ser delegadas por el Consejo Rector.

f) Presentar al Consejo Rector la memoria anual de actividades del Consorcio.

Artículo 13. Reuniones de la Comisión Ejecutiva.

La Comisión Ejecutiva se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al semestre, y en sesión extraordinaria siempre que sea convocada por la presidencia, o cuando lo solicite, como mínimo, la mitad de sus miembros.

Las reuniones se celebrarán en primera convocatoria cuando concurran como mínimo la mitad de sus miembros, siempre que estén representadas ambas administraciones. De no alcanzarse dicho quorum, se celebrarán en segunda convocatoria, siempre que estén representadas ambas administraciones.

La Comisión Ejecutiva podrá convocar sesiones mediante procedimiento escrito.

El régimen de votaciones de la Comisión Ejecutiva se ejercerá de igual forma a la acordada para el Consejo Rector. Los acuerdos se adoptarán por unanimidad.

Artículo 14. La Dirección.

1. Corresponde a la Dirección impulsar y coordinar el funcionamiento de los servicios a su cargo y, en particular:

a) La gestión de los recursos financieros del Consorcio, ordenando gastos y contrayendo obligaciones conforme al presupuesto.

b) Elaborar y presentar a la Comisión Ejecutiva el anteproyecto de presupuesto anual del Consorcio, el informe sobre las las cuentas anuales y la propuesta de liquidación del presupuesto del ejercicio vencido.

c) Elaborar y presentar a la Comisión Ejecutiva el anteproyecto de plan anual de actuación.

d) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva.

e) En materia de recursos humanos, le corresponde la dirección y la selección y contratación del personal, teniendo en cuenta las directrices del Consejo Rector o, en su caso, de la Comisión Ejecutiva.

f) La gestión, custodia y conservación del patrimonio y los bienes que corresponden a los servicios a su cargo.

g) Preparar la documentación de los asuntos que deban someterse a la consideración del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva, e informar de todo lo necesario para el adecuado ejercicio de sus competencias.

h) El ejercicio ante los Tribunales de todo tipo de acciones judiciales, previa autorización por el Consejo Rector.

i) Aprobar y realizar los contratos, convenios y acuerdos del Consorcio y concertar y firmar los compromisos necesarios para el funcionamiento del Consorcio, dentro de los límites establecidos por el Consejo Rector.

j) El seguimiento de las obras que se realicen y de los servicios que se presten.

k) Solicitar y aceptar ayudas y subvenciones, y dirigir la realización de las actividades asociadas para el cumplimiento de los compromisos adquiridos.

l) Elaborar el borrador de la memoria anual de actividades.

m) La gestión y seguimiento de las actuaciones que se ejecuten por el Consorcio.

n) Las demás funciones que le deleguen el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva.

La Dirección deberá rendir cuentas ante el Consejo Rector y ante la Comisión Ejecutiva.

2. La Dirección ejercerá la representación legal del Consorcio en la firma de contratos, convenios y todo tipo de acuerdos y compromisos, precisando de la autorización previa del Consejo Rector cuando dichos contratos, convenios, acuerdos y compromisos impliquen obligaciones económicas para el Consorcio que superen los importes que fije el propio Consejo Rector. De conformidad con la letra i) del apartado anterior, hasta que el Consejo Rector establezca los límites para los contratos, convenios, acuerdos y compromisos que requieran de su autorización, se requerirá para aquellos contratos, convenios, acuerdos y compromisos que supongan obligaciones económicas para el Consorcio de importe superior a 3.000.000,00 euros.

CAPÍTULO III
Régimen económico-financiero y de personal
Artículo 15. Recursos económicos.

Los recursos económicos del Consorcio son los siguientes:

a) Las transferencias o aportaciones que reciba con cargo a los presupuestos de las Administraciones consorciadas.

La contribución integrada en el tiempo de cada entidad consorciada, de acuerdo con su participación en el CNAG, será como sigue:

– Administración General del Estado 50%.

– Administración de la Generalidad de Cataluña 50%.

b) Las subvenciones, ayudas y donaciones que se reciban de cualquier empresa o entidad pública, española o extranjera.

c) Los ingresos que pueda obtener por sus actividades, así como los rendimientos de su patrimonio.

d) Créditos y préstamos que le sean concedidos.

e) Aquellos otros legalmente establecidos.

Artículo 16. Patrimonio.

El Consorcio posee un patrimonio propio vinculado a sus fines, que está integrado por los siguientes bienes:

a) Los bienes adscritos o cedidos por las entidades que integran el Consorcio. Estas adscripciones y cesiones deberán realizarse de acuerdo con la normativa de patrimonio aplicable a cada una de las administraciones consorciadas.

b) Los bienes que adquiera el Consorcio por cualquier concepto.

c) Los bienes que resulten fruto del traspaso del acervo patrimonial desde el CRG al Consorcio.

Artículo 17. Régimen contractual.

De conformidad con el artículo 3.1.d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la actividad contractual del Consorcio se regirá por lo establecido en dicha ley.

Artículo 18. Régimen presupuestario, contabilidad y control.

1. El Consorcio estará sujeto al régimen presupuestario, de contabilidad y control previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para las entidades que forman parte del sector público estatal.

2. El Consorcio estará sujeto al control externo del Tribunal de Cuentas y al control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado a través de las modalidades de control que resulten de aplicación al Consorcio de conformidad con la Ley General Presupuestaria.

3. La Comisión Ejecutiva someterá a estudio y aprobación del Consejo Rector el plan anual de actuación para el año siguiente y el anteproyecto de presupuesto para el ejercicio económico siguiente.

4. Los presupuestos del Consorcio formarán parte de los Presupuestos Generales del Estado en los términos y condiciones que determine el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

5. La Comisión Ejecutiva someterá a la aprobación del Consejo Rector, la memoria de la gestión económica, el inventario y las cuentas anuales, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación. El órgano competente para rendir las cuentas anuales al Tribunal de Cuentas por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado es la Dirección del Consorcio.

Las cuentas anuales del Consorcio se integrarán en la Cuenta General del Estado.

Artículo 19. Recursos humanos.

1. El régimen jurídico del personal del Consorcio será el de la Administración pública de adscripción.

2. En todo caso, la selección de personal se regirá por los principios de capacidad, mérito, publicidad, igualdad y concurrencia, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

CAPÍTULO IV
Modificación de los Estatutos y separación y disolución del consorcio
Artículo 20. Modificación de los Estatutos.

1. La modificación de los Estatutos se realizará a propuesta del Consejo Rector, que la remitirá para su aprobación a las Administraciones consorciadas.

2. Las Administraciones consorciadas deberán aprobar la modificación de los estatutos, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación. La modificación de los estatutos no será efectiva hasta que haya sido aprobada por las Administraciones consorciadas. La modificación de los estatutos será publicada en los boletines oficiales correspondientes.

Artículo 21. Separación.

1. La separación del Consorcio de alguna de las entidades consorciadas podrá hacerse con un preaviso de un año.

2. En caso de que el derecho de separación se ejercite por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones por alguno de los miembros del Consorcio, no se aplicará el plazo de preaviso indicado en el apartado anterior. En este supuesto, el derecho de separación habrá de ejercitarse mediante escrito notificado al máximo órgano de gobierno del Consorcio, en el que deberá hacerse constar el incumplimiento que motiva la separación, la formulación de requerimiento previo a su cumplimiento y el transcurso del plazo otorgado para cumplir después del requerimiento.

3. La separación de uno de los miembros, producirá la disolución del Consorcio salvo que el resto de sus miembros acuerden su continuidad y sigan permaneciendo en el Consorcio, al menos, dos Administraciones, o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de más de una Administración.

Artículo 22. Disolución del consorcio.

1. El Consorcio se disolverá por acuerdo de las entidades consorciadas que lo integran, o por imposibilidad legal o material de cumplir con sus objetivos, o por haberse cumplido sus fines estatutarios.

2. En el acuerdo de disolución se determinará la forma cómo se debe proceder a la liquidación de los bienes del Consorcio y a la reversión de las obras o de las instalaciones existentes, siguiéndose en todo caso las previsiones contenidas en el artículo 127 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Si después de la aportación de las Administraciones consorciadas no existiera activo para satisfacer la totalidad de las obligaciones del consorcio, las Administraciones consorciadas asumirán las obligaciones pendientes de liquidar según sus porcentajes de participación en el consorcio.

Disposición adicional única. Uso de medios electrónicos.

Los órganos de gobierno y administración y de seguimiento del consorcio podrán constituirse y adoptar acuerdos utilizando medios electrónicos, respetando los trámites esenciales establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en las normativas de desarrollo. El Consejo Rector aprobará las normas internas de funcionamiento por medios electrónicos de los órganos de gobierno del consorcio.

En el empleo de la firma electrónica deberán cumplirse los requisitos establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y en el resto de normativa que pueda resultar de aplicación.

Disposición transitoria.

El Consejo Rector podrá otorgar los poderes necesarios a la persona designada por parte de CRG para la gestión de las actividades de carácter ordinario necesarias para el inicio de las actividades del Consorcio CNAG y para actuar como representante legal del Consorcio CNAG a partir de su constitución y hasta la finalización del proceso de traspaso de todo el acervo patrimonial al Consorcio CNAG, de acuerdo con lo establecido en el Proyecto de escisión.

ANEXO II
Plan inicial de actuación y proyección presupuestaria trienal

Según el artículo 92 «Contenido y efectos del plan de actuación» de la Ley 40/2015, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el plan inicial de actuación contendrá, al menos:

a) Las razones que justifican la creación de un nuevo organismo público, por no poder asumir esas funciones otro ya existente, así como la constatación de que la creación no supone duplicidad con la actividad que desarrolle cualquier otro órgano o entidad preexistente.

España necesita disponer de infraestructuras de última generación para la secuenciación genómica a gran escala. La investigación en Genómica constituye un área horizontal de máximo interés estratégico para el desarrollo competitivo de múltiples sectores de gran relevancia económica, tales como la salud humana y la medicina personalizada, la salud animal, la agricultura y los alimentos, y la industria farmacéutica, biotecnológica y del medioambiente. Con el objetivo de impulsar la implantación de la Genómica y asegurar la participación de España en el Consorcio Internacional del Genoma del Cáncer (ICGC, International Cancer Genome Consortium), uno de los esfuerzos de investigación biomédica más ambiciosos desde el Proyecto Genoma, en el 2010 se creó el Centro de Secuenciación de Barcelona que actualmente se denomina Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG). La financiación se acordó que fuera a partes iguales entre las dos administraciones públicas firmantes del acuerdo inicial, la Administración General del Estado (a través del Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalidad de Cataluña (a través de los entonces Departamento de Salud y del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa).

Inicialmente, y tal como se recoge en la cláusula primera del «convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación, y la Administración de la Generalidad de Cataluña, a través del Departamento de Salud y del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, y la Fundació Parc Científic de Barcelona, para la puesta en marcha de un Centro de Secuenciación en Barcelona» firmado el 18 de enero de 2010, la gestión de dicho centro se llevaría a cabo por la Fundación Parc Científic de Barcelona (FPCB) hasta el momento en que se acordase entre las partes la creación de una entidad con personalidad jurídica a la cual se le atribuiría el patrimonio y la gestión del centro en cuestión.

Durante cinco años, la puesta en marcha y el funcionamiento del Centro de Secuenciación fueron gestionados con éxito por la FPCB. Dado que las condiciones normativas y económicas todavía no eran propicias para la creación de una entidad con personalidad jurídica propia, el 29 de diciembre de 2014, se firmó un «convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Economía y Competitividad, la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través del Departamento de Salud y del Departamento de Economía y Conocimiento, la Fundación Parc Cientific de Barcelona y la Fundación Centre de Regulació Genòmica, para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico». Tal como figura en su cláusula primera, el objetivo de dicho convenio fue la transferencia de la gestión del Centro de Secuenciación, ya nombrado Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), a la Fundación Centre de Regulació Genómica (CRG), bajo los principios de suficiencia financiera y autonomía de organización, científica y financiera según la cláusula tercera. En la cláusula primera del convenio también se indicaba que el CRG asumiría dicha gestión hasta el momento en que se acordase entre las partes la creación de una entidad con personalidad jurídica a la que se atribuiría el patrimonio y la gestión del CNAG.

El CRG es una fundación del sector público sin ánimo de lucro participada y financiada por la Generalidad de Cataluña, el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Universitat Pompeu Fabra y la Fundación «la Caixa» además de financiación externa. Está gobernado por su Patronato, presidido por el actual consejero del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña, contando entre sus órganos de dirección con el director del CRG. El Patronato está formado por 3 representantes de la Universidad Pompeu Fabra, 7 representantes de la Generalidad de Cataluña incluido el Presidente del Patronato, un representante de la Fundación «La Caixa» y un único representante del Ministerio de Ciencia e Innovación.

En la actualidad, la gobernanza del CNAG se lleva a cabo desde la Comisión de Seguimiento regulada en la cláusula novena del convenio anteriormente mencionado, firmado el 29 de diciembre de 2014. En la misma hay tres representantes del Ministerio de Ciencia e Innovación, tres representantes de la Generalidad de Cataluña y 1 representante del CRG. Sin embargo, el plan de acción y el presupuesto, que anualmente presenta el equipo directivo del CNAG a esta Comisión, debe de ser previamente consensuado con el equipo directivo del CRG para su sometimiento a aprobación final del patronato del CRG, con una representación desigual de las dos administraciones.

A finales del 2020, el CNAG contaba con un equipo de 86 personas altamente cualificadas, organizadas en personal de laboratorio, informáticos y/o bioinformáticos y personal de administración, de las cuales más del 50% tienen estudios de doctorado. A nivel de infraestructura el centro tiene actualmente ocho secuenciadores de segunda generación que producen lecturas cortas y pueden generar más de 8.000 Gb de secuencia cada veinticuatro horas, y cinco secuenciadores de tercera generación, basados en nanoporos, que producen lecturas de varias kilobases de longitud, así como numerosos equipos de laboratorio complementarios. Dispone además de un centro de procesamiento de datos con 3.552 nodos de computación y 8 PB de espacio de disco para el almacenamiento. Se trata de un centro tecnológico de referencia en la secuenciación y análisis de datos genómicos, a nivel nacional e internacional. Gracias a esta potente infraestructura, el CNAG proporciona acceso a servicios de genómica punteros a todo el sistema nacional de I+D+I, incluyendo hospitales, centros de investigación, empresas biotecnológicas, a la vez que posibilita la participación exitosa de España en el ICGC y en otros proyectos internacionales en el campo de la genómica, como el Human Cell Atlas (HCA), el International Rare Diseases Research Consortium (IRDiRC), la 1+Million Genomes Member State Initiative (1+MG) y el Earth BioGenome Project (EBP). A nivel nacional, una de las finalidades del CNAG, a través de la Red de Centros de Secuenciación del proyecto IMPaCT-Medicina Genómica financiado por el Instituto de Salud Carlos III, es la realización de actividades de diagnóstico genético y de soporte para la implantación de la medicina personalizada en España.

Las actividades administrativas y científico–técnicas que deben ser llevadas a cabo por una infraestructura singular como el CNAG para dar soporte a investigadores nacionales, realizar actividades de diagnóstico genómico y asegurar la participación española en proyectos internacionales de gran envergadura necesitan de una autonomía y gobernanza que no pueden ser abordadas en su situación actual, ni por ningún otro organismo público ya existente. No existe en España una infraestructura científico-técnica de estas características en el ámbito de la Genómica, por lo que la creación del consorcio que se propone no supone duplicidad con la actividad de otro órgano o entidad preexistente.

Por todos los antecedentes anteriormente mencionados, el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Generalidad de Cataluña han estado trabajando conjuntamente en el estudio de las diferentes opciones para dar cumplimiento al objetivo inicial y permanente de crear una entidad con personalidad jurídica para el CNAG, tal como ya estaba previsto en los dos convenios firmados hasta la fecha.

b) La forma jurídica propuesta y un análisis que justifique que la elegida resulta más eficiente frente a otras alternativas de organización que se hayan descartado.

La forma jurídica propuesta es un Consorcio de dos administraciones: La Administración General del Estado (AGE) a través del Ministerio de Ciencia e Innovación, con participación del ISCIII, y la Generalidad de Cataluña, a través del Departamento de Salud y del Departamento de Investigación y Universidades. Dado que las dos administraciones han mostrado su intención de colaborar y de financiar el proyecto al 50 %, se considera el Consorcio como la forma jurídica más idónea para llevar a cabo esta colaboración.

La participación de la AGE limita las posibilidades organizativas al sector público institucional. Por otra parte, la participación, en régimen de igualdad de la Generalidad de Cataluña recomienda la exclusión de los organismos públicos dependientes, exclusivamente de la AGE, como son los organismos autónomos estatales o de los organismos dependientes de la AGE o de un organismo autónomo estatal, como son las entidades públicas empresariales. Lo mismo sería de aplicación a un organismo dependiente de la Comunidad Autónoma. Por todo ello, se han analizado las tres posibles formas jurídicas del organismo (sociedad mercantil, fundación del sector público y consorcio), prestando especial atención en los siguientes aspectos:

– Requisitos jurídico-públicos de la constitución de las entidades que integran cada estructura.

– Régimen de contratación del personal, con especial atención a la situación de los funcionarios públicos que puedan adscribirse para prestar servicios en la instalación.

– Sistema de control financiero de la/s entidad/es creada/s.

– Posibilidad de percepción de Fondos Estructurales de origen comunitario.

1) Sociedades mercantiles estatales. Su creación requiere autorización del Consejo de Ministros y aunque estén controladas por el Estado u organismos que integran el sector público institucional estatal, su regulación específica se encuentra en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, tienen carácter mercantil, cualquiera que sea su objeto. Su personal está sometido al derecho laboral y la rendición de sus cuentas, se realiza, básicamente, siguiendo principios y normas recogidas en el Código de Comercio. Las sociedades mercantiles estatales en ningún caso podrán disponer de potestades que impliquen el ejercicio de autoridad pública. Este régimen jurídico, a pesar de los mecanismos de control público, no resulta idóneo para la gestión de una gran instalación científico-técnica.

2) Fundaciones del sector público. Son organizaciones constituidas sin ánimo de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado su patrimonio a la consecución de fines de interés general.

Son fundaciones del sector público cuando se da alguna de estas circunstancias: la aportación inicial es mayoritaria de la Administración General del Estado, más del 50% de su patrimonio está constituido por bienes o derechos aportados por organismos del sector público institucional estatal o cuando la mayoría de votos en el patronato pertenecen a organismos del sector público institucional estatal. Su regulación, aparte de las normas previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se recoge en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Las fundaciones del sector público no pueden ejercer potestades públicas y su personal, al igual que sucede en las sociedades mercantiles estatales, está sometido al derecho laboral. La estructura de sus órganos de dirección y control, compuesta por un patronato y el protectorado no aporta ventajas para la gestión de una gran instalación científica.

La fundación no es una persona jurídica dependiente de las administraciones que la crean y, por tanto, se trataría de una fundación creada por dichas administraciones para el desarrollo de la instalación, pero formalmente desvinculada de aquéllas.

Las ventajas de esta opción, compartidas con la siguiente, serían la imagen pública y énfasis de la utilidad pública y social del proyecto, la flexibilidad en el régimen de contratación y laboral y de obtener cofinanciación comunitaria. A estas habría que añadir un régimen fiscal algo más favorable y el hecho de que una fundación no tiene finalidad de lucro. Entre los inconvenientes podría haber algunos límites a la hora de realizar actos económicos.

3) Consorcio. Los consorcios son entidades de derecho público creadas por varias Administraciones Públicas o entidades integrantes del sector público institucional, entre si o con participación de entidades privadas, para el desarrollo de actividades de interés común. Cuando participa la AGE o entidades dependientes, su creación debe ser autorizada por Ley y se plasma en un convenio entre las entidades consorciadas y en sus estatutos. Su característica esencial es, por tanto, su base asociativa en la que participan administraciones o entidades públicas. Se genera, así, una nueva persona jurídica para la gestión de intereses comunes de esas administraciones o entidades públicas. Su régimen jurídico está marcado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por la normativa autonómica aplicable y finalmente, también por sus estatutos. En particular, el personal al servicio de los consorcios se somete al régimen previsto en el artículo 121 de dicha Ley.

Uno de los elementos esenciales de la constitución del consorcio CNAG como persona jurídica es la participación de dos administraciones públicas, la AGE y la Generalidad de Cataluña en el proyecto. Ambas administraciones actuando en el uso de sus competencias, tienen intereses comunes en esta infraestructura científico-técnica singular. En este sentido, el consorcio es la forma jurídica específicamente diseñada para canalizar la gestión de estos intereses comunes. En su regulación se refleja la adscripción del consorcio a la AGE, quedando por tanto sujeto a la normativa estatal y al régimen de control por parte de la Intervención General de la Administración del Estado, y del Tribunal de Cuentas.

La posible integración de funcionarios y de personal laboral en el consorcio, abre alternativas en el ámbito de la gestión y ofrece un abanico más amplio de instrumentos de gestión. Por ello, el consorcio se considera la forma jurídica más eficiente para la gestión de este proyecto. Se ha demostrado en la gestión de grandes infraestructuras de I+D+I que esta entidad jurídica garantiza su funcionamiento. Existen numerosos ejemplos de ello en España, como son los diez consorcios de I+D+i participados por la AGE a través del Ministerio de Ciencia e Innovación. El más destacado es el Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, que ha permitido gestionar con éxito la gran instalación científica ‘Sincrotrón ALBA’, cuyo coste de inversión total ascendió a 201 M€ y cuyo coste de explotación anual supone 21 M€/año.

c) La fundamentación de la estructura organizativa elegida, determinando los órganos directivos y la previsión sobre los recursos humanos necesarios para su funcionamiento. Los órganos de gobierno y administración, de seguimiento y de gestión del Consorcio CNAG son los siguientes:

a. El Consejo Rector: Formado por cuatro representantes de la Administración General del Estado, cuatro representantes de la Generalidad de Cataluña y la Dirección del Consorcio (con voz, pero sin voto).

b. La Comisión Ejecutiva: Dos representantes de la Administración General del Estado, dos representantes de la Generalidad de Cataluña y la Dirección del Consorcio (con voz, pero sin voto).

c. La Dirección. La estructura que se ha propuesto reúne una serie de características que se consideran esenciales para este tipo de proyectos:

– Asegurar que las administraciones públicas participantes en el proyecto ejercen el control del Consorcio a través de los órganos de dirección (Consejo Rector, Comisión Ejecutiva y Dirección) y a través de la participación de la Abogacía del Estado (previéndose la suscripción de un convenio con el Servicio Jurídico del Estado al efecto) y de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) (cuentas anuales y auditorías operativas).

– Asegurar la percepción de la naturaleza pública del proyecto.

– Proporcionar flexibilidad en el proceso de explotación de la instalación, necesaria para la gestión de proyectos internacionales de gran envergadura y para la relación con los usuarios de los servicios de la instalación.

– Asegurar la posibilidad de acceso a los Fondos Estructurales comunitarios para la construcción de la instalación y la concurrencia del Consorcio a convocatorias públicas de financiación de proyectos de I+D+i. Para ello, los estatutos establecen que el consorcio es un agente público de ejecución del sistema español de I+D+i, según lo establecido en el artículo 3.4 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

El Consorcio se regirá por las disposiciones establecidas en sus estatutos, por la reglamentación interna dictada en desarrollo de los mismos y por el ordenamiento jurídico de la administración pública de adscripción y en todo caso por la normativa básica que resulte de aplicación.

d) El anteproyecto del presupuesto correspondiente al primer ejercicio junto con un estudio económico-financiero que acredite la suficiencia de la dotación económica prevista inicialmente para el comienzo de su actividad y la sostenibilidad futura del organismo, atendiendo a las fuentes futuras de financiación de los gastos y las inversiones, así como a la incidencia que tendrá sobre los presupuestos generales del Estado.

El presupuesto anual provendrá fundamentalmente de las aportaciones de las partes consorciadas, según la distribución prevista en la cláusula cuarta del convenio de constitución del mismo, que se reproduce a continuación:

  2022 2023 2024 Total
AGE. 2.250.000 2.250.000 1.500.000 6.000.000
GENCAT. 1.500.000 1.500.000 1.500.000 4.500.000
 Total. 3.750.000 3.750.000 3.000.000 10.500.000

Estos fondos están dedicados a la financiación de:

– Salarios de personal gestión y de investigación, incluyendo el personal técnico de laboratorio o bioinformático, investigadores y jefes de grupo o de unidad.

– Alquiler de los espacios al Parc Científic de Barcelona, así como los servicios generales que nos prestan y los gastos en suministros.

– Contratos de mantenimiento de los equipos de secuenciación y computación para garantizar su buen funcionamiento y disponibilidad de los equipos de la plataforma.

– Inversiones de equipos informáticos o de laboratorio o mobiliario.

– Co-financiación de grandes equipos científicos o infraestructuras.

– Contratación de servicios y material fungible necesarios para la actividad del centro.

– Viajes y dietas relacionados necesarios para la actividad del centro.

La dotación prevista inicialmente para el comienzo de la actividad se ha establecido en base a la experiencia previa y los gastos reales incurridos por la unidad productiva CNAG durante los ejercicios anteriores a la constitución del consorcio, por lo que la suficiencia de dicha dotación se estima adecuadamente validada y justificada.

El Consorcio deberá tener la capacidad de acudir a convocatorias competitivas de organismos nacionales e internacionales que permitirían conseguir fondos adicionales para actividades específicas, y de gestionar ventas por los servicios de genómica que proporciona a terceros.

e) Los objetivos del organismo, justificando su suficiencia o idoneidad, los indicadores para medirlos, y la programación plurianual de carácter estratégico para alcanzarlos, especificando los medios económicos y personales que dedicará, concretando en este último caso la forma de provisión de los puestos de trabajo, su procedencia, coste, retribuciones e indemnizaciones, así como el ámbito temporal en que se prevé desarrollar la actividad del organismo. Asimismo, se incluirán las consecuencias asociadas al grado de cumplimiento de los objetivos establecidos y, en particular, su vinculación con la evaluación de la gestión del personal directivo en el caso de incumplimiento. A tal efecto, el reparto del complemento de productividad o concepto equivalente se realizará teniendo en cuenta el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos en el plan de creación y en los anuales.

Objetivos e indicadores. El CNAG tiene como misión llevar a cabo proyectos de análisis genómico que redunden en avances significativos para la salud humana y en el área de las ciencias de la vida, en colaboración con la comunidad científica y clínica tanto nacional como internacional. Su objetivo es ser un centro de referencia internacional en el análisis genómico.

A continuación, se detallan los objetivos específicos del CNAG, con sus indicadores:

a) Poner al servicio de las instituciones sanitarias las capacidades científicas y tecnológicas del centro para la realización de actividades de diagnóstico genético y dar soporte a la implantación de la medicina personalizada en España.

Indicador: Implementación de la norma ISO15189.

b) Prestar servicios de soporte a la investigación genómica a clínicos e investigadores de instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales.

Indicador: Número de usuarios, Ingresos por contratos y servicios, Grado de satisfacción de los usuarios a partir de encuesta anual.

c) Promover la investigación de excelencia en el campo de la genómica y áreas afines, incluyendo proyectos multidisciplinares con datos procedentes de otras tecnologías, y la participación en proyectos de I+D-i en el ámbito nacional e internacional.

Indicador: Número de publicaciones científicas, Número de proyectos nacionales e internacionales activos.

d) Impulsar la transferencia de los resultados de la investigación a la sociedad y al sector productivo.

Indicador: Número de solicitudes de patentes, acuerdos de licencia de software y spin offs, Número de acuerdos de colaboración o de servicios firmados con la industria.

e) Impulsar aquellas acciones que favorezcan la interacción y la colaboración estrecha con organismos e infraestructuras, nacionales e internacionales, públicos o privados, para la consecución de las finalidades del centro.

f) Difundir a la sociedad los avances científicos en el área de la genómica y afines, especialmente los resultantes de las actividades científicas del centro.

Indicador: Número de actividades de difusión con participación del CNAG.

g) Participar y organizar congresos, seminarios y programas de formación científica en el área de la genómica.

Indicador: Número de congresos y programas de formación organizados por el CNAG.

h) Gestionar los servicios y recursos científicos, técnicos y económicos de soporte a la investigación, para la realización de proyectos de genómica.

i) En general, cualquier otra finalidad relacionada con la misión del CNAG.

Programación plurianual estratégica. La plataforma de investigación y servicios del CNAG está operativa desde el 2010. Durante el periodo 2022-2024, se implementarán las nuevas tecnologías y protocolos necesarios para mantener su competitividad y se participará en nuevos proyectos de investigación en Genómica, nacionales e internacionales.

Para esta nueva etapa como Consorcio independiente será necesario desplegar durante el 2022-2023 una eficiente estructura de gestión, incluyendo finanzas, comunicación, compras, recursos humanos, legal y otros, para dar soporte a las actividades del centro [objetivo h)]. Esta nueva estructura dará soporte también a las actividades necesarias para el alcance de los objetivos d), e), f) y g), relacionados con la colaboración con otras entidades, la transferencia de resultados, la difusión y la organización de congresos y cursos, respectivamente.

Finalmente, y en relación con el objetivo a, en este período se espera obtener la autorización de la Generalidad de Cataluña como laboratorio de análisis clínicos, así como implantar en el Centro la ISO 15189 que contiene los requisitos para los laboratorios clínicos que analizan muestras biológicas de origen humano.

La programación plurianual de carácter estratégico que definirá en detalle los valores de los indicadores correspondientes a cada uno de los objetivos mencionados anteriormente se definirá una vez concluya el proceso de escisión parcial de la unidad productiva CNAG y su plena integración en el nuevo consorcio.

Medios económicos y personales. Se considera que el Consorcio necesita una estructura básica que asegure su funcionamiento, que constará con personal contratado en régimen laboral. La contratación de este equipo de trabajo se ajustará a los principios de capacidad, mérito, publicidad, igualdad y concurrencia, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Se valorará también la posibilidad de adscripción temporal de personal procedente de entidades públicas de I+D+i con competencias relevantes para los fines perseguidos, previo convenio entre la entidad cedente y el consorcio.

La modalidad de contratación de la dirección será mediante contrato de alta dirección de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades, y su normativa de desarrollo.

Los medios personales actuales de la unidad productiva CNAG integrada en la Fundación CRG pasarán a integrarse en el consorcio como consecuencia del proceso de escisión parcial, por lo que ésta será la forma inicial y principal de provisión de los puestos de trabajo del nuevo consorcio. El coste, retribuciones e indemnizaciones de dichos puestos quedará recogido en el acuerdo de escisión parcial referido. Una vez constituido el consorcio, las nuevas contrataciones se ajustarán a lo dispuesto por la normativa de aplicación.

Proyección presupuestaria trienal consorcio CNAG

Inversiones

 

2022

Euros

2023-2024

Euros

Inversiones. 2.864.650 5.467.011
212. Instalaciones técnicas.    
213. Maquinaria. 1.516.605 967.679
215. Otras Instalaciones.    
216. Mobiliario.    
217. Equipos proceso información. 1.348.045 4.499.332
231. Construcción.    

Cuenta de pérdidas y ganancias

 

2022

Euros

2023*

Euros

2024

Euros

Ingresos. 4.560.000 4.940.000 4.190.000
MCIN. 2.250.000 2.250.000 1.500.000
Generalidad de Cataluña. 1.500.000 1.500.000 1.500.000
Overheads. 180.000 560.000 560.000
Recuperación de servicios. 630.000 630.000 630.000
Gastos de explotación. 3.958.000 4.792.000 4.617.000
602. Consumo materias primas y otras materias consumibles. 42.000 112.000 42.000
607. Trabajos realizados por otras empresas . 100.000 360.000 255.000
64. Gastos de personal. 2.426.000 2.915.000 2.915.000
621. Arrendamientos y cánones. 388.000 388.000 388.000
622. Reparaciones y conservación. 29.000 29.000 29.000
623. Servicios de profesionales independientes.      
624. Transportes. 5.000 5.000 5.000
625. Primas de seguros.   15.000 15.000
626. Servicios bancarios y similares. 3.000 3.000 3.000
627. Publicidad, propaganda y relaciones públicas. 3.000 3.000 3.000
628. Suministros. 257.000 257.000 257.000
629. Otros servicios. 705.000 705.000 705.000
630. Tributos.      
680. Amortización del inmovilizado intangible.      
681. Amortización del inmovilizado material.      
Resultado del ejercicio. 602.000 148.000 -427.000

* En las estimaciones se ha tenido en cuenta que a partir del 2023 el CNAG será independiente y por tanto se contabilizan la totalidad de los overheads como ingresos, así como costes extras anuales en personal, servicios y seguros derivados de la administración propia y de la escisión.

ANEXO III
Inventario de los bienes materiales e inmateriales a traspasar
Número activo Descripción Proveedor Coste de adquisición Valor neto a 31 de diciembre de 2021 Amortización meses Año alta
112230 OB17342 Estructura metalica+ QE control. CLEAN AIR SOLUTIONS, S.L. 4.963,07 3.205,33 48 2020
62207 OB16289 Modificacio instalacions electriques noves posicions treball. COFELY ESPAÑA, SA. 4.750,51 0,00 48 2017
62206 OB16289 Canalitzacions per cablejat estructurat. COFELY ESPAÑA, SA. 183,24 0,00 48 2017
110214 Microones per la planta 1. Saivod MS-2819W con capacidad de 20 litros. EL CORTE INGLÉS, SA. 56,10 32,73 48 2020
98243 OB17342 Linia electrica provisional obra Cambres Fredes -20 CNAG. SIGNUM 2008, SL. 778,71 340,71 48 2019
108204 OB19383 Exp CRG13/19 Obres reforma laboratori a sala cultius Single Cell CRG-CN. ECO-FRED RUBÍ, SL. 13.983,89 7.574,61 48 2020
114240 OB19383 Exp CRG13/19 Obres reforma laboratori a sala cultius Single Cell CRG-CN. ECO-FRED RUBÍ, SL. 41.951,69 28.841,79 48 2020
114241 OB19383 Exp CRG13/19 Obres reforma laboratori a sala cultius Single Cell CRG-CN. ECO-FRED RUBÍ, SL. 13.983,89 9.613,93 48 2020
60266 Blast2GO Command Line. BIOBAM BIOINFORMATICS, SL. 1.629,50 0,00 12 2016
50219 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO SSD PORTATIL BELTRAN. FLYTECH. 175,00 0,00 36 2016
63214 SISTEMA DE ALMACENAMIENTO PARA LABORATORIO. DISCO DURO 8TB. FLYTECH. 1.844,70 0,00 36 2017
63215 SISTEMA DE ALMACENAMIENTO PARA LABORATORIO. DISCO DURO 8TB. FLYTECH. 1.481,30 0,00 36 2017
87267 Microones per la planta 10. EL CORTE INGLES S.A. 53,64 13,41 48 2018
129201 CSUC AM19/19 Lote 1 - HP Prodesk 600 G6. SERVICIOS MICROINFORMÁTICA, SA. 919,96 817,75 36 2021
131210 CSUC AM19/19 Lote 6: Elitebook 830 G6 (cnag). SERVICIOS MICROINFORMÁTICA, SA. 1.008,07 952,07 36 2021
131234 CSUC AM19/19 Lote 6: HP Elitebook 830 G6. SERVICIOS MICROINFORMÁTICA, SA. 1.178,54 1.145,81 36 2021
132237 CSUC AM19/19 Lote 1: HP Prodesk 600 G6. SERVICIOS MICROINFORMÁTICA, SA. 661,91 661,91 36 2021
132238 CSUC AM19/19 Lote 1: HP V27I FHD Monitor. SERVICIOS MICROINFORMÁTICA, SA. 164,53 164,53 36 2021
54233 OB15258 Seguretat i salut: visites de coordinació 2016. ASEM VISIONES COMPETITIVAS,, SL. 520,00 0,00 48 2016
55236 OB15258 Seguretat i salut: visites de coordinació 2016 febrer. ASEM VISIONES COMPETITIVAS, SL. 520,00 0,00 48 2016
49254 OB15258 Seguretat i salut en obra CPD CNAG. ASEM VISIONES COMPETITIVAS, SL. 520,00 0,00 48 2015
118295 CNAG-SSGG-19-383 Sala Cultius Single Cell: Casiller. MOBELMOL. 940,00 853,84 120 2021
116233 Reemborsament MMartí - Little Snitch - Single License Upgrade. Marti-Renom, Marc A. 20,66 0,00 12 2020
132217 MAQUINA DE HIELO. EUROTEKNICAS SBM HOSTELERIA, SL. 1.363,60 1.363,60 48 2021
132218 MAQUINA DE HIELO. EUROTEKNICAS SBM HOSTELERIA, SL. 1.363,61 1.363,61 48 2021
98255 MACS MultiStand; REF:130-042-303. MILTENYI BIOTEC, SL. 300,00 137,50 48 2019
98254 Quadro MACS Separator; REF:130-090-976. MILTENYI BIOTEC, SL. 1.850,00 847,92 48 2019
99239 gentleMACS Dissociator; REF: 130-093-235. MILTENYI BIOTEC, SL. 6.180,00 2.961,25 48 2019
132234 Modificaciones cámaras frías CNAG 2021 (parte 1 y 3). ECO-FRED RUBÍ, SL. 2.460,21 2.408,96 48 2021
59254 TELEFONO. BECHTLE, SL. 51,00 0,00 48 2016
98237

SnapGene Academic Subscription single license (1 year).

Codigo descuento:MRFMAAL.

SnapGene. 159,38 0,00 12 2019
112240 Renovación SanpGene. Oferta. GSL BIOTECH LLC dba SnapGene. 249,18 0,00 12 2020
132283 CAMERA DE FOTOS. Shenzhen Hongyun Technology Co., Ltd. 399,00 376,84 36 2021
119219 OB19383 Instal·lació bomba de buit. ELECTRIC2015, SLU. 696,58 551,46 48 2021
125233 IVA P 21% R. ELECTRIC2015, SLU. 29,04 22,99 48 2021
120206 OB19-437 Electrificar Prestatgeria CNAG. ELECTRIC2015, SLU. 0,00 0,00 48 2021
125232 OB19-437 Electrificar Prestatgeria CNAG. ELECTRIC2015, SLU. 601,93 476,53 48 2021
126226 INSTALACIÓN CELL SORTER. ELECTRIC2015, SLU. 1.784,09 1.635,42 48 2021
129203 Emyr James_CNAG CPD_SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CONJUNTO MAGNETOTÉRMICO. ELECTRIC2015, SLU. 2.446,71 2.242,82 48 2021
129202 Emyr James_CNAG CPD_SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LÍNEA ELÉCTRICA. ELECTRIC2015, SLU. 369,87 339,05 48 2021
43299 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO INTERNO 3TB. LIPANDO-PC. 106,89 0,00 36 2015
59221 Destapador / Retapador automático de tubos. SARSTEDT, SAU. 3.600,00 0,00 48 2016
46235 MONITOR TFT 24". LAB MARC MARTI. PUNT INFORMATIC I CREATIU, S.L. 218,55 0,00 36 2015
49243 Segregación cableado red CNAG. TECHNICAL SUPPORT IN NETWORK, SL. 0,00 0,00 48 2015
87273 Segregación cableado red CNAG. TECHNICAL SUPPORT IN NETWORK, SL. 29.318,12 0,00 48 2018
80201 Licencias Oracle e-Business Suite (ERP). 23.334,07 0,00 12 2018
80202 EXTENSION DE GARANTIA. 3.100,00 0,00 36 2018
80205 SWITCH for CNAG. 6.100,00 0,00 36 2018
80206 SWITCH for CNAG. 3.780,00 0,00 36 2018
80203 Transceptors for CNAG. 1.250,00 0,00 36 2018
80204 Transceptors for CNAG. 8.000,00 0,00 36 2018
47201 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO EXTERNO 1TB. ABAST SYSTEMS, SA. 657,50 0,00 36 2015
49201 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO EXTERNO 1TB CNAG. ABAST SYSTEMS, SA. 708,00 0,00 36 2015
124209 ESTACION DE TRABAJO + MONITOR TFT 23". LAB MARC M. 2.678,36 0,00 36 2021
124210 ESTACION DE TRABAJO + MONITOR TFT 23". LAB MARC M. 160,64 0,00 36 2021
124211 ESTACION DE TRABAJO + MONITOR TFT 23". LAB MARC M. 2.527,36 0,00 36 2021
124212 ESTACION DE TRABAJO + MONITOR TFT 23". LAB MARC M. 311,64 0,00 36 2021
45220 PIPETOR. DD BIOLAB. 278,00 0,00 48 2015
110209 CONGELADOR ULTRA BAJA TEMP -86°C CRYOCUBE F570H ARMARIO. DD BIOLAB. 9.662,00 5.636,17 48 2020
54243 Monitor 24". PUNT INFORMATIC I CREATIU, SL. 219,64 0,00 36 2016
56260 AMPLIACION ORDENADOR. ACCESORIO DISCO DURO. ABAST SYSTEMS, SA. 150,00 0,00 36 2016
56259 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 3TB. ABAST SYSTEMS, SA. 238,00 0,00 36 2016
56261 AMPLIACION ORDENADOR: MEMORIA 16GB. ABAST SYSTEMS, SA. 500,00 0,00 36 2016
53228 ESTACION DE TRABAJO. LAB SERGI BELTRAN. ABAST SYSTEMS, SA. 765,00 0,00 36 2016
53229 ESTACION DE TRABAJO. LAB SERGI BELTRAN. ABAST SYSTEMS, SA. 765,00 0,00 36 2016
53230 ESTACION DE TRABAJO. LAB SERGI BELTRAN. ABAST SYSTEMS, SA. 765,00 0,00 36 2016
53225 MONITOR LED 24". ABAST SYSTEMS, SA. 495,00 0,00 36 2016
53226 MONITOR LED 27". ABAST SYSTEMS, SA. 495,00 0,00 36 2016
53227 MONITOR LED 27". ABAST SYSTEMS, SA. 495,00 0,00 36 2016
59228 Software NTFS for Mac 14 from Paragon. Paragon Software GmbH. 19,95 0,00 12 2016
65201 KeyGene 2017 license for Sequence Based Genotyping technology. KEYGENE N.V. 5.000,00 0,00 12 2017
65203 KEYGENE NON-EXCLUSIVE RESEARCH LICENSE. KEYGENE N.V. 7.500,00 0,00 12 2017
49328 INSTALACION RACK CNAG. ALAMO INDUSTRIAL, SA. 30.156,60 0,00 48 2015
81203 KeyGene 2018 license for Sequence Based Genotyping technology. KEYGENE N.V. 10.000,00 0,00 12 2018
109208 OB19406 Sistema monitoratge Energia CPD CNAG. ESTUDI RAMON FOLCH I ASSOCIATS, SL. 4.434,15 2.217,06 48 2020
92231 KeyGene 2019 license for Sequence Based Genotyping technology. KEYGENE N.V. 10.450,66 0,00 12 2019
94219 48x Capillary Array Cartridge, 33 cm (EFF), 55 cm (TOT), 50 um (ID). AGILENT TECHNOLOGIES SPAIN, SL. 0,00 0,00 48 2019
96230 48x Capillary Array Cartridge, 33 cm (EFF), 55 cm (TOT), 50 um (ID). AGILENT TECHNOLOGIES SPAIN, SL. 1.511,30 566,75 48 2019
133204 SISTEMA DE ELECTROFORESIS CAPILAR DE CAMPO PULSADO. AGILENT TECHNOLOGIES SPAIN, SL. 31.739,04 30.416,58 48 2022
133205 SISTEMA DE ELECTROFORESIS CAPILAR DE CAMPO PULSADO. AGILENT TECHNOLOGIES SPAIN, SL. 31.739,04 30.416,58 48 2022
117276 OB20457 Instal·lació fibra per equip Promethion, oferta 039/PCB/20. TECHNICAL SUPPORT IN NETWORK, SL. 1.223,95 892,48 48 2020
117288 CSUC AM15/09 Lote 3 - Lenovo L15 i7-10510U 32GB Tactil. ABAST SYSTEMS, S.L. 1.039,00 663,81 36 2020
112210 Keygene License 2020 (1000 samples). KEYGENE N.V. 5.000,00 0,00 12 2020
53267 Trabajos extras en CPD del CNAG. ALAMO INDUSTRIAL, SA. 1.588,00 0,00 48 2016
53268 OB15258 Treballs elèctrics finals. ALAMO INDUSTRIAL, SA. 1.653,54 0,00 48 2016
61206 CENTRIFUGA MINISPIN. QUIMIVITA. 405,54 0,00 48 2016
71215 160704 CNAG instalación fuentes ENGIE. COFELY ESPAÑA, SA. 1.570,61 0,00 48 2017
97228 OB19399 Projecte Executiu Obra Sala Cultius TIPBA4. ENGITECSA. 13.278,00 5.532,50 48 2019
117265 OB17342 Direcció facultativa Cambra -20. ENGITECSA. 4.025,00 2.934,90 48 2020
117264 OB19383 Direcció facultativa sala cultius Single Cell. ENGITECSA. 4.080,00 2.975,00 48 2020
113214 OB19383 Modificació mobiliari lab sala cultius Single Cell. LABORTECH WALDNER, SL. 2.404,00 1.652,75 48 2020
120220 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (2/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120219 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (3/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120218 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (4/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120217 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (5/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120216 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (6/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120215 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (7/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120214 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (8/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120213 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (9/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
120221 Tamboret laboratori model DACTILUS 2P (1/9). PMC GROUP 1985, SA. 137,58 127,27 120 2021
126219 Nuevo SAI planta 10 - CNAG. SALICRU, SA. 4.512,90 3.760,75 48 2021
126220 SAI 1st floor CNAG. SALICRU, SA. 4.874,00 4.163,21 48 2021
119215 CSUC AM19/05 Lot 3 - HP x360 830 G7. ABAST SYSTEMS, SL. 1.300,00 938,89 36 2021
130207 CSUC AM19/05 Lote 5: HP Probook 450 G8. ABAST SYSTEMS, SL. 951,80 872,49 36 2021
132280 Trabajos de conexionado de la red hidráulica del CPD a la puerta del Nuevo Rack. ABAST SYSTEMS, SL. 1.487,48 1.487,48 48 2021
132284 CSUC AM19/05 Lote 3: Laptop x360 830 G8. ABAST SYSTEMS, SL. 1.462,29 1.462,29 36 2021
120204 AM CSUC 18/22 LOT 5 FAM 503 - ULTRA CONGELADOR VERTICAL TWIN GUARD -86.ºC. 729lit. INSTRUMENTACION Y COMPONENTES, SA. 6.400,50 5.067,07 48 2021
120205 AM CSUC 18/22 LOT 5 FAM 503 - ULTRA CONGELADOR VERTICAL TWIN GUARD -86.ºC. 729lit. INSTRUMENTACION Y COMPONENTES, SA. 6.400,50 5.067,07 48 2021
122202 SBG LICENSE AGREEMENT. KEYGENE N.V. 5.000,00 2.083,34 12 2021
80235 ESTACION DE TRABAJO CON MONITOR PLAN RENOVE. 1.021,00 0,00 36 2018
51245 AMPLIACION ORDENADOR. DSCO DURO INTERNO 3TB. ID GRUP, SA. 174,70 0,00 36 2016
54206 ESTACION DE TRABAJO CNAG CON MONITOR PLAN RENOVE. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
54213 MONITOR 23" PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 152,50 0,00 36 2016
54212 MONITOR 23" PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 152,50 0,00 36 2016
56213 MONITOR 23’’ PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 152,80 0,00 36 2016
56210 ESTACIÓN DE TRABAJO + MONITOR PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
56208 ESTACIÓN DE TRABAJO + MONITOR PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
56209 ESTACIÓN DE TRABAJO + MONITOR PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
56212 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 3TB. ID GRUP, SA. 289,00 0,00 36 2016
56247 ESTACIÓN DE TRABAJO + MONITOR 27" PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 1.270,00 0,00 36 2016
58221 CT1000MX200SS_1TB Crucial MX200 Sata 2.5'' 7mm (with 9.5mm adapter) SSD. ID GRUP, SA. 299,00 0,00 36 2016
58206 ESTACIÓN DE TRABAJO - PLAN RENOVE - CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
59220 Nous switches planta CNAG. ID GRUP, SA. 3.812,12 0,00 36 2016
60208 ESTACIÓN DE TRABAJO + MONITOR PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
60209 ESTACIÓN DE TRABAJO + MONITOR PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
60210 ESTACIÓN DE TRABAJO + MONITOR PLAN RENOVE CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
60211 ESTACIÓN DE TRABAJO - PLAN RENOVE - CNAG. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
60207 Workstation PC. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2016
60253 Portatil HP 12.5» PLAN RENOVE. ID GRUP, SA. 939,60 0,00 36 2016
61250 Módulo de conexión local HP 5500 de 10 GbE. de 2 puertos. ID GRUP, SA. 758,00 0,00 36 2016
62238 WS i7 CON MONITOR Plan Renove. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2017
62218 Workstation i7. ID GRUP, SA. 1.021,00 0,00 36 2017
62219 Portatil HP 12.5». ID GRUP, SA. 939,60 0,00 36 2017
68221 ESTACION DE TRABAJO + MONITOR. ID GRUP, SA. 3.790,00 0,00 36 2017
68220 MONITOR 27". ID GRUP, SA. 229,00 0,00 36 2017
72209 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO INTERNO 2TB. ID GRUP, SA. 289,80 0,00 36 2017
73227 Laptop Mac 13». ID GRUP, SA. 1.898,00 0,00 36 2017
73201 Laptop Mac 15». ID GRUP, SA. 2.274,73 0,00 36 2018
73202 Laptop Mac 15». ID GRUP, SA. 1.995,47 0,00 36 2018
88219 Laptop Mac 15». ID GRUP, SA. 570,13 0,00 36 2019
84269 Laptop PC 15". ID GRUP, SA. 1.149,35 0,00 36 2018
84241 Laptop Mac 13" (SSD extra). ID GRUP, SA. 1.444,61 0,00 36 2018
83204 MONITOR 27". ID GRUP, SA. -264,99 0,00 36 2018
83206 MONITOR 27". ID GRUP, SA. 219,00 0,00 36 2018
83207 MONITOR 27". ID GRUP, SA. 264,99 0,00 36 2018
87206 iMac 21.5" (RAM Extra). ID GRUP, SA. 1.742,53 0,00 36 2018
89216 CONF_3AB Laptop PC 12.5" (RAM + SSD extra). ID GRUP, SA. 1.063,54 59,10 36 2019
89211 EXP.CRG02/18 - CONF_7 Laptop Mac Pro 13". ID GRUP, SA. 1.970,69 109,50 36 2019
92233 EXP.CRG02/18 - CONF_3AB Laptop PC 12.5" (RAM + SSD extra). ID GRUP, SA. 1.017,68 141,36 36 2019
92232 EXP.CRG02/18 - CONF_C Docking station. ID GRUP, SA. 118,30 16,44 36 2019
94214 EXP.CRG02/18 - CONF_D2 Monitor 24". ID GRUP, SA. 279,57 46,60 36 2019
97234 EXP.CRG02/18 - CONF_11G - Powerfull Workstation PC (CPU 16 cores). ID GRUP, SA. 0,00 0,00 36 2019
130225 EXP.CRG02/18 - CONF_11G - Powerfull Workstation PC (CPU 16 cores). ID GRUP, SA. 4.194,44 1.048,65 36 2021
97232 EXP.CRG02/18 - CONF_C - Docking station. ID GRUP, SA. 123,63 30,91 36 2019
97238 EXP.CRG02/18 - CONF_4AB - Laptop PC 15" (RAM + SSD extra). ID GRUP, SA. 1.171,22 292,82 36 2019
98208 EXP.CRG02/18 - CONF_3AB - Laptop PC 12.5" (RAM + SSD extra). ID GRUP, SA. 1.063,54 265,90 36 2019
99215

EXP. CRG02/18 - PC Laptop 15" CONF_4AB

HP Elitebook 850 G5

US International keyb.

ID GRUP, SA. 1.120,71 342,44 36 2019
105244 EXP. CRG02/18 - Powerful Workstation PC (16 cores + GPU 8GB) CONF_11GF (US Inter). ID GRUP, SA. 4.798,84 1.599,62 36 2019
105217 EXP.CRG02/18 - Monitor 23". ID GRUP, SA. 148,69 49,57 36 2019
105252 EXP. CRG02/18 - CONF_6: Laptop Mac 13". ID GRUP, SA. 1.338,00 446,00 36 2019
108211 EXP. CRG02/18 - CONF_5A: Desktop Mac 21.5" (RAM extra). ID GRUP, SA. 1.742,53 677,66 36 2020
108209 EXP. CRG02/18 - CONF_2: Workstation PC + Monitor 24". ID GRUP, SA. 1.053,77 409,81 36 2020
108210 EXP. CRG02/18 - CONF_2: Workstation PC + Monitor 24". ID GRUP, SA. 1.053,77 409,81 36 2020
112257 EXP. CRG02/18 - CONF_2: Workstation PC + Monitor 24". ID GRUP, SA. 1.007,60 419,84 36 2020
112258 EXP. CRG02/18 - CONF_2: Workstation PC + Monitor 24". ID GRUP, SA. 1.007,60 419,84 36 2020
112223 EXP CRG02/18 - CONF_7 Laptop Mac Pro 13». ID GRUP, SA. 1.970,69 930,62 36 2020
111207 HP Impresora LaserJet Pro M255dw. ID GRUP, SA. 243,50 121,76 36 2020
119214 CRG04/20 - CONF6AB Elitebook 850 G7 (RAM + DISK). ID GRUP, SA. 0,00 0,00 36 2021
125229 CRG04/20 - CONF6AB Elitebook 850 G7 (RAM + DISK). ID GRUP, SA. 1.254,43 905,98 36 2021
125230 IVA P 21% R. ID GRUP, SA. 57,48 41,52 36 2021
125231 IVA P 21% R. ID GRUP, SA. 3,03 2,19 36 2021
123207 MONITOR SERGI. ID GRUP, SA. 249,00 207,50 36 2021
126202 Marc Elosua_HP Z24nf G3. ID GRUP, SA. 198,90 171,28 36 2021
126201 Paula Nieto_HP Z24nf G3. ID GRUP, SA. 397,80 342,55 36 2021
126228 CRG 4/20 CONF4 Workstation. ID GRUP, SA. 1.664,53 1.479,59 36 2021
126229 CRG 4/20 CONF4 Workstation. ID GRUP, SA. 1.664,54 1.479,60 36 2021
129210 AMPLIACION WORKSTATION. ID GRUP, SA. 2.800,47 2.489,31 36 2021
129211 AMPLIACION WORKSTATION. ID GRUP, SA. 2.800,46 2.489,30 36 2021
131218

10Gtek [10 Pack] 10Gb/s Módulo SFP+

Multimodo, 10GBase-SR SFP+ LC

Transceiver_N.

ID GRUP, SA. 184,49 174,25 36 2021
131217 10Gtek® 10GbE PCIE Tarjeta de Red_Network Cards and Transceivers. ID GRUP, SA. 1.252,64 1.183,05 36 2021
132243 Sergi Beltran y Marc Pauper_008464_2x Virtual Reality Headsets_UT OCULUS Quest 2. ID GRUP, SA. 870,00 845,84 36 2021
99233

Dell Precision 7540

Intel Xeon E-2286M

Ubuntu Linux 18.04

Intel HD GFX (no discr.

DELL COMPUTER. 2.060,04 629,46 36 2019
49203 CAFETERA. DABA, SA. 87,11 0,00 48 2015
55248 CAFETERA. DABA, SA. 87,11 0,00 48 2016
122205 Konica Minolta Printer - Bizhub C250i. KONICA MINOLTA BUSINESS SOLUTIONS SPAIN, S.A. 2.960,48 2.302,60 36 2021
122204 Konica Minolta Printer - Bizhub C458 con finalizador. KONICA MINOLTA BUSINESS SOLUTIONS SPAIN, S.A. 5.230,70 4.068,33 36 2021
122203 Konica Minolta Printer - Bizhub C458 con finalizador y fax. KONICA MINOLTA BUSINESS SOLUTIONS SPAIN, S.A. 5.769,50 4.487,39 36 2021
54201 PROJECTE EXECUTIU D'INSTAL-LACIONS I DIRECCIO D'OBRA. SERRA CAPMANY, S.L. 900,00 0,00 48 2016
121202 Inheco 2-TEC 4-110C Module. PERKINELMER ESPAÑA S.L. 2.196,45 1.784,62 48 2021
121203 Inheco 2-TEC 4-110C Module. PERKINELMER ESPAÑA S.L. 2.196,45 1.784,62 48 2021
131263 Mamparas - 12. COMERCIAL CONTEL S.A. 1.208,83 1.198,76 120 2021
71226 Cafetera Nespresso Inissia (color crema). DABA, SA. 165,12 0,00 48 2017
94205 Cafetera Inissia + 300 càpsules cafè. DABA, SA. 111,43 39,48 48 2019
94206 Cafetera Inissia + 300 càpsules cafè. DABA, SA. 25,82 9,16 48 2019
59245 ROBOT. GILSON INTERNATIONAL BV ESPAÑA. 0,00 0,00 48 2016
87275 ROBOT. GILSON INTERNATIONAL BV ESPAÑA. 17.993,26 0,00 48 2018
60246 PIPETA. GILSON INTERNATIONAL BV ESPAÑA. 178,40 0,00 48 2016
60247 PIPETA. GILSON INTERNATIONAL BV ESPAÑA. 210,75 0,00 48 2016
60248 PIPETA. GILSON INTERNATIONAL BV ESPAÑA. 186,75 0,00 48 2016
98202 EndNote X9 Upgrade Download. CLARIVATE ANALYTICS LLC. 88,41 7,37 36 2019
59243 ACCESORIO TERMONIMER. BLOQUE. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 1.512,00 0,00 48 2016
59244 ACCESORIO TERMONIMER. BLOQUE. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 403,80 0,00 48 2016
59241 ACCESORIO THERMOMIXER. THERMOTOP. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 1,00 0,00 48 2016
59242 TERMOMIXER. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 5.863,20 0,00 48 2016
68237 HeatSealer S200. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 2.518,50 0,00 48 2017
68236 TERMOCICLADOR PCR GRADIENTE. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 0,00 0,00 48 2017
87277 TERMOCICLADOR PCR GRADIENTE. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 6.291,60 0,00 48 2018
87210 Mastercycler nexus 230 V/ 50-60 Hz_1. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 3.650,00 836,46 48 2018
87209 Mastercycler nexus 230 V/ 50-60 Hz_2. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 3.650,00 836,46 48 2018
87208 Mastercycler nexus 230 V/ 50-60 Hz_3. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 3.650,00 836,46 48 2018
87207 Mastercycler nexus 230 V/ 50-60 Hz_4. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 3.650,00 836,46 48 2018
121217 AM 18/22 Lot 5 FAM 500 - EPPENDORF Centrífgua refrigerada 5452R. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 1.913,84 1.555,00 48 2021
121218 AM 18/22 Lot 5 FAM 500 - EPPENDORF Centrífgua refrigerada 5452R. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 1.913,83 1.554,99 48 2021
121219 AM 18/22 Lot 5 FAM 500 - EPPENDORF Centrífgua refrigerada 5452R. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 1.913,84 1.555,00 48 2021
121220 AM 18/22 Lot 5 FAM 500 - EPPENDORF Centrífgua refrigerada 5452R. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 1.913,83 1.554,99 48 2021
121258 AM CSUC 18/22 Lot 5 FAM 524_Adaptador, para 1 tubos cónicos 50 mL, para cestillo. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 106,86 89,05 48 2021
121259 AM CSUC 18/22 Lot 5 FAM 524_Adaptador, para 1 tubos cónicos 50 mL, para cestillo. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 106,86 89,05 48 2021
121262 AM CSUC 18/22 Lot 5 FAM 524_Adaptador, para 4 Eppendorf Tubes® 5.0 mL y tubos có. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 106,86 89,05 48 2021
121263 AM CSUC 18/22 Lot 5 FAM 524_Adaptador, para 4 Eppendorf Tubes® 5.0 mL y tubos có. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 106,86 89,05 48 2021
121260 AM CSUC 18/22 Lot 5 FAM 524_Rotor A-4-44, incl. 4 cestillos rectangulares de × 1. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 967,20 806,00 48 2021
121261 AM CSUC 18/22 Lot 5 FAM 524_Rotor A-4-44, incl. 4 cestillos rectangulares de × 1. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 967,20 806,00 48 2021
123208 SISTEMA DE PIPETEO. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 8.918,80 7.803,95 48 2021
123209 SISTEMA DE PIPETEO. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 8.918,80 7.803,95 48 2021
123224 AM CSUC 18/22 Lot 5 Fam 503 - EPPENDORF Mastercycler® nexus, 230 V/50-60hZ. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 7.573,50 6.626,82 48 2021
123225 AM CSUC 18/22 Lot 5 Fam 503 - EPPENDORF Mastercycler® nexus, 230 V/50-60hZ. EPPENDORF IBERICA S.L.U. 7.573,50 6.626,82 48 2021
55256 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO EXTERNO 1TB. BECHTLE SL. 600,00 0,00 36 2016
60223 TELEFONO. BECHTLE SL. 160,65 0,00 48 2016
61224 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 1TB. BECHTLE SL. 684,00 0,00 36 2016
60221 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO EXTERNO. BECHTLE SL. 289,00 0,00 36 2016
64294 TELEFONO. BECHTLE SL. 61,55 0,00 48 2017
65248 TELEFONO. BECHTLE SL. 61,55 0,00 48 2017
66231 TELEFONO. BECHTLE SL. 111,10 0,00 48 2017
72206 TELEFONO. BECHTLE SL. 113,80 0,00 48 2017
49202 Plate sealer ALPS50. FISHER SCIENTIFIC S.L. 2.838,60 0,00 48 2015
121235 AM CSUC 18/22 LOT5 FAM500 BENCHTOP – METTLER TOLEDO Benchtop Meter Five Easy Plu. FISHER SCIENTIFIC S.L. 654,10 531,46 48 2021
121221 AM 18/22 Lot 5 FAM 500 «MagFuge Centrifuge & Magnetic Stirrer». FISHER SCIENTIFIC S.L. 498,96 415,80 48 2021
129209 AM CSUC 18/22 Lot 5 Fam 500 Centrifuga Grant LCM3000, sin rotor. FISHER SCIENTIFIC S.L. 1.310,30 1.228,41 48 2021
72205 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO EXTERNO 1 TB. BECHTLE SL. 257,00 0,00 36 2017
61270 Liquid Handling System. 0,00 0,00 48 2016
95201 Liquid Handling System. 30.591,00 0,00 48 2019
116231 BioShake XP. QUANTIFOIL INSTRUMENTS GMBH. 825,00 601,57 48 2020
116232 BioShake XP. QUANTIFOIL INSTRUMENTS GMBH. 825,00 601,57 48 2020
78219 Liquid Handling System. FORMULATRIX. 0,00 0,00 48 2018
87283 Liquid Handling System. FORMULATRIX. 33.261,00 3.464,69 48 2018
73263 SWITCH. BULL (ESPAÑA), S.A. 0,00 0,00 36 2017
87278 SWITCH. BULL (ESPAÑA), S.A. 17.900,00 0,00 36 2018
105234 CRG05/19 - LOT 1 - Actualització Cluster CNAG-CRG: Substitució del Subsistema 1. ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA, SL. 495.000,00 165.000,00 36 2019
108214 Emyr James_FRU 1 TS11X0 Technology BlueScale Storage Chamber License (9 slots) T. ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA, SL. 4.322,05 0,00 12 2020
49287 AMPLIACIÓN DEL CLÚSTER DE CÁLCULO Y DEL ALMACENAMIENTO CIENTÍFICO. BULL (ESPAÑA), S.A. 774.490,00 0,00 36 2015
49288 AMPLIACIÓN DEL CLÚSTER DE CÁLCULO Y DEL ALMACENAMIENTO CIENTÍFICO. BULL (ESPAÑA), S.A. 774.490,00 0,00 36 2015
49289 AMPLIACIÓN DE NODOS DE GPU’s DEL CLÚSTER DE CÁLCULO CIENTÍFICO. BULL (ESPAÑA), S.A. 92.742,50 0,00 36 2015
49290 AMPLIACIÓN DE NODOS DE GPU’s DEL CLÚSTER DE CÁLCULO CIENTÍFICO. BULL (ESPAÑA), S.A. 92.742,50 0,00 36 2015
49285 UN SISTEMA DE ARCHIVING PARA EL CLÚSTER DE CALCULO CIENTÍFICO DEL CNAG. BULL (ESPAÑA), S.A. 102.750,00 0,00 36 2015
49286 UN SISTEMA DE ARCHIVING PARA EL CLÚSTER DE CALCULO CIENTÍFICO DEL CNAG. BULL (ESPAÑA), S.A. 102.750,00 0,00 36 2015
124203 SERVIDORES PARA RD-CONNECT. 136.848,11 0,00 36 2021
124204 SERVIDORES PARA RD-CONNECT. 8.049,89 0,00 36 2021
124201 Ampliació clúster CPD. BULL (ESPAÑA), S.A. 21.266,30 0,00 36 2021
124202 Ampliació clúster CPD. 2.733,70 0,00 36 2021
127201 Ampliació clúster CPD. BULL (ESPAÑA), S.A. 400,00 0,00 36 2021
56239 AMPLIACION CLUSTER CNAG: 18 NODOS. BULL (ESPAÑA), S.A. 0,00 0,00 36 2016
123201 AMPLIACION CLUSTER CNAG: 18 NODOS. BULL (ESPAÑA), S.A. 194.532,89 0,00 36 2021
123202 AMPLIACION CLUSTER CNAG: 18 NODOS. BULL (ESPAÑA), S.A. 11.443,11 0,00 36 2021
88204 Monitor Dell (S2718D) S series 27-Inch Screen LED-Lit Monitor, Black/Silver Stan. EUCLIDIA SARL. 650,17 0,00 36 2019
105260 QUBIT FLEX 3YR REX WARR GU. LIFE TECHNOLOGIES S.A. 4.204,80 2.102,40 48 2019
46223 ACCESORIO TRANSCRIVER. BECHTLE SL. 43,65 0,00 36 2015
46224 TRANSCRIVER. BECHTLE SL. 442,92 0,00 36 2015
61245 PIPETA MULTICANAL. METTLER-TOLEDO SAE. 433,50 0,00 48 2016
61246 PIPETA MULTICANAL. METTLER-TOLEDO SAE. 433,50 0,00 48 2016
61247 PIPETA MULTICANAL. METTLER-TOLEDO SAE. 367,00 0,00 48 2016
61248 PIPETA MULTICANAL. METTLER-TOLEDO SAE. 367,00 0,00 48 2016
74209 PIPETA MULTICANAL. METTLER-TOLEDO SAE. 545,30 11,38 48 2018
74210 PIPETA MULTICANAL. METTLER-TOLEDO SAE. 644,00 13,42 48 2018
70221 FUENTE AGUA. AQUAROC, S.L. 1.170,00 0,00 48 2017
70222 FUENTE AGUA. AQUAROC, S.L. 1.520,00 0,00 48 2017
70223 FUENTE AGUA. AQUAROC, S.L. 1.520,00 0,00 48 2017
54203 ACCESORIO AGITADOR VORTEX. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 30,50 0,00 48 2016
54204 AGITADOR VORTEX. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 351,50 0,00 48 2016
60204 RACK ALUMINIO. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 164,70 0,00 48 2016
60225 RACK ALUMINIO. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 66,30 0,00 48 2016
75202 ROTOR. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 220,00 9,17 48 2018
75223 CENTRIFUGA. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 1.130,00 47,09 48 2018
96207 MiniStar silverline with rotors and adapters, EU-plug. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 374,13 140,31 48 2019
99203 Centrífuga de sobremesa, LMC-3000. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 1.165,00 533,96 48 2019
99202 Rotor, R-2 swing-out rotor, 2×standard microplates. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 205,00 93,96 48 2019
120209 MIXER VORTEX GENIE 2 VAR. SPEED EURO PL. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 0,00 0,00 48 2021
125234 MIXER VORTEX GENIE 2 VAR. SPEED EURO PL. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 297,55 241,76 48 2021
121206 AM CSUC 18/22 LOT 5 FAM 503 "Congelador Under Bench GGU 1500". VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 665,00 540,32 48 2021
121207 AM CSUC 18/22 LOT 5 FAM 503 "Congelador Under Bench GGU 1500". VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 665,00 540,32 48 2021
121204 AM CSUC 18/22 LOT 5 FAM 503 "Refrigerator Under bench FKUv 1610". VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 593,00 481,82 48 2021
121205 AM CSUC 18/22 LOT 5 FAM 503 "Refrigerator Under bench FKUv 1610". VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 593,00 481,82 48 2021
122201 [EN]CENTRIFUGE VWR MINISTAR EU. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 252,66 210,55 48 2021
125225 VORTEX PARA TUBOS 230V, EU. VWR INTERNATIONAL EUROLAB SL. 278,87 249,83 48 2021
55261 SECUENCIADOR DE ULTIMA GENERACION. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 683.298,00 0,00 48 2016
79212 UPGRADE HS3000. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 78.001,65 9.750,22 48 2018
79214 UPGRADE HS3000. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 78.001,65 9.750,22 48 2018
79217 UPGRADE HS2000. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 55.715,40 6.964,43 48 2018
79218 UPGRADE HS2000. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 55.715,40 6.964,43 48 2018
79215 SISTEMA DE SECUENCIACION MASIVA. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 429.375,15 53.671,92 48 2018
79216 SISTEMA DE SECUENCIACION MASIVA. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 429.375,15 53.671,92 48 2018
105258 Illumina DNA sequencer NovaSeq6000. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 446.299,50 223.149,76 48 2019
105259 Illumina DNA sequencer NovaSeq6000. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 446.299,50 223.149,76 48 2019
116220 Infinium MIDI Heatblock Insert. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 151,00 110,11 48 2020
116221 Infinium MIDI Heatblock Insert. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 151,00 110,11 48 2020
116218 SciGene TruTemp Heating System (220V). ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 1.887,00 1.375,94 48 2020
116219 SciGene TruTemp Heating System (220V). ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 1.887,00 1.375,94 48 2020
132246 Seqüenciador d’ADN a gran escala. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 338.286,38 338.286,38 48 2021
132247 Seqüenciador d’ADN a gran escala. ILLUMINA PRODUCTOS DE ESPAÑA. 338.286,38 338.286,38 48 2021
112203 COVID19 - Mantis V3.3 with Continous flow option. FORMULATRIX. 38.316,00 23.947,50 48 2020
90230 Countess® v.2. LIFE TECHNOLOGIES S.A. 2.748,90 859,05 48 2019
105254 QUBIT 4 FLUOROMETER. LIFE TECHNOLOGIES S.A. 2.044,00 1.022,00 48 2019
106214 Sistema MilliQ IQ 7000. MERCK LIFE SCIENCE S.L.U. 10.193,66 5.309,21 48 2020
119204 AM CSUC 18/22 LOT 2 FAM 201 - Handheld Decapper, 8-Ch, Matrx. LIFE TECHNOLOGIES S.A. 991,70 785,10 48 2021
119205 AM CSUC 18/22 LOT 2 FAM 201 - Handheld Decapper, 8-Ch, Matrx. LIFE TECHNOLOGIES S.A. 991,70 785,10 48 2021
97224 CRG07/19 - Lot 1: Reforma cambres +4 i -20.ºc espais del crg-cnag al PCB (OB1734. ECO-FRED RUBÍ, S.L. 15.154,81 6.314,51 48 2019
97225 CRG07/19 - Lot 2: Sistema monitorització cambres +4 i -20.ºc espais del crg-cnag. ECO-FRED RUBÍ, S.L. 2.203,20 918,00 48 2019
99230 CRG07/19 - Lot 1: Reforma cambres +4 i -20.ºc espais del crg-cnag al PCB (OB1734. ECO-FRED RUBÍ, S.L. 45.464,41 21.785,04 48 2019
99231 CRG07/19 - Lot 2: Sistema monitorització cambres +4 i -20.ºc espais del crg-cnag. ECO-FRED RUBÍ, S.L. 6.609,60 3.167,10 48 2019
105256 CRG07/19 - Lot 1: Reforma cambres +4 i -20.ºc espais del crg-cnag al PCB (OB1734. ECO-FRED RUBÍ, S.L. 15.154,81 7.577,41 48 2019
105257 CRG07/19 - Lot 2: Sistema monitorització cambres +4 i -20.ºc espais del crg-cnag. ECO-FRED RUBÍ, S.L. 2.203,20 1.101,60 48 2019
58210 LECTOR DE PLACAS. IZASA SCIENTIFIC, S.L.U. 0,00 0,00 48 2016
87274 LECTOR DE PLACAS. IZASA SCIENTIFIC, S.L.U. 17.800,00 0,00 48 2018
88207 Activación KMKey Quality (licencia software). EARCON S.L. 3.700,00 0,00 36 2019
122208 Micro centrifuga "C1601 mini"para 8 tubos 1,5-2 ml. LABNET BIOTECNICA. 825,00 704,69 48 2021
125226 AM CSUC 18/22 Lot 5 Fam 518 Micro centrifuga "C1600 mini"para 8 tubos 1,5-2 ml. LABNET BIOTECNICA. 859,55 770,02 48 2021
112221 Labnet International C1303-T Slide Spinner For Slide Drying. BIOGEN CIENTIFICA SL. 376,00 242,84 48 2020
116205 (1/2) Nugenius 5MP cam. BIOGEN CIENTIFICA SL. 2.998,00 2.186,05 48 2020
116202 (1/2) Transiluminador UV (20x24cm; 302nm) 6 tubos. BIOGEN CIENTIFICA SL. 501,50 365,69 48 2020
116204 (2/2) Nugenius 5MP cam. BIOGEN CIENTIFICA SL. 2.998,00 2.186,05 48 2020
116203 (2/2) Transiluminador UV (20x24cm; 302nm) 6 tubos. BIOGEN CIENTIFICA SL. 501,50 365,69 48 2020
53224 Switch. AMAZON EU S.a.r.L - Sucursal en España. 34,06 0,00 36 2016
51206 RENOVACIÓ LLICÈNCIA PROGRAMA: Bitbucket (Server) 25 Users: Academic License Rene. ATLASSIAN Pty Ltd. 415,40 0,00 12 2016
51205 RENOVACIÓ LLICÈNCIA PROGRAMA: Confluence (Server) 50 Users: Academic License Ren. ATLASSIAN Pty Ltd. 507,71 0,00 12 2016
51204 RENOVACIÓ LLICÈNCIA PROGRAMA: FishEye (Server) 25 Users: Academic Software Maint. ATLASSIAN Pty Ltd. 276,93 0,00 12 2016
51203 RENOVACIÓ LLICÈNCIA PROGRAMA: JIRA Software (Server) 50 Users: Academic License. ATLASSIAN Pty Ltd. 761,57 0,00 12 2016
65221 Renovació softwares Atlassian. ATLASSIAN Pty Ltd. 2.134,18 0,00 12 2017
82212 Renewal software maintenance subscriptions: Confluence. FishEye. Bitbucket. Jira. ATLASSIAN Pty Ltd. 1.796,97 0,00 12 2018
117314 Renovació suite Atlassian (Confluence, Bitbucket, Jira Software). ATLASSIAN Pty Ltd. 2.528,08 0,00 12 2020
58226 SOFTWARE BRADY Mod. LABELMARK 6 PRO. para diseño. edición e impresión de etiquet. MICROPLANET LABORATORIOS, S.L. 161,68 0,00 36 2016
87271 OB17342 Projecte executiu cambres +4 i -20.ºC del CNAG. MARTA CORTADELLA SICART. 0,00 0,00 48 2018
88220 OB17342 Projecte executiu cambres +4 i -20.ºC del CNAG. MARTA CORTADELLA SICART. 4.100,00 1.024,96 48 2019
110220 IMPRESORA BRADY Mod. BMP71, MICROPLANET LABORATORIOS, S.L. 1,00 0,48 36 2020
121213 Tanque de nitrogeno liquido mas racks. CRYOGAS S.L. 4.646,72 3.775,46 48 2021
121214 Tanque de nitrogeno liquido mas racks. CRYOGAS S.L. 4.646,72 3.775,46 48 2021
125216 Captair 321 2C Smart (Portable fume cupboard). ERLAB DFS SAS. 1.784,50 1.561,44 48 2021
125217 Captair 321 2C Smart (Portable fume cupboard). ERLAB DFS SAS. 1.784,50 1.561,44 48 2021
75205 Control d'accessos porta CPD - CNAG Torre R. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. -431,03 -17,99 48 2018
64224 CUBETA ELECTROFORESI AGAROSA. CULTEK S.L. 1.277,75 0,00 48 2017
64225 FUENTE DE ALIMENTACION. PIPPIN PULSE. CULTEK S.L. 2.992,50 0,00 48 2017
76228 ELECTROFORESI EN PARALEL AUTOMATITZADA D’ALTA RESOLUCIO. CULTEK S.L. 0,00 0,00 48 2018
87282 ELECTROFORESI EN PARALEL AUTOMATITZADA D’ALTA RESOLUCIO. CULTEK S.L. 42.810,00 2.675,63 48 2018
76227 EXTRACTOR DE ADN. CULTEK S.L. 0,00 0,00 48 2018
87281 EXTRACTOR DE ADN. CULTEK S.L. 37.495,00 2.343,44 48 2018
64234 SAI compacte pel CPD torre I. Liebert NXc 60kVA. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 10.326,40 0,00 48 2017
66225 OB16289 Punts veu i dades Pl2 i Pl10. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 1.429,32 0,00 48 2017
69216 OB16289 Ampliació veu i dades noves posicions treball. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 53,27 0,00 48 2017
69217 OB16289 Ampliació veu i dades noves posicions treball. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 1.322,08 0,00 48 2017
74211 Control d'accessos porta CPD - CNAG Torre R. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 431,03 9,01 48 2018
75204 Control d'accessos porta CPD - CNAG Torre R. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 0,00 0,00 48 2018
87279 Control d'accessos porta CPD - CNAG Torre R. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 431,03 17,99 48 2018
98218 OB19382 Posicions de treball noves en TI02A1 i TI02A2. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 1.516,91 663,67 48 2019
96206 Ice machine GRANIZADOR DE HIELO AF-80 AS COD. 9580006. SERVIQUIMIA S.L. 2.400,00 900,00 48 2019
116234 OB20457 Gestió Instal·lació fibra per equip Promethion. FUNDACIÓ PARC CIENTÍFIC DE BARCELONA. 146,87 104,05 48 2020
121231 CSUC AM19/05 LOTE 1 - MacBook Pro de 13 pulgadas - Sergio Aguilar. ASSECO SPAIN S.A. 0,00 0,00 36 2021
121232 CSUC AM19/05 LOTE 1 - MacBook Pro de 13 pulgadas - Sergio Aguilar. ASSECO SPAIN S.A. 0,00 0,00 36 2021
125235 CSUC AM19/05 LOTE 1 - MacBook Pro de 13 pulgadas - Sergio Aguilar. ASSECO SPAIN S.A. 1.138,82 885,75 36 2021
125237 CSUC AM19/05 LOTE 1 - MacBook Pro de 13 pulgadas - Sergio Aguilar. ASSECO SPAIN S.A. 349,00 271,45 36 2021
121233 CSUC AM19/05 LOTE1 - Macbook Air - Lucia Estelles. ASSECO SPAIN S.A. 1.015,09 789,52 36 2021
125236 ES-Tax - IVA CRG. 54,93 42,73 36 2021
129212 CSUC AM19/05 Lote 1: Macbook Pro. ASSECO SPAIN S.A. 1.678,06 1.538,23 36 2021
130214 CSUC AM19/05 Lote 1: Macbook Air. ASSECO SPAIN S.A. 1.074,60 1.014,90 36 2021
130217 CSUC AM19/05 Lote 1 - Macbook Pro. ASSECO SPAIN S.A. 1.443,77 1.363,57 36 2021
130218 CSUC AM19/05 Lote 1 - Macbook Pro. ASSECO SPAIN S.A. 1.513,41 1.429,34 36 2021
132239 CSUC AM19/05 Lote 1 - Macbook Pro. ASSECO SPAIN S.A. 1.513,41 1.471,38 36 2021
133206 CSUC AM19/05 Lote 1 - Macbook Air Teclado Ingles Internacional (Usuario 1). ASSECO SPAIN S.A. 1.066,74 1.066,74 36 2022
133207 CSUC AM19/05 Lote 1 - Macbook Air Teclado Ingles Internacional (Usuario 2). ASSECO SPAIN S.A. 1.066,74 1.066,74 36 2022
124207 ORDENADOR PORTATIL. LAB MARC M. 2.044,43 0,00 36 2021
124208 ORDENADOR PORTATIL. LAB MARC M. 122,62 0,00 36 2021
124205 ORDENADOR PORTATIL. LAB MARC M. 1.326,98 0,00 36 2021
124206 ORDENADOR PORTATIL. LAB MARC M. 79,58 0,00 36 2021
84201 ORDENADOR PORTATIL PLAN RENUEVE CNAG. 1.211,27 0,00 36 2018
84202 ORDENADOR PORTATIL PLAN RENUEVE CNAG. 1.211,27 0,00 36 2018
55237 ORDENADOR SOBREMESA PLAN RENOVE CNAG. MICROGESTIO. 1.546,22 0,00 36 2016
60202 Macbook PRO 15.4" PLAN RENOVE - CNAG. MICROGESTIO. 1.815,65 0,00 36 2016
61258 ORDENADOR PORTATIL. MARC MARTI. MICROGESTIO. 2.330,52 0,00 36 2016
68214 MacBook 12. Marc Marti. MICROGESTIO. 1.600,00 0,00 36 2017
89206 MacBook Pro charged to 2017 SGR. MICROGESTIO. 1.634,22 90,79 36 2019
89205 MacBook Pro charged to 4DGenome. MICROGESTIO. 1.167,30 64,85 36 2019
109206 Sergi Beltran_1 año de servicio de recogida y devolución_Laptop Dell XPS_Supplie. Punt Informatic i creatiu S.L. 5,71 2,39 36 2020
109207 Sergi Beltran_Cost Device_Laptop Dell XPS_Supplier:Punt Informatic_Presupuesto G. Punt Informatic i creatiu S.L. 1.610,57 671,08 36 2020
84264 Sistema basat en microfluids per aillar i marcar de forma distintiva cèl.lules i. 10X GENOMICS. 0,00 0,00 48 2018
87284 Sistema basat en microfluids per aillar i marcar de forma distintiva cèl.lules i. 10X GENOMICS. 114.305,40 21.432,27 48 2018
75220 UPGRADE COVARIS. COVARIS LTD. 0,00 0,00 48 2018
87280 UPGRADE COVARIS. COVARIS LTD. 41.450,00 1.727,09 48 2018
106211 Mission Bio Tapestri Platform for Single-Cell Sequencing & Analysis + INSTALLATI. MISSION BIO, Inc. 49.200,00 19.475,00 48 2020
106207 Prestatgeria alumini Wikinsa per col.locar PCRs 1.ª p Torre I laboratori. WIKINSA SA. 374,04 194,82 48 2020
117260 ESTANTE SUPER-E. 122X61 + TRANSPORTE. WIKINSA SA. 266,56 237,69 120 2020
117259 POSTE 159 cms. WIKINSA SA. 60,62 54,06 120 2020
117258 RUEDA crom-aro goma 8cm c/freno. WIKINSA SA. 51,52 45,95 120 2020
123212 PromethION LOT 1(50%): Subministrament i instal.lació de Seqüenciador de 3.ª gene. OXFORD NANOPORE TECHNOLOGIES, LTD. 133.613,00 105.776,96 48 2021
123213 PromethION LOT 1(50%): Subministrament i instal.lació de Seqüenciador de 3.ª gene. OXFORD NANOPORE TECHNOLOGIES, LTD. 133.613,00 105.776,96 48 2021
89214 EXP. CRG11/18 (LOT 1) - GridION CapEx - Secuenciador de tercera generacion. OXFORD NANOPORE TECHNOLOGIES LTD. 57.357,10 15.534,23 48 2019
89215 EXP. CRG11/18 (LOT 1) - GridION CapEx - Secuenciador de tercera generacion. OXFORD NANOPORE TECHNOLOGIES LTD. 54.883,71 14.864,36 48 2019
131261 MinION Mk1C Basic Starter Pack "Activity 2.1". OXFORD NANOPORE TECHNOLOGIES PLC. 2.227,50 2.088,29 48 2021
131262 MinION Mk1C Basic Starter Pack "Activity 2.1". OXFORD NANOPORE TECHNOLOGIES PLC. 2.227,50 2.088,29 48 2021
126217 CRG03-21: LOT 3 - Expansion of storage capacity of CNAG HP cluster_New disk arr. INTERNACIONAL PERIFERICOS Y MEMORIAS ESPAÑA, S-L.U. 244.591,55 210.620,51 36 2021
126218 CRG03-21: LOT 3 - Expansion of storage capacity of CNAG HP cluster_New disk arr. INTERNACIONAL PERIFERICOS Y MEMORIAS ESPAÑA, S-L.U. 244.591,55 210.620,51 36 2021
68235 FTP and web server. INTERNACIONAL PERIFERICOS Y MEMORIAS ESPAÑA, S-L.U. 0,00 0,00 36 2017
87276 FTP and web server. INTERNACIONAL PERIFERICOS Y MEMORIAS ESPAÑA, S-L.U. 17.991,94 0,00 36 2018
48396 ACCESORIO PIPETAS. CARROUSEL. 441,00 0,00 48 2015
48292 ACCESORIO ROTOR. 1.050,00 0,00 48 2015
48353 ACCESORIO ROTOR. BUCKETS. 1.140,00 0,00 48 2015
48412 ACCESORIO TEMOMIXER. BLOQUE. 568,10 0,00 48 2015
48480 ACCESORIO TEMOMIXER. BLOQUE. 546,30 0,00 48 2015
48481 ACCESORIO TEMOMIXER. BLOQUE. 546,30 0,00 48 2015
48572 ACONDICIONAMIENTO TELECOMUNICACION. 1.906,29 0,00 36 2015
48573 ACONDICIONAMIENTO TELECOMUNICACION. 16.538,91 0,00 36 2015
48574 ACONDICIONAMIENTO TELECOMUNICACION. 13.255,35 0,00 36 2015
48380 AGITADOR ORBITAL. 276,00 0,00 48 2015
48355 AGITADOR ROTATIVO. 392,00 0,00 48 2015
48318 AGITADOR VORTEX. 1.336,00 0,00 48 2015
48338 AGITADOR VORTEX. 334,00 0,00 48 2015
48374 AGITADOR VORTEX. 270,00 0,00 48 2015
48402 AGITADOR VORTEX. 211,20 0,00 48 2015
48409 AGITADOR VORTEX. 187,85 0,00 48 2015
48410 AGITADOR VORTEX. 187,85 0,00 48 2015
48473 AGITADOR VORTEX. 185,85 0,00 48 2015
48311 AGITADOR W/O CALEFACCION. 801,00 0,00 48 2015
48312 AGITADOR W/O CALEFACCION. 801,00 0,00 48 2015
48313 AGITADOR W/O CALEFACCION. 801,00 0,00 48 2015
48314 AGITADOR W/O CALEFACCION. 1.388,90 0,00 48 2015
48352 Alimentació de grup electrògen. 119.905,12 0,00 48 2015
48734 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO. 607,00 0,00 36 2015
48675 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48676 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48677 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48678 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48679 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48680 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48681 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48682 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48683 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48684 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48685 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48686 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48687 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48688 AMPLIACION ORDENADOR. DISCO DURO 2TB. 406,32 0,00 36 2015
48590 AMPLIACION SISTEMA DE ALMACENAMIENTO. BULL (ESPAÑA), S.A. 649.845,15 0,00 36 2015
48651 AMPLIACION SISTEMA DE ALMACENAMIENTO. 498.950,00 0,00 36 2015
48707 AMPLIACION SISTEMA DE ALMACENAMIENTO Y CALCULO. 198.767,00 0,00 36 2015
48324 ARMARIO DE SEGUREDAD. 1.774,40 0,00 120 2015
48309 AUTOCLAVE. 4.232,80 0,00 48 2015
48287 BALANZA. 1.807,50 0,00 48 2015
48288 BALANZA. 1.807,50 0,00 48 2015
48289 BALANZA. 1.807,50 0,00 48 2015
48290 BALANZA. 1.807,50 0,00 48 2015
48291 BALANZA. 1.807,50 0,00 48 2015
48267 BALANZA DE PRECISION. 2.568,00 0,00 48 2015
48354 BAÑO TERMOSTATIZADO. 1.596,50 0,00 48 2015
48350 Bateries de condensadors per l. 97.646,18 0,00 48 2015
48293 BIOANALIZADOR 2100. 16.163,84 0,00 48 2015
48336 BIOANALIZADOR 2100. 16.183,04 0,00 48 2015
48568 BIOANALIZADOR 2100. 9.900,20 0,00 48 2015
48390 BOMBA MEMBRANA. 238,40 0,00 48 2015
48586 BUC. 131,05 41,44 120 2015
48587 BUC. 131,05 41,44 120 2015
48498 Cabina alta seguretat. 5.300,00 0,00 48 2015
48382 CABINA DE FLUJO LAMINAR DE SEGURIDAD BIOLOGICA. 5.045,16 0,00 48 2015
48671 CAMERA DE FOTOS. 117,90 0,00 36 2015
48294 CENTRIFUGA. 1.900,00 0,00 48 2015
48295 CENTRIFUGA. 1.900,00 0,00 48 2015
48296 CENTRIFUGA. 4.050,00 0,00 48 2015
48297 CENTRIFUGA. 4.050,00 0,00 48 2015
48339 CENTRIFUGA. 1.900,00 0,00 48 2015
48407 CENTRIFUGA. 1.130,50 0,00 48 2015
48471 CENTRIFUGA. 1.054,20 0,00 48 2015
48487 CENTRIFUGA. 2.654,40 0,00 48 2015
48275 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48276 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48277 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48278 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48279 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48280 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48281 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48282 CENTRIFUGA MINISPIN. 225,25 0,00 48 2015
48283 CENTRIFUGA MINISPIN. 246,81 0,00 48 2015
48284 CENTRIFUGA MINISPIN. 246,81 0,00 48 2015
48384 CENTRIFUGA MINISPIN. 232,22 0,00 48 2015
48385 CENTRIFUGA MINISPIN. 232,22 0,00 48 2015
48386 CENTRIFUGA MINISPIN. 232,22 0,00 48 2015
48387 CENTRIFUGA MINISPIN. 169,63 0,00 48 2015
48388 CENTRIFUGA MINISPIN. 169,63 0,00 48 2015
48389 CENTRIFUGA MINISPIN. 169,63 0,00 48 2015
48413 CENTRIFUGA MINISPIN. 246,10 0,00 48 2015
48414 CENTRIFUGA MINISPIN. 246,10 0,00 48 2015
48415 CENTRIFUGA MINISPIN. 219,65 0,00 48 2015
48467 CENTRIFUGA MINISPIN. 230,15 0,00 48 2015
48468 CENTRIFUGA MINISPIN. 230,15 0,00 48 2015
48469 CENTRIFUGA MINISPIN. 230,15 0,00 48 2015
48470 CENTRIFUGA MINISPIN. 219,64 0,00 48 2015
48476 CENTRIFUGA MINISPIN. 219,65 0,00 48 2015
48477 CENTRIFUGA MINISPIN. 219,65 0,00 48 2015
48499 CENTRIFUGA MINISPIN. 209,13 0,00 48 2015
48500 CENTRIFUGA MINISPIN. 209,13 0,00 48 2015
48501 CENTRIFUGA MINISPIN. 209,13 0,00 48 2015
48502 CENTRIFUGA MINISPIN. 209,13 0,00 48 2015
48285 CENTRIFUGA REFRIGERADA. 5.904,00 0,00 48 2015
48486 CENTRIFUGA REFRIGERADA. 4.716,80 0,00 48 2015
48362 CLUSTER CBOT. 287.784,14 0,00 48 2015
48364 CLUSTER CBOT. 287.784,14 0,00 48 2015
48366 CLUSTER CBOT. 287.784,14 0,00 48 2015
48368 CLUSTER CBOT. 287.784,14 0,00 48 2015
48589 CLUSTER DE CALCULO. 649.750,70 0,00 36 2015
48398 Compresor Jun-Air. 1.907,55 0,00 48 2015
48250 CONGELADOR -80.ºC. 9.000,00 0,00 48 2015
48243 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48244 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48245 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48246 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48247 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48248 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48249 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48258 CONGELADOR-20.ºC. 1.243,75 0,00 48 2015
48231 Control panel of MCProS machine. 3.337,00 0,00 48 2015
48233 Control panel of MCProS machine. 3.337,00 0,00 48 2015
48234 Control panel of MCProS machine. 3.337,00 0,00 48 2015
48236 Control panel of MCProS machine. 3.337,00 0,00 48 2015
48238 Control panel of MCProS machine. 3.337,00 0,00 48 2015
48240 Control panel of MCProS machine. 3.337,00 0,00 48 2015
48689 CONTROLLADORA SWITCH. 527,70 0,00 36 2015
48416 CROSSLINKER. 1.206,43 0,00 48 2015
48570 DC/RC mini-destapador. 3.600,00 0,00 48 2015
48495 Dynamag-2. 423,94 0,00 48 2015
48504 Dynamag-2. 445,40 0,00 48 2015
48392 DynaMag-96. 1.686,00 0,00 48 2015
48491 Dynamag-96. 442,58 0,00 48 2015
48492 Dynamag-96. 442,58 0,00 48 2015
48493 Dynamag-96. 442,58 0,00 48 2015
48494 Dynamag-96. 442,58 0,00 48 2015
48503 Dynamag-96. 531,90 0,00 48 2015
48512 Dynamag-96. 147,75 0,00 48 2015
48391 E-Gel iBase and Safe Imager ki. 788,00 0,00 48 2015
48310 E-Gel® iBase™ and Safe Image. 640,00 0,00 48 2015
48576 ENCUADERNADORA. 277,35 20,76 120 2015
48226 ESPECTROFOTOMETRO. 9.000,00 0,00 48 2015
48227 ESPECTROFOTOMETRO. 9.000,00 0,00 48 2015
48209 ESTACION DE TRABAJO. 2.681,63 0,00 36 2015
48592 ESTACION DE TRABAJO. 4.490,00 0,00 36 2015
48652 ESTACION DE TRABAJO. 2.838,71 0,00 36 2015
48665 ESTACION DE TRABAJO. 3.152,17 0,00 36 2015
48716 ESTACION DE TRABAJO. 3.509,50 0,00 36 2015
48725 ESTACION DE TRABAJO. 3.704,27 0,00 36 2015
48728 ESTACION DE TRABAJO. 4.787,30 0,00 36 2015
48737 ESTACION DE TRABAJO. 2.936,89 0,00 36 2015
48738 ESTACION DE TRABAJO. 2.936,89 0,00 36 2015
48370 Fast-Mini Horizontal Gel. 267,74 0,00 48 2015
48371 Fast-Mini Horizontal Gel. 267,74 0,00 48 2015
48372 Fast-Mini Horizontal Gel. 267,74 0,00 48 2015
48373 Fast-Mini Horizontal Gel. 267,74 0,00 48 2015
48303 Fast-Mini Horizontal Gel (4ut). 277,44 0,00 48 2015
48304 Fast-Mini Horizontal Gel (4ut). 277,44 0,00 48 2015
48305 Fast-Mini Horizontal Gel (4ut). 277,44 0,00 48 2015
48306 Fast-Mini Horizontal Gel (4ut). 277,44 0,00 48 2015
48403 Foil Stripper (Matrix AB-0592). 374,40 0,00 48 2015
48329 FUENTE DE ALIMENTACION. 1.153,00 0,00 48 2015
48330 FUENTE DE ALIMENTACION. 1.153,00 0,00 48 2015
48331 FUENTE DE ALIMENTACION. 1.153,00 0,00 48 2015
48332 FUENTE DE ALIMENTACION. 1.153,00 0,00 48 2015
48383 FUENTE DE ALIMENTACION. 693,60 0,00 48 2015
48351 Grup Electrògen per l'alimenta. 31.746,00 0,00 48 2015
48214 Identitat i web (disseny+progr. 24.800,00 0,00 36 2015
48603 IMPRESORA DE ETIQUETAS. 1.276,50 0,00 36 2015
48668 IMPRESORA DE ETIQUETAS. 485,00 0,00 36 2015
48328 Impresora médica monocromatica. 664,00 0,00 36 2015
48517 INCUBADOR CO2. 3.800,00 0,00 48 2015
48484 IsoPack y IsoRack set. 39,96 0,00 48 2015
48485 IsoPack y IsoRack set. 39,96 0,00 48 2015
48213 LICENCIA PERPETUA ERP. SAP. 30.360,00 0,00 36 2015
48201 LICENCIA PERPETUA ERP. SAP Add-on. 1.500,00 0,00 36 2015
48217 LICENCIA PERPETUA. Adobe Acrobat writer. 323,87 0,00 36 2015
48212 LICENCIA PERPETUA. Office Pro07 W32 I. 1.022,00 0,00 36 2015
48216 LICENCIA PERPETUA. Quartos Tools. 6.048,26 0,00 36 2015
48321 Logger de humitat/temperatura. 927,00 0,00 48 2015
48549 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48550 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48551 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48552 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48553 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48554 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48555 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48556 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48557 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48558 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48559 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48560 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48561 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48562 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48563 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48564 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48565 Logger de temperatura. 379,77 0,00 48 2015
48315 MAQUINA DE HIELO. 2.773,76 0,00 48 2015
48316 MAQUINA DE HIELO. 2.773,76 0,00 48 2015
48317 MAQUINA DE HIELO. 2.773,76 0,00 48 2015
48658 Maximum performance. 23.447,03 0,00 36 2015
48307 Maxi-Plus Horizontal Gel (2ut). 788,44 0,00 48 2015
48308 Maxi-Plus Horizontal Gel (2ut). 788,44 0,00 48 2015
48514 MICROSCOPIO INVERTIDO. 4.615,00 0,00 48 2015
48698 MINI SECUENCIADOR. 1.445,60 0,00 48 2015
48327 MOBILIARIO DE LABORATORIO PARA SECUENCIADORES. 210.084,00 0,00 48 2015
48705 MOITOR. 103,80 0,00 36 2015
48593 MONITOR. 134,00 0,00 36 2015
48598 MONITOR. 168,00 0,00 36 2015
48599 MONITOR. 168,00 0,00 36 2015
48619 MONITOR. 190,78 0,00 36 2015
48625 MONITOR. 212,00 0,00 36 2015
48626 MONITOR. 212,00 0,00 36 2015
48644 MONITOR. 106,74 0,00 36 2015
48648 MONITOR. 229,64 0,00 36 2015
48649 MONITOR. 213,53 0,00 36 2015
48654 MONITOR. 228,24 0,00 36 2015
48655 MONITOR. 228,24 0,00 36 2015
48662 MONITOR. 114,82 0,00 36 2015
48663 MONITOR. 114,82 0,00 36 2015
48664 MONITOR. 114,82 0,00 36 2015
48674 MONITOR. 164,84 0,00 36 2015
48691 MONITOR. 965,00 0,00 36 2015
48696 MONITOR. 114,00 0,00 36 2015
48697 MONITOR. 110,00 0,00 36 2015
48706 MONITOR. 345,24 0,00 36 2015
48709 MONITOR. 160,00 0,00 36 2015
48711 MONITOR. 113,22 0,00 36 2015
48713 MONITOR. 169,00 0,00 36 2015
48714 MONITOR. 169,00 0,00 36 2015
48719 MONITOR. 109,07 0,00 36 2015
48720 MONITOR. 157,60 0,00 36 2015
48721 MONITOR. 157,60 0,00 36 2015
48722 MONITOR. 167,97 0,00 36 2015
48724 MONITOR. 170,79 0,00 36 2015
48726 MONITOR. 231,09 0,00 36 2015
48729 MONITOR. 199,01 0,00 36 2015
48730 MONITOR. 121,75 0,00 36 2015
48731 MONITOR. 340,00 0,00 36 2015
48242 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48251 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48252 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48253 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48254 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48255 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48256 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48257 NEVERA ALTA. 1.243,75 0,00 48 2015
48567 NEVERA ALTA. 313,22 0,00 48 2015
48569 NEVERA BAJO POYARA. 106,61 0,00 48 2015
48422 NEVERA DOBLE. 265,00 0,00 48 2015
48474 NEVERA. MINI. 51,76 0,00 48 2015
48475 NEVERA. MINI. 51,76 0,00 48 2015
48207 ORDENADOR PORTATIL. 2.307,00 0,00 36 2015
48208 ORDENADOR PORTATIL. 1.407,00 0,00 36 2015
48595 ORDENADOR PORTATIL. 1.774,00 0,00 36 2015
48600 ORDENADOR PORTATIL. 1.634,00 0,00 36 2015
48604 ORDENADOR PORTATIL. 2.799,78 0,00 36 2015
48606 ORDENADOR PORTATIL. 2.352,60 0,00 36 2015
48608 ORDENADOR PORTATIL. 2.591,78 0,00 36 2015
48613 ORDENADOR PORTATIL. 2.175,71 0,00 36 2015
48616 ORDENADOR PORTATIL. 1.350,00 0,00 36 2015
48617 ORDENADOR PORTATIL. 2.397,40 0,00 36 2015
48620 ORDENADOR PORTATIL. 725,00 0,00 36 2015
48636 ORDENADOR PORTATIL. 592,00 0,00 36 2015
48642 ORDENADOR PORTATIL. 492,30 0,00 36 2015
48645 ORDENADOR PORTATIL. 1.324,00 0,00 36 2015
48650 ORDENADOR PORTATIL. 1.721,00 0,00 36 2015
48656 ORDENADOR PORTATIL. 2.034,00 0,00 36 2015
48659 ORDENADOR PORTATIL. 1.029,76 0,00 36 2015
48666 ORDENADOR PORTATIL. 671,10 0,00 36 2015
48672 ORDENADOR PORTATIL. 1.983,57 0,00 36 2015
48692 ORDENADOR PORTATIL. 1.537,00 0,00 36 2015
48693 ORDENADOR PORTATIL. 2.626,00 0,00 36 2015
48694 ORDENADOR PORTATIL. 1.750,00 0,00 36 2015
48695 ORDENADOR PORTATIL. 1.068,51 0,00 36 2015
48700 ORDENADOR PORTATIL. 2.877,22 0,00 36 2015
48708 ORDENADOR PORTATIL. 1.360,00 0,00 36 2015
48712 ORDENADOR PORTATIL. 1.675,00 0,00 36 2015
48715 ORDENADOR PORTATIL. 924,00 0,00 36 2015
48723 ORDENADOR PORTATIL. 725,00 0,00 36 2015
48735 ORDENADOR PORTATIL. 932,00 0,00 36 2015
48739 ORDENADOR PORTATIL. 1.217,92 0,00 36 2015
48627 ORDENADOR PORTATIL. TABLET. 779,67 0,00 36 2015
48206 ORDENADOR SOBREMESA. 713,00 0,00 36 2015
48601 ORDENADOR SOBREMESA. 1.038,90 0,00 36 2015
48602 ORDENADOR SOBREMESA. 664,40 0,00 36 2015
48607 ORDENADOR SOBREMESA. 1.146,80 0,00 36 2015
48609 ORDENADOR SOBREMESA. 644,40 0,00 36 2015
48610 ORDENADOR SOBREMESA. 644,40 0,00 36 2015
48611 ORDENADOR SOBREMESA. 644,40 0,00 36 2015
48612 ORDENADOR SOBREMESA. 644,40 0,00 36 2015
48614 ORDENADOR SOBREMESA. 660,80 0,00 36 2015
48615 ORDENADOR SOBREMESA. 898,25 0,00 36 2015
48621 ORDENADOR SOBREMESA. 663,10 0,00 36 2015
48622 ORDENADOR SOBREMESA. 663,10 0,00 36 2015
48628 ORDENADOR SOBREMESA. 714,60 0,00 36 2015
48629 ORDENADOR SOBREMESA. 714,60 0,00 36 2015
48630 ORDENADOR SOBREMESA. 714,60 0,00 36 2015
48633 ORDENADOR SOBREMESA. 686,40 0,00 36 2015
48634 ORDENADOR SOBREMESA. 713,00 0,00 36 2015
48635 ORDENADOR SOBREMESA. 676,40 0,00 36 2015
48638 ORDENADOR SOBREMESA. 713,00 0,00 36 2015
48643 ORDENADOR SOBREMESA. 715,85 0,00 36 2015
48646 ORDENADOR SOBREMESA. 697,64 0,00 36 2015
48647 ORDENADOR SOBREMESA. 854,64 0,00 36 2015
48653 ORDENADOR SOBREMESA. 572,70 0,00 36 2015
48661 ORDENADOR SOBREMESA. 2.454,06 0,00 36 2015
48667 ORDENADOR SOBREMESA. 640,00 0,00 36 2015
48669 ORDENADOR SOBREMESA. 752,74 0,00 36 2015
48670 ORDENADOR SOBREMESA. 752,74 0,00 36 2015
48673 ORDENADOR SOBREMESA. 1.082,45 0,00 36 2015
48690 ORDENADOR SOBREMESA. 1.222,31 0,00 36 2015
48699 ORDENADOR SOBREMESA. 881,90 0,00 36 2015
48702 ORDENADOR SOBREMESA. 905,46 0,00 36 2015
48710 ORDENADOR SOBREMESA. 568,00 0,00 36 2015
48718 ORDENADOR SOBREMESA. 579,00 0,00 36 2015
48727 ORDENADOR SOBREMESA. 489,01 0,00 36 2015
48732 ORDENADOR SOBREMESA. 691,22 0,00 36 2015
48733 ORDENADOR SOBREMESA. 824,43 0,00 36 2015
48618 ORDENADOR SOBREMESA + MONITOR 22". 663,10 0,00 36 2015
48623 ORDENADOR SOBREMESA + MONITOR LG. 668,40 0,00 36 2015
48624 ORDENADOR SOBREMESA + MONITOR LG. 668,40 0,00 36 2015
48632 ORDENADOR SOBREMESA + MONITOR LG. 2.080,50 0,00 36 2015
48596 ORDENADOR SOBREMESA + MONITOR PHILIPS. 5.467,20 0,00 36 2015
48605 PANTALLA PARA PROYECTOR. 688,00 0,00 36 2015
48230 PCR. 3.337,00 0,00 48 2015
48232 PCR. 3.337,00 0,00 48 2015
48235 PCR. 3.337,00 0,00 48 2015
48237 PCR. 3.337,00 0,00 48 2015
48239 PCR. 3.337,00 0,00 48 2015
48241 PCR. 3.337,00 0,00 48 2015
48346 PCR. 2.880,00 0,00 48 2015
48347 PCR. 2.880,00 0,00 48 2015
48404 PCR. 5.250,00 0,00 48 2015
48490 PCR. 5.280,00 0,00 48 2015
48543 PCR. 2.499,00 0,00 48 2015
48544 PCR. 2.499,00 0,00 48 2015
48545 PCR. 4.222,00 0,00 48 2015
48546 PCR. 4.222,00 0,00 48 2015
48547 PCR. 4.222,00 0,00 48 2015
48548 PCR. 5.412,55 0,00 48 2015
48335 PCR WORKSTATION. 3.050,40 0,00 48 2015
48641 PCR WORKSTATION. 2.710,50 0,00 48 2015
48482 PCR-Cooler 0.2 ml. 80,28 0,00 48 2015
48483 PCR-Cooler 0.2 ml. 80,28 0,00 48 2015
48579 Penjarrobes de peu. 19,25 0,00 120 2015
48580 Penjarrobes de peu. 19,25 0,00 120 2015
48581 penjarrobes de peu. 77,00 0,00 120 2015
48323 pH Metre sobretaula 3505. 370,00 0,00 48 2015
48218 PIPETA. 1.950,00 0,00 48 2015
48219 PIPETA. 1.950,00 0,00 48 2015
48220 PIPETA. 1.612,50 0,00 48 2015
48221 PIPETA. 1.612,50 0,00 48 2015
48222 PIPETA. 1.612,50 0,00 48 2015
48223 PIPETA. 3.225,00 0,00 48 2015
48333 PIPETA. 740,80 0,00 48 2015
48340 PIPETA. 258,75 0,00 48 2015
48341 PIPETA. 195,00 0,00 48 2015
48342 PIPETA. 161,25 0,00 48 2015
48343 PIPETA. 161,25 0,00 48 2015
48344 PIPETA. 161,25 0,00 48 2015
48345 PIPETA. 161,25 0,00 48 2015
48348 PIPETA. 185,00 0,00 48 2015
48375 PIPETA. 780,00 0,00 48 2015
48376 PIPETA. 975,00 0,00 48 2015
48377 PIPETA. 645,00 0,00 48 2015
48378 PIPETA. 645,00 0,00 48 2015
48379 PIPETA. 806,25 0,00 48 2015
48405 PIPETA. 2.644,79 0,00 48 2015
48406 PIPETA. 270,00 0,00 48 2015
48421 PIPETA. 194,65 0,00 48 2015
48436 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48437 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48438 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48439 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48440 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48441 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48442 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48443 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48444 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48445 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48446 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48447 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48448 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48449 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48450 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48451 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48452 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48453 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48454 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48455 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48456 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48457 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48458 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48459 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48460 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48461 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48462 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48463 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48464 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48465 PIPETA. 165,00 0,00 48 2015
48505 PIPETA. 199,75 0,00 48 2015
48506 PIPETA. 399,50 0,00 48 2015
48507 PIPETA. 199,75 0,00 48 2015
48508 PIPETA. 399,50 0,00 48 2015
48298 PIPETA MULTICANA ADJUSTABLE. 649,50 0,00 48 2015
48268 PIPETA MULTICANAL. 684,75 0,00 48 2015
48269 PIPETA MULTICANAL. 684,75 0,00 48 2015
48270 PIPETA MULTICANAL. 528,00 0,00 48 2015
48271 PIPETA MULTICANAL. 447,75 0,00 48 2015
48272 PIPETA MULTICANAL. 447,75 0,00 48 2015
48273 PIPETA MULTICANAL. 447,75 0,00 48 2015
48274 PIPETA MULTICANAL. 160,50 0,00 48 2015
48299 PIPETA MULTICANAL. 1.216,50 0,00 48 2015
48300 PIPETA MULTICANAL. 1.056,00 0,00 48 2015
48301 PIPETA MULTICANAL. 1.056,00 0,00 48 2015
48302 PIPETA MULTICANAL. 1.056,00 0,00 48 2015
48349 PIPETA MULTICANAL. 632,00 0,00 48 2015
48393 PIPETA MULTICANAL. 2.740,50 0,00 48 2015
48394 PIPETA MULTICANAL. 2.740,50 0,00 48 2015
48395 PIPETA MULTICANAL. 2.740,50 0,00 48 2015
48423 PIPETA MULTICANAL. 525,95 0,00 48 2015
48424 PIPETA MULTICANAL. 525,95 0,00 48 2015
48425 PIPETA MULTICANAL. 525,95 0,00 48 2015
48426 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48427 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48428 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48429 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48430 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48431 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48432 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48433 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48434 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48435 PIPETA MULTICANAL. 445,55 0,00 48 2015
48497 PIPETA MULTICANAL. 525,95 0,00 48 2015
48509 PIPETA MULTICANAL. 1.570,00 0,00 48 2015
48510 PIPETA MULTICANAL. 1.330,00 0,00 48 2015
48511 PIPETA MULTICANAL. 1.330,00 0,00 48 2015
48538 PIPETA MULTICANAL. 804,00 0,00 48 2015
48539 PIPETA MULTICANAL. 456,27 0,00 48 2015
48540 PIPETA MULTICANAL. 681,00 0,00 48 2015
48541 PIPETA MULTICANAL. 456,27 0,00 48 2015
48542 PIPETA MULTICANAL. 681,00 0,00 48 2015
48397 PIPETA REPETITIVA. 399,00 0,00 48 2015
48417 PIPETA REPETITIVA. 228,65 0,00 48 2015
48418 PIPETA REPETITIVA. 228,65 0,00 48 2015
48466 PIPETA REPETITIVA. 237,00 0,00 48 2015
48518 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48519 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48520 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48521 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48522 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48523 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48524 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48525 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48526 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48527 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48528 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48529 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48530 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48531 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48532 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48533 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48534 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48535 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48536 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48537 Pipette tips. 79,56 0,00 48 2015
48478 Placa adaptadora. 144,00 0,00 48 2015
48479 Placa adaptadora. 144,00 0,00 48 2015
48411 Placa de ajuste. 153,26 0,00 48 2015
48229 PLATE READER. 17.000,00 0,00 48 2015
48594 PROYECTOR. 895,00 0,00 36 2015
48701 PROYECTOR. 1.161,30 0,00 36 2015
48717 PROYECTOR. 1.513,80 0,00 36 2015
48228 REAL TIME PCR. 52.600,00 0,00 48 2015
48211 REFORMA CNAG. 62.785,44 0,00 48 2015
48210 REFORMA PT. CNAG. 2.783.814,98 0,00 48 2015
48225 ROBOT PARA DISPENSAR LIQUIDOS. 39.064,00 0,00 48 2015
48399 ROBOT PARA SECUENCIADORES. 111.600,00 0,00 48 2015
48400 ROBOT PARA SECUENCIADORES. 111.600,00 0,00 48 2015
48401 ROBOT PARA SECUENCIADORES. 55.800,00 0,00 48 2015
48286 ROTOR. 5.904,00 0,00 48 2015
48334 ROTOR. 6.594,00 0,00 48 2015
48408 ROTOR. 149,60 0,00 48 2015
48515 ROTOR. 1.611,60 0,00 48 2015
48516 ROTOR. 969,85 0,00 48 2015
48472 Rotor para microplacas. 147,00 0,00 48 2015
48488 ROTOR PARA PLACAS. 1.132,00 0,00 48 2015
48489 ROTOR PARA PLACAS. 1.132,00 0,00 48 2015
48381 ROTOR PLACAS PARA SPEEDVAC A. 1.007,00 0,00 48 2015
48657 SAMSUNG. 610,68 0,00 36 2015
48356 SECUENCIADOR. 287.784,14 0,00 48 2015
48357 SECUENCIADOR. 575.568,28 0,00 48 2015
48358 SECUENCIADOR. 575.568,28 0,00 48 2015
48359 SECUENCIADOR. 575.568,28 0,00 48 2015
48360 SECUENCIADOR. 575.568,28 0,00 48 2015
48361 SECUENCIADOR. 575.568,28 0,00 48 2015
48363 SECUENCIADOR. 287.784,14 0,00 48 2015
48365 SECUENCIADOR. 287.784,14 0,00 48 2015
48367 SECUENCIADOR. 287.784,14 0,00 48 2015
48369 SECUENCIADOR. 575.568,28 0,00 48 2015
48660 SECUENCIADOR. 99.264,64 0,00 48 2015
48205 Serveis de millora SAP Add-on Projectes. 1.000,00 0,00 36 2015
48202 Serveis de millora SAP Add-on Projectes. 1.000,00 0,00 36 2015
48204 Serveis impllantació ref: 07/10-CL-0-10-11. 7.830,00 0,00 36 2015
48203 Serveis impllantació ref: 07/10-CL-0-10-11. 10.440,00 0,00 36 2015
48631 SERVIDOR. 5.219,66 0,00 36 2015
48637 SERVIDOR. 26.055,81 0,00 36 2015
48584 SILLA. 51,60 16,32 120 2015
48585 SILLA. 51,60 16,32 120 2015
48588 SILLA. 189,45 59,91 120 2015
48513 Single-Cell Auto Prep System. 124.550,00 0,00 48 2015
48419 SISTEMA DE ELECTROFORESI CAPILLLAR. 40.800,00 0,00 48 2015
48325 SISTEMA DE FOTODOCUMENTACION DE GELES. 4.387,50 0,00 48 2015
48591 SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA. 869,95 0,00 36 2015
48597 SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA. 12.989,05 0,00 36 2015
48640 SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA. 399,95 0,00 36 2015
48703 SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA. 831,26 0,00 36 2015
48704 SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA. 310,00 0,00 36 2015
48736 SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA. 269,95 0,00 36 2015
48215 Software EndNote para PC. 211,65 0,00 36 2015
48571 Sol·licitud Llicència ambiental. 4.640,00 0,00 48 2015
48337 SPEEDVAD. 6.999,60 0,00 48 2015
48420 Starpet pro Cordless Pipette. 904,02 0,00 48 2015
48583 Suport de columna mòbil. 535,00 97,73 120 2015
48639 SWITCH. 1.596,93 0,00 36 2015
48582 Taula amb rodes. 2.009,77 0,00 120 2015
48577 Taulas amb rodes. 2.009,78 0,00 120 2015
48578 Taulas amb rodes. 2.009,78 0,00 120 2015
48566 Termòmetre estanco. 238,50 0,00 48 2015
48319 TERMOSELLADORA. 2.671,90 0,00 48 2015
48320 TERMOSELLADORA. 2.671,90 0,00 48 2015
48259 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48260 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48261 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48262 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48263 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48264 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48265 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48266 THERMOMIXER. 2.359,25 0,00 48 2015
48322 TRANSILLUMINADOR. 1.749,83 0,00 48 2015
48326 TRANSILLUMINADOR. 4.387,50 0,00 48 2015
48224 ULTRASONICADOR. 118.163,20 0,00 48 2015
48496 ULTRASONICADOR. 168.000,00 0,00 48 2015
48575 Vinils òpal. 4.953,20 0,00 48 2015
      21.109.084,18 2.520.803,72    
ANEXO IV
Distribución y reparto de activos inmateriales

El CRG y el consorcio CNAG suscribirán mediante anexo al proyecto de escisión parcial un acuerdo de distribución y reparto de derechos de propiedad intelectual e industrial que establecerá la titularidad de los mismos y la participación en beneficios por su explotación de acuerdo a lo indicado en la tabla siguiente, que podrá incorporar los términos y condiciones que se acuerden. En lo que proceda, será de aplicación al consorcio CNAG lo establecido en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Tipo Denominación Estado Titularidad/derechos disponibles Titularidad/derechos a traspasar al consorcio
Compañía (Spin off) Omniscope Limited Constituida (n.º de registro de la compañía C 97875, Malta). 387.840 participaciones sociales del CRG. 90 % de las participaciones sociales que actualmente tiene el CRG.
Compañía (Spin off) Genieomics* Pendiente de constitución. No disponibles*. * Ver nota.
Software LIMS No registrado (en curso de registro).

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

Software GPAP (Genome Phenome Analysis Platform) No registrado (en curso de registro).

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

100 % titularidad.

Derechos explotación: pendiente de acuerdo CRG-CNAG.

Software LIMS ORFEU No registrado.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

Pendiente de definición en futuro acuerdo CRG-CNAG.
Software AI Organoides No registrado. Titularidad compartida con Universidad Pompeu Fabra y otros.

100% titularidad.

90% derechos explotación.

Marca CNAG Registrado.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

Marca RD-Connect Registrado.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

100 % titularidad.

85 % derechos explotación.

Marca Genigma Registrado.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

50 % titularidad.

50 % derechos explotación.

Marca Clinisuite Registrado.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

100 % titularidad.

100 % derechos explotación.

*  Nota: Respecto a la futura constitución prevista de una compañía con denominación provisional ‘Genieomics’, se prevé que la Fundación CRG y el Consorcio CNAG colaborarán mediante sendas aportaciones al capital de la nueva sociedad, respetando los ratios 15 %-85 % respectivamente respecto a la cuantía total aportada globalmente por ambas entidades. Los beneficios derivados de la explotación obtenidos corresponderán 85 % al Consorcio CNAG y 15 % al CRG.

ANEXO V
Listado de proyectos de I+D+I a traspasar

Proyectos CNAG

N.º proyecto Ref oficial Nombre completo Fecha inicio Fecha fin Entidad convocante Presupuesto financiable
6818 ICTS-2017-04-CRG-2 IOT: PLT Secuenciación masiva. 01-ene-16 30-jun-23 MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD-CNAG. 3.200.000,00 (presupuesto total 6.400.000,00)
7235 ChromDesign-813327 Chromatin architecture and Design. 01-sep-18 28-feb-23 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 225.304,88
6900 BCLLatlas-810287 Single-cell genomics to comprehensively understand healthy B-cell maturation and transformation to chronic lymphocytic leukemia. 01-abr-19 31-mar-24 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 1.408.608,15
7062 IMMUcan-821558 Integrated IMMUnoprofiling of large adaptive CANcer patients cohorts. 01-mar-19 31-ago-24 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 507.625,83
7102 824110-EASI-Genomics European Advanced infraStructure. 01-feb-19 31-ene-23 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 324.250,00
7175 EJP RD-825575 European Joint Programme on Rare Diseases. 01-ene-19 31-dic-23 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 899.126,47
7278 3TR-831434 Identification of the Molecular Mechanisms of non-response to Treatments, Relapses and Remission in Autoimmune, Inflammatory, and Allergic Conditions. 01-sep-19 31-ago-26 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 1.665.250,00
7461 PGC2018-099640-B-I00 Inferencia de la estructura espacial genómica de los datos de metilación del ADN en muestras sanas y de cáncer. 01-ene-19 30-sep-22 MINISTERIO DE CIENCIA INNOVACION Y UNIV.–CNAG. 105.875,00
7469 PRE2018-085310 A single-cell resolved atlas of the human B-cell lineage in health and disease. 01-jul-19 30-jun-23 MINISTERIO DE CIENCIA INNOVACION Y UNIV.–CNAG. 88.250,00
7485 824110-EASI-Genomics European Advanced infraStructure. 01-feb-19 31-ene-23 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 980.021,08
7488 824110-EASI-Genomics European Advanced infraStructure for Innovative Genomics-ISA. 01-feb-19 31-ene-23 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 574.498,10
7579 BCLLatlas-810287 Single-cell genomics to comprehensively understand healthy B-cell maturation and transformation to chronic lymphocytic leukemia. 01-abr-19 31-mar-24 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 4.042.622,50
8088 EOSC-Life- 824087 «Providing an open collaborative space for digital biology in Europe». 01-mar-19 31-ago-23 EMBL-CNAG. 22.500,00
7406 DocTIS-848028 DECISION ON OPTIMAL COMBINATORIAL THERAPIES IN IMIDS USING SYSTEMS APPROACHES. 01-ene-20 31-dic-25 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 1.065.750,00
7673 201902-31 Dietary fatty acids and metastasis: identifying new therapeutic strategies against metastatic-initiating cells. 21-jul-20 20-jul-23 FUNDACIO MARATO TV3-CNAG. 180.000,00
7674 201903-32 T cell exclusion during cancer immune evasion and immunotherapy failure: analysis of cell types, transcriptional programs and biomechanics. 21-jul-20 20-jul-23 FUNDACIO MARATO TV3-CNAG. 133.125,00
7995 2020 FI_B 00820 Cuando éramos sanos. Análisis de fenotipos médicos humanos desde un punto de vista evolutivo. 01-may-20 30-abr-23 AGAUR - AGENCIA GESTIO D'AJUTS UNIVERSITARIS-CNAG. 66.589,78
8010 951724-B1MG Beyond 1M Genomes. 01-jun-20 31-may-23 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 205.161,75
8012 951773-PerMedCoE HPC/Exascale Center of Excellence in Personalised Medicine - PerMedCoE. 01-oct-20 30-sep-23 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 122.500,00
8153 FPU19/04886 Estudio integrativo de datos genómicos obtenidos con técnicas single-cell para descifrar mecanismos moleculares y marcadores de patologías autoinmunes. 01-nov-20 31-oct-24 MINISTERIO DE UNIVERSIDADES-CNAG. 71.134,42
8205 ICT2021-006736 Refuerzo del liderazgo internacional de la ICTS OmicsTech mediante la adquisición equipamiento última generación para el estudio de genomas y proteomas en muestras biomédicas (BIOLIDER). 01-feb-20 31-dic-25 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION-CNAG. 250.000,00
8455 HR20-00411 Virtual patient derived xenografts for tumor treatment". 15-dic-20 14-dic-23 FUNDACIO LA CAIXA. 331.430,00
8082 101000309-3D-omics Three-dimensional holo’omic landscapes to unveil host-microbiota interactions shaping animal production. 01-sep-21 31-ago-25 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 670.450,00
8142 202004-30 iGenCO: In-depth genomics and cross-omics analysis for undiagnosed rare diseases on a user-friendly collaborative platform. 01-abr-21 31-mar-24 FUNDACIO LA CAIXA-CNAG. 196.750,00
8196 1RM1HG011016-01A1 Center for Genome Imaging-re. 01-jun-21 31-mar-26 NATIONAL INSTITUTE OF HEALTH – NIH-CNAG. 1.759.390,00
8414 IMP/00009 IMPaCT-GENóMICA. 01-ene-21 31-dic-23 INSTITUTO DE SALUD CARLOS III-CNAG. 1.013.706,84
8464 PROTrEIN-956148 Computational Proteomics Training European Innovative Network-. 01-ene-21 31-dic-24 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 222.971,55
8518 PID2020-115696RB-I00 Tissue Aware GWAS to study genetic cancer predisposition (TAGWAS). 01-sep-21 31-ago-24 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION-CNAG. 302.500,00
8519 PID2020-115439GB-I00 Spatial cellular phenotyping (ONCOCELL). 01-sep-21 31-ago-24 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION-CNAG. 314.600,00
8536 GenoMed4ALL-101017549 Genomics and Personalized Medicine for all though Artificial Intelligence in Haematological Diseases. 01-ene-21 31-dic-24 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 307.562,50
8567 202121-30 An omnigenic view of genetic susceptibility to severe COVID19]. 22-nov-21 21-nov-23 FUNDACIO MARATO TV3-CNAG. 176.250,00
8569 202112-31 Charting SARS-CoV-2 entry factors in human tissues. 24-sep-21 23-sep-23 FUNDACIO MARATO TV3-CNAG. 200.000,00
8598 LCF/BQ/PI21/11830012 Clinical and molecular studies of neurogenetic. 01-oct-21 30-sep-24 FUNDACIO LA CAIXA-CNAG. 305.054,00
8617 FPU20/05004 Impulsando la integración de células trasplantadas para regenerar retinas con retinitis pigmentaria. 01-dic-21 30-nov-25 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION-CNAG. 71.656,62
8623 SCREEN4CARE-101034427 Shortening the path to rare disease diagnosis by using newborn genetic screening and digital technologies. 01-oct-21 30-sep-26 EUROPEAN COMMISSION-CNAG. 389.888,75
8705 PLEC2021-007654 Nueva inmunoterapia contra el cáncer: bloqueo de la reprogramación lipídica basada en el mapeo de transcriptomas de metástasis (LipIMMUNE). 01-nov-21 31-oct-24 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION-CNAG. 591.011,00
8783 EQC2021-007797-P Infraestructura para la secuenciación y el análisis de genomas enteros de novo. 01-jun-21 31-dic-23 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION-CNAG. 785.000,00
8804 IMP/00019 IMP/00019. 01-ene-21 31-dic-23 INSTITUTO DE SALUD CARLOS III-CNAG. 97.350,00
ANEXO VI
Anexo interpretativo al convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y Universidades y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias

De una parte, la Administración General del Estado (a través del Ministerio de Ciencia e Innovación) y en su representación doña Diana Morant Ripoll, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada para dicho cargo por el Real Decreto 533/2021, de 3 de julio (BOE núm. 165 de 12 de julio de 2021) actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 123.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, la Administración de la Generalidad de Cataluña y en su representación, el Honorable Sr. Joaquim Nadal i Farreras, Consejero de Investigación y Universidades, y el Honorable Sr. Manel Balcells Díaz, Consejero de Salud, nombrados para dicho cargo por Decreto 187/2022, de 10 de octubre, y por Decreto 189/2022, de 10 de octubre, respectivamente, de acuerdo con el ámbito de competencias que deriva del Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalidad de Cataluña, actuando en el ejercicio de la representación legal y competencias que le corresponden. Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente adenda y, al efecto

EXPONEN

I. Que corresponde al Estado el «fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica», de acuerdo con el artículo 149.1.15 de la Constitución. De forma específica, según el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, corresponde a este la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, incluyendo la investigación científica. Todo ello de acuerdo con los objetivos que se concretan en el vigente Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, junto con las orientaciones de la Comisión Europea sobre construcción del Espacio Europeo de Investigación y las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión.

II. Que corresponde a la Generalidad de Cataluña (en adelante GENCAT), en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva, que le confiere el artículo 158.1 del Estatuto de Autonomía, con relación a los centros y las estructuras de investigación de la Generalidad y a los proyectos financiados por ésta, así como la competencia compartida, que le confiere el artículo 158.2, sobre la coordinación de los centros y estructuras de investigación de Cataluña.

III. Que las partes desean suscribir el convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Administración de la Generalitat de Cataluña (Departamento de Investigación y Universidades, y Departamento de Salud) para la constitución del consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG), y con la fundación Centre de Regulació Genòmica respecto las disposiciones transitorias.

IV. Que, a fin de evitar posibles interpretaciones divergentes del contenido propio del clausulado del convenio, se considera necesario establecer el siguiente ANEXO al mismo, de carácter meramente interpretativo de la voluntad de la Administración General del Estado para con dicho convenio, sin alterar el clausulado del mismo, y de acuerdo con las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera.

En relación con la cláusula «Tercera. Financiación y compromisos de las partes», se señala que la financiación del consorcio vendrá provista al 50% por la AGE y la GENCAT, aportando cada una de las partes firmantes del convenio la mitad de la financiación del Consorcio que se crea a través del mismo.

Las aportaciones de los participantes serán equilibradas y al 50% tal y como establece la Disposición adicional centésima trigésima séptima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 que autorizó la creación del consorcio. La financiación comprometida se hará efectiva tal como establece la Cláusula Tercera del convenio.

Segunda.

Por lo que respecta al redactado de la cláusula tercera «Financiación y compromisos de las partes», se informa de que en virtud de la naturaleza de la aplicación presupuestaria referida en la misma, la financiación de MCIN se destinará a financiar operaciones de capital. En el supuesto de que sea necesario financiar operaciones corrientes, la financiación del Ministerio deberá efectuarse, previa modificación del presente convenio, con cargo al crédito que sea adecuado en función de la naturaleza económica que corresponda.

Tercera.

En relación con el primer párrafo del apartado 3 de la cláusula tercera «Financiación y compromisos de las partes», se indica que los libramientos correspondientes al segundo trimestre y sucesivos se producirán previa presentación al Consejo Rector de la documentación justificativa completa del ejercicio anterior, que consistirá en una memoria técnica sobre las actividades desarrolladas y de las cuentas anuales de dicho ejercicio debidamente auditadas por el órgano competente de la Intervención General de la Administración del Estado. Dicha documentación justificativa completa se presentará dentro de los seis meses siguientes a la finalización de cada ejercicio, quedando supeditados a ella los pagos del segundo trimestre y sucesivos, que podrán suspenderse en caso de deficiencias en la misma.

Cuarta.

Sin perjuicio de lo anterior, y específicamente, de lo señalado en la cláusula primera, con carácter adicional, el MICIN a través de sus políticas activas, aportará al consorcio una financiación de 2.250.000 euros con carácter finalista para la ejecución del proyecto científico del Consorcio. Dicha financiación se hará efectiva en 2023, de acuerdo a lo establecido en la cláusula tercera, apartados 2 y 3, del convenio.

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