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Documento BOE-A-2023-7644

Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se dispone para la campaña 2023 en el Océano Índico la asignación de posibilidades de pesca de rabil («Thunnus albacares») y la actualización del censo específico de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical (CATI) creado por la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2023, páginas 44170 a 44171 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-7644
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/03/13/(7)

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico.

Teniendo en cuenta que la cuota de rabil en el Océano Índico asignada a España para el año 2023 es de 42.943 toneladas, tal y como se recoge en el anexo IJ del Reglamento (UE) 2023/194 del Consejo, de 30 de enero de 2023, por el que se fijan para 2023 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y se fijan para 2023 y 2024 tales posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces de aguas profundas.

Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado y a las Comunidades Autónomas, resuelve:

Primero.

La cuota de 42.943 toneladas de rabil asignada al Reino de España se asignará tal y como se indica a continuación:

– 42.513,57 t (99 %) para los buques incluidos en el Censo específico de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI).

– 429,43 t (1 %) para cubrir posibles excesos de capturas y para acomodar las capturas accesorias de otras flotas.

Segundo.

Publicar como anexo de la presente Resolución el censo específico de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical (CATI), ordenados alfabéticamente indicando, para cada uno de ellos, las posibilidades de pesca y la cuota resultante asignada a cada uno de ellos para la campaña 2023.

Tercero.

Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los términos y plazos a que se refieren los artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 13 de marzo de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

ANEXO
Censo específico de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI) 2023
Número Código Buque % Posibilidades pesca
YFT/IOTC del grupo
Cuota 2023 YFT (kg)
1 26547 ALAKRANA. 8,998334 3.825.513
2 755 ALBACORA CUATRO. 6,056392 2.574.788
3 23164 ALBACORA UNO. 6,192534 2.632.667
4 25923 ALBATUN DOS. 11,414919 4.852.890
5 26123 ALBATUN TRES. 3,831671 1.628.980
6 100101 ATERPE ALAI. 5,196625 2.209.271
7 23194 DONIENE. 5,813358 2.471.466
8 22462 ELAI ALAI. 4,937255 2.099.003
9 27547 ITSAS TXORI. 4,684114 1.991.384
10 26158 IZURDIA. 8,013992 3.407.034
11 20232 PLAYA DE NOJA. 2,877444 1.223.304
12 27578 PLAYA DE RIS. 7,032823 2.989.904
13 25900 TXORI ARGI. 9,601612 4.081.988
14 27068 TXORI GORRI. 7,758237 3.298.304
15 27691 TXORI ZURI. 7,59069 3.227.073
  Total 100 42.513.570

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/03/2023
  • Fecha de publicación: 24/03/2023
  • Efectos desde el 25 de marzo de 2023.
Referencias anteriores
  • ACTUALIZA el anexo de la Orden APA/25/2021, de 19 de enero (Ref. BOE-A-2021-885).
  • CITA Reglamento (UE) 2023/194, de 30 de enero (Ref. DOUE-L-2023-80119).
Materias
  • Censos de buques
  • Cuota de pesca
  • España
  • Flota pesquera
  • Pesca marítima
  • Pescado

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