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Documento BOE-A-2023-8424

Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Envatios XXIV Fase I, Envatios XXIV Fase II, Envatios XXIV Fase III, Envatios XXII-Fase II, y Los Pradillos, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 3 de abril de 2023, páginas 49208 a 49245 (38 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-8424

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

La Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) remite a esta Dirección General con fecha 22 de septiembre de 2022, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos Envatios XXIV Fase I, Envatios XXIV Fase II, Envatios XXIV Fase III, Envatios XXII-Fase II, y Los Pradillos, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid», del que Envatios Promoción XIX, SL, Envatios Promoción XXII, SL, y Envatios Promoción XXIV, SL, son promotores y de la que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso de participación pública y consultas.

No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos. Por otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.

1. Descripción y localización del proyecto

Se plantea la ejecución de cinco Plantas Solares Fotovoltaicas (PSFVs), con las siguientes infraestructuras:

– PSFV Envatios XXIV-Fase I, de 91 MWp, con una superficie de 328 ha, así como su estructura de evacuación. La PSFV está formada por 2 zonas de generación diferenciadas según los términos municipales (TTMM) que ocupan, siendo éstos Mejorada del Campo y Valdilecha, en la provincia de Madrid. Su infraestructura de evacuación está constituida por las siguientes infraestructuras:

● Línea de media tensión subterránea (LMTS) 30 kV Envatios XXIV Fase I Zona Mejorada del Campo-SET Envatios XXIV, en el TM de Mejorada del Campo, en Madrid.

● LMTS 30 kV Envatios XXIV Fase I Zona Valdilecha-SET Valdilecha, en el TM de Valdilecha, en Madrid.

● Subestación eléctrica transformadora (SET) 30/132/200 kV Envatios XXIV, en el TM de Mejorada del Campo, en Madrid.

– PSFV Envatios XXIV-Fase II, de 91 MWp, con una superficie de 293,50 ha, así como de su infraestructura de evacuación. La PSFV está formada por 2 zonas de generación diferenciadas según los TTMM que ocupan, siendo éstos Mejorada del Campo y Valdilecha, en la provincia de Madrid. Su infraestructura de evacuación está constituida por las siguientes infraestructuras:

● LMTS 30 kV Envatios XXIV Fase II Zona Mejorada del Campo-SET Envatios XXIV, en el TM de Mejorada del Campo, en Madrid.

● LMTS 30 kV Envatios XXIV Fase II Zona Valdilecha–SET Valdilecha, en el TM de Valdilecha, en Madrid.

● SET 30/132 kV Valdilecha, en el TM de Valdilecha, en Madrid.

● Línea de Alta Tensión (LAT) de 132 kV SET Valdilecha - SET Envatios XXIV, en los TTMM de Valdilecha, Campo Real, Arganda del Rey, Loeches y Mejorada del Campo», en Madrid, con una longitud de 19.933,81 m.

– PSFV Envatios XXIV-Fase III, de 78 MWp, con una superficie de 265,20 ha, así como de su infraestructura de evacuación. La PSFV está ubicada en el TM de Torres de la Alameda, en la provincia de Madrid. Su infraestructura de evacuación está constituida por las siguientes infraestructuras:

● SET 30/132 kV «Envatios XXIV Fase III», en el TM de Torres de la Alameda, en Madrid.

● LAT de 132 kV «SET Envatios XXIV Fase III – SET Envatios XXIV», en los TTMM de Torres de la Alameda, Loeches, San Fernando de Henares y Mejorada del Campo, en Madrid, con una longitud de 9.173,13 m.

– PSFV Envatios XXII-Fase II, de 291,2 MWp con una superficie de 790,39 ha, sí como de su infraestructura de evacuación. La PSFV está formada por 2 zonas de generación ubicadas en los TTMM de Borox y Esquivias, en la provincia de Toledo. Su infraestructura de evacuación está constituida por las siguientes infraestructuras:

● SET 30/132 kV Envatios XXII-Fase II, en el TM de Borox, en Toledo.

● SET 30/220 kV Borox Sur, en el TM de Borox, en Toledo.

– PSFV Los Pradillos de 390 MWp, con una superficie total de 1.631,35 ha repartidas en 4 instalaciones: PSFV Los Pradillos Zona Carranque, con 263,41 ha; PSFV Los Pradillos Zona Cobeja, con 545,79 ha; PSFV Los Pradillos Zona Borox-Alameda, con 354,85 ha; y PSFV Los Pradillos Zona Colmenar de Oreja, con 467,30 ha. También se ejecuta su infraestructura de evacuación pertinente. Las PSFVs están ubicadas en los TTMM de Alameda de la Sagra, Borox, Carranque, Cobeja, Colmenar de Oreja y Pantoja, en las provincias de Madrid y Toledo. Su infraestructura de evacuación está constituida por las siguientes infraestructuras:

● SET 30/132 kV Carranque, en el TM de Carranque, en Toledo.

● LAT de 132kV SET Carranque – SET Colectora Pradillos, en los TTMM de Carranque, Ugena, Illescas, Yuncos, Numancia de la Sagra, Esquivias y Borox, en Toledo, con una longitud de 13.330,41 m, sin tener en cuenta el tramo compartido. Compartirá parte de su recorrido con la línea SET Yadisema Fase II – SET Cedillo/Leganés, la cual no es objeto de este expediente, estando en tramitación con el número de expediente PFot-513.

● SET 30/132 kV Cobeja, en el TM de Cobeja, en Toledo.

● LAT de 132kV SET Cobeja – SET Colectora Pradillos, en los TTMM de Cobeja, Pantoja y Borox, en Toledo, con una longitud de 7.706,74 m.

● SET 30/132/220 kV Colectora Pradillos, en el TM de Borox, en Toledo.

● LAT E 220 kV/S 400 kV SE Los Pradillos 400 kV, en el TM de Colmenar de Oreja, en Madrid, con una longitud de 2.258,19 m.

● SET 30/220/400 kV Los Pradillos 400kV, en el TM de Colmenar de Oreja, en Madrid.

Además de las infraestructuras de evacuación anteriormente citadas para cada instalación, todas ellas comparten la línea de evacuación denominada «Línea de evacuación Promotores Fuencarral», ubicada en los TTMM de Borox, Esquivias, Seseña en la provincia de Toledo y los TTMM de Aranjuez, Colmenar de Oreja, Chinchón, Titulcia, Morata de Tajuña, Arganda del Rey, Campo Real, Loeches, Velilla de San Antonio, Mejorada del Campo, San Fernando de Henares, Paracuellos del Jarama, Aljavir, Cobeña, San Sebastián de los Reyes, Alcobendas y Madrid, en la provincia de Madrid, con una longitud total 104.265,85 m de los cuales, 99.066,46 m en aéreo y 5.199,39 m soterrados. Se divide en dos circuitos:

– Circuito a la subestación Fuencarral 400 kV (REE): partiendo de la SET Colectora Pradillos en 220 kV, realiza una entrada/salida en la SET Los Pradillos 400 kV, donde se transforma el nivel de tensión de 220 kV a 400 kV, saliendo finalmente el circuito con toda la potencia de la PSFV Los Pradillos hasta su llegada a la subestación propiedad de Red Eléctrica de España (REE).

– Circuito a la subestación Fuencarral 220 kV (REE): partiendo de la SET Borox Sur en 220 kV, realiza una entrada/salida en la SET Envatios XXII Fase II para salir con toda la potencia de la PSFV Envatios XXII Fase II, continuando el circuito en 220 kV hasta su llegada a la SET Envatios XXIV, donde se realiza otra entrada/salida para incorporar la potencia de las PSFV Envatios XXIV-Fase I, Envatios XXIV-Fase II y Envatios XXIV-Fase III, saliendo finalmente el circuito en 220 kV con toda la potencia del nudo hasta la subestación propiedad de REE.

2. Tramitación del procedimiento

La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 26 de marzo de 2021, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de las PSFVs Envatios XXIV-Fases I, II y III, las cuales ya estaban acumuladas en el expediente PFot-510 AC, la PSFV Envatios XXII-Fase II, y la PSFV Los Pradillos, así como todas sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Madrid y Toledo, con código de expediente asociado PFot-549 AC.

Con fechas 16 y 17 de septiembre y 5 de octubre de 2021 los promotores presentaron solicitud de modificación de las autorizaciones administrativas.

En relación a las solicitudes anteriormente citadas, se ha llevado a cabo el trámite de información pública y de consultas, publicitándolas en las siguientes publicaciones oficiales:

– «Boletín Oficial del Estado» (BOE): 4 de marzo de 2022.

– «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo» (BOPT): 7 de marzo de 2022.

– «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» (BOCM): 8 de marzo de 2022.

Con fecha de 22 de septiembre de 2022, se recibe en esta Dirección General toda la información obrante en el expediente que incluye el resultado del trámite previo de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

Con fecha 16 de marzo de 2023 se recibe un tercer informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas.

En el presente proyecto se consideraron las siguientes alternativas, además de la Alternativa 0 o de no ejecución.

Para la Planta Solar Envatios XXIV (Fases I y II) se plantean seis alternativas:

– Alternativa 1 (seleccionada): La PSFV se ubica en el TM de Mejorada del Campo, con una superficie de ocupación de 275 ha.

– Alternativa 2: La PSFV se ubica, en su práctica totalidad, en el TM de Loeches, con una superficie de ocupación de 313 ha.

– Alternativa 3: La PSFV se ubica en los TTMM de San Fernando de Henares y Torres de la Alameda, con una superficie de ocupación de 363 ha.

– Alternativa 4: La PSFV se ubica en el TM de Campo Real, con una superficie de ocupación de 388 ha.

– Alternativa 5: La PSFV se ubica, principalmente, en el TM de Valdilecha, salvo un extremo ubicado en el TM de Campo Real. La superficie de ocupación es de 386 ha.

– Alternativa 6 (seleccionada): La PSFV se ubica en el TM de Valdilecha, con una superficie de ocupación de 390 ha.

Se proponen las Alternativas 1 y 6 para la ubicación de la PSFV, por ser las mejores valoradas ambientalmente en la valoración global de criterios ponderados. El proyecto prevé el desarrollo en dos fases, denominadas Fase I y Fase II, que se desarrollarán dentro de las dos alternativas seleccionadas. Por razones operativas se prevé desarrollar en la Fase I la mitad del espacio abarcado por las Alternativas 1 y 6, y en la Fase II la otra mitad.

Para LAT de 132 kV SE Valdilecha - SE Envatios XXIV, se plantean dos alternativas:

– Alternativa A (seleccionada): Con una longitud de 19,90 km.

– Alternativa B: Con una longitud de 17,7 km.

Se propone la Alternativa A por minimizar la afección a la fauna y a espacios naturales.

Para la Planta Solar Envatios XXIV-Fase III, se plantean cinco alternativas:

– Alternativa 1: La PSFV se ubica en el TM de Mejorada del Campo, con una superficie de ocupación de 460 ha.

– Alternativa 2: La PSFV se ubica en los TTMM de San Fernando de Henares, Mejorada del Campo y Loeches, con una superficie de ocupación de 384 ha. Precisa de una línea eléctrica de conexión de media tensión con la SET Envatios XXIV con una longitud de 3.200 m.

– Alternativa 3: La PSFV se ubica en el TM de San Fernando de Henares y, afecta puntualmente a los TTMM de Torres de la Alameda y Alcalá de Henares, con una superficie de ocupación de 416 ha. Al igual que la alternativa 2, precisa de una línea eléctrica de conexión de media tensión con la SET Envatios XXIV, con una longitud de 7.700 m.

– Alternativa 4: La PSFV se ubica en los TTMM de San Fernando de Henares y Torres de la Alameda, con una superficie de ocupación de 471 ha. También necesita una línea eléctrica de conexión de media tensión con la SET Envatios XXIV con una longitud de 6.200 m.

– Alternativa 5 (seleccionada): La PSFV se ubica en los TTMM de Torres de la Alameda y Valdilecha. La superficie de ocupación es de 391 ha. Igualmente, que las alternativas anteriores, necesita una línea eléctrica de conexión de media tensión con la SET Envatios XXIV con una longitud de 8.700 m.

Entre las Alternativas 4 y 5, con condicionantes muy similares en cuanto a la afección ambiental, se selecciona la Alternativa 5 por los condicionantes técnicos y la disponibilidad de terrenos.

Para la línea aérea de alta tensión (132 kV) SE Envatios XXIV Fase III-SE Envatios XXIV, en los municipios de Torres de la Alameda, Loeches, San Fernando de Henares y Mejorada del Campo, en el EsIA inicial se presentan tres alternativas:

– Alternativa A: Con una longitud de 8,455 km.

– Alternativa B (seleccionada): Con una longitud de 9,192 km.

– Alternativa C: Con una longitud de 8,630 km.

Se propone la Alternativa B, que aun siendo la de mayor longitud es la que evita la afección a las zonas residenciales de Mejorada del Campo.

Para la Planta Solar Envatios XXII-Fase II, se plantean siete alternativas:

– Alternativa 1: La PSFV se ubica en el TM de Seseña, excepto su extremo occidental que entra en Esquivias, con una superficie de ocupación de 395 ha. La superficie de ocupación es de 408 ha. Precisa de una línea eléctrica de media tensión de conexión, desde la PSFV hasta la SET de donde parte la línea de evacuación. La longitud de esta línea es de 4.600 m.

– Alternativa 2: La PSFV se ubica en el TM de Yeles aunque su extremo sur entra en Esquivias. La superficie de ocupación es de 408 ha. Precisa de una línea eléctrica de media tensión de conexión, desde la PSFV hasta la SET de donde parte la línea de evacuación. La longitud de esta línea es de 4.900 m.

– Alternativa 3: La PSFV se ubica en su mitad occidental en el TM de Esquivias y en el TM de Seseña en su parte oriental, con una superficie de ocupación de 369 ha. Precisa de una línea eléctrica de media tensión de conexión, desde la PSFV hasta la SET de donde parte la línea de evacuación. La longitud de esta línea es de 2.200 m.

– Alternativa 4 (seleccionada): La PSFV se ubica en el TM de Esquivias en su mitad occidental y en el TM de Borox en su mitad más oriental, con una superficie de ocupación de 441 ha. No precisa de línea eléctrica de conexión de media tensión al localizarse la SET de partida de la LAAT en la misma ubicación.

– Alternativa 5: La PSFV se ubica en el TM de Numancia de la Sagra aunque con ocupaciones puntuales en el norte del TM de Esquivias y en el sur del TM de Pantoja. La superficie de ocupación es de 409 ha. Precisa de una línea eléctrica de media tensión de conexión, desde la PSFV hasta la SET de donde parte la línea de evacuación. La longitud de esta línea es de 4.500 m.

– Alternativa 6: La PSFV se ubica en el TM de Borox. La superficie de ocupación es de 356 ha. Precisa de una línea eléctrica de media tensión de conexión, desde la PSFV hasta la SET de donde parte la línea de evacuación. La longitud de esta línea es de 2.900 m.

– Alternativa 7: La PSFV se ubica en el TM de Borox. La superficie de ocupación es de 332 ha. Precisa de una línea eléctrica de media tensión de conexión, desde la PSFV hasta la SET de donde parte la línea de evacuación. La longitud de esta línea es de 4.500 m.

Se selecciona la Alternativa 4 al ser la mejor valorada ambientalmente. Esta alternativa no necesita líneas eléctricas adicionales, no afecta a vías pecuarias ni a HICs y tiene impactos moderados sobre la fauna.

Para la Planta Solar Los Pradillos, se plantean tres alternativas:

– Alternativa 1: Las PSFVs y la línea de evacuación se sitúan en los municipios de Carranque, Ugena, Illescas, Numancia de la Sagra, Pantoja, Borox, Cobeja, Alameda de la Sagra, Añover de Tajo, Villaconejos, Colmenar de Oreja, Chinchón y Villaseca de la Sagra, con una superficie total de ocupación de 1.685,21 ha. La PSFV Colmenar de Oreja ocupa una superficie de 476,47 ha, la PSFV Carranque, 222,13 ha, la PSFV Cobeja, 616,61 ha y la PSFV Borox, 369,98 ha. La línea de evacuación tiene una longitud de 33.080 m.

– Alternativa 2: Las PSFVs y la línea de evacuación se sitúan en los municipios de Carranque, Ugena, Illescas, Numancia de la Sagra, Pantoja, Cobeja, Alameda de la Sagra, Colmenar de Oreja, Chinchón y Villaconejos, con una superficie total de ocupación de 1.658,29 ha. La PSFV Colmenar de Oreja ocupa una superficie de 470,01 ha, la PSFV Carranque, 244,95 ha, la PSFV Cobeja, 576,82 ha y la PSFV Borox, 366,50 ha. La línea de evacuación tiene una longitud de 30.560 m.

– Alternativa 3 (seleccionada): Las PSFVs y la línea de evacuación se sitúan en los municipios de Carranque, Ugena, Illescas, Yuncos, Numancia de la Sagra, Esquivias, Borox, Pantoja, Alameda de la Sagra, Cobeja, y Colmenar de Oreja, con una superficie total de ocupación de 1.631,34 ha. La PSFV Colmenar de Oreja ocupa una superficie de 467,29 ha, la PSFV Carranque, 263,41 ha, la PSFV Cobeja, 545,78 ha y la PSFV Borox, 354,85 ha. La línea de evacuación tiene una longitud de 34.600 m.

El promotor selecciona la Alternativa 3 al ser la que reúne mejores condicionantes ambientales tras el análisis multicriterio.

La Línea de Evacuación Promotores Fuencarral aéreo subterránea de 220 kV, atraviesa los TTMM de Madrid, Alcobendas, San Sebastián de los Reyes, Cobeña, Ajalvir, Paracuellos del Jarama, San Fernando de Henares, Mejorada del Campo, Velilla de San Antonio, Loeches, Campo Real, Arganda del Rey, Morata de Tajuña, Titulcia, Chinchón, Colmenar de Oreja y Aranjuez, en la provincia de Madrid y en los TTMM de Seseña, Esquivias y Borox en la provincia de Toledo. En el EsIA inicial se presentan tres alternativas:

– Alternativa 1 (seleccionada): Con una longitud de 104 km.

– Alternativa 2: Con una longitud de 102,63 km.

– Alternativa 3: Con una longitud de 107,43 km.

La alternativa mejor valorada ambientalmente es la Alternativa 1 que es la de menor afectación a la población

Durante la tramitación del expediente y tras los resultados de los procesos de información pública se han producido modificaciones en las dimensiones de las PSFVs así como el trazo de la LAT. Además, los tramos de las líneas de alta tensión de 132 kV han pasado a ser líneas de baja tensión de 30 kV, soterradas, no descritos en el documento técnico, pero si en informes posteriores del promotor presentados a los órganos competentes de medio ambiente tras los informes preceptivos emitidos por los mismos.

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto:

Atmósfera y clima.

El área del proyecto se encuentra dentro de un clima mediterráneo continental y régimen de humedad mediterráneo seco.

El principal impacto sobre la atmósfera se producirá en la fase de construcción, producido por el aumento de los niveles de polvo, derivado de actividades como la eliminación de la cubierta vegetal, los movimientos de tierras y construcción de viales y accesos, y la presencia de personal y maquinaria.

Como medidas preventivas y correctoras, se prescribirá el riego periódico; se retirarán los lechos de polvo y se limpiarán las calzadas, se podrá prescribir el empleo de toldos de protección de las cajas de transporte de tierras; se realizará un control de los plazos de revisión de los motores y un correcto mantenimiento de la maquinaria de obra; se restringirá la concentración de la maquinaria de obra; se controlará la velocidad de los vehículos y se realizarán plantaciones lineales para evitar la intrusión sonora.

Geología y edafología.

Geológicamente, el sector norte de la PSFV Envatios XXIV-Fase I y II se asienta sobre arcillas, gravas y yesos, mientras que la zona Sur se asienta sobre eluviales cuaternarios y calizas de la Serie del Páramo. Respecto a la orografía, el relieve se presenta como llano o suavemente ondulado, con una altitud media que oscila entre los 620 y 760 metros. Los suelos de la zona son Calcisoles en el sector Norte y Luvisoles en el sector Sur.

Los materiales de la zona del proyecto Planta Solar Envatios XXIV-Fase III se caracterizan por ser yesos masivos y tableados, arcillas marrones y grises, arenas finas micáceas gris-verdosas, carbonataciones y terrazas y gravas y cantos poligénicos. La PSFV se encuentra en una zona predominantemente llana, a una altura media de 600 msnm. Los suelos de la zona pertenecen al orden de los Cambisoles, Fluvisoles y Rogosoles.

El proyecto Envatios XXII-Fase II se asienta sobre materiales de yesos y carbonatos con lutita terciarios, ubicándose la PSFV en la unidad morfoestructural «Depresión Prados-Guatén». La implantación se encuentra en el Cerro Tamajón y los Cerros de Daragebal, situándose entre los 615 y 650 m. Los suelos de la zona pertenecen al orden de Inceptisoles, Alfisol y Entisoles.

En la zona de Los Pradillos se forman depósitos arcósicos miocenos, sedimentos yesíferos y arcilloso-carbonáticos, así como formaciones yesíferas, en la vertiente derecha del río Jarama. Los suelos sobre los que se asienta el proyecto se engloban en el orden Entisoles, Inceptisoles y Alfisoles.

La Línea de evacuación Promotores Fuencarral se ubica en la unidad morfoestructural «Cuenca de Madrid», entre 490 y 750 msnm. Los suelos de la zona pertenecen al orden Inceptisoles, y en menor medida, al orden Entisol.

La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) considera que las instalaciones proyectadas suponen la ocupación de suelos sanos que son una importante reserva de carbono en una zona donde escasean suelos ocupados por vegetación natural.

Los principales impactos sobre el suelo se producirán en la fase de construcción por las excavaciones para los seguidores y zanjas con la consiguiente alteración de la geomorfología y relieve, ocupación de terrenos, compactación de terrenos, alteración de la estructura edáfica y aumento de procesos erosivos.

Como medidas preventivas, entre otras, se limitarán los desbroces, movimientos de tierras y trabajos constructivos al mínimo necesario; se limitará la circulación de vehículos y maquinaria a las zonas autorizadas dentro de la obra; y se instalarán parques de maquinaria y zonas de acopio fuera de zonas sensibles y siempre en el interior de la obra. Como medida correctora, se realizarán actuaciones de revegetación tras las obras en aquellas zonas que lo necesiten, para minimizar el aumento de procesos erosivos.

Hidrología.

El ámbito del proyecto se enmarca en la Cuenca Hidrográfica del Tajo. Las dos zonas de implantación de la PSFV Envatios XXIV-Fase I y II se localizan en divisorias de aguas, alejadas de cursos de agua: el sector Norte en la divisoria del arroyo de Pantueña y el río Henares y el sector Sur entre las cuencas de los ríos Jarama y Tajuña. Desde el punto de vista de la hidrogeología, el sector Sur de la PSFV se asienta sobre las masas de agua denominadas «La Alcarria (0.30.008)».

La Planta Solar Envatios XXIV-Fase III e infraestructuras de evacuación se encuentra entre las cuencas del río Jarama y el río Henares. La totalidad de la LAT discurre paralelamente al río Henares y el arroyo Pantueña. La zona noroeste de la PSFV se ubica sobre el acuífero Guadalajara (ES030MSBT030.006).

Los impactos significativos se producirán durante la fase de construcción por la alteración de la red de drenaje, ocasionada por los movimientos de tierra y la construcción de accesos.

Envatios XXII-Fase II y sus infraestructuras se ubican, cerca del arroyo de Borox y Fuente de Seseña. Desde el punto de vista de la hidrogeología, parte del ámbito de actuación se encuentra sobre la unidad hidrogeológica 03.05 «Madrid-Talavera» y la zona de implantación se encuentra entre 3 masas de agua subterránea: ES030MSBT030.015 «Talavera», ES030MSBT030.017 «Aluvial del Tajo: Aranjuez-Toledo» y ES030MSBT030.007 «Aluviales Jarama-Tajuña».

Por su parte, la zona de Los Pradillos está enmarcada por la cuenca del río Tajo y sus afluentes: río Jarama, Guadarrama, Alberche y Tiétar. Las instalaciones solares ocupan la zona de policía de diversos cauces, como Arroyo de Comaleche o Arroyo de Valhondo. Por otro lado, las distintas zonas del proyecto se sitúan sobre tres masas se agua subterránea pertenecientes a la unidad hidrogeológica Madrid‐Talavera (03.05): Guadarrama‐Manzanares, Talavera y Aluvial del Tajo Aranjuez‐Toledo. Así mismo, la parte este de la zona Cobeja, oeste de la zona Carranque, una pequeña aérea de la zona Borox‐ Alameda, así como parte del trazado de la línea eléctrica 132 kV se sitúa sobre depósitos aluviales y terrazas con permeabilidad Muy Alta.

Las Línea de evacuación Promotores Fuencarral cruza 11 cauces, como Arroyo de Pantueña, Arroyo de Tamabara, Arroyo del Cacerón, Arroyo de Vilches, Arroyo de Cacera, río Tajuña, Arroyo de la Carvilla, Arroyo de las Cárcavas Grandes, Arroyo del Valle Hondo, Río Jarama y Arroyo de la Fuente de Seseña. Parte del ámbito del proyecto se encuentra sobre la unidad hidrogeológica 03.06 «La Alcarria» y entre dos masas de agua subterránea: Aluviales Jarama-Tajuña (ES030MSBT030.007) y La Alcarria (ES030MSBT030.008).

El Ayuntamiento de Esquivias concluye que la instalación fotovoltaica está sobre suelos volcánicos, con altos valores de permeabilidad y porosidad, por lo que el proyecto causará daños en suelos susceptibles de la captación de agua en acuíferos.

Los principales impactos potenciales vendrán dados por la afección a la red de drenaje superficial y la alteración de la calidad de las aguas. También, el vallado de la zona de Borox-Alameda, cruza el cauce del Arroyo de Valhondo y en la zona de Cobeja, se observa un arroyo innombrado tributario de Arroyo de Guatén, sobre el cual se produce una afección sobre el DPH y zona de servidumbre a lo largo de varios tramos derivados de la implantación del vallado, pudiendo producirse una acumulación de material en el cauce.

Como medidas preventivas, se instalarán los parques de maquinaria y zonas de acopio fuera de zonas sensibles y siempre en el interior de la obra, se señalizarán los arroyos y cursos de agua próximos a las obras y se balizarán las zonas exactas de cruzamientos de cableado y las ejecuciones de las zanjas de cableado a través de cauces se llevarán a cabo siempre que sea posible cuando el cauce se encuentre seco y sin previsión de lluvias.

Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HICs).

La Planta Solar Envatios XXIV-Fase I y II e infraestructuras de evacuación presenta una vegetación potencial de encinares basófilos, actualmente sustituidos por cultivos agrícolas de secano, olivares y viñedos, con presencia dispersa de pastizales y matorrales.

La LAT intercepta el HIC 4090, en Paraje Puerto del Toro, en Cerro de Vilches, en Paraje del cerro de la Horca, en dos ocasiones junto a la R-3, y en dos ocasiones más en Paraje de Quiebracarros; y el HIC 9340 en Monte de Loeches.

La zona donde se pretende ubicar Planta Solar Envatios XXIV-Fase III se encuentra dominada por cultivos herbáceos en secano, con inclusiones de retamares y herbazales. También existen algunas parcelas de olivar y cultivo de almendro.

La LAT cruza, en su extremo norte, el HIC 1520*. El promotor, como medida preventiva, propone la modificación del trazado de la LAT, evitando así la afección al HIC, pasando a ser una LMTS (30 kV).

Tanto la PSFV Envatios XXII-Fase II como sus subestaciones se asientan principalmente sobre suelos agrícolas. La PSFV afecta directamente 3 HICs, interceptando el HIC1520*, HIC 6220* e HIC 1430. Se detectan tres especies singulares citadas en el entorno comarcal del área del proyecto: Ephedra fragilis, especie catalogada como «De Interés Especial, en el Decreto 33/1998; Lepidium cardamines, especie catalogada como «De Interés Especial» en el Decreto 200/2001; y Sisymbrium cavanillesianum, catalogada como «Vulnerable» en el Decreto 200/2001.

La zona del proyecto de Los Pradillos se caracteriza dominancia de cultivos, tanto herbáceos como leñosos, exceptuando algunos pequeños enclaves dispersos a modo de islas por el terreno agrícola, que están ocupados principalmente por matorral ralo y pastizales, con presencia ocasional de repoblaciones de pino en terreno agrícola. El vallado de la PSFV en Colmenar de Oreja, afecta directamente a dos zonas con HIC 6420. La LAT cruza el HIC 6420, 11520*, 6220* y 1430; El ámbito del proyecto constituye también el área de distribución potencial de 18 especies de la flora incluidas en uno o varios de los diferentes catálogos que son de aplicación en el territorio.

La línea de evacuación Promotores Fuencarral se asienta principalmente sobre suelos agrícolas, afectando también al HIC 6220*.

Además, existen 4 afecciones que conllevarán la tala de pies arbóreos asociados a la vegetación silvestre de los arroyos Overa, de la Puentecilla y Arroyo de San Bernabé; del Camino de Cedillo; y del paraje Picanejos.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid destaca que tanto la PSFV como la LAT Envatios XXIV-Fase I y II interceptan, además, el HIC 1520* y el HIC 6220*. También indica que la PSFV Los Pradillos-Zona Colmenar de Oreja intercepta el HIC 5330. Por otro lado, destaca que la PSFV Carranque incluye dentro de su perímetro terrenos con coberturas vegetales silvestres, así como terrenos forestales, por lo que considera la exclusión de las zonas de monte y forestaciones que se encuentran dentro de la implantación.

Al respecto de las consideraciones sobre la PSFV Carranque, los promotores aceptan dejar fuera de la implantación las zonas de monte y forestaciones en base a las clases de suelo definidas en el SIGPAC.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid destaca que en el tramo de la Línea de evacuación Promotores Fuencarral está constatada la presencia de Glycyrrhiza glabra, catalogada de interés especial en el CREA, además de intersectar con formaciones de interés de encinares acidófilos con enebros, de coscojares y espartales, así como formaciones de matorrales gipsícolas y tomillares. También atraviesa los HICs 1430, 1520*, 4090, 5210, 5330, 6420, 91B0, 92A0 y 9340. Al respecto, establece que se deberán respetar y conservar las formaciones de interés, así como se deberán inventariar previamente antes del acontecimiento de las obras, las especies de especial significación asociadas a formaciones de matorrales gipsícolas y tomillares.

Los principales impactos se prevén en la fase de construcción por la modificación y eliminación de la cubierta vegetal, afectando de manera directa a HICs y alterando las características de biotopos.

Como medidas preventivas, se realizará una prospección de flora previa al inicio de las obras para localizar posibles ejemplares de especies de interés, se protegerá la vegetación de ribera de los ríos que puedan verse afectados por la LAT, se balizarán las especies o formaciones singulares y se realizará un marcado previo de los ejemplares propuestos para apeo y translocación para su comunicación a la administración competente.

Como medidas correctoras, se retirará y acopiará la tierra vegetal para su extensión posterior; se descompactará el terreno; se ejecutarán siembras para la recuperación de la cubierta vegetal herbácea; se plantarán especies de matorral en el perímetro de la planta, junto al vallado; y se limitará el acceso a zonas de vegetación silvestre para los trabajos de mantenimiento.

Como medida compensatoria, se propone la compensación superficial con una ratio 2/1 en los matorrales y con una ratio 5/1 para el arbolado en Envatios XXIV-Fase I y II. En cambio, para la Fase III se propone una compensación superficial con una ratio 2/1, realizándose plantaciones de retamar que ocupen una superficie de 0,82 ha, con una densidad de 1.111 pies/ha, dentro del recinto de la PSFV en zonas no ocupadas por los paneles.

Como medidas preventivas y correctoras, para Carranque se excluirá cualquier tipo de implantación de infraestructuras en la PSFV de Colmenar de Oreja, que pueda afectar directamente el HIC 6420; el cruce de la LAT con los HICs se realizará instalando los apoyos en parcelas de uso agrícola, sin afección directa a los hábitats y se realizará una prospección de campo por parte de un botánico experto para confirmar la presencia de poblaciones de especies sensibles en el ámbito de estudio.

Como medidas correctoras para Línea de evacuación Promotores Fuencarral se restaurarán los HIC con ratio de compensación 2/1 y se ejecutarán repoblaciones forestales en una ratio de compensación 2/1.

Fauna.

Las especies de mayor interés presentes en el ámbito del proyecto Planta Solar Envatios XXIV-Fase I y II son águila imperial ibérica (Aquila adalberti), catalogada como «En Peligro de Extinción» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) y en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Comunidad de Madrid (CREACM); milano real (MIlvus milvus), catalogada como «En Peligro de Extinción en el CEEA y como «Vulnerable» en el CREACM; sisón común (Tetrax tetrax), catalogada como «Vulnerable en el CEEA y como «Sensible a la Alteración de su Hábitat» en el CREACM; aguilucho cenizo (Circus pygargus), catalogada como «Vulnerable» en el CEEA y en el CREACM; avutarda euroasiática (Otis tarda) y aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) y catalogadas como «Sensible a la alteración de su hábitat» en el CREACM; y búho real (Bubo bubo), incluida en el LESRPE y catalogada como «Vulnerable» en el CREACM.

En el entorno del sector Sur cabe citar la IBA n.º 75 «Alcarria de Alcalá, cuyos límites se sitúan a 23 m de la PSFV; y para el sector Norte de la PSFV, a 750 m al norte en su punto más cercano, se localiza la IBA n.º73 «Cortados y Graveras del Jarama.

Las especies de mayor interés presentes en el ámbito de la Planta Solar Envatios XXIV-Fase III son las mismas que las identificadas para Envatios XXIV-Fase I y II, además de buitre negro (Aegypius monachus), catalogada como «Vulnerable» en el CEEA y «En Peligro de Extinción» en el CREACM; cernícalo primilla, incluida en el LESRPE y catalogada como «En Peligro de Extinción» en el CREACM; carraca europea (Coracias garrulus), incluida en el LESRPE y catalogada como «Vulnerable» en el CREACM; y aguilucho pálido (Circus cyaneus), incluida en el LESRPE y catalogada como «De Interés Especial» en el CREACM.

En el entorno de Envatios XXII-Fase II las especies de mayor interés presentes en el ámbito del proyecto son águila imperial ibérica, catalogada como «En Peligro de Extinción» en el CEEA y en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREACLM); milano real, catalogada como «En Peligro de Extinción» en el CEEA y como «Vulnerable» en el CREACLM; buitre negro, aguilucho cenizo, ganga ibérica (Pterocles alchata) y sisón común, catalogadas como «Vulnerable» en el CEEA y en el CREACLM; avutarda euroasiática, aguilucho pálido, búho real y aguilucho lagunero, incluidas en el LESRPE y catalogadas como «Vulnerable» en el CREACLM.

Esta PSFV en la zona de Esquivias-Seseña se encuentra limítrofe con la IBA n.º 393 Torrejón de Velasco – Secanos de Valdemoro, a unos 70 m de distancia en su punto más próximo; además de interceptar el Corredor Ecológico Principal Oriental.

Las especies de fauna más sensibles con distribución potencial para el ámbito de Los Pradillos, catalogadas como «Vulnerabl» o «En Peligro de Extinción» en los catálogos de referencia, son: sapillo moteado, águila culebrera (Circaetus gallicus), águila perdicera (Aquila fasciata), aguilucho cenizo, aguilucho lagunero, aguilucho pálido, alcotán europeo (Falco subbuteo), avión zapador (Riparia riparia), azor común (Accipiter gentilis), búho real, calamón común (Porphyrio porphyrio), canastera común (Galreola pratincola), carraca europea, cernícalo primilla, cigüeña blanca (Ciconia ciconia), colirrojo real (Phoenicurus phoenicurus), espátula común (Platalea leucorodia), ganga ibérica, ganga ortega (Pterocles orientalis), garza imperial (Ardea purpurea), halcón peregrino (Falco peregrinus), martín pescador (Alcedo atthis), martinete común (Nycticorax nycticorax), milano real, pico menor (Dendrocopos minor), sisón común, zampullín cuellinegro (Podiceps nigricollis), nutria (Lutra lutra), murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), murciélago ratonero pardo (Myotis emarginatus) y murciélago orejudo gris (Plecotus austriacus).

La PSFV Carranque se encuentra limítrofe al Corredor Ecológico Principal de la Sagra; así como, la LAT de 132 kV «SE Carranque – SE Colectora Pradillos atraviesa el Corredor Ecológico Principal de los Yesos y el Corredor Ecológico Principal Oriental. La implantación de la PSFV Carranque y parte del trazado de LAT «SE Carranque – SE Colectora Pradillos», coinciden con Zonas de Importancia para buitre negro y águila imperial.

Las especies de interés identificadas para la Línea de evacuación Promotores Fuencarral son focha moruna (Fulica cristata), milano real, buitre negro, aguilucho cenizo, aguilucho lagunero occidental, avutarda euroasiática, sisón común y búho real. La LAT afecta la IBA n.º73 Cortados y Graveras del Jarama y la IBA n.º72 Carrizales y Sotos de Aranjuez. También se ven afectados el Corredor Ecológico Principal del Jarama, el Corredor Ecológico Principal Campo Real, el Corredor Ecológico Principal Oriental, y el Corredor Ecológico Principal de la Sagra.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid también destaca, en el conjunto de todo el proyecto para la Comunidad de Madrid, la presencia de martinete común (Nycticorax nycticorax), avetorillo común (Ixobrychus minutus), sapillo moteado común (Pelodytes punctatus), así como avistamientos inventariados de cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) y cernícalo primilla (Falco naumanni). En este sentido, además, la LAT SET Valdilecha – SET Envatios XXIV atraviesa una zona relevante para las aves, así como el Corredor Ecológico Principal Oriental, en el tramo de Campo Real. La «Planta Solar Envatios XXIV-Fase I y II» se encuentra intersectando el Área Importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad (IBA) Alcarria de Alcalá n.º 75, de naturaleza esteparia.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, durante el trámite de Información Pública y Consultas concluye que deberá reducirse la PSFV en el TM de Mejorada del Campo por tratarse de una zona de refugio de fauna silvestre, así como será necesaria la reducción de la superficie de la PSFV en el TM de Valdilecha, de modo que se establezca un pasillo de 500 m en la colindancia con las otras infraestructuras proyectadas, con el fin de permitir el establecimiento de un área libre de infraestructuras, de forma que pueda asegurarse la preservación de las especies catalogadas en este ámbito y su interconexión con los espacios protegidos circundantes.

El promotor, como respuesta a este pronunciamiento de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, acepta la propuesta de reducción de la superficie de la PSFV en Mejorada del Campo, pero, sin embargo, propone una reducción de superficie para la PSFV que se contradice con la propuesta marcada por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid. Además, confirma, a solicitud de la citada Dirección General, que la LAT SET Valdilecha – SET Envatios XXIV» pasa a ser soterrada de media tensión (30 Kv).

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid concluye que la PSFV Envatios XXIV-Fase III se encuentra interceptando el Corredor Ecológico del Sureste en su tramo de Alcalá, corredor eminentemente estepario y en el que se tiene constancia de poblaciones de especies catalogadas, estables y reproductoras; por lo que alerta que la infraestructura propuesta supondría una pérdida de hábitat e impacto para estas especies que resultaría incompatible con la persistencia de las mismas. En este sentido, plantea que deberá eliminarse la parte de la PSFV que se solapa con el Corredor Ecológico y que sobrepase las 15 ha que la ha considerado como la superficie que no bloquea la funcionalidad del mismo.

Al respecto, el promotor acepta la eliminación de la parte de la planta que se solapa con el Corredor Ecológico, con las condiciones indicadas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.

En su respuesta de 16 de marzo de 2023 la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid da por buenas las modificaciones planteadas por el promotor coincidentes con las exigidas por esa Dirección General en su segundo informe como la implantación de la planta FV en las zonas 1 y 2 en Valdilecha, quedando excluidas las zonas de implantación 3, 4 y 5 del mismo TM por los motivos expuestos en el Informe emitido por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid sobre las alegaciones del promotor.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha considera que esta parte del proyecto no garantizaría la conservación de los recursos naturales existentes en la zona, debido a la afección severa-crítica sobre zonas de reproducción de especies amenazadas como avutarda y sisón, suponiendo un riesgo para la viabilidad de las poblaciones existentes. En este sentido, considera que, preferiblemente, el promotor plantee otras ubicaciones alternativas en terrenos degradados con menor valor ambiental y/o, en lo posible, más próximos al punto final de conexión en Madrid.

Como respuesta, el promotor plantea una reducción parcial de las PSFVs.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha replica que la reducción de la superficie propuesta para la zona de Borox sigue afectando a hábitat de interés para las poblaciones de avutarda de la zona, considerando como no asumible una pérdida adicional de hábitat e instando al promotor a plantearse otra propuesta de reducción de superficie de la planta, excluyendo las zonas con mayor potencial de hábitat estepario. En este sentido, la citada Dirección General propone una nueva alternativa de implantación ambientalmente viable en su informe con fecha 18 de enero de 2023.

Como resultado, el promotor acepta la implantación en la zona viable propuesta por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, suponiendo implantar 142 ha de las 705 ha propuestas inicialmente, reduciendo un total de 563 ha, lo que supondrá una reducción de casi el 80% de dicha instalación en la zona de Borox.

Para la zona de Esquivias-Seseña, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha considera que la acumulación de proyectos hace inviable cualquier nueva alteración de hábitat estepario en la zona de implantación, condicionando el presente proyecto a la viabilidad de las poblaciones de avutarda euroasiática y sisón común presentes en el área de influencia de la planta, que son fundamentales para el mantenimiento del lek Este de la IBA Torrejón de Velasco. En este sentido, considera que este núcleo no es compatible con la conservación de los valores ambientales de la zona.

El promotor justifica que, en la propuesta de reducción para la zona Esquivias-Seseña, no se afectarían las zonas propicias de cortejo, reproducción, cría o alimentación para avutarda euroasiática y sisón común. No obstante, de cara a evitar la barrera que supondría la continuidad de plantas, se propone dejar un paso para la avifauna creando un corredor de 500 m al sur de la planta «PFV Sagra III (Pfot-475 AC).

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, para PSFV Colmenar de Oreja, marca la necesidad de establecer un pasillo de 500 m de separación en la colindancia con las otras infraestructuras proyectadas en la zona Este (PFOT 583 AC V Solar I), así como establecer una franja libre de 500 m en la parte central de la planta «Los Pradillos» de tal forma que rompa la continuidad de la misma y evitar el efecto barrera de las instalaciones favoreciendo la interconexión de la fauna a través de esta zona para conectar los espacios protegidos y áreas sensibles para la fauna circundantes.

Los promotores, como contestación a la alegación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, plantean la alternativa de reducción total de la implantación de PSFV Los Pradillos Zona Borox-Alameda.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha lamenta la falta de datos de fauna y la exclusión por parte del promotor, de un estudio específico de aves esteparias en la PSFV Los Pradillos Zona Cobeja. Asímismo, prosigue que las superficies afectadas sí podrían actuar como zonas de paso, o zonas de cría y alimentación en invernada, por lo que deberían plantearse medidas que mejoren la capacidad de acogida de los terrenos situados al sur, así como estudiar la posibilidad de aplicar medidas que mejoren la conectividad en sentido Este-Oeste. Tras estas argumentaciones, la Dirección General concluye que, en la situación presentada por los promotores, dicha zona del proyecto no es compatible con la conservación de los valores ambientales de la zona, por lo que propone como condiciones de compatibilidad que los promotores amplíen el estudio de fauna en la zona de implantación del núcleo, para constatar la no afección a especies de avifauna esteparia; así como la reducción de superficie de la PSFV para minimizar el impacto de fragmentación del territorio, estableciendo zonas de corredor, así como otras medidas, para favorecer la conectividad de la zona.

Al respecto de las peticiones de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el promotor no considera necesario aportar un estudio específico, ya que alega que sí se presentaron los datos brutos del censo anual. En cuanto a las medidas para favorecer la conectividad de la zona y reducir la fragmentación del territorio, añade que éste ya se encuentra muy fragmentado por la presencia de numerosas infraestructuras. No obstante, los promotores se comprometen a realizar una propuesta de medidas compensatorias a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en consonancia con las medidas que se establezcan para las zonas de especial protección para las aves esteparias en su plan de gestión y en el Plan de Desarrollo Rural de Castilla – La Mancha. Respecto a las líneas de evacuación, consideran inviable el soterramiento de líneas eléctricas que no son parte del presente proyecto, por lo que analizarán la posibilidad de incluir una partida dentro de las medidas compensatorias, para mejorar el entorno mediante la instalación de salvapájaros en líneas existentes siempre sujeto a conseguir la autorización de los propietarios de las mismas. El promotor plantea mantener la superficie propuesta en la información pública para la PSFV Los Pradillos Zona Cobeja.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid obliga al soterrado de las infraestructuras de evacuación, en aquellas partes del trazado que intersecten con corredores ecológicos principales, IBAs y, en general, en aquellas zonas sensibles para la avifauna.

Al respecto, los promotores aceptan el soterramiento de unos 14 km entre los apoyos 181 y 226, soterrar parte del tramo en TM de San Fernando, modifican los apoyos 104-108 para su coincidencia con el corredor de infraestructuras existentes, desplazan la LAT hacia el este del corredor ecológico en el TM de Morata de Tajuña y Chinchón y soterrar parte de la línea de evacuación coincidente con dicho corredor hasta el apoyo 88, y sotierran la línea a su paso por el Corredor Ecológico Principal de la Sagra.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, en consideración a las alegaciones del promotor, se reafirma en la necesidad de soterrar el tramo de la LAT coincidente con Corredor Ecológico Principal Oriental, iniciar el soterrado en apoyo 89 y no en el 89, y soterrar el tramo de LAT que intercepta la IBA n.º 73 y el Corredor Ecológico del Jarama.

El promotor propone como solución al respecto, soterrar todo el tramo aéreo de la LAT que intercepta el Corredor Ecológico Oriental y que queda fuera del corredor de infraestructuras, soterrar la traza de la LAT hasta el apoyo 89 y evitar afecciones al corredor ecológico y soterrar el tramo de la LAT con el Corredor Ecológico Principal del Jarama y la IBA n.º 73.

Los principales impactos se generarán tanto en la fase de construcción como de operación por la alteración de hábitos de comportamiento de fauna a causa de la presencia de personal y maquinaria, y mortalidad por atropello, colisión y electrocución de fauna por el normal funcionamiento del proyecto.

Como medidas preventivas, se realizará una prospección de fauna previa al inicio de las obras para descartar la presencia de especies de fauna de interés, se balizarán aquellas áreas sensibles para su conservación y protección, se instalarán gateras excavadas de tamaño 40 cm x 50 cm aproximadamente cada 100 m, se instalarán dispositivos salvapájaros en el vallado en el vallado cinegético, se adaptarán las obras de instalación de modo que se eviten los periodos reproductivos de las especies detectadas en la zona y se limitarán las operaciones constructivas a periodo diurno.

Como medidas correctoras, se llevarán a cabo actuaciones de revegetación tras las obras en aquellas zonas que lo necesiten, con especies autóctonas, con el fin de mejorar el hábitat refugio para múltiples especies presa de aves rapaces; así como se realizará un seguimiento de fauna antes del inicio de las obras y durante las mismas para comprobar el funcionamiento de las medidas de conservación de fauna y determinar la necesidad de instalar medidas adicionales.

Como medida compensatoria, para Envatios XXIV Fases I y II se propondrá el desarrollo de un programa de medidas agroambientales mediante la gestión de áreas de reserva de cultivos cerealistas en zonas de aplicación preferente cercanas a la PSFV, con una superficie de compensación total de 118 ha. Para Envatios XXIV Fase III se propondrá una superficie de compensación total de 215,78 ha.

Como medidas preventivas y correctoras en Castilla La-Mancha, se realizará una prospección de fauna al inicio de las obras para descartar la presencia de especies de fauna de interés, se balizarán aquellas áreas sensibles para la conservación y protección de fauna, se instalará un vallado cinegético, se propondrá realizar plantaciones arbustivas alrededor del vallado de modo que se limiten las posibilidades de colisión a la vez que se mejore el hábitat y se crean zonas de refugio para la fauna, se propondrá la instalación de cajas nido para rapaces nocturnas y quirópteros en los olivares no afectados dentro del perímetro de la PSFV, se evitará el comienzo de actividades de construcción y otras actuaciones entre los meses de marzo a julio, ambos inclusive, se propondrá la instalación de elementos visuales llamativos en los vallados perimetrales que eviten las colisiones de aves, los apoyos de la línea de evacuación considerarán las preinscripciones incluidas en el Real Decreto 1432/2008, se procederá a la señalización con balizas salvapájaros, al menos los 15 km de cruce sobre la Zonas de Importancia para buitre negro y águila imperial

Como medidas para la Línea de evacuación Promotores Fuencarral se usarán salvapájaros de triple aspa (BATGR) en las zonas más sensibles por avifauna, se usarán balizas TIPO BESP, para evitar las colisiones, y se ejecutará un programa de medidas compensatorias encaminadas a mitigar los impactos sobre la avifauna en el ámbito de actuación de espacios naturales protegidos.

Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

En el entorno de la zona del proyecto de la Planta Solar Envatios XXIV-Fase I y II destacan la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES3110006 «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid», la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000142 «Cortados y Cantiles de los ríos Jarama y Manzanares y el Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama (ES310007). Al norte de las actuaciones se sitúa la ZEC ES3110001 «Cuencas de los ríos Jarama y Henares»

La LAT cruza el Monte Preservado «Monte de Loeches» y queda a una distancia de 30 m de otro Monte Preservado.

Ninguna infraestructura de Envatios XXIV-Fase III se solapa con ningún espacio natural protegido, siendo la ZEC «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid» y el Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama, los espacios más cercanos al proyecto, ubicados a una distancia aproximada de unos 935 m respecto la LMTS en el punto más próximo.

En el entorno de la zona de Envatios XXII-Fase II existen dos espacios protegidos: La ZEC ES4250009 Yesares del Valle del Tajo, situado colindante con el margen este de las PSFVs; y el Monte de Utilidad Pública (MUP) «Cerros de Borox», colindante al este de la PSFV en la zona de Borox.

En el entorno de la zona de Los Pradillos el proyecto afecta al MUP «Arroyos Colmaleche, Obera y Otros», MUP «El Pinar de la Vecindad» y MUP «Cerros de Borox».

La Línea de evacuación Promotores Fuencarral cruza la ZEC «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid» (ES3110006), la ZEPA «Cortados y Cantiles de los ríos Jarama y Manzanares (ES0000438) y la ZEC «Yesares del valle del Tajo (ES4250009).

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid pide el soterramiento de los tramos de la LAT que intersecten Montes Preservados. En este sentido, como ya se cita anteriormente, el promotor confirma que la LAT «SE Valdilecha – SE Envatios XXIV» pasa a ser soterrada de media tensión (30 Kv).

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha considera que la implantación repercutiría negativamente en la conectividad de las poblaciones de avifauna protegida de espacios Red Natura 2000.

El Promotor, como alternativa, tal como se menciona para el epígrafe «Fauna», propone una reducción de la superficie de las PSFV.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al respecto, informa que las actuaciones necesarias para la implantación de la PSFV en la zona Esquivias-Seseña generarían alteraciones en los flujos de agua superficiales y subsuperficiales que tendrían un impacto directo sobre la ZEC, así como supondría el cerramiento del límite oeste de dicho espacio, por lo que, debido a la especial sensibilidad de los hábitats objeto de protección a los fenómenos erosivos y la alteración de flujo hidrológico, no considera viable la implantación. Para la planta de la zona de Borox, dada la sensibilidad de los hábitats presentes en el espacio de la ZEC, con objeto de reducir al máximo el impacto sobre los flujos de agua, tanto superficiales como subsuperficiales, deberán limitarse los movimientos de tierra al mínimo imprescindible; además, la Dirección General, reitera la necesidad de no afectar al MUP «Cerros de Borox», asegurando una distancia de, al menos, 10 m al perímetro del mismo.

El promotor responde que, para evitar los posibles impactos de los flujos de agua sobre la ZEC, propone una separación de 500 m al mismo, evitando que la implantación pueda modificar dichos flujos y descartando, a su vez, posibles procesos de erosión por la afección sobre la vegetación silvestre. Para la implantación en la zona de Borox, el promotor acepta establecer una separación de 10 m al MUP «Cerros de Borox» en todo su perímetro de afección.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid comunica que la PSFV Los Pradillos Colmenar de Oreja se encuentra a 125 m del humedal catalogado «Laguna de las Esteras», marcando la necesidad de alejar en al menos 1 km la planta del humedal mencionado.

El promotor acepta la propuesta de reducir la extensión de la PSFV Los Pradillos Colmenar de Oreja, de modo que se aleje 1 km del humedal «Laguna de las Esteras».

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha reitera la necesidad de no afectar al MUP «Arroyos Colmaleche, Obera y Otros», asegurando una distancia de, al menos, 10 m al perímetro del mismo.

Los promotores respetarán, del vallado perimetral, 10 m de separación al monte de utilidad pública código 74 denominado «Arroyo Colmaleche, Obera y Otros».

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid obliga a evitar o, en todo caso, soterrar, los tramos de la LAT en aquellas partes del trazado que intersecten con espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y montes en régimen especial, así como evitar la afección a la Laguna de la Presa del Río Henares.

Tras el trámite de información pública, con fecha de 16 de marzo de 2023, el promotor y la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid llegan a un acuerdo de modificación del trazado de la LAT, evitando las afecciones en la Laguna de la Presa del Río Henares, Montes Preservados de Loeches y el Monte Preservado en el TM de Chinchón.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha considera que la LAT no es compatible con la conservación n de los valores ambientales de la zona, ya que su trazado afecta de forma directa a la Zona A del espacio Red Natura ZEC «Yesares del Tajo», instando al promotor a buscar alternativas de trazado sin afección a espacios Red Natura 2000

Los promotores, pese a mantener la posición de la alternativa aérea inicial propuesta respecto al trazado de la LAT, propone dos alternativas, las cuales evitarían el paso de la línea por la ZEC «yesares del Valle del Tajo».

Paisaje.

La Planta Solar Envatios XXIV-Fase I y II se incluye en la unidad paisajística «Páramo del interfluvio Henares-Tajuña entre Arganda y Guadalajara.

El ámbito del proyecto en el entorno de Envatios XXIV-Fase III pertenece a los tipos de paisaje denominados Valles y cuestas del Anchuelo y el Pantueña, situándose las instalaciones sobre la zona de Llanos de Baezuela, la cual alberga campiñas suavemente alomadas con vertientes hacía el río Henares al pie del Cerro de San Juan del Viso.

El paisaje de la PSFV Envatios XXII-Fase II se incluye en la unidad «Cerros de la Sagra», formado por llanuras cerealistas y olivares, así como por cauces fluviales.

Las instalaciones proyectadas para «Los Pradillos» se enmarcan en áreas de cultivos y herbazales, situados en el marco de las Vegas de los ríos Tajo, Guadarrama y Jarama, con presencia de áreas más escarpadas, con laderas con matorral y áreas arboladas.

El Paisaje para la Línea de evacuación Promotores Fuencarral se incluye en las unidades «Cerros de la Sagra», «Páramo del interfluvio Henares-Tajuña entre Arganda y Guadalajara», «Páramo del interfluvio Tajo-Tajuña entre Chinchón y Mondéjar», «vega baja del Jarama, Tajuña y Manzanares.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha advierte que las instalaciones fotovoltaicas generan una fuerte alteración a nivel de paisaje.

El Ayuntamiento de Torres de la Alameda informa que el proyecto produce afecciones sobre paisajes naturales, así, como en general, presenta un impacto ambiental negativo consistente en el deterioro del paisaje.

El Ayuntamiento de Esquivias concluye que la instalación propuesta conlleva el deterioro y desconfiguración del paisaje natural de la zona afectada, alterando el equilibrio ecológico al introducir cambios geomorfológicos negativos.

Los principales impactos sobre el paisaje se producen en la fase de construcción por los movimientos de tierra y la construcción de accesos y la eliminación de la cubierta vegetal, así como por la propia intrusión visual del proyecto en su fase de operación provocando efectos negativos sobre la calidad del paisaje.

Como medidas preventivas, se seleccionarán materiales que favorezcan la integración de los mismos en el paisaje de la zona.

Como medidas correctoras, se realizarán plantaciones con especies autóctonas, especialmente en aquellas zonas con especial incidencia sobre el impacto visual; se favorecerá una cubierta vegetal herbácea silvestre bajo los seguidores y se ejecutarán actuaciones de revegetación en aquellas zonas que lo necesiten porque no se haya desarrollado.

Salud y población.

Las PSFVs y las SET de Envatios XXIV-Fase I y II se localizan en los municipios de Mejorada del Campo y Valdilecha, y la LAT cruza además los municipios de Loeches, Arganda del Rey y Campo Real. Según el planeamiento urbanístico, las infraestructuras del proyecto se asientan principalmente en suelo no urbanizable rústico de reserva o suelo no urbanizable de protección rural o agrícola.

La PSFV Envatios XXIV-Fase III se ubica en el TM de Torres de la Alameda y la LMTS cruza los municipios de Torres de la Alameda, San Fernando de Henares, Loeches y Mejorada del Campo. Según el planeamiento urbanístico de Torres de la Alameda, la zona de implantación se encuentra sobre Suelo No Urbanizable Común y la LMTS ocupa el mismo tipo de suelo. En Mejorada del Campo el suelo ocupado está calificado como Suelo No Urbanizable.

El proyecto Envatios XXII-Fase II e infraestructuras de evacuación se localiza en los TTMM de Seseña, Esquivias y Borox, en la provincia de Toledo. En el municipio de Borox, la PSFV se sitúa en suelos calificados como Rústicos de Reserva; mientras que la parte de la PSFV que se encuentra en el TM de Esquivias, las instalaciones se ubican sobre terrenos calificados como Suelo Rústico.

En el ámbito de afección de Los Pradillos, se ubican los núcleos de población de Valdemoro, Torrejón de Velasco, Torrejón de la Calzada, Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Carranque, Ugena, Illescas, Yuncos, Borox, Pantoja, Alameda de la Sagra, Cobeja, Añover de Tajo, Seseña, Villaconejos y Urbanización Balcón del Tajo.

La Línea de evacuación Promotores Fuencarral se sitúa en suelos calificados como Rústicos de Reserva, Rústicos de Reserva No Urbanizable de Especial Protección, Suelo No Urbanizable y Suelo Urbanizable No Sectorizado.

La Dirección General de Salud Pública de la CM formula que, desde el punto de vista de la sanidad ambiental se considera que los principales impactos sobre la población se producirán durante la fase de ejecución de las obras por incremento en la producción de polvo, partículas, ruido y plagas y, durante la fase de funcionamiento debido a los riesgos potenciales derivados de la exposición a los campos electromagnéticos e incendios.

La Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Comunidad de Madrid indica que se encontrarán afectados un total de 10 derechos mineros, por lo que manifiesta su oposición al proyecto, siempre y cuando no se promueva una solución en la que se dé parte a los titulares de los derechos mineros afectados para que se puedan conjugar ambos intereses públicos, aportando un mutuo acuerdo o las acciones tomadas para llegar a dichas acuerdos y así quede acreditado en el expediente.

Los promotores, al respecto de la alegación emitida por la citada Dirección General entienden que los intereses afectados por el proyecto podrían ser compatibles, por lo que muestran su predisposición a alcanzar acuerdos con los titulares de los derechos mineros afectados de forma que se viabilicen ambos intereses, y sólo en el caso de no alcanzar acuerdos se tendrá que analizar la prevalencia de intereses.

El Ayuntamiento de Torres de la Alameda emite que la PSFV no mantiene unas distancias mínimas con las viviendas más próximas de la urbanización Mariblanca, ubicándose las instalaciones a menos de 100 m.

El promotor, al respecto, responde que se fijarán las distancias suficientes a las zonas pobladas o instalaciones industriales o agrarias existentes.

El Ayuntamiento de Esquivias concluye que toda la PSFV se sitúa en suelo rústico con diferentes tipos de cultivos herbáceos y con combinación con algunas especies leñosas, ocupando el 8,26% del suelo rústico del TM, haciendo del territorio un inadmisible entramado energético que no revertirá nada la energía producida en el municipio y que dista mucho de cumplir con el Decreto Legislativo 1/2010.

Los principales impactos se producirán en la fase de construcción por un incremento de tráfico, así como por un cambio de uso del suelo existente también dado en la fase de operación. Se podrían dar algunos impactos puntuales por niveles máximos de ruido y por generación de polvo durante las obras en las urbanizaciones Mariblanca y Zulema-Peñas Albas. Además, también se prevé una afección a recursos cinegéticos en TTMM de Castilla La-Mancha por la presencia de personal y maquinaria, durante la fase de construcción, así como un aumento de los niveles de polvo en la fase de operación.

Como medidas preventivas, se evitará, siempre que sea posible, la circulación de vehículos de transporte de materiales y maquinaria a través de los núcleos de población; se evitarán las actividades generadoras de partículas en suspensión en las proximidades de zonas de población, y se evitará, siempre que sea posible, el transporte en período nocturno. También se limitarán las operaciones de construcción, salvo casos excepcionales, a periodo diurno durante días laborables; se establecerá un plan de obras, especialmente para aquellas con mayor afección sonora, de forma que en la medida de lo posible se disminuyan las molestias; y en caso de quejas o denunciar, se establecerá un plan de evaluación acústica que permita adoptar medidas preventivas o correctoras.

Patrimonio cultural.

La PSFV Envatios XXIV-Fase I y II afecta al Bien de Interés Cultural (BIC) Zona Arqueológica de la Presa y a los yacimientos arqueológicos La Granja (CM/000/0088) y Rompe Rejas (CM/000/0087). La LAT atraviesa el yacimiento La Laguna (CM/0014/023), Fábrica de Cerámica-Velilla (CM/0075/29) y el yacimiento Rompe Rejas; además de interceptar la Vereda de Loeches, la Vereda Carpetana, la Colada de las Yeguas, la Colada del Estrechillo y el Cordel de Extremadura.

Parte de la PSFV Envatios XXIV-Fase III se localiza dentro del BIC Ciudad Romana de Complutum; así como se localizan tres yacimientos arqueológicos: El Pocillo 1 (CM/154/0020), El Porcillo 2 (CM/154/0022) y Las Iniestas (CM/154/0017). También se localiza un elemento inventariado dentro del régimen general de protección, Mariblanca 3 (CM/154/0025). La línea de evacuación atraviesa el polígono del elemento Fábrica de Cerámica el Surco (CM/075/0038) y afecta el yacimiento arqueológico documentado La Granja. La PSFV Envatios XXIV-Fase III limita con la Colada Galiana y a unos 140 m de distancia con la Colada de la Cascarilla, mientras que la línea de evacuación cruza la Colada de Galiana.

Para Envatios XXII-Fase II e infraestructuras se considera una afección directa sobre cinco elementos que forman parte del patrimonio histórico-arqueológico: «B5. Taquines – (Borox)», localizado en la zona norte de la PSFV; «A3. El Caballo – Las Águilas – (Esquivias), localizado en la zona norte de la PSFV; «Yacimiento El Malvar – 07450210049 (Borox)», localizado en la zona norte de la PSFV; «B3. Cañada de las Merinas – Oeste (Borox)», localizado en la zona sur de la PSFV; y «A7. Camino de la Alhóndiga (Borox)», localizado en la zona sur de la PSFV.

Para Los Pradillos, la zona de vuelo de la LAT intercepta el yacimiento arqueológico denominado «El Cerrón». Las PSFVs son colindantes con 11 vías pecuarias mientras que la LAT atraviesa 6 vías pecuarias.

La Línea de evacuación Promotores Fuencarral provoca una afección directa sobre 8 elementos del patrimonio cultural y a un total de 32 vías pecuarias.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid informa que el proyecto se localiza en una zona sensible desde el punto de vista patrimonial, con yacimientos inventariados en el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, tales como El Tallar 2 (CM/084/0030) y Peña Rubia 2 (CM/084/0031), así como los ya mencionados en el EsIA. Además, hace constatar que, durante los trabajos de prospección arqueológicos, se ha constatado la existencia de cinco elementos patrimoniales de carácter etnográfico no catalogados en el ámbito de afección de las plantas fotovoltaicas.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid informa que el proyecto se localiza en una zona sensible desde el punto de vista patrimonial, con yacimientos inventariados en el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, tales como Mariblanca 2 (CM/154/0024), así como los ya mencionados en el EsIA. En este sentido, dado el impacto sobre el Bien de Interés Cultural Ciudad Romana de Complutum, así como la afección de los yacimientos arqueológicos localizados al Sur de dicho ámbito y el impacto visual que produciría la implantación del proyecto, la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid resuelve que se deberá proyectar otro emplazamiento para la planta fotovoltaica debido a la altísima afección sobre el patrimonio arqueológico inventariad.

Con fecha 27 de enero de 2023, obtenidas las conclusiones de los informes y alegaciones recibidas en la Información Pública y tras diversas reuniones con la Subdirección General de Patrimonio Histórico, el Promotor decide presentar un nuevo vallado reducido, en el que solo se mantiene implantación en Torres de Alameda, pero no se afecta a la Ciudad Romana de Complutum, disminuyendo considerablemente las afecciones a bienes inventariados detectadas en el primer informe.

El Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo advierte que la Línea de evacuación Promotores Fuencarral afecta al Puente de Jarama y el Dique de Escollera de Sotojemble. El promotor, al respecto, se compromete a evitar la afección a dichos elementos patrimoniales.

Los principales impactos se generarán en la fase de construcción por afección directa al patrimonio cultural causada por los movimientos de tierra y cimentaciones, así como afección al dominio público pecuario.

Como medidas preventivas, se limitarán los trabajos a aquellas zonas en las que se ha llevado a cabo una prospección arqueológica, se realizará un control arqueológico con carácter general en el movimiento de tierras, se paralizarán inmediatamente los trabajos en la zona de afección en el caso que se hallen restos u objetos de valor cultural y se comunicará dicho descubrimiento de acuerdo con la normativa vigente, se planificarán los trabajos de forma que se evite el tránsito por vías pecuarias, y se respetará la anchura legal de vías pecuarias. Como medidas correctoras, al finalizar los trabajos, se verificará que no se hayan producido afecciones inesperadas en ninguna vía pecuaria; si fuera el caso, se deberán reparar los daños causados.

Como medidas preventivas y correctoras específicas para Los Pradillos, los apoyos de la LAT se situarán fuera de la delimitación de «El Cerrón» y se modificará el vallado perimetral del extremo sur de la planta en la zona Cobeja, para respetar el dominio público pecuario.

Sinergias.

En el entorno de actuación del proyecto Envatios XXIV-Fase I y II, existen otras infraestructuras, de transporte y energéticas, como 12 vías de comunicación principales; una línea de ferrocarril a 1 km del sector Norte de la PSFV; numerosas LATs, las cuales 3 atraviesan el sector Norte de la PSFV, otras dos se encuentran de a menos de 270 m. del sector Sur, y la LAT del proyecto cruza 13 líneas eléctricas y durante un tramo de 9,8 km discurre en paralelo a otra línea eléctrica. Además, existen otros proyectos de PSFVs previstas en la comarca, como son Gallocanta Solar, Sanabria Solar, Noguera Solar, Goleta Solar, Cerezo Solar y Foque Solar.

En torno al proyecto Envatios XXIV-Fase II, existen otras infraestructuras, de transporte y energéticas, como 4 vías de comunicación, una línea de ferrocarril a 60 m de la PSFV, una estación de bombeo a 180 m de la línea de evacuación y una LAT de 220 kV cruzada por la línea de evacuación.

Alrededor del proyecto Envatios XXII-Fase II, existen otras infraestructuras, de transporte y energéticas, como 4 vías de comunicación y tres líneas de ferrocarril.

En el entorno de actuación de Los Pradillos existen otras infraestructuras como 4 autopistas y autovías, 8 carreteras, 2 líneas ferroviarias, diversas LATs y 2 gasoductos.

En el ámbito de la Línea de evacuación Promotores Fuencarral se identifican un total de 29 vías de comunicación (autopista, autovías y carreteras), 4 líneas de ferrocarril, 6 líneas eléctricas de muy alta tensión, 6 LATs y una línea de media tensión.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid considera que existe un efecto sinérgico negativo de las infraestructuras propuestas en el proyecto respecto con otras PSFVs colindantes que han sido propuestas, suponiendo una superficie continua de infraestructuras fotovoltaicas de 623,75 ha, superficie que generaría un efecto barrera para especies catalogadas del sureste madrileño inasumible para su persistencia. En este sentido, como ya se ha especificado en el epígrafe correspondiente al factor «Fauna», la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid considera necesaria la reducción de la superficie de las PSFVs.

Al respecto, el promotor acepta a la totalidad la propuesta de reducción de la PSFV situada en Mejorada del Campo, pero, sin embargo, replica con una nueva propuesta de modificación de la PSFV en Valdilecha, la cual no se ajusta a las condiciones marcadas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por su parte, identifica una serie de proyectos de energías renovables en el TM de Esquivias, los cuales, con sus estructuras de evacuación asociadas, suponen una cubierta prácticamente continua de placas, en la zona entre Añover de Tajo y Esquivias, de más de cerca de 20 km de largo, con anchos que alcanzan los 7 km en algunas zonas. Los efectos acumulativos y sinérgicos de estas instalaciones, muchas de ellas respaldadas por el mismo promotor del proyecto analizado, no se han tenido en cuenta en el EsIA. Además, considera que no se ha tenido en cuenta tampoco el impacto sinérgico de las explotaciones de industria extractiva presentes en la zona, que también inciden sobre el hábitat estepario.

Al respecto, el promotor indica que no pueden evaluarse en profundidad efectos acumulativos y sinérgicos de plantas que no se sabe si existirán o no en el futuro, siendo competencia de la planificación territorial, más que de la evaluación ambiental de una instalación concreta.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid advierte que el efecto sinérgico negativo de las infraestructuras propuestas en este proyecto, con otras PSFVs colindantes ya en tramitación, supondría una superficie continua de infraestructuras fotovoltaicas de 1.069,33 ha, superficie que generaría un efecto barrera importante para especies catalogadas del sureste madrileño inasumible para su persistencia. También constata que la PSFV Los Pradillos en los TTMM de Cobeja, Pantoja y Alameda de la Sagra se acumularía a otros proyectos existentes en la zona, en concreto, al oeste de la planta, lo que implicaría una afección superficial de cerca de 1.000 ha. La acumulación de plantas crearía una barrera de algo más de 5 km x 2,5 km, al sur del núcleo urbano de Cobeja, con un importante impacto en el fraccionamiento del territorio. En este sentido, la Dirección General considera que los promotores no plantean medidas correctoras de reducción de superficie, ni la apertura de corredores que reduzcan la fragmentación.

c. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

En el análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgo de accidentes graves o catástrofes, contenido en los EsIAs presentados por el promotor, se determinan los siguientes riesgos, considerando su probabilidad de ocurrencia, así como su severidad:

– Catástrofes naturales:

● Fenómenos meteorológicos adversos: en los municipios de la Comunidad de Madrid en los que se ubican las PSFVs los riesgos son bajos. En los municipios de Castilla-La Mancha afectados por el proyecto, hay riesgos altos por lluvias en Illescas y Yuncos, destacando en el primero de ellos también riesgo por nieve, granizo y heladas.

● Inundaciones: para las PSFVs localizadas en la Comunidad de Madrid, el riesgo de inundación es muy bajo, al encontrarse en un páramo muy elevado, alejadas de cauces y donde la red de drenaje es de escasa entidad. En los municipios de Castilla La-Mancha en los que se ubican las PSFVs y discurre la traza de la línea de evacuación, el riesgo es medio-bajo, aunque hay presencia de arroyos nominados y otros que discurren secos la mayoría del año.

● Riesgo sísmico: bajo.

● Movimiento de tierras, hundimiento y subsidencias: en referencia a los municipios donde se asienta el proyecto en Castilla La-Mancha, el riesgo es moderado por ubicarse en zonas de arcillas, excepto en la zona de PSFV de los Pradillos, luego habrá de considerarse en el momento de realizar las cimentaciones.

– Accidentes graves:

● Emisiones, vertidos y escapes: Riesgo muy bajo.

● Incendios: Los municipios de la Comunidad de Madrid, Mejorada del Campo y Valdilecha, donde se ubican parte de las PSFVs del proyecto, presentan riesgo de incendios forestales, aunque no están consideradas zonas de alto riegos, en el INFOMA.

● Fallo eléctrico: Riesgo medio.

La Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad de Madrid, indica que, revisada la información aportada por el promotor, no tiene observaciones que realizar, ya que el promotor, en los estudios de vulnerabilidad realizados ha propuesto medidas preventivas y correctoras. Puesto que el promotor manifiesta que el riesgo más importante es el de incendio forestal, se deberán cumplir las medidas preventivas previstas en el Anexo 2 del Decreto 59/2017, de 6 de junio, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por incendios forestales en la Comunidad de Madrid, especialmente durante las obras de construcción.

En el segundo informe del Coordinador Regional de Emergencias de la Dirección Provincial de Toledo de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha, concluye que los riesgos naturales o antrópicos contemplados en el catálogo de riesgos de Protección Civil que afectan de la Sagra, Esquivias y Alameda de la Sagra y más concretamente donde se van a asentar la PSFV Envatios XXII (fase II), la PSFV Los Pradillos, sus líneas de evacuación y las subestaciones elevadoras no suponen un impacto significativo que pueda condicionar el establecimiento, y posterior funcionamiento de las instalaciones e infraestructuras previstas en el citado proyecto, siempre que se tengan en cuenta las anotaciones formuladas en cada uno de los apartados de su informe, especialmente en los aspectos relativos a medidas de autoprotección y la redacción de un plan de autoprotección integral que recoja todos los posibles riesgos que puedan afectar al proyecto reseñado.

d. Programa de vigilancia ambiental.

En los EsIAs de las diferentes PSFVs se propone un programa de vigilancia cuyos contenidos básicos son:

– Fase de construcción:

El promotor propone el control sobre los siguientes factores y actividades:

● Comprobación del marcado CE de la maquinaría empleada.

● Control de acceso a obra.

● Comprobación del certificado ITV de los vehículos empleados. Control de acceso a obra.

● Control del estado de señalización de obra.

● Realización de controles acústicos en caso de quejas o denuncias.

● Estado del firme de las zonas de circulación. Riego y humectación de zonas para evitar generación de emisiones de polvo. Establecimiento de periodicidades en función de las condiciones meteorológicas.

● Zonificación de las obras, para evitar actuaciones en zonas sensibles y ejecución de los trabajos limitados a las menores superficies necesarias.

● Control de procesos erosivos.

● Cumplimiento de medidas preventivas en la ejecución de trabajos sobre cauces.

● Balizamiento y mantenimiento sobre especies de flora y fauna detectadas en las fases previas.

● Gestión de la tierra vegetal retirada, de las especies empleadas en las revegetaciones.

● Trabajos de restauración

– Fase de explotación:

El promotor propone el control sobre los siguientes factores y actividades, entre otros:

● Labores de mantenimiento de vegetación por medios mecánicos y, preferentemente, mediante pastoreo. Control para evitar que bajo ninguna circunstancia se empleen sustancias químicas.

● Seguimiento de la fauna para evaluar sus poblaciones, comportamiento, mortalidad y verificar la eficacia del funcionamiento de las medidas de conservación de la fauna.

● Estado general de la instalación, en especial de aquellos elementos que puedan ocasionar daños al medioambiente.

● Verificación de medidas de mitigación propuestas, detección de impactos no previstos y propuestas de nuevas medidas de mitigación en el caso que fuesen necesarias.

El promotor indica la elaboración de un informe preoperacional, informes trimestrales durante la fase de construcción e informe de fin de obra en el que se incluyan los trabajos de restauración ejecutados.

Tras la ejecución de las obras y durante los tres años siguientes el promotor realizará visitas mensuales a la zona de obras con el fin de comprobar el éxito de las medidas de restauración y revegetación.

Deberá realizarse, además, un informe compendio de las visitas de control previstas en el programa de seguimiento y vigilancia ambiental del proyecto a lo largo del año natural correspondiente. Este informe anual deberá reflejar los siguientes puntos:

– La correcta implantación de las medidas cautelares, preventivas, correctoras y complementarias previstas en el EsIA y en la correspondiente DIA.

– Anexo fotográfico y, si fuera necesario, un anexo cartográfico.

Este informe anual se presentará ante la Dirección General de Política Energética y Minas perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico antes del primer trimestre al año siguiente al de los trabajos de seguimiento y vigilancia efectuados.

En función de los informes periódicos realizados y las modificaciones de la normativa ambiental se procederá a la revisión, perfeccionamiento y adaptación del PVA.

Las fechas de inicio de las obras y de la puesta en marcha de la actividad, se comunicarán a la Dirección General de Política Energética y Minas perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por parte del responsable del PVA con una antelación mínima de diez días.

Todas las actividades que pueden producir impactos significativos sobre el entorno, así como la ejecución de las medidas ambientales, serán controladas. De la misma forma, se realizará un control de los factores del entorno para poder determinar la magnitud o intensidad de los impactos.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto inicial de la presente Resolución se encuentra comprendido en el grupo 3 epígrafe j del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, EsIA y su adenda, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Parques solares fotovoltaicos Envatios XXIV Fase I, Envatios XXIV Fase II, Envatios XXIV Fase III, Envatios XXII-Fase II, y Los Pradillos, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

1. Condiciones al proyecto.

i) Condiciones generales:

(1) El proyecto definitivo aprobado deberá contar con las siguientes características respecto a sus infraestructuras:

(a) La PSFV Envatios XXIV Fase I y II en Valdilecha se podrá ubicar sobre las zonas denominadas como 1 y 2, pero no sobre las 3 a 5 dada su colindancia con la IBA 75 «Alcarria de Alcalá», su proximidad al Corredor Ecológico Oriental y el efecto sinérgico negativo de las infraestructuras propuestas en este proyecto con otras PSFV colindantes propuestas en la zona. La zona coincide además con una «zona kernel» con avistamiento de sisón y avutarda.

(b) Se soterrará todo el tramo aéreo que intercepta con el Corredor Ecológico Oriental y que queda más al sur del Corredor de Infraestructuras (fuera de él) pero dentro del Corredor Ecológico Principal.

(c) Con la finalidad de eliminar las afecciones medioambientales se soterrará la línea de 30kV privativa que une la PSFV Envatios XXIV Fase III ubicada en Torres de Alameda con la SET Envatios XXIV ubicada en Mejorada del Campo. También se soterrarán las líneas privativas de 30kV de la PSFV Envatios XXIV Fase I y Fase II ubicadas en Valdilecha que van a la SET Envatios XXIV ubicada en Mejorada del Campo.

(d) Se llevarán a cabo las modificaciones correspondientes al soterramiento o trazado de la línea de evacuación en las siguientes áreas: zona Laguna de la Presa del Río Henares, Zona Montes Preservados de Loeches, Zona TM Chinchón entre el Corredor Ecológico y el Monte Preservado, Zona Término Municipal de Aranjuez según las condiciones establecidas en los informes emitidos por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid a 20 de enero de 2023 y a 21 de febrero de 2023.

(e) Se deberá reducir la superficie de la PSFV Los Pradillos Zona Cobeja para minimizar el impacto de fragmentación del territorio, estableciendo zonas de corredor, así como otras medidas, para favorecer la conectividad de la zona. La propuesta de reducción, así como las medidas, deberán ser emitidas a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previamente a la autorización final del proyecto, con el fin de contar con la conformidad de dicho organismo respecto a la alternativa propuesta, y, por tanto, con la resolución favorable y viabilidad ambiental del conjunto del proyecto.

(f) El núcleo Numancia de La Sagra-Borox deberá excluir los módulos señalados por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y retranquear su perímetro hasta dejar 10 m de distancia mínimos al MUP colindante.

(g) Se excluirá de la PSFV Los Pradillos Zona Carranque, las superficies de la PSFV que estén ocupadas por zonas de monte y forestaciones, indicadas por el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se respetará el MUP colindante, asegurando un retranqueo de, al menos,10 m del perímetro del mismo. La exclusión definitiva de las parcelas correspondientes se llevará a cabo, previamente a la ejecución de las obras en coordinación con la citada Dirección General, identificando adecuadamente las superficies a excluir.

(h) Se excluirá, en su totalidad, el proyecto «Envatios XXII-Fase II», así como su infraestructura de evacuación, en la zona de Esquivias-Seseña, por sus impactos sobre el hábitat estepario, los cuales, se acumularían a otros proyectos que han sido informados favorablemente.

(i) En relación a la línea de evacuación en Castilla La-Mancha a su paso por la Zona A del espacio Red Natura ZEC «Yesares del Tajo», el promotor deberá buscar alternativas de trazado sin afección a espacios Red Natura 2000 o en su defecto soterrar los tramos propuestos por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en su informe de 18 de enero de 2023. Dichas propuestas de modificación del trazado deberán ser ratificadas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

(j) Se soterrará, siguiendo caminos públicos existentes, el tramo LAT Carranque-Colectora Pradillos.

(k) Se modificará el tramo de LAT Cobeja-Colectora Pradillos, según lo indicado en el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Está modificación también incluirá el soterramiento del tramo coincidente con el corredor de esteparias señalado por la citada Dirección General entre la PSFV Los Pradillos (Núcleo Cobeja) y la SET en la zona de Numancia de la Sagra-Borox.

Todas estas modificaciones deberán ser debidamente recogidas en el proyecto y la cartografía y verificadas y aprobadas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid y Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el ámbito de sus correspondientes territorios competenciales de este proyecto.

(2) Se procurará utilizar otras LATs existentes repotenciándolas o compartiendo apoyos con otras líneas proyectadas próximas, en caso de que sea técnicamente inviable. La instalación de líneas eléctricas seguirá preferentemente el trazado de infraestructuras ya existentes, usando principalmente los pasillos generados por infraestructuras lineales correspondientes a grandes vías de comunicación (autopistas, autovías y ferrocarriles), así como otros viales de menor entidad existentes.

(3) El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente Resolución.

(4) Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales, que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

(5) En el caso de que durante la explotación del proyecto se detectasen circunstancias que supusiesen riesgos para especies incluidas sus correspondientes Catálogos de Especies Amenazadas, desde la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha y la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid se podrán tomar las medidas adecuadas para minimizar dichos riesgos.

(6) En el caso de existir impactos residuales por afecciones compatibles a otros elementos de interés que, puedan encontrarse en la zona de ubicación de la planta o de sus infraestructuras auxiliares y/o de evacuación, por ejemplo, elementos geomorfológicos de protección especial, charcas/estanques temporales, etc., se estudiará y propondrá medidas compensatorias adaptadas a cada caso, y estas se llevarán a cabo en lugares de la misma naturaleza.

(7) El mantenimiento y seguimiento de estas medidas propuestas se mantendrán también durante toda la vida útil del proyecto, incluyéndose los informes correspondientes en el programa de vigilancia ambiental.

(8) Se estará a lo dispuesto en Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la CM, así como al Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 59/2017; y a lo dispuesto en los diferentes Planes Especiales y Específicos de Protección Civil aprobados por la JCCLM, en especial atención a lo establecido en la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de 16 de mayo de 2006 y la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de CLM.

(9) En el caso que durante la ejecución de los trabajos se detectase algún impacto no identificado en la presente evaluación, o que su magnitud fuese superior a la prevista, se paralizarán las actividades y se notificará inmediatamente al organismo competente, según el caso, para la adopción de medidas oportunas.

(10) Se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, los restos de residuos y los escombros, que se depositarán en vertederos controlados e instalaciones adecuadas para su tratamiento.

(11) Se tendrán en cuenta las medidas respecto a los accesos y a las zonas auxiliares establecidas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid en su informe con fecha de 19 de enero de 2023.

ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas: las medidas adicionales establecidas en las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio ambiente; así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano ambiental.

Atmósfera y clima.

(1) Se reducirá la altura de descarga de los vehículos de transporte.

Geología y suelo.

(1) Se evitará la eliminación de vegetación arbórea, reducción de la permeabilidad de las superficies, decapado y retirada de tierra vegetal, salvo casos excepcionales, con el fin de prevenir procesos de erosión-desertificación y llevar a cabo la mejora de la estructura del suelo como medida de adaptación y mejora de la función del suelo como sumidero de carbono.

(2) En caso de que se requiera la retirada de tierra vegetal, realizar un tratamiento adecuado y extendido posterior de la misma en las superficies afectadas.

(3) Se evitará la modificación de la geomorfología del terreno.

(4) Se restaurará la cubierta vegetal de las superficies afectadas cuando se observa que, por la climatología, las características del terreno o por cualquier otra circunstancia no tiene éxito la revegetación natural una vez extendida la tierra vegetal.

(5) En caso de ser necesarias zonas de acopio de materiales, éstas se dispondrán de forma que ocupen la menor superficie posible y, preferentemente, en zonas desprovistas de vegetación natural. Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo por movimiento de tierras en la fase de ejecución del proyecto y de explotación.

Hidrología.

(1) Los movimientos de tierras, en caso de ser necesarios, en el Núcleo Numancia de la Sagra - Borox se limitarán a los mínimos imprescindibles, no pudiendo afectar a los flujos de agua existentes, de manera que no se presente afección al ZEC «Yesares del Valle del Tajo» colindante

(2) Se controlará la escorrentía superficial que se origine en el parque de maquinaria e instalaciones auxiliares mediante la construcción de un drenaje alrededor del terreno ocupado, destinado a albergar estas instalaciones. El drenaje tendrá que ir conectado a una balsa de sedimentación. También se podrá proteger a los cauces de la llegada de sedimentos con el agua de escorrentía mediante la instalación de barreras de sedimentos.

(3) Se procurará que las excavaciones no afecten a los niveles freáticos, así como también se debe tener cuidado con no afectar a la zona de recarga de acuíferos.

(4) Se minimizará, excepto por un mejor conocimiento científico disponible o empleo de tecnología apropiada que garantice la infiltración del agua al subsuelo la ocupación de suelos de interés para la recarga de acuíferos, teniendo especial atención a la afección del proyecto sobre el acuífero detrítico de la Cuenca del Tajo.

(5) Se deberán respetar las capacidades hidráulicas en el paso de todos los cursos de agua y vaguadas por los caminos y viales que puedan verse afectados, y no se llevará a cabo ninguna actuación que pueda afectar negativamente a la calidad de las aguas.

(6) El cruce de la LAT con los ríos se hará siempre mediante entubado rígido y sin apertura de zanja y sin afectar a la vegetación de ribera.

(7) No se realizará el lavado de maquinaria o su mantenimiento y repostaje en zonas distintas a las que se designen al efecto para realizar este tipo de operaciones. En el caso de tener que realizar el lavado de maquinaria en la zona de obras, se deberá construir, dentro de la parcela de instalaciones auxiliares, un lavadero de maquinaria con una balsa de sedimentación asociada, para impedir que esa agua contaminada llegue directamente al suelo o a los cauces cercanos. El lavado de maquinaria tal como camiones, hormigoneras, etc. se realizará sobre una superficie de hormigón lo suficientemente ancha como para que pueda acceder un camión, y con la inclinación adecuada (2%) para que el agua sea evacuada hacia la balsa de sedimentación, donde se recogerán las aguas residuales del lavado, los sedimentos generados y los aceites y grasas que pudieran ser arrastrados. Es importante que la balsa esté perfectamente vallada con un cerramiento rígido para evitar que animales o personas puedan caerse dentro.

Vegetación, flora e HICs.

(1) Deberán emplearse, en relación a las labores de mantenimiento y control de la vegetación espontánea que pueda surgir en los campos solares (bajo los seguidores y en los pasillos de separación), técnicas alternativas frente al uso de fitocidas o herbicidas, con especial atención al control mediante el pastoreo con ganado ovino y/o el desbroce manual con medios mecánicos En cualquier caso, queda prohibida la utilización de herbicidas, plaguicidas, insecticidas, rodenticidas y otros productos químicos que por sus características provoquen perturbaciones en los sistemas vitales de la fauna silvestre que potencialmente utilice este entorno como zona de alimentación, en particular la avifauna insectívora y granívora, los pequeños roedores o las especies que precisan el consumo de insectos en determinadas etapas de su vida.

(2) Se realizarán previo al inicio de las obras, prospecciones del terreno en la época adecuada y por un técnico especializado en botánica, para localización, y el establecimiento de medidas adecuadas para evitar los impactos sobre la vegetación silvestre. Se prestará especial atención en la realización de un inventario de especies de especial significación asociadas a formaciones de matorrales gipsícolas y tomillares.

(3) Se deberá mantener la vegetación natural en los márgenes de las plantas solar y bandas entre seguidores, en las que no se realicen desbroces, permitiendo el desarrollo de vegetación herbácea favoreciendo el desarrollo de invertebrados.

(4) Deberán quedar suficientemente identificadas en el terreno mediante balizamientos aquellas zonas con presencia de vegetación protegida en zonas susceptibles de sufrir afecciones por la proximidad a zonas de actuación (circulación, maniobra, mantenimiento y estacionamiento de la maquinaria, etc…).

(5) El vallado perimetral deberá trazarse por terrenos de labor y su instalación se realizará también desde dichas parcelas con el fin de evitar afecciones sobre vegetación silvestre. En cuanto al trazado de los tendidos eléctricos subterráneos, igualmente deberán discurrir por caminos ya existentes y por zonas de cultivo agrícola. En el caso de la línea eléctrica aérea, los apoyos se deberán proyectar en zonas desprovistas de vegetación protegida, priorizando su ubicación en zonas agrícolas.

(6) La vegetación arbórea, en caso de existir en la zona de instalación del proyecto, tanto en el borde como en el interior de las parcelas, deberá respetarse. Según el artículo 49 de la Ley 3/2008, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, en caso de que se realicen operaciones de descuaje de cubiertas vegetales de matorral o arbolado, se deberá solicitar autorización previa a la Delegación Provincial.

(7) En caso de verse afectados, deberán respetarse los ejemplares de las especies de flora recogidas en el Decreto 18/1992, de 26 de marzo por el que se aprueba el Catálogo Regional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres y se crea la categoría de árboles singulares. En ningún caso se apearán los ejemplares arbóreos, de cualquier calibre, de las especies catalogadas, debiéndose señalizar su presencia antes de realizar los desbroces u otras actuaciones.

(8) Se tomarán las medidas necesarias para evitar daños a la flora. Se evitará la tala del arbolado, así como, las podas abusivas que ponga en peligro la supervivencia del árbol o modifiquen drásticamente el porte del mismo. Se respetarán, con especial atención, las formaciones de interés, como coscojares, espartales, matorrales gipsícolas, tomillares y sistemas riparios,

(9) Con la finalidad de proteger los hábitats, que no se vean afectados ni en la fase de construcción ni en la fase de explotación, en especial los HICs y las especies catalogadas, se realizará, previamente al inicio de las obras, una cartografía, a escala de proyecto de ejecución, ubicando los hábitats y vegetación natural que pueda verse afectada y los que se identifiquen en los trabajos de campo. Esta cartografía abarcará la zona que se prevé que pueda verse afectada por el proyecto de ejecución, incluyendo las superficies de ocupaciones temporales.

(10) Se deberá realizar un inventario de especies en los terrenos afectados por montes preservados, previa a la proposición del trazado definitivo.

(11) Deberán preservarse, en el caso que existan, isletas de vegetación silvestre asociadas a elevaciones o topografías escarpadas.

(12) Se seguirán las medidas compensatorias respecto a las afecciones al terreno forestal establecidas en el l artículo 43 de la Ley 16/1995 y los condicionantes establecidos por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid en el informe específico con fecha de 2 de agosto de 2022.

(13) Para el ámbito de actuación de la Comunidad de Madrid, se seguirán las medidas de diseño de proyectos de restauración ecológica, según los criterios de Mola et al. (2018), enfocados a alcanzar un nivel alto de calidad, mencionados por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid en su informe con fecha de 19 de enero de 2023.

(14) Para el ámbito de actuación de Castilla-La Mancha, las plantas, partes de planta y semillas a emplear en actuaciones de restauración deberán ser especies autóctonas, procedentes de viveros o establecimientos debidamente inscritos en el Registro de Productores de Plantas de Vivero de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, viveros oficiales o, en su defecto de aquellos otros viveros igualmente legalizados. Será de aplicación la normativa nacional sobre producción, comercialización y utilización de los materiales forestales de reproducción (Resolución de 27 de abril de 2000, de la Dirección General de Agricultura, por la que se publica el Catálogo Nacional de las Regiones de Procedencia relativo a diversas especies forestales y Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción), así como cualquier otra que sobre dichos materiales se establezca con carácter general. En el caso de utilizarse materiales de reproducción de las categorías «material identificado» y «material seleccionado» de acuerdo con la normativa vigente, éstos deberán proceder de la misma región donde se ubiquen los terrenos a forestar de acuerdo con las delimitadas en el Catálogo Nacional de las Regiones de Procedencia o, en su defecto, de regiones próximas y con similares características ecológicas. Se deberá presentar un proyecto específico que contemple estas medidas para su aprobación por el Servicio Provincial, debiendo contemplar el mantenimiento de las plantaciones hasta su total arraigo.

Fauna.

(1) Se evitará la ejecución de las obras en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de agosto, ambos inclusive.

(2) Ampliación del estudio de fauna durante la fase de construcción y funcionamiento en la zona de implantación del Núcleo Cobeja, para constatar la no afección a especies de avifauna esteparia.

(3) Con carácter general, se deberá respetar un perímetro de 1,5 km de radio alrededor de los nidos de águila imperial existentes en la zona, para lo cual se verificará su presencia mediante prospección previa por técnicos especializados al inicio de los trabajos en coordinación con la guardería forestal.

(4) En los tramos aéreos de la LAT, se deberán cumplir con las medidas de prevención contra electrocución y colisión de avifauna en apoyos y vanos (respectivamente) establecidas en la normativa sectorial de protección de avifauna (Decreto 40/1998, Real Decreto 1432/2008 y las Recomendaciones técnicas del Ministerio para la Transición Ecológica para la corrección de los apoyos eléctricos del riesgo de electrocución de aves) teniendo en cuenta aspectos como la utilización prioritaria de la cruceta cabeza de gato en aquellos tramos de línea dónde resulte viable (o cruceta recta o cabeza prismática) y la obligatoriedad de instalación de elementos visuales que eviten la colisión de las aves con los conductores en el tramo objeto del informe de acuerdo a la normativa de protección citada. Debe indicarse los tramos y cables donde se instalarán dichos elementos. En el caso de instalar fundas aislantes de los cables conductores, se instalarán piezas modelo AMPACT o bien sistemas que aseguren un bloqueo permanente al movimiento de las fundas a lo largo de los conductores. En todo caso, se seguirá lo establecido en el Anexo III del informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid con fecha 19 de enero de 2023 así como las medidas preventivas para la línea de evacuación propuestas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha en su informe con fecha de 18 de enero de 2023.

(5) Se primarán los métodos de excavación sin zanja. En caso de apertura de zanjas, éstas deberán taparse durante la noche, dotándolas de rampas que faciliten la salida de fauna por caída accidental. En cualquier caso, antes del inicio de los trabajos diarios se observará la zanja abierta para detectar individuos que hayan podido caer en la misma o hayan entrado en la zona de obras, liberándolos al medio natural lo antes posible. Igualmente se dotará a los drenajes transversales y longitudinales de cualquier estructura (caminos, acondicionamiento de las superficies para la instalación de los paneles solares, etc.) que faciliten el escape de anfibios, reptiles y pequeños mamíferos, instalando rampas o similares.

(6) En la fase constructiva se evitará afectar por acopios, nuevos caminos, etc. a zonas húmedas, tanto temporales como permanentes.

(7) Se seguirán las medidas compensatorias para la mejora del hábitat estepario como consecuencia de la instalación de proyectos fotovoltaicos y sus infraestructuras de evacuación en la Comunidad de Madrid, definidas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid en el informe con fecha de 27 de abril de 2022.

(8) Se eliminará el vallado perimetral allí donde sea posible. No obstante, en caso de no poder prescindir de dicha estructura por motivos de seguridad de la instalación, el cercado deberá ser construido de manera que se puedan evitar las colisiones accidentales de la avifauna mediante el empleo de elementos de alta visibilidad o el uso de pantallas vegetales adicionales acordes con el paisaje de la zona. Además, el vallado no debe impedir la circulación de la fauna silvestre no cinegética con arreglo a lo dispuesto en el Art. 65.3. f. de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y Biodiversidad. A tal fin deberán instalarse pasos tipo gatera como mínimo cada 50 metros, existiendo obligatoriamente en todas las esquinas y en las intersecciones del vallado con grandes piedras o roquedos. En todo caso, se seguirán las condiciones mínimas para el cerramiento establecidas en el Anexo II del informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid con fecha 19 de enero de 2023.

(9) Se deberá evitar la iluminación de la planta y resto de instalaciones siempre que sea posible. En el caso de que sea inevitable la iluminación en áreas de entornos oscuros, se seguirán las recomendaciones del Real Decreto 189/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. Se utilizará un régimen nocturno reducido a lo imprescindible. Los puntos de luz nunca serán de tipo globo y se procurará que el tipo empleado no disperse el haz luminoso, que debe enfocarse hacia abajo.

(10) Se definirán corredores de fauna en el interior de los parques solares que permitan el refugio y el movimiento de las especies terrestres apoyados en hidrografía superficial, linderos, rodales de vegetación arbórea y arbustiva, y pantallas vegetales perimetrales.

(11) Se mantendrán los majanos de piedras y otras estructuras similares existentes, con el fin de mantener refugio y cobijo a fauna silvestre, o se planteará su reubicación a zonas de las poligonales libres de módulos solares.

Espacios Naturales Protegidos.

(1) Las medidas compensatorias respecto las afecciones al terreno forestal seguirán las condiciones establecidas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid en el informe específico de 2 de agosto de 2022.

(2) Para «Envatios XXII-Fase II» e infraestructuras de evacuación, en la zona de Borox, se garantizará que, en caso de ser necesarios, los movimientos de tierra se limitarán a los mínimos imprescindibles, no pudiendo afectar a los flujos de agua existentes, de manera que no se presente afección a la ZEC «Yesares del Valle del Tajo» colindante. En cualquier caso, se limitarán estos movimientos a zonas con pendientes inferiores al 8%.

(3) La selección de medidas compensatorias, en proporción 1:1 ha, se realizará a partir de las medidas establecidas para la conservación de las especies afectadas, aves esteparias, recogidas en los instrumentos de planificación general de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha, los planes de gestión de los espacios de la Red Natura 2000, ubicados preferentemente sobre terrenos agrícolas, y el Marco de Acción Prioritaria para la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha. La ubicación de las medidas compensatorias en Castilla La-Mancha se concretará con el Servicio de Medio Natural y Biodiversidad, previo a su ejecución

Paisaje.

(1) Se emplearán materiales y colores que permitan la integración paisajística de las instalaciones en el entorno, así como el uso de materiales opacos para evitar destellos y reflejos en las diferentes infraestructuras y edificaciones proyectadas.

(2) Se respetarán los ribazos y chozos de pastor, al ser elementos tradicionales del paisaje agrario.

Salud y población.

(1) Se deberán adoptar las Mejores Técnicas Disponibles que en su caso sean necesarias asegurando en todo momento su adecuación, incorporando las que resulten más eficaces frente a los impactos y/o aquellas que surjan fruto de los avances tecnológicos, principalmente respecto a las viviendas y zonas residenciales que resulten más próximas al ámbito de actuación de las infraestructuras propuestas.

(2) Previamente al inicio de la ejecución de las obras, se deberá inventariar y cartografiar aquellas zonas de abastecimiento de agua que resulten interceptadas por el proyecto, a efectos de poder aplicar las medidas correctoras y protectoras necesarias para que los posibles efectos potenciales sobre la red de agua sean mínimos o inexistentes.

(3) Deberá contemplarse un Plan de Gestión de Plagas durante la fase de ejecución de las obras, con medidas de vigilancia a través de indicadores de presencia, fundamentalmente respecto a las áreas residenciales y núcleos urbanos próximos al ámbito de actuación. Además, los indicadores de presencia se deberán concretar en aquellos puntos críticos del proyecto, como son aquellos tramos donde las líneas de evacuación interceptan a cauces del Dominio Público Hidráulico presentes en el ámbito. Se deberán incorporar medidas de coordinación con el Servicio de Gestión de Plagas de todos los Ayuntamientos implicados en el presente proyecto, por si surgiera algún tipo de incidencia y/o denuncias de la población al respecto.

(4) Deberá garantizarse el cumplimiento de los criterios establecidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas. Del mismo modo, el Estudio de Seguridad y Salud, deberá incluir los requisitos establecidos en el Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos.

(5) Previamente a la ejecución del proyecto se considerará necesario la realización de un estudio de tráfico sobre la incidencia de la implantación de las instalaciones del proyecto fotovoltaico en la red de carreteras de la Comunidad de Madrid. Dicho estudio será reemitido a la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para su correcta evaluación, análisis y pronunciamiento al respecto, dictaminando las condiciones concretas u otras consideraciones al respecto para la autorización de las obras.

(6) Se incluirá un análisis del aprovechamiento cinegético de la zona (régimen cinegético, superficies, especies de caza, etc…) para poder evaluar la incidencia del proyecto en el movimiento de las piezas de caza y un posible aumento de presión en zonas de cultivo que pudieran quedar aisladas. De acuerdo a la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha modificada por la Ley 2/2018, los huertos y parques solares y eólicos se considerarán Zonas de Seguridad, en la que el ejercicio de la caza se encuentra prohibido y, por tanto, el uso de cualquier medio para practicarlo.

Patrimonio cultural.

(1) Una vez que se haya definido la ubicación final de las plantas fotovoltaicas y el trazado final de las líneas eléctricas de evacuación, que podrá incluir una o más alternativas viables, se presentará un documento, ante la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, en el que se deberán especificar de forma concreta y pormenorizada aquellos aspectos de la ejecución de la obra que tengan afecciones en el subsuelo (hincas de las líneas eléctricas, soterramientos, zapatas de los apoyos) y/o los detalles precisos de su travesía por los cascos urbanos. La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid marcará las directrices a seguir, una vez estudiada cada afección concreta del trazado definitivo al patrimonio cultural. Con el fin de hacer compatible la protección del patrimonio histórico y el desarrollo del proyecto, se analizarán todas las alternativas y se señalarán las medidas correctoras tendentes a eliminar o aminorar las afecciones sobre el patrimonio cultural.

(2) Se establecerá, para cada uno de los bienes existentes en el ámbito de afección del proyecto, una zona de amortiguación de 15 m en el entorno de cada uno de los bienes, con objeto de mitigar el posible impacto de las instalaciones proyectadas sobre los bienes inventariados.

(3) De manera paralela a la ejecución del proyecto, se llevará a cabo un proyecto de consolidación, restauración y puesta en valor/musealización. La restauración de los chozos y corrales se realizará siguiendo la técnica constructiva original, de mampostería irregular trabada a hueso (piedra seca), o con barro/cal, cubiertas vegetales o de piedra con falsa cúpula. Finalmente, se complementará la musealización con la instalación de un panel explicativo con textos e información gráfica, así como referencias a las fuentes documentales que faciliten la interpretación de los mismos. Se deberá proyectar caminos de acceso público a estos bienes patrimoniales. La propuesta de intervención deberá ser autorizada por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

(4) Los bienes inventariados localizados en el entorno inmediato de las plantas fotovoltaicas y líneas eléctricas de evacuación, deberán quedar debidamente balizados y señalizados en los planos de obra para evitar que en su ámbito se ubique cualquier instalación de carácter temporal o camino de servicio. En el caso de que en el curso de los trabajos se descubran nuevos yacimientos arqueológicos o se modifique la información arqueológica preexistente, se deberán cumplimentar la/s fichas/s del Catálogo Geográfico de Bienes del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, mediante la aplicación informática suministrada por la Dirección General de Patrimonio Cultural. Se deben entregar las fichas de los exponentes de la arquitectura tradicional (chozos y corrales).

(5) Se realizará una descripción pormenorizada de los restos materiales o evidencias muebles identificadas durante la fase de prospección: tipología, adscripción crono-cultural, documentación gráfica correcta.

(6) Se deberán realizar observaciones específicas o descripciones detalladas sobre las evidencias materiales detectadas (fichas de registro de hallazgos).

(7) Se precisará si los restos materiales registrados se han recogido, inventariado o procesado de algún modo. En los yacimientos o hallazgos inéditos no inventariados, se deberá realizar una recogida selectiva de restos materiales, siempre sin agotar el registro.

(8) Se deberá tener en cuenta la posible existencia de bienes patrimoniales de carácter etnográfico que podrían verse afectados a lo largo del trazado y que son exponentes de la arquitectura tradicional o vernácula de la región y expresión cultural significativa de la estructura socioeconómica pasada, así como bienes relacionados con la Guerra Civil Española (líneas defensivas, trincheras), protegidos en ambos casos por la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. Estos bienes quedarán excluidos de la zona de implantación del proyecto y deberán estar debidamente balizados y señalizados en los planos de obra para evitar que en ellos se ubique cualquier instalación de carácter temporal

(9) Las PSFVs deberán respetar el Dominio Público Pecuario, situándose el vallado de dicho emplazamiento, fuera de la vía pecuaria.

(10) Para «Planta Solar Envatios XXIV-Fase I y II» e infraestructuras de evacuación, en el ámbito del yacimiento Rompe Tejas y La Laguna, afectado por la línea eléctrica, se deberán realizar desbroces de carácter mecánico y limpieza manual del área afectada, desbroces previos a la ejecución del proyecto, con objeto de valorar la posible incidencia sobre el yacimiento inventariado. Una vez se haya realizado esta fase de intervención, se presentará un informe final de la peritación de valoración arqueológica, con las medidas correctoras que el equipo técnico arqueológico director determine. La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid prescribirá las actuaciones posteriores a realizar en dicho emplazamiento arqueológico que, podrán ir desde actuaciones puntuales de documentación y excavación hasta la modificación del trazado de las infraestructuras eléctrica.

(11) El trazado la LAT deberá evitar su paso por el yacimiento Fábrica de Cerámica-Velilla.

(12) Se respetará la integridad del BIC La Presa, con incoación de expediente en fecha 13 de diciembre de 1991 y se estará dispuesto a lo establecido en la normativa sectorial de aplicación.

(13) Se deberá presentar el proyecto definitivo, en formato digital, para su evaluación por parte del Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo.

(14) Se realizará un control y supervisión directa de todos los movimientos de terrenos generados por la obra –por parte de un arqueólogo expresamente autorizado-, realizando la conservación in situ y documentación (informes arqueológicos, memorias y fichas inventario de Carta Arqueológica) de los bienes inmuebles y de los restos muebles que puedan aparecer.

(15) La delimitación de las PSFVs deberá respetar el ancho legal de las vías pecuarias.

(16) Para «Envatios XXII-Fase II», así como su infraestructura de evacuación:

(a) Se deberá ejecutar un control arqueológico directo y permanente de los movimientos de terreno en el sector del ámbito de Protección B-5 «Taquines», en el sector del Ámbito de Protección B-3 «Cañada de las Merinas Oeste y en el Ámbito de Protección A-7 «Camino de la Alhóndiga».

(b) Se deberá establecer una zona de exclusión de la PSFV de al menos 25 m de radio respecto a «Chozo de Valdeón», considerada desde la coordenada central del chozo.

(17) Para PSFV Los Pradillos Zona Carranque.

(a) No se afectará el yacimiento Tierras del Prado (07451520589).

(b) Se excluirán las Parcelas 45, 49, 51, 52, 54, 59 y 83 del Polígono 5 de la PSFV para evitar afección sobre el yacimiento arqueológico documentado en la prospección arqueológica.

(c) Control arqueológico directo y permanente de los movimientos de terreno de las parcelas 22, 23 y 24 del polígono 14 y parcelas 40, 41, 42 y 75 del polígono 6 del TM de Carranque durante la fase de construcción de la planta fotovoltaica (nivelaciones de terreno, excavación o aporte, apertura de zanjas).

(18) Para Línea de evacuación Promotores Fuencarral.

(a) Debido a la afección directa de la LAT sobre el ámbito de Protección A-6 Puente del Jarama (07451610203), el promotor deberá aportar la documentación referente a la modificación de la LAT al Servicio de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha, previamente a la ejecución del proyecto. Dicha documentación deberá ser estudiada y posteriormente informada por el Servicio de Cultura, con el fin de autorizar la ejecución de la citada infraestructura eléctrica.

iii) Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA, debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta Resolución.

Se designará un Director Ambiental de las obras que, sin perjuicio de las competencias del Director Facultativo del proyecto, será el responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, lo que incluirá, además del cumplimiento de las medidas propuestas, la elaboración de un registro del seguimiento de las mismas y de las incidencias que pudieran producirse, y la presentación de informes periódicos ante los organismos competentes, así como recoger las medidas a adoptar no contempladas en el estudio de impacto ambiental.

Para la Comunidad de Madrid, se seguirá el Programa de Vigilancia Ambiental, tanto para plantas fotovoltaicas como para líneas eléctricas aéreas, incluido en el informe con fecha de 27 de abril de 2022 referente a medidas compensatorias para la mejora del hábitat estepario como consecuencia de las instalaciones de proyectos fotovoltaicos y sus infraestructuras de evacuación.

Para Castilla-La Mancha, se considerará necesaria la ejecución de un Plan de seguimiento específico de fauna que se llevará a cabo, con periodicidad anual, durante toda la vida útil del proyecto, con objeto de completar la información sobre la fauna residente y para verificar el adecuado funcionamiento de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias ejecutadas, así como para detectar impactos no tenidos en cuenta durante la evaluación ambiental del proyecto. El desarrollo de dicho plan deberá ser ejecutado por una empresa independiente de la responsable de la obra. Asimismo, para su ejecución, se seguirá el conjunto de condicionantes al respecto establecidos por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el informe con fecha de 18 de enero de 2023.

El desarrollo de dicho plan deberá ser ejecutado por una empresa independiente de la responsable de la obra. En el estudio de seguimiento deben de constar al menos los siguientes puntos:

– Censo de aves y mamíferos carnívoros en zona de actuación y área de influencia.

– Estudio de tránsito de aves y mamíferos en las anteriores zonas.

– Mortandad de aves y quirópteros en la planta solar y en la banda de 50 m a cada lado del tendido, incluyendo estudio de detectabilidad y predación.

– Mortandad de aves en el cerramiento y seguimiento de su permeabilidad.

Así mismo, se determinarán parcelas testigo próximas a la zona de actuación y de las mismas características respecto al uso del suelo actual a la de la zona de actuación, donde se efectuarán censos de fauna (avifauna y mamíferos), que permitan hacer un estudio comparativo para evaluar el grado de modificación del hábitat asociado a este tipo de instalaciones a lo largo del período antes referido y la evolución o los cambios en las comunidades faunísticas.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 21 de marzo de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados Contestación
Oficina Española de Cambio Climático. MITECO.
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. MITECO. No
Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio del Interior. No
Confederación Hidrográfica del Tajo. MITECO.
Dirección General de Infraestructura. Secretaría de Estado de Defensa. Ministerio de Defensa.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Agencia del Agua de Castilla La Mancha. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (en lo sucesivo JCCLM). No
Dirección General de Desarrollo Rural Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la JCCLM. No
Dirección General de Agricultura y Ganadería. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la JCCLM. No
Dirección General de Carreteras. Consejería de Fomento de la JCCLM. No
Dirección General de Políticas Agroambientales. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la JCCLM. No
Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Fomento de la JCCLM. No
Dirección General de Economía Circular. Consejería de Desarrollo Sostenible de la JCCLM. No
Dirección General de Transición Energética. Consejería de Desarrollo Sostenible de la JCCLM.
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Sostenible de la JCCLM.
Dirección General de Protección Ciudadana. Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la JCCLM.
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad de la JCCLM.
Viceconsejería de Cultura y Deportes. Consejería de Cultura, Educación y Deportes de la JCCLM.
Dirección General Planificación Territorial y Urbanismo. Consejería de Fomento de la JCCLM.
Delegación Provincial de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural en Toledo. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
Diputación de Toledo.
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid (en lo sucesivo CM).
Área de Vías Pecuarias. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la CM. No
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la CM. No
Dirección General de Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la CM. No
Dirección General de Suelo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la CM.
Dirección General de Transportes y Movilidad. Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la CM. No
Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras de la CM.
Dirección General de Promoción Económica e Industrial. Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la CM. No
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación. Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la CM.
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad de la CM.
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la CM.
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la CM.
Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la CM.
Subdirección General de Producción Agroalimentaria. Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la CM.
Subdirección General de Energía y Minas. Dirección G.ª de Promoción Económica e Industrial. Viceconsejeria de Economía. Consejería de Economía Hacienda y Empleo,
Red Eléctrica de España (REE).
Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
WWF/ADENA. No
SEO/BIRDLIFE. No
GREFA. No
Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU). No
IIDMA (Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente). No
Sociedad Española de Sanidad Ambiental. No
Ecologistas en Acción.
Asociación DALMA.
Telefónica S.A.
UFD Distribución de electricidad, S.L. Unión Fenosa.
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. Iberdrola.
Canal de Isabel II.
Ayuntamiento de Ajalvir. No
Ayuntamiento de Alameda de la Sagra. No
Ayuntamiento de Alcobendas.
Ayuntamiento de Aranjuez. No
Ayuntamiento de Arganda del Rey.
Ayuntamiento de Borox. No
Ayuntamiento de Campo Real. No
Ayuntamiento de Carranque. No
Ayuntamiento de Chinchón. No
Ayuntamiento de Cobeja. No
Ayuntamiento de Cobeña.
Ayuntamiento de Colmenar de Oreja. No
Ayuntamiento de Esquivias.
Ayuntamiento de Illescas. No
Ayuntamiento de Loeches. No
Ayuntamiento de Madrid.
Ayuntamiento de Mejorada del Campo. No
Ayuntamiento de Morata de Tajuña.
Ayuntamiento de Numancia de la Sagra.
Ayuntamiento de Pantoja. No
Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama.
Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.
Ayuntamiento de Seseña.
Ayuntamiento de Titulcia.
Ayuntamiento de Torres de la Alameda.
Ayuntamiento de Ugena. No
Ayuntamiento de Valdilecha.
Ayuntamiento de Velilla de San Antón.
Ayuntamiento de Yuncos.

Alegaciones recibidas en el trámite de información pública.

– Asociación Ecologista La Avutarda Dientes de Sable.

– Azor Solar, SLU y Avutarda Solar, SLU.

– Clancor, SA.

– Energía Amanecer, SL.

– Green Capital Development 56, SLU y Green Capital Development 57, SLU.

– Khons Sun Power, SL.

– Mauricio Solar, SLU, Martianez Solar, SLU, - Recova Solar, SLU - Rabiza Solar, SLU, y - Regata Solar, - Sanabria Solar, SLU - Gallocanta Solar, SLU - Varadero Solar, SLU - Mastil Solar, SLU - Driza Solar, SLU - Noguera Solar, SLU - Cerezo Solar, SLU - Abeto Solar, SLU - Goleta Solar, SLU, Grillete Solar, SLU.

– Mitra Beta, SLU.

– Mitra Gamma, SLU.

– Mystery Inspiration, SL.

– Nun Sun Power, SL.

– Parque FV Hércules, SL y Parque FV Orión, SL.

– Saint-Gobain Placo Ibérica, SA.

– Siendo Útil, SL, y Mystery Inspiration, SL.

– Solarpack Promo2007 Ochenta y Dos, SL.

– Urban Castilla La Mancha, SL – Plataforma Central Iberun Servicios, SL – Unión Temporal de Empresas.

– Valdemera Agropecuaria, SL.

– Tres particulares.

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