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Documento BOE-A-2023-9029

Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Derechos de los Animales, por la que se publica el Convenio con la Asociación Huellas Compartidas, para la realización de actuaciones con el objetivo común de concienciar en materia de tenencia responsable de animales de compañía.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 11 de abril de 2023, páginas 52135 a 52139 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2023-9029

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 28 de marzo de 2023 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Asociación Huellas Compartidas para la realización de actuaciones con el objetivo común de concienciar en materia de tenencia responsable de animales de compañía.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con las competencias conferidas por el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, resuelvo:

Proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que se incorpora como anexo a esta resolución.

Madrid, 3 de abril de 2023.–El Director General de Derechos de los Animales, Sergio García Torres.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Asociación Huellas Compartidas, para la realización de actuaciones con el objetivo común de concienciar en materia de tenencia responsable de animales de compañía

28 de marzo de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Rubén Baz Vicente, Subsecretario de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 366/2022, de 10 de mayo, actuando por delegación de competencias de la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, según lo previsto en el apartado séptimo, subapartado 1.a) de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.

Y, de otra parte, doña Aurelia Farrán Llorca, como presidenta y representante legal de la Asociación Huellas Compartidas, CIF G01803295, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de los Estatutos de dicha Asociación, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, sección 1.ª, número nacional 620556; con domicilio en c/ Comte Urgell, n.º 204, 5.º C, 08036 Barcelona.

Ambas partes, que actúan debido a sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales tiene, entre sus competencias, la formulación de las políticas del Departamento en materia de protección de los derechos de los animales, así como la coordinación tanto con las administraciones públicas como con los agentes sociales y la sociedad civil, para que se reconozcan y se respeten los derechos de los animales y su protección de conformidad con lo establecido en el artículo 8.3, letras o) y r) del Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales».

Segundo.

Que el ejercicio de estas funciones implica la colaboración con instituciones cuyos objetivos y competencias coincidan o estén alineados con los expresados.

Tercero.

Que la Asociación Huellas Compartidas, tiene entre sus objetivos:

– Promoción y difusión de la tenencia responsable de animales, a través de la educación, fomentando una cultura de respeto por los animales.

– Promover en escuelas e institutos la tenencia responsable de animales de compañía, fomentando la empatía, educando en los derechos de los animales y promoviendo una convivencia sana entre personas y animales.

– Dar visibilidad a través de proyectos culturales (cine, audiovisuales y otros soportes culturales) a los beneficios que la relación con perros puede suponer para colectivos de personas en riesgo de exclusión social, con el objetivo de sensibilizar y concienciar.

– Asesoramiento a entidades municipales y supramunicipales en sus campañas de tenencia responsable de animales, favoreciendo una convivencia positiva entre las personas propietarias de animales de compañía y el resto de la sociedad.

– Asesoramiento a entidades municipales y supramunicipales sobre el uso de perros como herramientas de socialización y mejora de autonomía de las personas mayores.

– Organización de eventos públicos para promover la tenencia responsable de animales.

Cuarto.

Que ambas partes consideran de interés la realización de actuaciones conjuntas en materia del fomento de la tenencia responsable y en la formación como vehículo para la preservación y mejora del bienestar animal como elemento fundamental en el desarrollo y evolución de la sociedad, en la medida en que la experiencia adquirida en la protección de los animales por la Dirección General de Derechos de los Animales y por la Asociación Huellas Compartidas, desde un punto de vista social, coadyuvan en el objetivo común de ofrecer una visión integral a la ciudadanía respecto de la problemática de la protección, derechos y bienestar de los animales.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las bases generales de cooperación entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Asociación Huellas Compartidas en materia de difusión de proyectos de formación y sobre tenencia responsable de animales de compañía y bienestar animal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la firma del presente instrumento no supone cesión de las competencias propias de las partes firmantes.

Segunda. Compromisos que asume el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales, adquiere los siguientes compromisos:

1. Facilitar el plan de tenencia responsable de la Dirección General de Derechos de los Animales a la Asociación Huellas Compartidas.

2. Integrar a la Asociación Huellas Compartidas como entidad colaboradora en las acciones formativas que organice en materia de tenencia responsable de animales de compañía.

3. Incluir a la Asociación Huellas Compartidas entre las empresas y organismos colaboradores en las publicaciones que se realicen informando del Plan de Tenencia Responsable de Animales de Compañía (PATRAC), a la vista de su manifiesta intención de dar difusión a la misma, con el objetivo común de concienciar sobre la tenencia responsable de animales de compañía.

4. Colaborar con la Asociación Huellas Compartidas en la difusión de campañas de concienciación sobre la tenencia responsable y la integración social de los animales de compañía en el ámbito de la infancia y la adolescencia, proporcionando los materiales generados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Dicha colaboración no generará gasto económico alguno para el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Tercera. Compromisos que asume la Asociación Huellas Compartidas.

La Asociación Huellas Compartidas adquiere los siguientes compromisos:

Colaborar con la Dirección General de Derechos de los Animales en la organización de las acciones formativas que organice en materia de tenencia responsable de animales de compañía. Dicha colaboración consistirá en el diseño del contenido de dichas acciones, búsqueda de ponentes participantes, y participar como ponente en las mismas. Dicha participación será gratuita.

1. Dar difusión a la existencia del Plan sobre Tenencia Responsable de Animales de Compañía (PATRAC) a través de su página web y en su sector de actividad.

2. Dar uso a los materiales proporcionados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para la difusión de campañas de concienciación sobre la tenencia responsable y la integración social de los animales de compañía en el ámbito de la infancia y la adolescencia.

Cuarta. Incumplimiento.

En el caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos asumidos en los apartados anteriores, la otra parte estará habilitada a requerir a la parte incumplidora para que, en el plazo de quince días hábiles, cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Si trascurrido el plazo indicado, desde la notificación por escrito del requerimiento, persistiera el incumplimiento, se dará traslado a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, quien declarará resuelto el mismo y, además, determinará, en su caso, la posible indemnización a satisfacer por dicho incumplimiento.

Quinta. Tratamiento de datos personales.

En el supuesto en el que, en virtud de las actuaciones previstas en el convenio, sea necesario el tratamiento de datos personales, será el Ministerio de derechos Sociales y Agenda 2030 el responsable del tratamiento de dichos datos, y se aplicará el régimen de protección previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD). Igualmente, será de aplicación el régimen previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en lo que no se oponga a las normas antes citadas.

Sin perjuicio de lo anterior, las partes declaran que el convenio no supone la comunicación o el acceso por una parte a ningún dato de carácter personal incluido en los tratamientos que sean responsabilidad de la otra parte.

Sexta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de ambas entidades no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio, del que no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Séptima. Financiación del convenio.

La firma del presente convenio no conlleva contraprestación económica para ninguna de las partes.

Octava. Comisión de Seguimiento.

1. Se establece una Comisión de Seguimiento del presente convenio, constituida por una persona representante del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y por una persona representante de la Asociación Huellas Compartidas, que serán nombradas por la persona titular de la Dirección General de Derechos de los Animales, y por el Presidente de la Asociación Huellas Compartidas, respectivamente, y el secretario/a, que se menciona en el apartado 3.

2. Las personas que formen parte de esta Comisión podrán ser sustituidas por las personas que aquellas designen.

3. La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la Dirección General de Derechos de los Animales, así como la designación de la persona que desempeñe la secretaría del órgano que, sin voz ni voto, estará encargada de levantar acta de las reuniones que se celebren.

4. La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del presente convenio.

5. El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se adecuará a lo previsto para los órganos colegiados en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena. Régimen de modificación del convenio.

El presente convenio podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, mediante la suscripción de la oportuna Adenda de modificación, que deberá ser suscrita con anterioridad a la expiración del plazo de duración de este.

Décima. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, no contractual, y en lo no dispuesto en el mismo se estará a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que no puedan resolverse por conciliación en la Comisión de Seguimiento serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso- administrativa, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29 /1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Undécima. Vigencia y entrada en vigor.

El presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma, siendo eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, el presente convenio será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de vigencia será de dos años tras su entrada en vigor.

Antes de la finalización de la vigencia del convenio, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Asociación Huellas Compartidas podrán acordar, expresamente y por escrito, su prórroga por otros dos años adicionales. En tal caso, esta prórroga deberá ser comunicada al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

Duodécima. Causas de extinción.

Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes garantizarán la continuidad, hasta su conclusión, de aquellas actuaciones que se encuentren en ejecución en el momento de la resolución del convenio, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–Por la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030, el Subsecretario, Rubén Baz Vicente.–Por la Asociación Huellas Compartidas, la Presidenta, Aurelia Farrán Llorca.

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