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Documento BOE-A-2023-9629

Real Decreto 309/2023, de 18 de abril, por el que se amplía la declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, del edificio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España, en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 19 de abril de 2023, páginas 55774 a 55777 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-9629

TEXTO ORIGINAL

El edificio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en Madrid, sito en la calle Marqués de Cubas, número 13, fue declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento, mediante Real Decreto 334/1998, de 27 de febrero.

El artículo 2 del Real Decreto 334/1998, de 27 de febrero, delimita el inmueble situado en el número 13, con la siguiente demarcación: Calle del Marqués de Cubas, número 13; con vuelta a la calle de Los Madrazo, número 32; medianera con edificio de la calle de Los Madrazo, número 34; y, medianería con edificio de la calle Marqués de Cubas, número 15.

El edificio que corresponde al número 15 de la calle Marqués de Cubas formaba parte, junto con el edificio del número 13, de la Real Casa del Vidrio teniendo en cuenta que en su origen los inmuebles formaban una unidad arquitectónica manifestada por la similitud compositiva de sus fachadas. Hasta el 2012, el número 15 albergaba la Escuela de Artes y Oficios, fecha en la que se cedió a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en primer lugar, para que ampliara su sede y, en segundo lugar, porque el edificio había sido concebido de manera unitaria. Es en esta concepción unitaria y funcional de los dos inmuebles, que en su origen conformaron un único edificio, donde radica el interés de ampliación de la declaración de bien de interés cultural que ya ostenta el número 13 de la calle Marqués de Cubas desde 1998.

El inmueble se encuentra adscrito a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, del Ministerio de Ciencia e Innovación, desde el año 2012.

Este inmueble es a su vez un elemento integrante del patrimonio histórico español, como inmueble de interés histórico y artístico, según lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.b) y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la incoación y tramitación del expediente, dado que el inmueble sito en el número 15 de la calle Marqués de Cubas, del municipio de Madrid está adscrito a servicios públicos de titularidad y gestión estatal.

La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consta en el expediente el informe favorable a la ampliación de la declaración de bien de interés cultural de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de la Real Academia de la Historia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 2023,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

El presente real decreto tiene por objeto ampliar la declaración de bien de interés cultural prevista en el Real Decreto 334/1998, de 27 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el edificio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en Madrid, con categoría de monumento, a la finca que se menciona en el artículo 3.

Artículo 2. Descripción.

Este inmueble de estilo neoclásico ha sido denominado desde sus inicios como Real Casa del Vidrio, tal y como se recoge en el Reglamento del Almacén General de Madrid de Cristales de la Real Fábrica de San Ildefonso de 1787, y así se sigue denominando en el compendio de Arquitectura de Madrid elaborado por el Colegio de Arquitectos en 2003. Este estatus de Real Casa se puede apreciar en la presencia del escudo de armas reales que reposa sobre el balcón principal de la fachada, hoy perteneciente al número 13 de la calle Marqués de Cubas.

La construcción del inmueble está fechada en 1798, y fue proyectada por el arquitecto Manuel Martín Rodríguez, alumno de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, sobrino de Ventura Rodríguez y, previo al desarrollo de una amplia carrera profesional, aprendiz en el estudio de Felipe de Castro.

El edificio mantuvo su concepción original hasta 1860, cuando se produjo la reforma y ampliación del viario inmediato y el edificio sufrió el derribo de casi la mitad septentrional del mismo. Hoy, sin embargo, la fachada no es simétrica como lo fue en un origen. Solo se mantiene el cuerpo central, correspondiente como ya se ha mencionado al número 13 de la Calle Marqués de Cubas y en el que se encuentra el escudo con las armas reales, y el saliente de la derecha, correspondiente al número 15, con su correspondiente tramo curvo de tránsito entre uno y otro.

El edificio tiene actualmente una planta alargada distribuida en torno a tres patios. El edificio conserva la sencillez en las fachadas con la que fue concebido, habitual en los edificios de corte neoclásico, con piso bajo de almohadillado a la francesa y dos pisos en alzado de ladrillo a cara vista rematados por cornisa. Destaca la concavidad formada por el retranqueo de una parte de la fachada principal. En una hornacina situada en esta concavidad se aloja una escultura que representa a la Justicia. Sobre la figura se aprecia una lápida en la que se destacan dos fechas: 1730, año de fundación de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación; y 1905, año de su traslado a este edificio.

Artículo 3. Delimitación del bien afectado.

La parcela afectada por la ampliación de la declaración como bien de interés cultural de la Real Academia de la Jurisprudencia y la Legislación de España se corresponde con la finca, con naturaleza urbana situada en la calle Marqués de Cubas, número 15, titularidad de la Administración General de Estado con referencia catastral 1144409VK4714E0001PZ.

La superficie de la parcela es de 418 m2, en la que se levanta el inmueble de tres plantas con una superficie total construida de 1.337 m2, afectando a la totalidad de esta cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:

Coordenada X Coordenada Y
440996.90 4474293.60
440999.71 4474272.02
441018.19 4474272.62
441015.11 4474296.13
440996.90 4474293.60
Artículo 4. Delimitación del bien resultante de la ampliación.

El Real Decreto 334/1998, de 27 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el edificio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en Madrid, delimitó, en su artículo 2, el inmueble situado en el número 13, dejando fuera el edificio de calle Marqués de Cubas, número 15.

Los inmuebles que componen esta ampliación se corresponden con las fincas con referencias catastrales 1144401VK4714E0001UZ y 1144409VK4714E0001PZ. La superficie de ambas parcelas es de 1.179 m2, en la que se levanta el inmueble de tres plantas con una superficie total construida de 4.047 m2.

La delimitación resultante de los elementos del bien de interés cultural que se considera necesario proteger están constituidos por los inmuebles con número de gobierno 13 y 15 de la calle Marqués de Cubas del municipio de Madrid, afectando a la totalidad de estas cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:

Coordenada X Coordenada Y
440994.17 4474341.14
440994.03 4474341.37
440993.62 4474341.43
440993.16 4474341.23
440992.89 4474340.98
440996.73 4474314.46
440996.83 4474313.78
440996.95 4474312.24
440996.48 4474311.11
440995.77 4474310.40
440994.74 4474310.05
440999.73 4474272.02
441018.18 4474272.60
441009.59 4474337.91
440994.17 4474341.14
Artículo 5. Bienes muebles incorporados al monumento.

Conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, integran esta ampliación, además de la parte del edificio histórico a la que se hace referencia en el artículo anterior, los bienes muebles de carácter histórico-artístico asociados a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, así como su biblioteca y archivo, cuyo control y supervisión queda encomendada a la propia institución según los preceptos establecidos por la mencionada ley para estos bienes.

Artículo 6. Descripción complementaria.

La descripción complementaria del monumento a que se refiere el presente real decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en los planos y demás documentación que obran en el expediente.

Artículo 7. Publicidad.

La declaración de bien de interés cultural tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 18 de abril de 2023.

FELIPE R.

El Ministro de Cultura y Deporte,

MIQUEL OCTAVI ICETA I LLORENS

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