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Documento BOE-A-2023-9923

Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "PSF La Gallega de 82,60 MWn de potencia y línea de evacuación asociada (aérea)", en Fuente de Cantos (Badajoz).

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 24 de abril de 2023, páginas 57099 a 57104 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-9923

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 24 de octubre de 2022, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «PSF La Gallega de 82,60 MWn de potencia y línea de evacuación asociada (aérea)», en el término municipal de Fuente de Cantos, en la provincia de Badajoz, promovido por Gandasolar 3, SL, al amparo del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Analizada la documentación, se verifica que no consta un estudio de fauna completo, por lo que se requiere subsanación de documentación, con fecha 31 de octubre de 2022, la cual es aportada el 1 de diciembre de 2022, tras lo que se constata que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y se procede a suspender el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en tanto se resuelve el presente procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto.

El proyecto consiste en la instalación de un parque solar fotovoltaico de 82,60 MW, con un vallado de una superficie de 212,75 ha y un perímetro de 23.289 m, distribuidas en 9 parcelas, eléctricamente unidas a través de canalizaciones eléctricas subterráneas de 30 kV. El punto de conexión es la subestación elevadora SET CSF La Gallega 132/30 kV, que elevará la tensión a 132 kV, para evacuar mediante una línea aérea de 1.713,14 m y 8 apoyos a la Subestación Promotores Fuente de Cantos 400/132 kV. Desde esta subestación, se conectará mediante una línea de alta tensión de 400 kV hasta la Subestación Fuente de Cantos 400 kV, de Red Eléctrica de España, no existente en la actualidad.

La conexión entre la Subestación Promotores Fuente de Cantos 400/132 kV y la Subestación Fuente de Cantos 400 kV es objeto de análisis en otros procedimientos por lo que no han sido considerados en la presente resolución.

Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

La implantación de la planta fotovoltaica y su línea de evacuación subterránea no tienen afección sobre ningún espacio perteneciente a la Red de Áreas Naturales Protegidas (RNAP) de la Junta de Extremadura, según el resumen ejecutivo, localizándose el más próximo, el árbol singular «Encina de las Reliquias», a 15 kilómetros al sur. El Parque Natural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche, perteneciente a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA), se encuentra 17 Km al sur. Tampoco, se encuentra incluida en ningún espacio de la Red Natura 2000. La Zona de Especial Protección para las Aves más cercana es la ZEPA (ES0000403) «Colonias de Cernícalo Primilla de Fuente de Cantos», a 3,6 Km al noroeste. La Zona de Especial Conservación ZEC (ES4310068) «Sierras de Bienvenida y la Capitana» se sitúa a menos de 10 Km al noreste y la ZEC (ES4310019) «Río Ardila Alto», a menos de 15 Km al suroeste.

La planta no coincide territorialmente con ningún tipo de Hábitats de Interés Comunitario (HIC) según el anexo II - Estudio de los hábitats de interés comunitario y las formaciones vegetales notables dentro, siendo los más cercanos el HIC 5330 (Matorrales termomediterráneos y preestépicos) y el HIC 92D0 (Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos).

Respecto al ámbito forestal, según el Inventario Español de Patrimonio Forestal y el Catálogo de Montes de Utilidad Pública (MUP), el proyecto no guarda coincidencia espacial con ninguno de ellos, encontrándose el denominado «Cabeza Parda y Manantío» MUP N.º031-BA en el término municipal de Fuente de Cantos, a 4,5 Km al noreste de las instalaciones.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

La naturaleza del terreno donde se pretende realizar la instalación solar fotovoltaica se corresponde con tierras de labor en secano, al igual que gran parte del trazado de la línea, salvo su parte final, en la que existe uso de pastizal natural.

Tras los trabajos de campo realizados de febrero a abril de 2022, no localizan ejemplares, ni poblaciones de flora protegida y/o de interés en el área de estudio. No se han identificado formaciones vegetales notables dentro del área de implantación, ni sobre el trazado de las líneas de evacuación.

Los censos de avifauna fueron realizados entre junio de 2021 y junio de 2022, detectándose un total de 191 y un total de 34.168 observaciones. Se han registrado dos especies con avistamientos por encima de los 2.000 registros, que se corresponden con el bisbita pratense (Anthus pratensis) con 2.061 contactos y la avefría europea (Vanellus vanellus) con 2.014 registros en el censo anual. Durante el periodo de invernal, se registra la comunidad más densa llegando a contener el 61 % de las observaciones anuales y registrándose hasta 69 % del total de especies censadas. La invernada acoge rapaces de alto interés de conservación como el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), especie catalogada como especie «En Peligro de Extinción» por el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (CREAEX) y por el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), el milano real (Milvus milvus), considerado por ambos catálogos, estatal y autonómico, como «En Peligro de Extinción», el buitre negro (Aegypius monachus), catalogada como especie «Vulnerable» a nivel nacional y como «Sensible a la alteración de su hábitat» en el CREAEX.

La localización de la planta y la línea de evacuación afecta a un área de importancia para las aves (IBA), denominada como «Fuente de Cantos - Montemolín» con código 268, al insertarse completamente dentro de ella. Esta IBA representa una zona importante para las aves esteparias, destacando la avutarda (Otis tarda), incluida en LESPRE y según el CREAEX considerada «Sensible a la alteración de su hábitat»; el sisón (Tetrax tetrax), especie «Vulnerable» a nivel estatal y «En Peligro de Extinción» a nivel autonómico; el alcaraván (Burhinus oedicnemus), incluido en el LESPRE y «Vulnerable» para el CREAEX y la ganga ortega (Pterocles orientalis), especie «Vulnerables» a nivel estatal y catalogada «Sensible a la alteración de su hábitat» a nivel autonómico. Así, podrían verse afectadas por su cercanía al proyecto, el alcaraván, la avutarda y la ganga ortega por encontrarse a 500 m de distancia. Estas especies encabezan la lista como especies altamente amenazadas y presentan un alto riesgo de colisión (19 %).

De las aves esteparias, se localizan un total de 17 especies y un total de 15.337 observaciones. La especie más abundante fue el triguero (Emberiza calandra), con 7.561 ejemplares; seguido de la calandria (Melanocorypha calandra), con 1.928 efectivos registrados; y de la alondra común (Alauda arvensis), con 1.876 individuos censados. Suponen el 65 % de los registros del censo de esteparias.

El proyecto fotovoltaico, según el estudio de impacto ambiental, afectaría a 37 hectáreas de Zonas de protección para la avifauna contra la colisión y electrocución en las líneas eléctricas de alta tensión y Zonas de Protección de la Avifauna, no así para el trazado de la línea de evacuación. Estas zonas de protección para la avifauna son áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración. Entre las especies que incluye estarían el sisón y la avutarda, y grupos de aves rapaces, como el águila real o el milano real.

Se han detectado al menos 4 especies de quirópteros en el área de influencia del proyecto, de las cuales 3 pertenecen a la categoría de «Interés Especial» del CREAEX que serían el murciélago común o enano (Pipistrellus pipistrellus), el murciélago rabudo (Tadarida teniotis) y el de borde claro (Pipistrellus kulhii). La cuarta especie identificada en el estudio, el murciélago de Cabrera (Pipistrellus pygmaeus), al igual que las especies anteriores, están incluidas en el LESRPE.

En relación a los reptiles, se han localizado 14 de las 16 especies citadas en bibliografía. No se ha podido localizar actividad de Galápago europeo, ni de galápago de Florida. Cinco de las especies se han localizado en hábitats húmedos y 9 especies en hábitat de pastizal/ cultivos de secano. Todas las especies localizadas son catalogadas como de «Interés Especial» en el CREA.

Se han detectado 9 de las 12 especies de anfibios citadas en bibliografía. Tres de las especies se han localizado en los puntos de agua, 2 especies en los coros nocturnos (cantos nocturnos) y 7 especies se han localizado en los recorridos realizados. De las especies localizadas, 5 pertenecen a la categoría «Interés Especial» en el CREAEX como el sapo partero (Alytes cisternasii), el sapo corredor (Bufo calamita), la ranita meridional (Hyla meridionalis), el sapo de espuelas (Pelobates cultripes) y el gallipato (Pleurodeles waltl) y dos «Sensibles a la alteración de su Hábitat» que son el tritón ibérico (Lissotriton boscai) y la salamandra común (Salamandra salamandra). El resto no están incluidos en el catálogo. Las especies Vulnerables en el catálogo regional como el sapillo pintojo (Discoglossus galganoi), la ranita de San Antón ibérica (Hyla molleri) y el sapillo moteado ibérico (Pelophylax perezi) no se han localizado en el área de estudio.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

No se han detectado zonas húmedas catalogadas o inventariadas en el entorno según el Inventario Espacio de Zonas Húmedas, ni humedales protegidos, ni existe afección a zonas protegidas dentro del Catálogo Nacional de Reservas Hidrológicas.

De acuerdo con la cartografía de la red hidrológica principal de la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir, toda el área mantiene una densa red de cauces, siendo la mayoría de estos arroyos sin nombre, de régimen estacional o efímero y de muy corto recorrido, con la excepción de algunos arroyos de mayor tamaño, como El Galaperal, afluente del arroyo Viacejo, que vierte sus aguas al río Viar, en cuya subcuenca se ubica la totalidad del proyecto.

El proyecto se localiza en una zona con una amplia red de drenaje, no viéndose afectado ningún cauce directamente por el vallado, si bien parte de las zonas de policía se incluyen dentro de los límites del parcelario.

Analizada la cartografía del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, elaborada. Las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs) más cercanas se localizan a 23,84 km, al noroeste, y a 30,66 km, al sureste. Según el estudio de impacto ambiental, analizando en detalle las zonas de riesgo de inundación para los periodos de retorno de 10, 50, 100 y 500 años, se darían en la parte oeste, no afectando a los paneles solares ni al trazado de la línea de evacuación. No consta un estudio hidrológico que analice la afección sobre la zona de implantación.

Durante los movimientos de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias para la retención de sólidos, previamente a la evacuación de las aguas de escorrentía superficial, así como otras posibles medidas para reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales. Cualquier acopio de materiales se ubicará de manera que se impida cualquier riesgo de vertido, ya sea directo o indirecto; por escorrentía, erosión, infiltración u otros mecanismos sobre las aguas superficiales o subterráneas.

Durante la fase de obras, los baños de las casetas serán de tipo químico, sin consumo de agua, y contarán con un mantenimiento periódico. En la fase de funcionamiento, el edificio de operación y mantenimiento contará con una fosa séptica prefabricada de 1.400 litros de capacidad para la recogida de aguas residuales de procedentes de los baños.

4. Afección por generación de residuos.

Para la separación de los residuos, se dispondrán de contenedores específicos para metales, plásticos, cartón, madera y otro para escombros mezclados de hormigón, ladrillos, arena, grava y otros áridos, cuya recogida se preverá en el Plan de Gestión de Residuos específico, en un espacio en la zona de acopios y casetas de obra. Estos contenedores serán comunes a las obras para la construcción del parque solar. Toda la recogida de residuos la realizará un gestor de residuos autorizado.

Durante la fase de obra, se ha estimado que los principales residuos no peligrosos son los restos de madera valorizables (LER 20 01 38) con un peso aproximado de 117,600 t, junto con los restos de papel y cartón valorizables (LER 20 01 01) con un peso de 42 t, residuos de construcción y demolición (LER 17 01 01) con 39,564 t de peso y los residuos sólidos urbanos (LER 20 03 01) con 38,304 t de peso.

En relación a la fracción de los residuos de carácter peligroso, la mayor cantidad proviene de los restos de paneles valorizables (LER 20 01 35) con 0,068 t, seguido de los residuos de envases contaminados valorizables (LER 15 01 10) con 0,034 t y los absorbentes y trapos contaminados valorizables (LER 15 02 02) con 0,017 t.

En relación a los baños, se estima que los residuos provenientes de los lodos de los baños químicos y de la fosa séptica estanca serán de 1,42 t de peso.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

La ocupación del suelo está mayoritariamente constituida por terrenos agrícolas. La superficie total catastral es de 271,20 ha, sobre la misma se actuará y se vallará una superficie total de 212,75 ha.

Los movimientos de tierra principales a considerar en la fase de construcción de la planta se corresponden para la excavación de zanjas red de distribución media tensión en 4.749 m3, la excavación de zanjas evacuación en baja tensión 5.140,80 m3, el desmonte de terreno con medio mecánicos en 31.950 m3 y para el suelo seleccionado en zonas de terraplén en 55.912,50 m3.

En relación a los consumos de agua, según el estudio de impacto ambiental, se dispondrá de un depósito para el abastecimiento del aseo con capacidad de 2.200 litros. El agua del depósito se llenará mediante cubas y esta agua deberá estar clorada y libre de cualquier impureza. El suministro se realizará mediante empresa suministradora de agua potable apta para consumo humano.

6. Afección al patrimonio cultural.

Según el estudio de impacto ambiental, no existe en la cercanía de la CSF La Gallega ni su línea de evacuación yacimientos arqueológicos documentados que puedan interferir con los elementos del proyecto. No consta el proyecto de intervención arqueológica, aprobado por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura.

No existe afección a las vías pecuarias, ni por la implantación de la planta y la construcción del vallado, ni por el trazado de la vía de evacuación.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

El resumen ejecutivo no manifiesta modificaciones en la estructura poblacional de la zona como consecuencia del proyecto, ni, por tanto, impactos sobre el sistema demográfico, ya que en los últimos 20 años el municipio de Fuente de Cantos se ha mantenido con una población estable y ha experimentado un ligero decrecimiento en los últimos años.

El único efecto positivo sobre la población sería la creación de nuevos empleos, no tanto durante la construcción como durante el mantenimiento de las plantas fotovoltaicas. De igual forma, el arrendamiento de parcelas conlleva un beneficio económico para los propietarios de las mismas, desde el inicio de las obras y durante toda la vida útil del proyecto. Esto provocaría a su vez un beneficio al disminuir el despoblamiento del municipio y de su envejecimiento, evitando el abandono del medio rural.

En el caso de afectarse infraestructuras agrarias, especialmente los caminos de accesos, será necesario implementar medidas correctoras asegurando la continuidad de los mismos y el acceso por camión a las fincas colindantes.

Las mayores vulnerabilidades que presenta el proyecto son relativas al riesgo de incendios por la cercanía de algunas poblaciones a la instalación y la presencia de Zonas de Alto Riesgo de Incendio, según la cartografía extraída Sistema de Información Territorial de Extremadura y de acuerdo con el Decreto 207/2005, de 30 de agosto. El mayor riesgo de incendio se verifica durante la construcción, debiendo contarse con planes de contingencia de cara al riesgo de incendios.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

De los proyectos contemplados en el área de 10 km, existe tres proyectos de plantas fotovoltaicas, CSF La Gallega, CSF Guadalupe I y CSF Guadalupe III, ocupando una superficie de 618,75 ha y una potencia de 382,60 MW. La superficie que ocupan las instalaciones renovables prácticamente su totalidad se encuentra sobre terreno agrícola.

Esta planta se haya parcialmente dentro de una zona de especial protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas de alta tensión según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, menos la línea aérea de alta tensión de que une la SET CSF La Gallega 132/30 kV con la SET Promotores Fuente de Cantos 400/132 kV.

De acuerdo con la metodología empleada, en una envolvente de 10 km en torno al proyecto, la planta CSF La Gallega sería visible en un 14% de todas la Zonas de Concentración potencial de Observadores (ZCPO).

La ocupación del terreno por parte de los proyectos supone un impacto significativamente negativo sobre la conectividad ecológica, con una pérdida y/o fragmentación del hábitat y el aumento del efecto barrera en la dispersión, así como cambios en su uso por parte de las especies. Según el anexo XVI - Estudio de los efectos acumulativos/sinérgicos, en relación a los Hábitat de Interés Comunitario, sí se prevén efectos acumulativos y se podrían dar ciertos impactos sinérgicos, junto con molestias si se llegaran a solapar las fases de construcción de los tres proyectos. En relación a la pérdida, fragmentación y degradación de los hábitats, sí se prevén efectos acumulativos.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «PSF La Gallega de 82,60 MWn de potencia y línea de evacuación asociada (aérea)» continuase con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario, conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, el 14 de febrero de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por parte del órgano autonómico.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «PSF La Gallega de 82,60 MWn de potencia y línea de evacuación asociada (aérea)», continúe con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo, en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 11 de abril de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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