Con fecha 9 de mayo de 2024 se ha suscrito la Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y el Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria «Claudio Galeno» de Alcobendas, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencia Forenses.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 20 de mayo de 2024.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
REUNIDOS
El Secretario de Estado de Justicia, don Manuel Olmedo Palacios, de acuerdo con el Real Decreto 949/2023, de 28 de noviembre, y en uso de las competencias que le corresponden en virtud del artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Apoderada de SYF Galenus Center, SL, con CIF B73827677, titular de los mercantiles que se relacionan a continuación, Doña Itziar Ruano Arjonilla, con poderes bastantes para este acto otorgados ante el notario de Madrid don Andrés Domínguez Nafria, en fecha 28 de diciembre de 2023 y con núm. 6.945 de su protocolo.
Instituto Superior de Formación Profesional Claudio Galeno, Madrid, código centro 28076525, sito en Avda. Doctor Severo Ochoa, n.º 53, de Alcobendas (Madrid).
Instituto Superior de Formación Profesional Claudio Galeno, Arganda, código de centro 28078407, sito en C/ Bronce, 29, Arganda del Rey (Madrid).
Instituto Superior de Formación Profesional Claudio Galeno, San Sebastián de los Reyes, código de centro 28079916 sito en Avda. de la Fuente Nueva, 5, de San Sebastián de los Reyes (Madrid).
En adelante, «El Centro Docente».
EXPONEN
I. Con fecha 7 de febrero de 2022 (BOE 18 de febrero de 2022) se suscribió un convenio entre el Ministerio de Justicia y el Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria «Claudio Galeno» de Alcobendas, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (en adelante, INTyCF).
II. La cláusula primera sobre el objeto del convenio establece lo siguiente:
«Es objeto del presente convenio la colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria "Claudio Galeno" de Alcobendas para la realización de prácticas del módulo de Formación Centro de Trabajo (FCT) del ciclo superior de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico y Laboratorio Clínico y Biomédico en el Departamento de Madrid del INTCF.
La referida colaboración estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del Ministerio de Justicia, y en particular, del Departamento de Madrid del INTCF, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones, o en su caso extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte del Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria "Claudio Galeno" de Alcobendas.
Dado que en el momento de suscribir el convenio del 7 de febrero de 2022 (BOE 18 de febrero de 2022) solo existía el Centro Docente "Claudio Galeno" de Alcobendas, y dado de que actualmente existen otros dos Centros Docentes "Claudio Galeno" ubicados en Madrid (San Sebastián de los Reyes y Arganda del Rey) se procede a modificar dicha cláusula primera al objeto de establecer que el ámbito territorial abarcara a todos los Centros Docentes "Claudio Galeno" ubicados en Madrid. Y de igual modo se procede a modificar el título del convenio para sustituir el «Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria "Claudio Galeno" de Alcobendas por el de la entidad "SYF Galenus Center, S.L" titular de los Centros Docentes "Claudio Galeno" ubicados en Madrid».
III. El Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones en su artículo único apartado 34 añade al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, una nueva disposición adicional quincuagésima segunda, que determina la inclusión, y los términos de ésta, en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, que incluyen las realizadas por alumnos universitarios y de formación profesional.
El Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo antes citado, en su disposición derogatoria apartado 2, deroga la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, que regulaba esta materia.
Por último, el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, en su disposición final décima establece que la nueva disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social entrara en vigor el 1 de enero de 2024.
IV. La nueva disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley General de la Seguridad Social en su apartado 2 establece que las personas que realicen las prácticas a que se refiere el apartado 1 quedaran comprendidas como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, y en su apartado 3 establece el campo de acción protectora.
V. La cláusula quinta sobre cobertura de riesgos del convenio, dispone lo siguiente:
«Cualquier accidente o enfermedad que pudieran sufrir los/las alumnas/os con ocasión o como consecuencia del desarrollo de las actividades formativas, incluidos los desplazamientos, entre el domicilio o centro educativo y el Departamento de Madrid del INTCF estará cubierto por el Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/71, de 13 de agosto (BOE de 13 de septiembre) en centros públicos por el seguro de accidentes y responsabilidad civil contratado por las mismas.
El Instituto Superior de Formación Profesional Sanitaria Claudio Galeno estará obligado a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el periodo de duración.
A este respecto, el Instituto Superior de Formación Profesional Sanitaria Claudio Galeno tiene contratada póliza del seguro de accidentes que, de acuerdo con las condiciones, límites y exclusiones del contrato, cubre el riesgo de accidente de los alumnos matriculados en el citado Instituto durante la realización de las prácticas».
Habida cuenta la nueva disposición adicional quincuagésima segunda incluye a los alumnos universitarios en prácticas en la acción protectora de la Ley General de la Seguridad Social, deviene innecesario en la cláusula quinta antes referida la cita del "seguro escolar", por lo que procede a modificar la cláusula quinta del convenio, para sustituir el término "seguro escolar" por el de "seguridad social"».
VI. La cláusula sexta sobre financiación del convenio establece lo siguiente:
«Las prácticas a realizar no generarán gastos adicionales para el Departamento de Madrid del INTCF.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley».
La nueva disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley General de la Seguridad Social en su apartado 4 letra b) establece que «En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa [...]».
En aplicación de la cláusula sexta del convenio, y de la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4 letra b) de la Ley General de la Seguridad Social, se procede a modificar dicha cláusula sexta al objeto de establecer que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad SYF Galenus Center, S.L titular de los Centros Docentes «Claudio Galeno» ubicados en Madrid en el que los alumnos cursan estudios.
En virtud de lo dispuesto anteriormente el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y el SYF Galenus Center, SL.
ACUERDAN
Modificación del título del convenio de fecha 7 de febrero de 2022 (BOE 18 de febrero de 2022) suscrito entre el Ministerio de Justicia y el Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria «Claudio Galeno» de Alcobendas, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Se modifica el título del convenio antes citado por el siguiente:
«Convenio entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la entidad SYF Galenus Center, S.L, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses».
Las referencias que se realizan en el convenio al «Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria «Claudio Galeno» de Alcobendas» deben entenderse realizadas a SYF Galenus Center, S.L o los Centros Docentes «Claudio Galeno».
Modificación de la cláusula primera del convenio de fecha 7 de febrero de 2022 (BOE 18 de febrero de 2022) suscrito entre el Ministerio de Justicia y el Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria «Claudio Galeno» de Alcobendas, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Se modifica la cláusula primera quedando redactado de la manera siguiente:
«Es objeto del presente convenio la colaboración entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la entidad SYF Galenus Center, S.L titular de los Centros Docentes "Claudio Galeno" ubicados en Madrid para la realización de prácticas del módulo de Formación Centro de Trabajo (FCT) de los ciclos superiores de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico y Laboratorio Clínico y Biomédico y de Laboratorio clínico y biomédico en el Departamento de Madrid del INTCF.
La referida colaboración estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y en particular, del Departamento de Madrid del INTCF, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones, o en su caso extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la entidad SYF Galenus Center, SL».
Modificación de la cláusula quinta del convenio suscrito el 7 de febrero de 2022 (BOE 18 de febrero de 2022) entre el Ministerio de Justicia y el Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria «Claudio Galeno» de Alcobendas, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Se modifica la cláusula quinta del convenio quedando redactada de la siguiente manera:
«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será asumida, exclusivamente, por SYF Galenus Center, S.L, en aquellos casos no cubiertos por la seguridad social.
La entidad SYF Galenus Center, S.L estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el periodo de duración de las prácticas».
Modificación de la cláusula sexta del convenio de fecha 7 de febrero de 2022 (BOE 18 de febrero de 2022) suscrito entre el Ministerio de Justicia y el Instituto Privado de Formación Profesional Sanitaria «Claudio Galeno» de Alcobendas, para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Se modifica la cláusula sexta del convenio quedando redactada de la manera siguiente:
«El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica entre las partes.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social con arreglo a la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.º letra b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderán al SYF Galenus Center, S.L, como titular de los Centros Docentes "Claudio Galeno" ubicados en Madrid en los que los alumnos cursan estudios».
La presente adenda de modificación producirá efectos una vez inscrita en el registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y asimismo será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El Secretario de Estado de Justicia.–Manuel Olmedo Palacios.–La Apoderada de SYF Galenus Center, SL, Itziar Ruano Arjonilla.
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