En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE del 12 de julio) por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar procesos selectivos, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020 (BOE de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
Ambos procesos son independientes y se regirán por las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio de 2017), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Bases específicas
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, Código 1610, uno para cubrir cincuenta plazas por el sistema general de acceso libre y otro para cubrir quince plazas por el sistema de promoción interna, en base a lo establecido en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023.
Del total de las plazas convocadas se reservarán tres del sistema general de acceso libre y una del sistema de promoción interna para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por el sistema general de acceso libre, no se acumularán a las de acceso general. En los procesos de promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general de estos procesos.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril de 1995), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, queden vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.
Los aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos formas de acceso, libre o promoción interna.
2. Procesos selectivos
2.1 Sistema. Los procesos selectivos se realizarán mediante oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre, y mediante concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Las valoraciones, ejercicios y puntuaciones de ambos procesos selectivos se especifican en el anexo I de esta resolución.
2.2 Programa. El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a esta resolución.
2.3 Desarrollo. El primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La fase de oposición del proceso selectivo tendrá una duración máxima prevista de ocho meses.
Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración del segundo y sucesivos ejercicios se harán públicos, al menos, con doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con al menos veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán por el Tribunal calificador, en el portal de internet del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como en cualquier otro medio que resulte conveniente para facilitar su máxima divulgación.
Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente no podrá transcurrir un plazo superior a cuarenta y cinco días naturales.
El desarrollo de los procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodo de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera. Igualmente podrá ser coincidente con las fechas de celebración de otros procesos selectivos.
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «W» o por la letra «X » en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 27 de julio de 2023 (BOE de 29 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 27 de julio de 2023.
2.4 Comunicaciones. La presente resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la página web de la Seguridad Social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano www.administracion.gob.es. Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás incidencias la dirección de correo electrónico es procesosselectivos@inclusion.gob.es.
En lo que se refiere a la convocatoria de promoción interna, la información se publicará, además, en el Portal Funciona.
3. Participantes
3.1 Titulación. Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Así mismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.
3.2 Requisitos específicos del acceso por promoción interna del personal funcionario de carrera:
‒ Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado, o a cuerpos o escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C1 o a cuerpos o escalas del subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en cuerpos o escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado, o en cuerpos o escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C1, o en cuerpos o escalas del subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3.3 Situación de embarazo de riesgo o parto. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
4. Tribunal
Los Tribunales calificadores de estos procesos selectivos son los que figuran en el anexo III a esta resolución. Se publicará un breve curriculum de cada uno de sus miembros.
Corresponderá a la Presidencia del Tribunal titular número 1 la dirección y coordinación de los procesos selectivos y el voto de calidad en caso de empate.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria en la fecha que determine el Tribunal.
El Tribunal hará público, una vez aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos al proceso selectivo, un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.
Se habilita al Tribunal calificador para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso selectivo de referencia.
Asimismo, se habilita al Tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo descentralizado, en su caso, de las pruebas o de alguna de sus fases.
El Tribunal calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea estrictamente necesario.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, número 63, 28071 Madrid, dirección de correo electrónico: procesosselectivos@inclusion.gob.es.
5. Solicitudes
5.1 Respecto a las solicitudes de participación en el proceso selectivo y a las tasas por derechos de examen resultará de aplicación lo establecido en el apartado decimocuarto de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes apartados.
5.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.4 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, y siguiendo las instrucciones del anexo IV.
Los aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de este proceso selectivo exclusivamente a través de medios electrónicos, en cumplimiento con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.
Cada solicitud tendrá asignado un número de justificante que se utilizará para identificar al aspirante a lo largo de todo el proceso selectivo.
5.5 La presentación de la solicitud y la inscripción en el proceso selectivo se podrá realizar online, siguiendo el procedimiento indicado en el apartado 5.6. La solicitud de participación se dirigirá a la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
5.6 La presentación de la solicitud de forma electrónica, permitirá:
a) La cumplimentación del modelo 790.
b) Anexar documentos escaneados a su solicitud.
c) El pago electrónico de las tasas.
d) El Registro electrónico de la solicitud.
Para ello, en el punto de acceso general anteriormente mencionado se seleccionará el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y se pulsará el botón «Inscribirse». A continuación, se seleccionará la opción «Realice su inscripción online» se pulsará el botón «Acceder a Cl@ve» y se seguirán las instrucciones que se indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
Una vez cumplimentados todos los datos solicitados, siguiendo las instrucciones del anexo IV, se pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes de pago y registro de la inscripción.
En relación con el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
5.7 En el caso de las personas aspirantes que cursen su solicitud en el extranjero, podrán presentarlas en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
5.8 El importe de la tasa por derechos de examen se recoge en el anexo IV, de acuerdo con la actualización de tasas prevista en el artículo 66 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022.
5.9 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención parcial o total de aquél deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario, se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la sustitución del trámite de presentación en el registro, en tiempo y forma, de la solicitud.
5.10 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
5.11 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Para ello será necesario acreditarlo mediante el correspondiente certificado.
– Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y asimismo carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
– Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa en el caso de los miembros de familias de categoría especial, y a una bonificación del 50 % los miembros de la familia de categoría general.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos de la presente exención las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos se realizará, salvo oposición expresa y motivada por parte del aspirante, por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos.
Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención del pago de la tasa, se deberá adjuntar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.
5.12 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:
Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Los aspirantes extranjeros incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima.1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internaciones presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
6. Relación de personas candidatas para el nombramiento de funcionarios interinos
6.1 De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos del proceso selectivo de acceso libre con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, en su caso, se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.
6.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesario el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
6.3 Este procedimiento de selección de funcionarios interinos se hará público en la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones «www.seg-social.es» (Menú: «Información útil»/Oferta pública de empleo).
7. Norma final
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid 8 de mayo de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Cristina Asacia Navarro Enterría.
1. Fase de oposición
Constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Para los aspirantes de acceso libre, consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de veinticinco preguntas, propuesto por el Tribunal, sobre el Temario de Derecho Civil y Mercantil, Derecho Comunitario, Constitucional y Administrativo, y Economía General y de la Empresa, y que figura en el «Programa de temas del primer ejercicio» del anexo II a la convocatoria. Este ejercicio será corregido por el Tribunal, garantizándose el anonimato.
Los aspirantes que accedan por promoción interna estarán exentos del temario de Derecho Comunitario, Constitucional y Administrativo. Estos aspirantes exentos de los temas mencionados contestarán, en un tiempo máximo de dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de veinte preguntas referidas exclusivamente al resto del temario del primer ejercicio.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
Deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por los miembros del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un máximo de tres casos prácticos de contabilidad y matemática financiera, según el temario que figura en el «Programa de temas del segundo ejercicio» del anexo II a la convocatoria. Este ejercicio será corregido por el Tribunal, garantizándose el anonimato.
En este ejercicio se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática y la capacidad de análisis.
Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante un tiempo máximo de tres horas un conjunto de dos temas, uno del programa de temas de Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social, a elegir entre dos temas sacados al azar, y otro del programa de temas de Derecho del Trabajo y Seguridad Social a elegir entre dos temas sacados al azar, según el temario que figura en el «Programa de temas del tercer ejercicio» del anexo II de la convocatoria.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
Excepto para los aspirantes que accedan por el sistema de promoción interna, el ejercicio deberá ser leído por el opositor, en sesión pública, ante el Tribunal. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por los miembros del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
Una vez leído el ejercicio, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de quince minutos.
Calificación de los ejercicios:
Primer ejercicio: La calificación máxima será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Sin perjuicio de lo recogido más adelante para las personas que participan por el turno de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes de acceso libre que superen el primer ejercicio con más del 60 por ciento de la puntuación máxima prevista para este ejercicio conservarán la nota del primer ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando sea análoga en el contenido del temario y forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación en las pruebas selectivas. No obstante, si los aspirantes optan por realizar el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
Segundo ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo 15 puntos. No podrán ser aprobados los opositores que dejen de contestar alguno de los temas del tercer ejercicio.
Los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad y los que participen por promoción interna que superen algún ejercicio con más del 60 por ciento de la puntuación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, conservarán la nota del ejercicio correspondiente en la convocatoria inmediata siguiente. Esta medida será aplicable siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación en las pruebas selectivas. No obstante, si los aspirantes optan por realizar el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
En cada uno de los ejercicios, el Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar el ejercicio. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven del baremo que fije el Tribunal.
El Tribunal expondrá la relación de aprobados de cada ejercicio, especificándose la puntuación que hubieran obtenido. Los que no figuren en la relación se calificarán como «no aptos».
El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de opositores superior al de plazas convocadas.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos de conformidad con lo previsto en el apartado Decimoctavo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio).
Acreditación de requisitos: El modelo de certificado a utilizar para la acreditación de méritos se recoge en el anexo V.
El personal funcionario de carrera acreditará la pertenencia como funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado, a cuerpos o escalas Postales y Telegráficos adscritos al subgrupo C1 o a cuerpos o escalas del subgrupo C1 del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado.
Igualmente acreditará haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en los cuerpos o escalas del subgrupo C1 mencionados.
Valoración de méritos:
a) Servicios prestados: Se valorarán los años completos de servicios efectivos prestados en cuerpos o escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado, en cuerpos o escalas Postales y Telegráficos o en cuerpos o escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo en la Administración General del Estado, y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
Se otorgarán, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, hasta un máximo de 18 puntos:
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 11, 12, 13 o 14: 0,06
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 15 o 16: 0,08.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 17 o 18: 0,10.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 19 o 20: 0,12.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 21 o 22: 0,14.
Se valorará la experiencia acreditada por las personas candidatas que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de auditoría y contabilidad, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, a razón de 0,02 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo C1.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería realizar el reingreso, en ambos casos siempre que se trate de un puesto de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:
– Grados 11, 12, 13 o 14: 1,6 puntos.
– Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,8 puntos.
– Puntuación máxima en la valoración del grado personal consolidado: 8 puntos.
Asimismo, se otorgarán 1,6 puntos a aquellos funcionarios que, en la fecha de publicación de esta resolución, no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado.
c) Los cursos de formación: Se valorarán los cursos recibidos o impartidos, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, organizados por la Intervención General de la Seguridad Social y demás Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como los organizados y convocados en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, cualquiera que sea su promotor, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de auditoría y contabilidad, hasta un máximo de 8 puntos, con la siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de quince a veinticinco horas: 2 puntos.
– Para curso de formación con una duración superior a veinticinco horas: 2,50 puntos.
Los cursos recibidos únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el anexo V. En el caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.
Por la impartición de cursos de formación, con una duración mínima acreditada de dos horas, se otorgará una puntuación de 0,4 puntos por cada hora o fracción de hora impartida, con un máximo de 2,5 puntos por curso. La impartición deberá acreditarse mediante copia del correspondiente certificado.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado, y no se podrá acumular la puntuación por recibir o impartir el mismo curso. En ambos casos, se otorgará la puntuación más alta que pueda corresponder.
No se valorarán los cursos pertenecientes a la carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares, así como aquellos que no acrediten una duración mínima de quince horas.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta resolución.
3. Curso selectivo
Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de dos meses a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados. La duración máxima del curso selectivo será de cinco meses.
La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará resolución para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y lugar de realización. El órgano responsable del seguimiento y valoración del curso selectivo será la Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de Recursos de la Intervención General de la Seguridad Social.
En el curso selectivo se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones y procedimientos propios de la Intervención General de la Seguridad Social. Abarcará los aspectos básicos del Sistema Financiero, Presupuesto, Control y Contabilidad de la Seguridad Social, así como los de carácter complementario, necesarios para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de auditoría y contabilidad.
Cada una de las materias establecidas se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso alcanzar una puntuación no inferior a 5 puntos en cada materia para superar el curso selectivo.
El curso selectivo se calificará de 0 a 40 puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 20 puntos y no haber obtenido en ninguna materia una puntuación inferior a 5 sobre 10. Los aspirantes que no superen alguna de las materias realizarán, en el plazo máximo de un mes, una prueba complementaria para cada una de ellas, las cuales en ningún caso se calificarán en más de 5 puntos. De no superar el curso selectivo, perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionarios de carrera.
Las calificaciones obtenidas por cada uno de los participantes en cada una de las materias impartidas se harán públicas en los lugares de celebración del curso selectivo una vez finalizado el mismo.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acuerdo con los informes emitidos por los responsables de las unidades en las que se realice el citado curso.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
La valoración final del curso selectivo se determinará sumando las puntuaciones obtenidas en las distintas pruebas que se realicen en esta fase.
Finalizado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) de los nombramientos como funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de auditoría y contabilidad. Los aspirantes que participen por el turno de ingreso libre continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento. Los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna y que hubieran optado por percibir las retribuciones del puesto de origen, regresarán a su puesto de origen a prestar servicios hasta la publicación de los nombramientos. De no ser éste el caso, continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento.
4. Valoración final del proceso selectivo
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase y en el curso selectivo.
Para los aspirantes que concurran por el sistema general de acceso libre, la prelación en caso de empate se establecerá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el tercer ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo empate teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
Para los aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna, la prelación en caso de empate se establecerá atendiendo a la mayor antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) del aspirante y, en caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación en la fase de oposición del proceso selectivo, del tercer ejercicio, del segundo ejercicio y en la fase de concurso, por este orden.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
Programa de temas del primer ejercicio
Derecho Civil y Mercantil. Derecho Comunitario, Constitucional y Administrativo. Economía General y de la Empresa
Derecho Civil
Tema 1. El concepto de Derecho. Las fuentes en el ordenamiento español: enumeración y jerarquía normativa. La Ley. La Costumbre. Los principios generales del derecho. Otras fuentes del derecho.
Tema 2. Concepto y clases de personas. Persona física: Nacimiento y extinción de la personalidad jurídica. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. Personas jurídicas: Clases y régimen jurídico.
Tema 3. Los derechos reales: Concepto y clases. Diferencias entre los derechos reales y los derechos de crédito. La propiedad. La posesión. El usufructo. La servidumbre. El Registro de la Propiedad. Los derechos reales de garantía: Concepto y clasificación. Hipoteca. Prenda. Hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento.
Tema 4. La obligación: Concepto y clases. Fuentes de las obligaciones. Prueba de las obligaciones. Extinción de las obligaciones. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas.
Tema 5. El contrato: Concepto y clases. Elementos de los contratos. Generación, perfección y consumación de los contratos. Ineficacia de los contratos. Interpretación y forma de los contratos.
Derecho Mercantil
Tema 6. La empresa mercantil. El empresario individual. Prueba, adquisición y pérdida de la cualidad de empresario. Las sociedades mercantiles: concepto y clasificación. Requisitos de constitución de las sociedades mercantiles. La disolución de las sociedades mercantiles.
Tema 7. Sociedades colectivas y comanditarias. Las sociedades de capital: concepto y caracteres. Escritura social y estatutos. Capital social. Órganos de gobierno.
Tema 8. Los títulos valores. Concepto y clasificación. Los títulos nominativos, a la orden y al portador. Circulación de los títulos valores. El cheque, la letra de cambio y el pagaré: conceptos, requisitos formales y pago. El endoso y la aceptación. Las excepciones cambiarias.
Tema 9. Las obligaciones mercantiles: Características generales. Los contratos mercantiles: Concepto y clases. Perfección, forma y prueba de los contratos mercantiles. El contrato de compraventa mercantil. El «Leasing». El «Factoring».
Tema 10. El concurso: procedimiento, declaración y efectos. Administración concursal. Fases de convenio y liquidación. Calificación del concurso. Conclusión y reapertura del concurso. Normas procesales generales y sistema de recurso.
Derecho Comunitario y Constitucional
Tema 11. La Unión Europea. Sistema Institucional. Derecho Comunitario Europeo y Derecho Español.
Tema 12. La Constitución Española de 1978: Características. Estructura. La reforma constitucional. Las Cortes Generales: Composición y funciones. La Corona. El Gobierno. Composición y funciones.
Tema 13. El Poder Judicial. Los derechos y libertades públicas. El Tribunal Constitucional: Organización y funciones. Recursos y procesos ante el Tribunal Constitucional.
Tema 14. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas dirigidas a la atención de personas discapacitadas y/o dependientes: la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
Tema 15. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estructura y competencias. Los Estatutos de Autonomía: Caracteres y contenido.
Derecho Administrativo
Tema 16. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. Leyes orgánicas. Leyes ordinarias. Disposiciones del Gobierno con fuerza de Ley: Decreto Leyes y Decretos Legislativos. El Reglamento: concepto, caracteres y clases. Límites de los reglamentos. Reglamentos ilegales. Circulares e instrucciones de servicios.
Tema 17. Concepto de Administración Pública. Tipos de entes públicos. Formas de gestión de los servicios públicos: Gestión directa y gestión indirecta.
Tema 18. Las potestades administrativas: Concepto y clases. El principio de legalidad administrativa. Control de la discrecionalidad. El acto administrativo: Concepto, caracteres y elementos. La motivación. Comunicación, notificación y publicación de los actos administrativos.
Tema 19. El silencio administrativo. Eficacia del acto administrativo. Ejecutividad y ejecutoriedad. Validez e invalidez del acto administrativo. Revocación y anulación de oficio de los actos administrativos.
Tema 20. El procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.
Tema 21. Los recursos administrativos: Principios generales. Interposición y suspensión de la ejecución, audiencia de los interesados y resolución del recurso. El recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión.
Tema 22. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: Régimen vigente. Requisitos para que proceda la indemnización. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Procedimiento de responsabilidad patrimonial.
Tema 23. Los contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales y contratos sujetos a regulación armonizada. Las partes en el contrato. Objeto, precio y cuantía del contrato. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Preparación y adjudicación de los contratos: normas generales. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos: normas generales.
Tema 24. La jurisdicción contencioso-administrativa: Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes en el proceso contencioso-administrativo: Capacidad, legitimación y defensa. Trámites previos a la interposición del recurso contencioso-administrativo. El proceso contencioso administrativo. Recursos contra sentencias.
Tema 25. La función pública. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.
Tema 26. La Gobernanza Pública y el Gobierno abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno abierto. Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno abierto en España.
Tema 27. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030: Antecedentes y situación actual. El «Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 en España» y las materias relacionadas con las competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el Plan de Acción. El «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia».
Economía General y de la Empresa
Tema 28. La actividad económica. Sistemas económicos. Tipos de organización de la actividad económica. La renta nacional. La Contabilidad Nacional. Naturaleza y fines.
Tema 29. El sistema financiero. El Banco Central. Los bancos comerciales. Otros intermediarios financieros. Entidades de seguros. Mercados monetarios y de capitales. La bolsa.
Tema 30. El comercio internacional. Formulaciones teóricas. La protección arancelaria. La balanza de pagos: concepto y estructura. El tipo de cambio. El equilibrio de la balanza de pagos.
Tema 31. Teoría de la demanda. El concepto de utilidad. Las curvas de indiferencia. El equilibrio del consumidor. Las curvas de demanda.
Tema 32. Teoría de la producción. Funciones de producción. Productividad. Equilibrio de la producción. Los costes de producción: concepto y clases. Funciones de costes. La curva de la oferta. El equilibrio de la empresa.
Tema 33. El mercado. La competencia perfecta. El monopolio. La competencia monopolística. El oligopolio.
Tema 34. La empresa y su marco institucional. La empresa y el mercado: La actividad comercial en la empresa y el sistema económico. El empresario: Su concepto en la economía moderna.
Tema 35. La estructura económico-financiera de la empresa. Equilibrio entre inversiones y financiaciones. El concepto de fondo de rotación. La autofinanciación. La función financiera de las amortizaciones. El fondo de comercio. Valoración de la empresa en funcionamiento.
Programa de temas del segundo ejercicio
Contabilidad y Matemática Financiera
1. Contabilidad
Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación, transformación, combinaciones de negocios y disolución de empresas individuales y sociales. El procedimiento concursal.
Operaciones del ejercicio, regularización y formulación de estados contables en empresas comerciales, sin o con sucursales, comercio en comisión y en participación entre nacionales y con el extranjero y operaciones en moneda extranjera.
2. Matemática Financiera
Capitalización simple y compuesta.
Rentas, préstamos y empréstitos.
Operaciones con valores mobiliarios.
Programa de temas del tercer ejercicio
Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social, Derecho del Trabajo y Seguridad Social
Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social
Tema 1. El Derecho Tributario: concepto y contenido. La Ley General Tributaria: principios generales. Los tributos: concepto y clasificación. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Base liquidable. Tipos de gravamen. Cuota y deuda tributaria.
Tema 2. El Derecho Presupuestario. Concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. Los Presupuestos Generales del Estado: concepto, contenido, estructura y procedimiento de elaboración y aprobación. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones. Ámbito temporal del presupuesto y su prórroga.
Tema 3. El Presupuesto de la Seguridad Social: normativa jurídica. Definición y contenido. Estructura presupuestaria: clasificaciones del presupuesto de gastos y del presupuesto de ingresos. Elaboración, tramitación y aprobación. Los créditos en el Presupuesto de la Seguridad Social. Modificaciones presupuestarias. Los Presupuestos de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y sus peculiaridades.
Tema 4. El gasto público: Su regulación en la Constitución española. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público. Las fases de ordenación de gastos y pagos. Competencia, principios y procedimientos legalmente establecidos para la ejecución del gasto público. El Tesoro público: Concepto y funciones.
Tema 5. La gestión del gasto subvencional: régimen jurídico. Concepto de subvención y sus características. Establecimiento de subvenciones. Principios generales. Los sujetos de la relación jurídica subvencional. Procedimientos de concesión de subvenciones. Gestión y justificación de las subvenciones públicas. Reintegro de subvenciones. Infracciones y sanciones en materia de subvenciones. El delito de fraude de subvenciones.
Tema 6. Régimen económico-financiero de la Seguridad Social (I): Recursos y sistemas financieros. Fuentes de financiación de la Seguridad Social. Aportaciones finalistas del Estado para determinadas situaciones, prestaciones y contingencias. Especial consideración de la financiación de la contingencia de accidentes de trabajo. Régimen patrimonial de la Seguridad Social. Inversiones de la Seguridad Social.
Tema 7. El régimen económico-financiero de la Seguridad Social (II): La gestión de los recursos financieros del Sistema: Normativa aplicable. Procedimiento general de pagos. Procedimientos especiales de pago. Anticipos de tesorería y fondos de maniobra. Pagos a justificar.
Tema 8. Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social. Marco conceptual: principios contables y criterios de valoración. Normas de reconocimiento y valoración. Cuentas anuales. Estructura y contenido general del cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables.
Tema 9. El Sistema de Información Contable de la Seguridad Social: fines y organización. Contabilidad del presupuesto de gastos, presupuesto de ingresos, operaciones no presupuestarias, patrimonial y fondo de maniobra: clases, cumplimentación y autorización de los documentos contables. Trámites contables.
Tema 10. Las cuentas anuales de las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social: Composición, estructura y reglas de formulación. La Cuenta General de la Seguridad Social: estructura y contenido.
Tema 11. El control de actividad económico-financiera del Sector Público: concepto, fundamento y finalidad. Clases de control. El control interno de la Administración del Estado en España. La Intervención General de la Administración del Estado: organización y funciones.
Tema 12. El control interno de la Seguridad Social (I): normativa reguladora. Ámbito de aplicación. Formas de ejercicio. Principios de ejercicio. Deberes y facultades del personal controlador. La Intervención General de la Seguridad Social: estructura y funciones.
Tema 13. El control interno de la Seguridad Social (II): La función interventora: concepto y ámbito de aplicación. Los principios de ejercicio. Órganos competentes. Ejercicio de la función interventora: fases y contenido de la misma. Procedimiento para el ejercicio de la función interventora sobre derechos e ingresos y sobre gastos y pagos. El reparo. La discrepancia. Omisión de la función interventora. El régimen de fiscalización e intervención previa de requisitos básicos.
Tema 14. El control interno de la Seguridad Social (III): el control financiero permanente: definición, ámbito de aplicación y contenido. La auditoría pública: definición, ámbito y formas de ejercicio. El control financiero de subvenciones y ayudas públicas: objeto, competencia y procedimiento. Informes de control financiero permanente, informes de auditoría e informes de control financiero de subvenciones y ayudas públicas. El control de fondos europeos.
Tema 15. El control interno de la Seguridad Social (IV): el plan anual de control financiero permanente y el plan anual de auditorías y control financiero de subvenciones y ayudas públicas. Las Normas de Auditoría del Sector Público: principios generales. Normas relativas al sujeto auditor. Normas sobre ejecución del trabajo. Normas sobre preparación, contenido y presentación de los informes. Las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas al Sector Público español y el Código de Ética para la auditoría pública.
Tema 16. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público en España. El Tribunal de Cuentas: antecedentes históricos. Organización actual. Competencias y funciones: función fiscalizadora y función jurisdiccional. Especial mención a sus funciones respecto de las cuentas de la Seguridad Social. El control político de la actividad económico-financiera ejercido por las Cortes. La Cuenta General del Estado y su aprobación.
Derecho del Trabajo y Seguridad Social
Tema 17. El derecho del trabajo. Concepto, fines y contenido. Las fuentes del derecho del trabajo: Ley, reglamento, costumbre laboral, convenios colectivos y otras fuentes. Derechos y deberes del trabajador.
Tema 18. Los convenios colectivos de trabajo: Concepto y clases. Unidades de negociación. Legitimación. Contenido. El principio de jerarquía normativa. Conflicto entre normas laborales estatales o pactadas. El principio de la norma más favorable.
Tema 19. El contrato de trabajo: concepto y naturaleza jurídica. Modalidades de contratación vigentes. Derechos y deberes derivados del contrato. La suspensión y la extinción del contrato de trabajo.
Tema 20. El sistema español de Seguridad Social: estructura. Principios que lo informan. Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social de 1974. El Real Decreto-Ley 36/1978, de 16 de noviembre. Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994. Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 2015: Estructura y contenido. La Seguridad Social en la Constitución Española.
Tema 21. Gestión de la Seguridad Social: Entidades Gestoras. Naturaleza, organización y funciones. Servicios Comunes de la Seguridad Social. La colaboración en la gestión de la Seguridad Social: Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. Empresas colaboradoras.
Tema 22. Campo de aplicación y estructura del Sistema de la Seguridad Social: Régimen general y regímenes especiales. Concepto de sistemas especiales y sus modalidades.
Tema 23. La relación jurídica de protección. Constitución de la relación jurídica de Seguridad Social: Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores. Altas y bajas de trabajadores. Situaciones asimiladas al alta, alta especial y de pleno derecho.
Tema 24. La financiación de la Seguridad Social. Cotización a la Seguridad Social: Sujetos obligados y responsables de la cotización. Bases, tipos y cuotas. La recaudación: El procedimiento recaudatorio.
Tema 25. Acción protectora: Contingencias y situaciones protegidas. Concepto y clases de prestaciones. Accidente de trabajo y enfermedad profesional. Caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades, prescripción y caducidad de las prestaciones. Reintegro de las prestaciones indebidas. Responsabilidad en orden a las prestaciones. Revalorización de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social.
Tema 26. Incapacidad temporal: concepto. Beneficiarios. Cuantía de la prestación. Reconocimiento del derecho y pago. Dinámica de la prestación. Prestación por nacimiento y cuidado del menor. Prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante. La prestación por riesgo durante el embarazo. La prestación por riesgo durante la lactancia natural. Subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Tema 27. La incapacidad permanente: concepto y clases. La incapacidad permanente en su modalidad contributiva. Lesiones permanentes no incapacitantes. La invalidez en su modalidad no contributiva.
Tema 28. Protección por jubilación en su modalidad contributiva: pensión de jubilación. Concepto. Beneficiarios. Cuantía de la prestación. Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Dinámica de la prestación e incompatibilidades. La jubilación parcial. La jubilación flexible. La jubilación activa. Fórmulas de jubilación anticipada. Protección por jubilación en su modalidad no contributiva.
Tema 29. La protección por muerte y supervivencia: Prestaciones. Hechos causantes. Sujetos causantes. Auxilio por defunción. Pensión de viudedad. Prestación temporal de viudedad. Indemnizaciones especiales en casos de muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Pensión de orfandad. Prestaciones en favor de familiares.
Tema 30. Las prestaciones familiares en su modalidad contributiva y no contributiva. El ingreso mínimo vital: requisitos, beneficiarios y duración.
Tema 31. La Seguridad Social en el ámbito internacional. La Seguridad Social en la Unión Europea. Los Reglamentos y las Directivas comunitarias en materia de Seguridad Social. Convenios internacionales de Seguridad Social: convenios multilaterales y convenios bilaterales.
Tema 32. Asistencia Social y Servicios Sociales. Formas de acción protectora de la tercera edad. La protección de la discapacidad. La protección de la dependencia: el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Configuración del sistema. Prestaciones y catálogo de servicios. Valoración de la dependencia. Reconocimiento del derecho.
Tema 33. El derecho a la salud. La asistencia sanitaria como prestación de la Seguridad Social en el Sistema Nacional de Salud. Órganos de gestión. Financiación. Ámbito subjetivo del derecho a la atención sanitaria. Prestaciones incluidas y excluidas. Especialidad en la protección de los riesgos profesionales.
Tema 34. La protección por desempleo. Concepto y clases. Niveles de protección por desempleo: Nivel contributivo y nivel asistencial. La protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
Tribunal titular 1
Presidenta: Doña Ana Isabel Rojo Hernández, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Don Julián Chamizo González, Profesor Doctor Departamento de Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid.
Don José Luis Ramos Manzanaro, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don Luis Fernando Pérez Oviedo, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Rosa García Morata, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Doña M.ª Aránzazu Carrillo Argüelles, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Secretaria: Doña Laura Martínez Montolio, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Tribunal suplente 1
Presidenta: Doña Beatriz Fernández Fernández-Miranda, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Don Leopoldo García-Durán Sicilia, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don Manuel Díaz Rey, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Trinidad Delgado Terrón, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don Cesar Sánchez Díaz, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Doña María del Carmen Lumbreras Moreno, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Secretaria: Doña Rocío Ocaña Ocaña, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Tribunal titular 2
Presidenta: Doña Natalia Sánchez Pérez, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Doña Herenia Gutiérrez Ponce, Profesora Titular de la Universidad Autónoma de Madrid. Departamento de Contabilidad.
Don Antonio Aranda López, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don Vicente Moreno Martínez, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Raquel Martín Molina, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Don Francisco Javier Canto Romero, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Secretaria: Doña Raquel Tutor Angulo, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Tribunal suplente 2
Presidente: Don Carlos Javier Casado Medrano, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Doña Susana Tabernero Christensen, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Cristina Luisa Pastor Ruiz, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don Rubén Paños Nogales, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don Antonio García Soto, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Doña Cristina Berdejo Díaz, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
Secretaria: Doña Ana Isabel Valle Montes, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
La solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se rellenará conforme a las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad», y en el recuadro correspondiente a «Código» figurará «1610».
En el recuadro 17, «Forma de Acceso», los aspirantes que participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra «L». Los que participen por promoción interna señalarán la letra «P».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado.
En el recuadro 19 se consignará la fecha del BOE en que se haya publicado la presente convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará la sede de preferencia para la realización de los ejercicios de la oposición, entre las que seguidamente se señalan: Madrid o Barcelona. Esta selección es vinculante para el interesando.
En el caso de que el número de aspirantes no justificase la realización de algún ejercicio en alguna de las ciudades citadas, o en el supuesto de que se supere la capacidad de examen en alguna de las sedes descentralizadas, el Tribunal convocará a los opositores afectados a los oportunos lugares de examen. En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará, de las siguientes, el dígito que corresponda de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este cuerpo:
Dígito 1: «Título Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado».
Dígito 2: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado.
En el recuadro 27, apartado A), «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», los aspirantes de promoción interna harán constar el código del Cuerpo o Escala a que pertenece el aspirante si es funcionario de carrera, y en el caso del personal laboral fijo, el grupo profesional, categoría y convenio del aspirante; en el apartado B), el Ministerio u Organismo de destino y en el apartado C), el Centro Directivo.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 23,33 euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante el sistema general de acceso libre.
Para los aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna, la tasa por derechos de examen será de 11,67 euros.
Para los miembros de familias numerosas de categoría general que participen por el sistema general de acceso libre, la tasa por derechos de examen será de 11,67 euros y para los que participen por el sistema de promoción interna la tasa será de 5,84 euros.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
La solicitud se dirigirá a: Sra. Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
(El certificado para los aspirantes, funcionarios de carrera, debe extenderse en copia de este anexo)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid