La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 9 de mayo de 2024, acordó hacer público el acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, en sesión de fecha 19 de abril de 2024, por el que se aprueba la corrección del error material apreciado en la publicación en el BOE de 2 de marzo de 2024, de las normas de reparto para la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a la propuesta formulada por su Ilmo. Sr. Presidente, de forma que las materias atribuidas a la Sección Tercera de la mencionada Sala quedarían de la manera siguiente:
«Sección Tercera:
Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos, disposiciones generales, inactividad o vías de hecho, procedentes de:
– Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en el área de justicia. Cuando se trate de recursos contra resoluciones en materia de nacionalidad por residencia se estará a lo dispuesto en la Regla Segunda, apartado 2.7.
– Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en materia de Política Territorial.
– Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en materia de economía no atribuida a otras Secciones.
– Ministerio de Transformación Digital y Función Pública en materia de Transformación Digital, no atribuido a otras Secciones.
– Comisión Nacional del Mercado de Valores, incluidas las resoluciones del Ministerio del Ministerio de Economía dictadas a propuesta de dicha Comisión Nacional del Mercado de Valores o que resuelven recursos contra actos de la misma.
– Consejo Rector del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas estratégicas.
– Autoridad Independiente de Protección del Informante. AAI.
– Instituto Cervantes.
Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista en la Regla Segunda, apartado 2.6.»
Madrid, 9 de mayo de 2024.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, P.S., el Vocal, Vicente Guilarte Gutiérrez.
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