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Documento BOE-A-2024-10836

Resolución de 26 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Museo Nacional del Prado y el Instituto de las Mujeres, para la colaboración durante el desarrollo del programa itinerario "El Prado en femenino".

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 29 de mayo de 2024, páginas 62243 a 62250 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-10836

TEXTO ORIGINAL

El Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado y la Directora del Instituto de las Mujeres han suscrito un convenio para la colaboración durante el desarrollo del programa itinerario «El Prado en femenino».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución.

Madrid, 26 de mayo de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Convenio entre el Museo Nacional del Prado y el Instituto de las Mujeres, para la colaboración durante el desarrollo del programa itinerario «El Prado en femenino»

17 de mayo de 2024.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado, con domicilio en Madrid, Paseo del Prado, s/n y NIF Q-2828018-H (en adelante, el «Museo»), representado por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, nombrado mediante Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, en el ejercicio de sus competencias conforme a lo establecido en el artículo 7.2.1 del Real Decreto 43/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado.

Y de otra, el Instituto de las Mujeres, (en adelante INMUJERES), con NIF Q2828016B y domicilio social en c/ Pechuán, 1, 28002 Madrid, representado por doña María Isabel García Sánchez, en su calidad de Directora del mismo, nombrada por Real Decreto 1222/2023, de 27 de diciembre (BOE de 28 de diciembre) y facultada para este acto por el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En lo sucesivo, el Instituto de las Mujeres y el Museo Nacional del Prado podrán ser denominados conjuntamente como las «Partes», o individualmente como la «Parte».

Declarando respectivamente tener y reconociéndose mutuamente la capacidad suficiente y necesaria para ello,

MANIFIESTAN

I. Que el Museo Nacional del Prado, en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley 46/2003 de 25 de noviembre, es un organismo público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, pública y privada, para el cumplimiento de sus fines, entre los que destaca su compromiso por mejorar el servicio a los públicos que lo visitan, haciéndolo más eficaz.

II. Que el Museo Nacional del Prado tiene por objetivo la consecución de los siguientes fines, en virtud del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:

a) Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.

b) Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su contemplación y estudio.

c) Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a los investigadores.

d) Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y actividades de divulgación cultural.

e) Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas para el cumplimiento de sus fines.

f) Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos otorgados con entidades públicas o privadas.

III. El colaborador, INMUJERES es un organismo autónomo de los previstos en la sección 2.ª, capítulo II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Igualdad a través de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, según Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de las Mujeres, entre sus competencias figuran la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la libertad, la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica, social y cultural.

IV. Que el artículo segundo de la Ley 16/1983, en su redacción dada por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, dispone que INMUJERES tiene como finalidad primordial la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la libertad, la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica, social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo. Corresponde a los poderes públicos remover los obstáculos con el fin de conseguir la igualdad, según lo establecido por la Constitución Española (CE) en su artículo 9.2, siendo el Instituto de las Mujeres el órgano competente para proporcionar las condiciones que hagan posible la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, y el impulso de las condiciones para la participación efectiva de las mujeres, así como el fomento de la aplicación transversal del principio de igualdad de trato y no discriminación.

V. Al INMUJERES le corresponden, entre otras funciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley 16/1983, modificado por la Ley 11/2020, formular iniciativas y actividades de sensibilización social, información, formación y participación, así como realizar cuantas actividades sean requeridas para el logro de las finalidades expuestas.

En su virtud, y de conformidad con la exposición que antecede, ambas Partes deciden suscribir un convenio (en adelante, el «Convenio»), al amparo de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Principios rectores del convenio.

1. El Museo Nacional del Prado e INMUJERES acuerdan establecer una relación de colaboración durante el desarrollo del programa Itinerario El Prado en femenino, que tendrá lugar a lo largo del segundo semestre de 2024.

2. En los términos establecidos en este convenio, INMUJERES colaborará en el programa Itinerario El Prado en femenino.

Segunda. Objeto.

El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo Nacional del Prado y el Instituto de las Mujeres para el apoyo al programa de actividades asociadas al Itinerario El Prado en femenino, realizadas por la Coordinación General de Educación del MNP y el comisariado de Noelia García Pérez, Profesora Titular de Historia del Arte en la Universidad de Murcia, que tendrán lugar a lo largo del segundo semestre de 2024: Mediación (itinerarios y conversaciones); Curso de verano para personal docente, del ámbito de la educación y público interesado; un ciclo de cine; la edición de una guía didáctica para familias; un concierto y unas jornadas sobre mujer y ruralidad que permitan acercar al público a algunas de las mujeres más destacadas vinculadas, por diversos motivos, a la formación de las colecciones del Museo del Prado.

Tercera. Obligaciones del Instituto de las Mujeres.

Por el presente convenio, INMUJERES colaborará con el Museo durante el periodo de vigencia de las actividades vinculadas al programa Itinerario El Prado en femenino, y aportará a éste la cantidad de cincuenta mil euros (50.000,00 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 30.101.232B.226.10 de su presupuesto vigente de gastos para 2024, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, y realizará el pago al finalizar el primer semestre de 2024, una vez se aporten tanto los justificantes y facturas correspondientes como el certificado de conformidad expedido por las personas responsables del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control previsto la cláusula sexta del presente convenio, en torno al cumplimiento de los requisitos establecidos para el pago del citado convenio.

A los efectos del artículo 49 d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, dicha aportación se destinará a la financiación de las actividades asociadas al proyecto «Itinerario El Prado en femenino» establecido en la cláusula cuarta, cuya descripción se recoge en el anexo I y de acuerdo con el presupuesto estimado de gastos del MNP contenido en el anexo II.

El ingreso se realizará mediante transferencia bancaria en la siguiente cuenta corriente abierta a nombre del Museo:

Número de cuenta: 2100 5731 78 0200031882

Divisa: Euros.

IBAN en formato electrónico: ES9221005731780200031882

IBAN en formato papel: ES92 2100 5731 7802 0003 1882

El Instituto de las Mujeres, por su parte, no asumirá ningún compromiso de gestión en cuanto a la ejecución de las actividades del programa Itinerario, aunque podrá apoyar al Museo del Prado (MNP) en la campaña de promoción de las actividades del programa Itinerario, llevando a cabo cuantas acciones estime convenientes dentro de sus medios habituales, tales como difusión a través de su propia web, mediante la difusión directa del programa entre el público específico, etc., respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria del MNP. Asimismo, el Instituto de las Mujeres podrá apoyar, a través de su propio gabinete de prensa y comunicación, la labor realizada por el MNP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.

También, prestará asistencia técnica en las fases de desarrollo y ejecución de las actividades colaborando con su personal, siempre que sea requerido por el MNP.

Asimismo, facilitará información sobre recursos, medios y programas específicos que puedan ser de interés para el desarrollo de las diferentes actividades educativas que se desarrollen en el seno del Programa Itinerario.

Cuarta. Obligaciones del Museo Nacional del Prado.

El Museo asume con respecto al INMUJERES el compromiso de difundir la colaboración prestada por aquel en la actividad que desarrolle en cumplimiento de su finalidad y que motivan este convenio, según los siguientes términos:

Visibilidad.

– Participación en los actos de presentación (si los hubiera) que se celebren en torno a la actividad objeto de la colaboración, junto a los representantes del Museo, de acuerdo a sus características y protocolo exigido.

– Inclusión del nombre o logotipo del colaborador en cualquier soporte empleado para la comunicación, promoción, difusión y publicidad relacionada con la actividad objeto de la colaboración:

● Convocatorias de prensa, notas de prensa, así como entrevistas, artículos, etc., en los que se pida su colaboración.

● Materiales de difusión y publicidad.

● Web del Museo, con enlace a la página web del colaborador.

● Publicación, situado en el interior de la misma.

● Memoria anual de actividades del Museo.

La difusión de esta colaboración por parte del Museo Nacional del Prado no constituirá una prestación de servicios.

A los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se estima que los compromisos asumidos por el MNP suponen un gasto presupuestario máximo de 100.042,37 euros, de los cuales 50.000,00 euros se financiarán a través de la aportación del Instituto de las Mujeres estipulada en la cláusula tercera de este convenio, según desgloses incorporados al anexo II «Presupuesto estimado de gasto MNP y origen de fondos».

Quinta. Signos distintivos del Instituto de las Mujeres.

INMUJERES proporcionará el modelo de logotipo o signos distintivos que deba ser difundido por el Museo, y el Museo se ajustará en todo caso, y cualquiera que sea el material en el que se inserte, al diseño facilitado por INMUJERES.

INMUJERES manifiesta que es la única titular de los logotipos o signos distintivos que se empleen para dar difusión de su colaboración en el marco de este convenio. El Museo no podrá utilizar los logotipos o signos distintivos de INMUJERES de forma distinta a la que se describe en este convenio, siempre de acuerdo a las características gráficas, de colores y denominativas, así como a las instrucciones facilitadas por INMUJERES.

El Museo se compromete a solicitar la autorización de INMUJERES antes de la impresión final y/o difusión de los soportes en los que se reproduzca su logotipo o signos distintivos conforme a lo que se acuerde.

Sexta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, el Museo e INMUJERES designarán cada uno, (1) persona que se asegurará de que se de cumplimiento a las cláusulas del presente convenio, y que resolverán cualquier cuestión que surja en relación con el desarrollo del mismo.

La representación de INMUJERES será llevada a cabo por una persona en representación de la Subdirección General de Estudios y Cooperación; la representación del Museo del Prado será llevada a cabo por otra persona designada por este y serán comunicadas respectivamente a cada parte mediante su notificación en los términos de la cláusula décima.

Entre estas funciones de seguimiento de la actividad, las personas designadas como responsables del mecanismo de seguimiento y vigilancia realizarán el control del gasto asociado según lo acordado en la cláusula Tercera del convenio.

Las personas designadas por las partes podrán reunirse físicamente o comunicarse por medios electrónicos cuantas veces los estimen necesario siguiendo a tal fin el mecanismo de notificación descrito en la cláusula décima, durante la vigencia del convenio, y tomará cualquier decisión, siempre que no afecten al contenido mínimo y esencial del mismo, por unanimidad de todos sus miembros presentes.

Séptima. Causas de resolución.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causa de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la Parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de diez (10) días hábiles con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el citado plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados, conforme a lo previsto en el presente convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente.

En todo caso, habrán de ser finalizadas las acciones que en su momento se hallen en curso o esté comprometida su realización. A tal fin, las personas designadas como responsables del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio fijarán en reunión convocada al efecto, un plazo máximo improrrogable para su finalización, de acuerdo con el artículo 52.3 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Modificación del convenio.

El convenio podrá ser modificado por voluntad expresa de las Partes durante su vigencia, previo acuerdo por escrito de ambas Partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda, que seguirá los mismos trámites de autorización y publicidad que los establecidos para el convenio original.

Novena. Vigencia.

El presente convenio tiene una duración inicial de un (1) año, y tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el plazo de cinco (5) días desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Museo Nacional del Prado se compromete a informar a INMUJERES de estos hechos tan pronto ocurran.

No obstante lo anterior, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente y por escrito su prórroga por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales siguiendo al efecto los requisitos de autorización previa exigido en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Notificaciones.

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse por las Partes en relación con el presente convenio deberán realizarse por escrito y será dirigida por cualquier medio admitido en derecho que permita tener constancia de su fecha, de su recepción y de su contenido, considerándose entregadas tres días después del envío siempre que el remitente tenga en su poder el acuse de envío. A estos efectos:

– El domicilio del Instituto de las Mujeres, c/ Pechuán 1, 28002 Madrid, a la atención de Dirección Instituto de las Mujeres, cuyo correo electrónico es: dgralmujer@inmujeres.es.

– El domicilio del Museo Nacional del Prado, en Madrid, calle Ruiz de Alarcón 23, código postal 28014, a la atención de Patrocinio del Museo del Prado cuyo correo electrónico es educacion@museodelprado.es.

Undécima. Jurisdicción Competente.

Las posibles cuestiones que pudieran plantearse sobre la interpretación, desarrollo, resolución y efectos de la aplicación del presente convenio deberán solventarse en el seno del Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Si no llegara a un acuerdo, las cuestiones de litigio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo de Madrid.

Duodécima. Legislación aplicable.

El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público.

El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el portal de Transparencia, en aplicación de los dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno (artículo 8.1 b).

Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio por duplicado ejemplar, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–El Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.–La Directora del Instituto de las Mujeres, María Isabel García Sánchez.

ANEXO I
Descripción de los proyectos vinculados al itinerario especial en la colección permanente «El Prado en femenino II»

1. Mediación

Itinerarios

Los itinerarios del Prado son recorridos por una selección de obras de la colección permanente del Museo que buscan proyectarla sobre un universo disciplinar más amplio que supera el umbral teórico tradicional de la Historia del Arte. Su principal objetivo se dirige a enriquecer la visita y suscitar el interés de los distintos públicos que acuden al Museo.

Este itinerario dialogado, enmarcado dentro de la segunda edición de El Prado en femenino, se ofrecerá dos días a la semana: una, en horario de mañana y otra, en horario de tarde para público general.

Conversaciones

Se ofrecerán de cuatro a ocho visitas con público general en conversación con Noelia García Pérez, comisaria del itinerario.

2. Curso de verano

Los días 11 y 12 de julio de 2024 se ofrecerá un curso para personal docente y del ámbito de la educación, así como público interesado con el objetivo de abordar la perspectiva de género en los estudios de historia, arte, filosofía y otras disciplinas.

Las distintas sesiones del programa contarán con profesionales de distintas instituciones académicas, investigadoras y profesionales del Museo del Prado que abordarán la enseñanza de la Historia del Arte desde una perspectiva de género; los arquetipos iconográficos femeninos en el arte; o recorridos a través de distintas épocas históricas, desde la Antigüedad hasta el presente, analizando la relación entre el arte y las mujeres.

3. Ciclo de cine

Programación de un ciclo de cine que contará con la proyección de películas como La reina Cristina de Suecia (1933), El rey pasmado (1991) o Los tres mosqueteros (2023). Se incluye, además, como última sesión y cierre del ciclo la presentación del documental de la directora Michéle Lemieux, Le Tableau Painting, inspirado en el retrato de Velázquez de Mariana de Austria.

4. Familias

Elaboración de una guía didáctica del segundo itinerario «El Prado en femenino». Este se concebirá como un recurso impreso y digital que facilitará la visita autónoma de familias a dicho itinerario.

5. Concierto/Artes vivas

Programa, aún por definir, que consistirá en el encargo de una pieza de danza vinculado a Cristina de Suecia y a la Sala de las Musas. Asimismo, se partirá de dos autos sacramentales de Calderón para la realización de una representación teatral.

6. Mujeres y ruralidad: Prado en femenino y su transferencia al ámbito rural

Celebración de las Jornadas Arte, mujer y ruralidad en octubre, próximas a la celebración del Día de la mujer rural. Los ejes de contenido en torno a los que estas se llevarán a cabo serán: mujeres en el medio rural, cultura comunitaria y arte comunitario para la construcción de nuevos imaginarios.

Inauguración de la exposición Florecer en la Galería Jónica Sur baja. Esta exposición muestra los resultados obtenidos en el taller de creación fotográfica que parte del encuentro con un grupo de mujeres de la Mancomunidad del Valle del Jerte.

ANEXO II
Presupuesto estimado de gasto MNP y origen de fondos

MUSEO NACIONAL DEL PRADO

Desglose presupuestario itinerario El Prado en femenino II Edición

Previsión de gastos MNP y origen de fondos

Unidad Concepto

Aplicación presupuestaria

MNP

INMUJERES

Euros

MNP

Euros

Área de Edición. Edición y producción de publicación. 24.301.333A.240   18.150,00
Área de Desarrollo Digital. Publicación web (solo gasto estructural).     0,00
Coordinación Gral. de Conservación. Comisariado. 24.301.333A.227.06   7.000,00
Coordinación Gral. de Conservación. Montaje museográfico (cartelas, traducción de textos, soportes). 24.301.333A.227.06   2.500,00
Coordinación Gral. de Conservación. Movimiento de obras de arte (solo gasto estructural).     0,00
Coordinación de Restauración. Restauración de la obra Retrato de M.ª Luisa de Orleáns. 24.301.333A.227.06   5.000,00
Coordinación Gral. de Educación. Conversaciones. 24.301.333A.226.06 2.400,00  
Coordinación Gral. de Educación. Curso para docentes (11 y 12 de julio). 24.301.333A.226.06 6.700,00  
Coordinación Gral. de Educación. Concierto/Artes vivas. 24.301.333A.226.06 10.000,00  
Coordinación Gral. de Educación. Ciclo de cine. 24.301.333A.226.06 4.000,00  
Coordinación Gral. de Educación. Jornada Arte, Mujeres y ruralidad. 24.301.333A.226. 06 6.000,00  
Coordinación Gral. de Educación. Proyecto de transferencia, talleres y exposición. 24.301.333A.226.06 20.900,00  
Coordinación Gral. de Educación. Guía didáctica para familias (5000 ejemplares la producción va en la encomienda). 24.301.333A.240   1.107,00
Coordinación Gral. de Educación. Itinerario en salas. 24.301.333A.226.06   1.900,00
Coordinación Gral. de Educación. Documentación audiovisual de las actividades. 24.301.333A.227.06   4.000,00
Coordinación Gral. de Desarrollo de Públicos. Gráfica y señalización. 24.301.333A.227.06   1.185,07
Coordinación Gral. de Desarrollo de Públicos. Impresión de planos. 24.301.333A.227.06   1.984,04
Coordinación Gral. de Desarrollo de Públicos. Audioguías. 24.301.333A.227.99   4.266,26
Centro de Estudios. Conferencias. 24.301.333A.226.06   2.500,00
Centro de Estudios. Viajes. 24.301.333A.231   450,00
 Total. 50.000,00 50.042,37

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