El Rector en nombre y representación de la Universidad Pontificia de Salamanca y el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en nombre y representación de la Administración General del Estado-Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, han suscrito una Adenda de modificación al Convenio para la realización de prácticas académicas externas en la Delegación del Gobierno en Castilla y León y en las Subdelegaciones del Gobierno en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora, por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales de grado/máster en esta Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios para una futura incorporación al mundo laboral.
La Adenda ha sido inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) del sector público estatal el día 22 de diciembre de 2023, fecha en que ha comenzado su vigencia.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la referida Adenda al convenio, como anejo a la presente resolución.
Madrid, 10 de enero de 2024.–El Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.
REUNIDOS
De una parte, don Agustín Torres Herrero, Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 283/2020, de 4 de febrero, y conforme a la delegación conferida por el apartado Decimoquinto de la Orden TER/950/2022, de 4 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, por la que el Secretario de Estado de Política Territorial del Ministerio de Política Territorial, delega las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye en cuanto a la formalización de convenios (artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) y acuerdos dentro del ámbito de los servicios territoriales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, en gestión patrimonial y demás materias.
Y de otra parte, don Santiago García-Jalón de la Lama, Rector magnífico de la Universidad Pontificia de Salamanca, nombrado por el Dicasterio de Cultura y Educación de la Santa Sede con fecha 28 de agosto de 2023, y que actúa en virtud de las facultades de representación que le atribuye el artículo 11 de los Estatutos de la Universidad.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y en su virtud,
EXPONEN
Que con fecha 21 de noviembre de 2022 fue suscrito un convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Universidad Pontificia de Salamanca, al amparo de lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicho convenio se suscribió para la realización de prácticas académicas externas, curriculares, en la Delegación del Gobierno en Castilla y León por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en dicha Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral.
Considerando que el citado convenio inició sus efectos con su inscripción en fecha 21 de noviembre de 2022 en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), siendo su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el 14 de diciembre de 2022 y que de acuerdo con su cláusula decimoquinta se suscribió con una duración inicial de cuatro años, a la fecha de firma del presente documento de Adenda el convenio se encuentra plenamente vigente y desplegando sus efectos.
En consecuencia, ambas partes
ACUERDAN
La letra e) de la cláusula séptima incorpora esta nueva redacción:
«e) Cumplir con todas las obligaciones en materia de Seguridad Social que la normativa vigente establece respecto de los estudiantes participantes en las prácticas.»
El párrafo tercero de la cláusula octava incorpora esta nueva redacción:
«Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en materia de Seguridad Social que deriven de la Disposición Adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, pactándose expresamente que el cumplimiento de todas las obligaciones en materia de Seguridad Social respecto de los estudiantes en prácticas corresponden a la Universidad –y no a la Administración General del Estado–.»
La cláusula novena incorpora esta nueva redacción eliminándose la referencia a normativa derogada:
«El estudiante que participe en el programa de prácticas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno estará cubierto por el seguro escolar o, en su defecto, por un seguro de accidentes para el periodo de prácticas, cuyos gastos en ningún caso serán a cargo de la Delegación o Subdelegación del Gobierno. La Universidad deberá tener cubierto con un seguro la responsabilidad civil las incidencias que pudieran derivarse de la realización de las prácticas en la Delegación o Subdelegación del Gobierno. No se aplicará el régimen de cobertura de las normas laborales, dado que no hay contrato laboral en la relación establecida entre el estudiante y la Delegación/Subdelegación del Gobierno.»
Las restantes cláusulas del convenio mantienen su validez.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Adenda al citado convenio resultará eficaz con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, fecha en que comenzará a computarse su duración. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente Adenda al Convenio, entendiéndose como fecha de firma la del último de los firmantes.–Por el Ministerio de Política Territorial, el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.–Por la Universidad Pontificia de Salamanca, el Rector, Santiago García-Jalón de la Lama.
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