El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 18 de abril de 2024 y, en virtud de lo expuesto en el apartado b) del art. 33.2 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, a tenor de lo reseñado en el apartado b) del artículo 31.2 y s) del artículo 30.5 del citado texto legal, adoptó entre otros el acuerdo siguiente:
«Aprobar el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje en el Puerto de Eivissa, del que se anexa enlace (que sustituye al vigente, aprobado por el Consejo de Administración el 16 de diciembre de 2009), y ordenar su publicación en el BOE.»
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 113.5 del citado Texto Refundido, los pliegos de prescripciones particulares de los servicios portuarios deberán publicarse, una vez aprobados, en el «Boletín Oficial del Estado».
El texto íntegro del mencionado Pliego se encuentra disponible en la página web de la Autoridad Portuaria de Baleares:
https://www.portsdebalears.com/es/eivissa/servicios-portuarios#anclaPuertos.
Contra los presentes acuerdos que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
Palma, 15 de mayo de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, José Javier Sanz Fernández.
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