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Documento BOE-A-2024-10926

Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Mutua Madrileña y la Fundación Museo Sorolla, para el desarrollo de actividades culturales del programa de exposiciones temporales en el Museo Sorolla.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 2024, páginas 62893 a 62901 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2024-10926

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 21 de mayo de 2024 se ha firmado un convenio entre el Ministerio de Cultura, la Fundación Mutua Madrileña y la Fundación Museo Sorolla para el desarrollo de actividades culturales del programa de exposiciones temporales en el Museo Sorolla, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 21 de mayo de 2024.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura, la Fundación Mutua Madrileña y la Fundación Museo Sorolla para el desarrollo de actividades culturales del programa de exposiciones temporales en el Museo Sorolla

En Madrid, a 21 de mayo de 2024.

REUNIDOS

Por parte del Ministerio de Cultura, don Isaac Sastre de Diego, Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, designado mediante Real Decreto 143/2022, de 16 de febrero y en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el capítulo III, apartado vigésimo 1 e) de la Orden CLT/12/2024, de 12 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

Por parte de la Fundación Mutua Madrileña, don Lorenzo Cooklin Díaz, mayor de edad, con DNI número ***3389**, y don Luis Bermúdez Odriozola, mayor de edad, con DNI número ***4748**, con domicilio social en Madrid, paseo de la Castellana 36-38, planta 10, con NIF G83729434, ambos apoderados para intervenir en nombre y representación de la Fundación Mutua Madrileña en virtud de las competencias atribuidas en escritura pública otorgada el día 27 de junio de 2023 ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Miguel García Lombardía, con el número 4.116 de su protocolo, y en ejecución del acuerdo de su Patronato en reunión de 14 de diciembre de 2023.

Por parte de la Fundación Museo Sorolla, representada por don Antonio Mollá Lorente, con DNI número ***3801**, en su condición de Presidente de la Comisión Permanente del Patronato de la Fundación Museo Sorolla, actuando por delegación del Presidente de la Fundación Museo Sorolla conforme a lo establecido en el artículo décimo segundo, punto 2, apartado d) de los Estatutos de Fundación Museo Sorolla, según consta en escritura antes la notaría de Madrid, de Javier de Lucas y Cadenas, con el número 4.309 de su protocolo.

Las tres partes, en el carácter con el que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para el otorgamiento del presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que conforme con el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Ministerio de Cultura es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español y de los museos estatales.

II. Que de acuerdo con el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes es un órgano directivo del Ministerio de Cultura. Le corresponde a la citada Dirección General la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, la relativa a los museos de titularidad estatal cuya gestión haya sido transferida a las comunidades autónomas, y restantes museos incorporados al Sistema Español de Museos, facilitando el cumplimiento de sus funciones.

Asimismo, conforme el artículo 5.1, apartado u) del citado real decreto es función de esta Dirección General la cooperación con otras administraciones y entidades públicas y privadas en materia de museos, con el fin de mantener, innovar y crear los mecanismos e instrumentos que faciliten a todos estos museos el ejercicio de las funciones de adquisición, conservación, investigación, comunicación y exhibición, con especial atención al uso de las nuevas tecnologías web.

III. Que de acuerdo con lo expuesto, el Museo Sorolla, es un museo de titularidad estatal adscrito al Ministerio de Cultura a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes. Esta institución tiene entre sus objetivos: «La conservación y exposición al público de las obras auténticas ejecutadas por don Joaquín Sorolla y cuantos cuadros, objetos artísticos, muebles, etc., existan en la casa 37 del Paseo del General Martínez Campos y de cuantas obras se adquieran en el futuro con destino a dicho museo».

IV. Que la Fundación Mutua Madrileña es una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid con fecha 8 de octubre de 2003, número de Hoja personal 356,1.ª, Tomo XL, Folio 1.26 y tiene como objetivo general y conforme al artículo 3 de sus Estatutos el apoyo a la investigación científica en el campo de la Salud y de las Ciencias Sociales, así como el patrocinio, desarrollo, difusión, divulgación y apoyo a toda clase de proyectos, trabajos y estudios relacionados con la acción social, cultural y la seguridad vial, tanto destinadas al colectivo de mutualistas y asegurados del Grupo Mutua Madrileña como a la sociedad en general.

V. Que la Fundación Museo Sorolla, institución sin ánimo de lucro, creada por iniciativa de la familia del pintor Joaquín Sorolla Bastida, «es una Fundación Cultural Privada, con carácter de promoción, y de duración indefinida» (Estatutos, artículo 1), inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, con el número de registro 5, de fecha 1931, cuyo objeto es «promover, estimular y apoyar cuantas acciones, en los términos más amplios posibles, tengan relación con la misión de perpetuar el esclarecido nombre y el conocimiento de la obra artística de Joaquín Sorolla […], y colaborar con el Estado en la promoción y difusión del Museo Sorolla.» (Estatutos de la Fundación, artículo 5).

VI. Que el Museo Sorolla ha diseñado un programa de exposiciones temporales basadas mayoritariamente en los fondos propios del Museo, lo que permite profundizar en el conocimiento y estudio de las colecciones.

VII. Que la Fundación Mutua Madrileña y la Fundación Museo Sorolla desean colaborar con el Ministerio de Cultura en el desarrollo del programa de exposiciones temporales del Museo Sorolla, concretamente de la exposición temporal «Sorolla en cien objetos».

A tal efecto, las partes, de acuerdo con la exposición que antecede, y al amparo del artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, suscriben el presente convenio con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto fijar las condiciones generales para la colaboración entre el Ministerio de Cultura, la Fundación Mutua Madrileña y la Fundación Museo Sorolla para el desarrollo del programa de exposiciones temporales del Museo Sorolla en el marco de la exposición temporal «Sorolla en cien objetos», en adelante la Exposición.

Segunda. Compromisos de las partes.

1. Compromisos del Ministerio de Cultura:

El Ministerio de Cultura, a través del Museo Sorolla, para atender al compromiso de difusión de la colaboración de la Fundación Mutua Madrileña en las actividades objeto de este convenio, se compromete a:

1.1 Coordinar el desarrollo de la colaboración a través del Museo Sorolla y realizar el oportuno seguimiento técnico y supervisión.

1.2 Proporcionar a los visitantes del Museo Sorolla, a través de los medios disponibles en la zona de acogida (gráficos, electrónicos, audiovisuales…), información precisa sobre esta colaboración.

1.3 Incluir en la web del Museo información sobre el objeto de este convenio mencionando la colaboración de la Fundación Mutua Madrileña y la Fundación Museo Sorolla.

1.4 Facilitar el acceso a los asegurados de Mutua Madrileña, durante un año natural a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente convenio, ofreciéndoles: gratuidad en la entrada sobre la tarifa general a aquellos mutualistas que se acrediten como tales, a través de la presentación en taquilla de la tarjeta «Soy de la Mutua» o la invitación facilitada por la empresa aseguradora. En ambos casos podrán acceder al museo de forma gratuita junto con un acompañante.

La gratuidad se realiza de conformidad a la Orden ECD/868/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Cultura y Deporte y por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música que establece en su artículo 8 que mediante resolución del Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, se podrá establecer la reducción en el precio de entrada o gratuidad de acceso en el supuesto de convenios con terceros de patrocinio, de fomento de la visita pública o para la participación o inclusión de los museos estatales en itinerarios culturales o tarjetas de promoción turística.

En el supuesto de modificarse el régimen jurídico establecido para la visita pública al Museo Sorolla en la citada orden se revisará el contenido de la obligación adquirida en este apartado.

1.5 Ofrecer, en colaboración con la Fundación Museo Sorolla, durante la vigencia del presente convenio, un total de veintidós visitas taller para público infantil exclusivas para los asegurados de Mutua Madrileña, que deberán inscribirse previamente como condición para asistir. Se adjunta a este documento un anexo con la enumeración de los mismos para el transcurso del año 2024.

1.6 Ofrecer, en colaboración con la Fundación Museo Sorolla, y durante la vigencia del presente convenio tres visitas al Museo Sorolla para compromisos de la FMM:

– Dos visitas de 20 personas cada una, en horario de museo abierto, esto es de martes a viernes entre las 09.30h a las 20.00h.

– Una visita privada de 40 personas en horario de museo cerrado, esto es los lunes a lo largo del día o la tarde, dado que el museo permanece cerrado al público, y de martes a jueves a partir de las 20:00 h.

1.7 La Fundación Mutua Madrileña podrá informar, por medio de notas de prensa o cualquier otro medio, de la colaboración objeto de este convenio. Las notas de prensa y demás materiales que emplee a tal efecto la Fundación Mutua Madrileña deberán contar con la previa autorización escrita del Museo Sorolla (Ministerio de Cultura) y la Fundación Museo Sorolla.

2. Compromisos de la Fundación Mutua Madrileña:

La Fundación Mutua Madrileña se compromete a:

2.1 Aportar la cantidad de veinticinco mil euros (25.000,00 euros) a la Fundación Museo Sorolla con la finalidad de apoyar el programa de exposiciones temporales del Museo Sorolla, en concreto, la exposición temporal «Sorolla en cien objetos». El abono de esta aportación se hará en un único pago, una vez el convenio sea eficaz, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del Banco Santander: ES64 0030 1026 0500 0047 2271 y cuyo titular es la FMS. Una vez recibida la referida aportación económica, la Fundación Museo Sorolla expedirá a favor de Fundación Mutua Madrileña un justificante acreditativo de la aportación realizada y su aplicación a los fines previstos en este convenio, de acuerdo con la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

2.2 Colaborar con el Museo Sorolla en la difusión del conocimiento de esta institución a través de los canales de los que dispone para la comunicación con sus mutualistas.

3. Compromisos de la Fundación Museo Sorolla:

La Fundación Museo Sorolla se compromete a:

3.1 Recibir la ayuda económica de la Fundación Mutua Madrileña destinada a contribuir a la financiación de actividades culturales de interés general desarrolladas con motivo de la Exposición.

3.2 Canalizar la aportación económica de la Fundación Mutua Madrileña. A tal efecto la Fundación Museo Sorolla se encargará de gestionar y contratar los servicios necesarios para el desarrollo de la Exposición.

3.3 Reconocer la colaboración de la Fundación Mutua Madrileña en la Exposición incluyendo su nombre y/o logotipo en los créditos, carteles publicitarios y folletos que se hagan para promocionar la Exposición en el Museo Sorolla.

3.4 Entregar a Fundación Mutua Madrileña la cantidad de tres catálogos de la Exposición.

3.5 Gestionar y desarrollar las visitas privadas al Museo Sorolla que el Ministerio de Cultura autorice. A tal efecto la Fundación Museo Sorolla asumirá los gastos de limpieza, coordinación, vigilancia y servicio de guías que las visitas conlleven.

Tercera. Difusión del proyecto.

El Museo Sorolla hará la difusión del proyecto en prensa y medios de comunicación, mencionando a los distintos colaboradores. En el caso de comunicaciones públicas y en la medida de lo posible se solicitará la autorización de las distintas partes implicadas antes de la difusión de la noticia.

Cuarta. Modificación del convenio.

Los términos de este convenio podrán ser modificados a propuesta de la comisión de seguimiento y de mutuo acuerdo entre las partes de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La modificación deberá formalizase mediante Adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Quinta. Vigencia.

El presente convenio se perfecciona con su firma y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y mantendrá su vigencia durante un año. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

En el supuesto de que los firmantes acordaran unánimemente su prórroga ésta se realizará conforme a lo establecido en el artículo 49, apartado h, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Coordinación del convenio.

Para la ejecución, seguimiento e interpretación del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un representante de cada entidad firmante del mismo.

Será representante del Ministerio de Cultura la persona que ejerza la dirección del Museo Sorolla.

Serán funciones de esta Comisión:

– Velar por el cumplimiento de este convenio.

– Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del presente convenio.

La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.

En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.

Séptima. Notificaciones.

Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las partes en relación con el presente convenio que excedan las actuaciones de la Comisión establecida, deberán realizarse por escrito y será remitida por cualquier medio admitido en derecho que permita tener constancia de su fecha, de su recepción y de su contenido. A estos efectos, las comunicaciones a:

– Ministerio de Cultura: se dirigirán al Museo Sorolla, Paseo del General Martínez Campos, número 37, 28010 de Madrid, a la atención de la persona que ostente la titularidad de la Dirección del Museo Sorolla.

– Fundación Museo Sorolla: se dirigirán al Paseo del General Martínez Campos, número 37, 28010 de Madrid y al correo: blanca.valgoma@fundacionmuseosorolla.es

– Fundación Mutua Madrileña: se dirigirán al Paseo Castellana 36-38, 28046 Madrid, al correo: tcampos@fundacionmutua.es

Octava. Resolución de controversias.

Las partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo, en el seno de la Comisión de seguimiento aludida en la cláusula sexta de este convenio, las incidencias que se pudieran plantear sobre la interpretación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos del mismo.

Novena. Extinción y resolución del convenio.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones contempladas en su objeto o por causa de resolución.

Serán causas de resolución anticipada del presente convenio conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las siguientes:

a) Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) Por acuerdo unánime de los firmantes.

c) Por incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente convenio. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta causa no conllevará indemnización de las partes. Sin embargo, cada una de las partes dará cumplimiento a los compromisos que haya asumido con terceros.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.

Décima. Transparencia y acceso a la información pública.

El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Undécima. Jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del mismo, sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas octava y novena serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo.

Duodécima. Protección de datos de carácter personal.

El presente convenio no comportará el acceso a datos de carácter personal. Para el caso en que se pusiera de manifiesto la necesidad de tratar datos de carácter personal sujetos al ámbito de aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 sobre Protección de Datos Personales de las Personas Físicas (RGPD), y a la normativa española de protección de datos en vigor, las Partes deberán necesariamente suscribir por escrito, un acuerdo que recoja los límites y condiciones en los que dichos tratamientos serán llevados a cabo, comprometiéndose a cumplir todas las obligaciones que le son exigibles en materia de protección de datos personales tanto por el RGPD, como por aquella normativa que lo sustituya y/o lo desarrolle, así como todas las normas legales o reglamentarias que incidan en este ámbito, adoptando cuantas medidas de seguridad sean preceptivas a efectos de evitar la alteración, acceso o uso indebido de los datos a los que cada Parte tuviera acceso.

En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), así como en cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD),se informa a continuación sobre los siguientes aspectos relacionados con el tratamiento de datos de carácter personal recabados:

i. Responsable del Tratamiento:

– Fundación Mutua Madrileña. CIF: G83729434. Dirección postal: Paseo de la Castellana 36-38, 28046 Madrid. Teléfono: 91 5922836.

Finalidad del Tratamiento: Los datos de carácter personal recabados se tratarán con la finalidad de gestionar la relación derivada del presente convenio.

Periodo de Conservación de la Información: Los datos se conservarán durante el periodo de vigencia del convenio y durante el plazo de cinco años a contar de la fecha de finalización de la prestación de los servicios contratados. Transcurrido dicho plazo los datos se conservarán debidamente bloqueados durante el plazo de prescripción de acciones legales y superado dicho plazo se procederá a la eliminación de estos.

Naturaleza de los Datos Tratados: La información recabada se limita a datos identificativos (nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono, cargo en la Entidad que representa) y datos relacionados con el presente convenio.

Legitimación: La base que legitima el tratamiento es la ejecución de la relación contractual entre las partes y el interés legítimo de los responsables (artículos 6.1 b) y 6.1.f) del RGPD en relación con el artículo 19 de la LOPDGDD).

Destinatarios de los Datos y Cesiones Previstas: los datos no serán comunicados a terceros salvo obligación legal o por ser estrictamente necesario para el desenvolvimiento de la relación contractual. No se llevarán a cabo transferencias internacionales de datos.

Ejercicio de Derechos: El interesado tiene derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, cuando los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente se conservarán para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular el interesado podrá oponerse al tratamiento de sus datos. En este caso, la Empresa dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones. Por último, se informa sobre el derecho de portabilidad previsto en el RGPD con el fin de que los datos puedan ser facilitados al titular o al responsable del tratamiento que el interesado indique.

Para ejercer estos derechos dirigirse a:

– Responsable Fundación Mutua Madrileña.

Enviar un email a: protecciondatos@mutua.es o remitir carta a la siguiente dirección: Paseo de la Castellana, 33. 28046 Madrid.

Podrá contactar con el DPO en: dpo@mutua.es

En los casos en los que se considere que durante el tratamiento de los datos se han vulnerado sus derechos en materia de protección de datos, especialmente cuando no se haya obtenido satisfacción en el ejercicio de los derechos, el interesado puede presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos.

ii. Responsable del Tratamiento:

– Museo Sorolla, con dirección postal en Paseo del General Martínez Campos, 37, 28010 de Madrid. Teléfono: 913101584.

Finalidad del Tratamiento: Los datos de carácter personal recabados se tratarán con la finalidad de gestionar la relación derivada del presente convenio.

Periodo de Conservación de la Información: Los datos se conservarán durante el periodo de vigencia del convenio y durante el plazo legalmente previsto. Transcurrido dicho plazo los datos se conservarán debidamente bloqueados durante el plazo de prescripción de acciones legales y superado dicho plazo se procederá a la eliminación de estos.

Naturaleza de los Datos Tratados: La información recabada se limita a datos identificativos (nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono, cargo en la Entidad que representa) y datos relacionados con el presente convenio.

Legitimación: La base que legitima el tratamiento es la ejecución de la relación contractual entre las partes y el interés legítimo de los responsables (artículos 6.1 b) y 6.1.f) del RGPD en relación con el artículo19 de la LOPDGDD).

Destinatarios de los Datos y Cesiones Previstas: Los datos no serán comunicados a terceros salvo obligación legal o por ser estrictamente necesario para el desenvolvimiento de la relación contractual. No se llevarán a cabo transferencias internacionales de datos.

Ejercicio de Derechos: El interesado tiene derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, cuando los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente se conservarán para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular el interesado podrá oponerse al tratamiento de sus datos. En este caso, la Empresa dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones. Por último, se informa sobre el derecho de portabilidad previsto en el RGPD con el fin de que los datos puedan ser facilitados al titular o al responsable del tratamiento que el interesado indique.

Para hacer efectivo el ejercicio estos derechos dirigirse a:

– Responsable: Museo Sorolla.

Enviar un email a: dpd@cultura.gob.es o remitir carta a la siguiente dirección: Paseo del General Martínez Campos, 37, 28010 Madrid.

Podrá contactar con el DPO en: dpd@cultura.gob.es.

En los casos en los que se considere que durante el tratamiento de los datos se han vulnerado sus derechos en materia de protección de datos, especialmente cuando no se haya obtenido satisfacción en el ejercicio de los derechos, el interesado puede presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos.

iii. Responsable del Tratamiento:

– Fundación Museo Sorolla con CIF: G82592544; dirección postal: Paseo del General Martínez Campos, número 37, 28010 Madrid; Tel.: 913101584.

Finalidad del Tratamiento: Los datos de carácter personal recabados se tratarán con la finalidad de gestionar la relación derivada del presente convenio.

Periodo de Conservación de la Información: Los datos se conservarán durante el periodo de vigencia del convenio y durante el plazo legalmente previsto. Transcurrido dicho plazo los datos se conservarán debidamente bloqueados durante el plazo de prescripción de acciones legales y superado dicho plazo se procederá a la eliminación de estos.

Naturaleza de los Datos Tratados: La información recabada se limita a datos identificativos (nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono, cargo en la Entidad que representa) y datos relacionados con el presente convenio.

Legitimación: La base que legitima el tratamiento es la ejecución de la relación contractual entre las partes y el interés legítimo de los responsables (artículos 6.1 b) y 6.1.f) del RGPD en relación con el artículo19 de la LOPDGDD).

Destinatarios de los Datos y Cesiones Previstas: Los datos no serán comunicados a terceros salvo obligación legal o por ser estrictamente necesario para el desenvolvimiento de la relación contractual. No se llevarán a cabo transferencias internacionales de datos.

Ejercicio de Derechos: El interesado tiene derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, cuando los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente se conservarán para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular el interesado podrá oponerse al tratamiento de sus datos. En este caso, la Empresa dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones. Por último, se informa sobre el derecho de portabilidad previsto en el RGPD con el fin de que los datos puedan ser facilitados al titular o al responsable del tratamiento que el interesado indique.

Para hacer efectivo el ejercicio de estos derechos dirigirse a:

– Fundación Museo Sorolla.

Enviar un email a: blanca.valgoma@fundacionmuseosorolla.es o remitir carta a la siguiente dirección: Paseo del General Martínez Campos, 37, 28010 de Madrid.

Podrá contactar con el DPO en: blanca.valgoma@fundacionmuseosorolla.es

En los casos en los que se considere que durante el tratamiento de los datos se han vulnerado sus derechos en materia de protección de datos, especialmente cuando no se haya obtenido satisfacción en el ejercicio de los derechos, el interesado puede presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos.

Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento por triplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Cultura, el Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.–Por la Fundación Museo Sorolla, el Presidente de la Comisión Permanente del Patronato de la Fundación Museo Sorolla, Antonio Mollá Lorente.–Por la Fundación Mutua Madrileña, el Director General de la Fundación Mutua Madrileña, Lorenzo Cooklin Díaz.–El Secretario General de Mutua Madrileña, Luis Bermúdez Odriozola.

ANEXO
Talleres Fundación Mutua

– Para niños de 6 a 12 años.

– Duración: 1 hora, de 10:30 a 11:30 h.

– Grupos de 12 participantes, con reserva previa.

– Cada mes se desarrollará una actividad diferente, en sábados alternos, excepto en agosto que no habrá actividades.

• ¡La pintura al plen air, menuda aventura!

• España, un pais para pintar.

• Viajar para pintar.

• Primavera en el jardín.

• Una casa llena de recuerdos.

• Un pintor y 100 objetos.

• Un verano en familia.

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