El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Universitat Oberta de Catalunya han suscrito, con fecha 22 de mayo de 2024, una Adenda de prórroga del Convenio para la realización de actividades de interés común en el ámbito de sus fines, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 22 de mayo de 2024.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.
Madrid, 22 de mayo de 2024.
PARTES
De una parte, doña Àngels Fitó Bertran, Rectora Magnífica de la Universidad Abierta de Cataluña (en adelante, «UOC»), con domicilio social en Rambla del Poblenou, 154-156 (08018) de Barcelona, en nombre y representación de esta universidad, que actúa al amparo del acuerdo tomado por el Patronato de la Fundación para la Universitat Oberta de Catalunya (en adelante, «FUOC») en fecha 2 de febrero de 2023, ratificado por el acuerdo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña de 28 de febrero de 2023, y de acuerdo con los poderes otorgados ante doña Maria Armas Herráez, notaria de Barcelona, según la escritura pública con número de protocolo 432, el 3 de abril de 2023. La FUOC es titular de la Universitat Oberta de Catalunya, reconocida por la Ley 3/1995, de 6 de abril, de reconocimiento de la Universitat Oberta de Catalunya.
De la otra parte, don Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en adelante, «MNCARS»), con domicilio en Madrid, calle Santa Isabel, 52 (28012), en nombre y representación del citado organismo y nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE núm. 135, de 7 de junio), actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 240, de 5 de octubre), y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE núm. 86, de 6 de abril).
Ambas partes, que actúan en ejercicio de los respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen en este acto con la capacidad legal necesaria y la competencia suficiente para suscribir la presente adenda.
EXPOSICIÓN
I. En fecha 27 de mayo de 2021, la UOC y MNCARS formalizaron un convenio marco con el objeto de establecer un marco de actuación para la colaboración entre la UOC y MNCARS en el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de sus fines. El convenio marco fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de junio de 2021.
II. El citado convenio marco fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en fecha 27 de mayo de 2021, por lo que sus efectos se extienden hasta la fecha 27 de mayo de 2024.
III. La cláusula undécima del convenio suscrito entre las partes prevé la posibilidad de que, antes de que finalice su vigencia, se puede prorrogar, previo acuerdo unánime firmado entre las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, siguiendo para su tramitación los requisitos establecidos en el artículo 50 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
IV. Tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de los objetivos, más la experiencia acumulada en el desarrollo de la colaboración, se justifica la decisión de ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del convenio suscrito con fecha de 27 de mayo de 2021 para el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de sus fines y, en consecuencia, su voluntad es la de acordar, mediante la suscripción de la presente adenda, una prórroga del mismo.
En virtud de lo expuesto anteriormente, UOC y MNCARS acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de cuatro (4) años la vigencia del convenio para el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de sus fines, firmado por las partes el 27 de mayo de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de junio de 2021.
Según la cláusula undécima del convenio de fecha 27 de mayo de 2021, una vez inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, resultará eficaz, teniendo una duración de tres años (3) años desde la misma fecha de inscripción, y antes de que finalice su vigencia, se puede prorrogar, previo acuerdo unánime firmado entre las partes, por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales.
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un nuevo plazo de cuatro (4) años, que será la primera y última prórroga del mismo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez que se inscriba en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. También será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Y, en prueba conformidad y para la debida constancia de todo lo que se ha convenido, ambas partes firman este documento en el lugar indicados en el encabezamiento a la fecha consignada en la última firma digital.–La Rectora Magnífica de la Universitat Oberta de Catalunya, Àngels Fitó Bertran.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.
La presente adenda ha sido informada favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado con fecha de 16 de febrero de 2024, y finalmente autorizado por el Ministerio de Hacienda con fecha de 20 de febrero de 2024.
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