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Documento BOE-A-2024-11094

Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 1 de junio de 2024, páginas 63660 a 63669 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2024-11094

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el artículo 52 del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Secretaría de Estado por el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se efectúa convocatoria para la provisión de puestos de trabajos de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos para su desempeño, la antigüedad mínima requerida como personal funcionario de carrera del subgrupo A1, referida al último día de presentación de instancias, así como los conocimientos y las competencias profesionales y directivas, todo ello conforme a lo contenido en el anexo I de la presente resolución.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo de la Castellana, 67 (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II de esta resolución.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes se presentarán a través del portal Funciona, mis servicios de RR. HH. (SIGP) –convocatoria libre designación– solicitud de convocatoria de libre designación, https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico. En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: https://sede.mitma.gob.es o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal Funciona.

Tercera.

Además de los datos personales y número de Registro de Personal, que se consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:

– Un curriculum vitae, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo III, en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. En respaldo de ello, podrán aportarse asimismo certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde se prestaban servicios.

– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

– Expediente personal obtenido del Portal Funciona. Quienes no presten servicios en la Administración General del Estado, deberán aportar asimismo un certificado de la Administración en la que presten servicios, en el cual se hagan constar tanto el tipo de relación de servicios como los puestos desempeñados en dicha Administración.

– La cumplimentación del cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas y que se incluye en el anexo IV.

Cuarta.

La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará atendiendo a los méritos incluidos en el anexo I.

La entrevista se realizará exclusivamente a las personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, así como la antigüedad como personal funcionario de carrera del subgrupo A1, que se exijan en el anexo I.

La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto, incluido en el anexo I.

Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, se nombrarán al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas. A las personas expertas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y su nombramiento se realizará mediante acuerdo del órgano convocante, siendo comunicado a las personas candidatas, a los efectos de que, en su caso, pudieran plantear su recusación.

Quinta.

Conforme a lo establecido en el artículo 127.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el nombramiento tendrá una duración máxima de cinco años, que podrá ser renovable por períodos idénticos, a propuesta del órgano competente para la designación, siempre que la persona designada mantenga los requisitos para el nombramiento y no obtenga evaluaciones negativas en el desempeño de su función.

Sexta.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Séptima.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Octava.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 27 de mayo de 2024.–El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.

ANEXO I

S. DE E. TRANSPORTES Y MOVIL. SOSTENIBLE - D.G. DEL SECTOR FERROVIARIO

S. G. DE PLANIFICACIÓN FERROVIARIA

N.º orden Centro directivo. Unidad. Puesto de trabajo Provincia-Localidad Nivel CE GR/SB Admón. Tit. req. Funciones Méritos Observaciones
  S. DE E. TRANSPORTES Y MOVIL. SOSTENIBLE                  
  D.G. DEL SECTOR FERROVIARIO                  
  S. G. DE PLANIFICACIÓN FERROVIARIA                  
1 SUBDIRECTOR/SUBDIRECTORA GENERAL (5342188). MADRID-MADRID. 30 33714.66 A1 AE  

- Dirección, gestión y coordinación de equipos de trabajo.

- Planificación de la Red Ferroviaria de Interés General.

- Elaboración, seguimiento, supervisión y control de los planes ferroviarios.

- Elaboración, tramitación, seguimiento y control de estudios de viabilidad e informativos en el ámbito de las infraestructuras ferroviarias.

- Planificación de las terminales ferroviarias e instalaciones de servicio, cuya titularidad sea de los administradores generales de infraestructuras ferroviarias.

- Coordinación con otros organismos y entidades en relación con la planificación ferroviaria.

- Representación del departamento, en los organismos internacionales y de la Unión Europea relacionados con las redes ferroviarias.

- Preparación y seguimiento de protocolos, acuerdos y convenios sobre actuaciones concertadas con otras administraciones públicas o entidades, incluidos los de carácter internacional, en el ámbito de la Red Ferroviaria de Interés general del Estado.

- Se valorará experiencia en las habilidades del marco básico de competencias para el personal directivo incluidas en el anexo de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.

- Se valorará la experiencia en funciones similares a las recogidas en este anexo.

- Se valorarán títulos académicos relacionados con las funciones.

- Se valorarán cursos recibidos e impartidos en materias relacionadas con las funciones.

- La idoneidad del aspirante al puesto se valorará a través de su c.v., la justificación de idoneidad remitida y el cuestionario de autoevaluación.

- Además, las competencias directivas del aspirante y su idoneidad se valorarán conforme a la experiencia demostrada en una entrevista.

- Se requiere una antigüedad mínima de dos años como funcionario de carrera en el subgrupo A1.

S. DE E. TRANSPORTES Y MOVIL. SOSTENIBLE - D. G. DE TRANSP. CARRETERA Y FERROCARRIL

S. G. DE ORDENACIÓN Y NORMATIVA DE TRANSPORTE POR CARRETERA Y FERROCARRIL

N.º orden Centro directivo. Unidad. Puesto de trabajo Provincia-Localidad Nivel CE GR/SB Admón. Tit. req. Funciones Méritos Observaciones
  S. DE E. TRANSPORTES Y MOVIL. SOSTENIBLE                  
  D.G. DE TRANSP. CARRETERA Y FERROCARRIL                  
  S. G. DE ORDENACIÓN Y NORMATIVA DE TRANSPORTE POR CARRETERA Y FERROCARRIL                  
2 SUBDIRECTOR/SUBDIRECTORA GENERAL (3082996). MADRID-MADRID. 30 28541.24 A1 AE  

- Elaboración de proyectos normativos para la ordenación del mercado de transporte ferroviario y por carretera, tanto en el establecimiento de las reglas básicas del acceso y del resto de normas que resulten necesarias.

- Elaboración de informes y propuestas de resolución sobre las materias competencia de la Dirección General.

- Preparación y organización de reuniones de órganos administrativos colegiados.

- Realización de informes sobre la normativa mercantil aplicable al contrato de transporte terrestre de mercancías, con el fin de la adecuada coordinación de las Juntas Arbitrales del Transporte.

- Elaboración de reglas de coordinación relativas al ejercicio de las competencias delegadas por el Estado en las Comunidades Autónomas en materia de servicios de transporte ferroviario y por carretera.

- Se valorará experiencia en las habilidades del marco básico de competencias para el personal directivo incluidas en el anexo de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.

- Se valorará la experiencia en funciones similares a las recogidas en este anexo.

- Se valorarán títulos académicos relacionados con las funciones.

- Se valorarán cursos recibidos e impartidos en materias relacionadas con las funciones.

- La idoneidad del aspirante al puesto se valorará a través de su c.v., la justificación de idoneidad remitida y el cuestionario de autoevaluación.

- Además, las competencias directivas del aspirante y su idoneidad se valorarán conforme a la experiencia demostrada en una entrevista.

- Se requiere una antigüedad mínima de dos años como funcionario de carrera en el subgrupo A1.

CUERPOS O ESCALAS:

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):

AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

TITULACIONES:

ANEXO II

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ANEXO III

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ANEXO IV
Cuestionario de autoevaluación
I. Liderazgo transformador. 1. ¿Cómo valoraría su capacidad de liderazgo para la consecución de objetivos de su organización? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
2. ¿Cómo valoraría su capacidad para comunicar y gestionar adecuadamente equipos? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
3. ¿Cómo valoraría su capacidad para incorporar procesos de innovación en la gestión pública? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
4. ¿Cómo valoraría su capacidad para cooperar eficazmente con otros actores? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
5. ¿Cómo valoraría su capacidad para manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
II. Gestión estratégica de proyectos. 1. ¿Cómo valoraría su capacidad para planificar y tener visión estratégica? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
2. ¿Cómo valoraría su capacidad para conocer el contexto, especialmente los entornos digitales? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
3. ¿Cómo valoraría su inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
4. ¿Cómo valoraría su capacidad para diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
5. ¿Cómo valoraría su capacidad para gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
III. Comunicación y relaciones interpersonales. 1. ¿Cómo valoraría su capacidad para negociar y resolver conflictos? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
2. ¿Cómo valoraría su habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
3. ¿Cómo valoraría su capacidad para realizar una comunicación efectiva 360.º (vertical, horizontal y transversal)? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
4. ¿Cómo valoraría su capacidad para representar a la organización en el ámbito nacional e internacional? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones. 1. ¿Cómo valoraría su flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
2. ¿Cómo valoraría su capacidad para tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
3. ¿Cómo valoraría su capacidad para resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
4. ¿Cómo valoraría su capacidad de análisis y sistematización de la información? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional. 1. ¿Cómo valoraría su capacidad para priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
2. ¿Cómo valoraría su capacidad para mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
3. ¿Cómo valoraría su capacidad para aplicar los principios y valores de la administración pública a sus responsabilidades directivas y de la organización? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
4. ¿Cómo valoraría su capacidad para actuar con ética profesional e integridad pública? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.
5. ¿ Cómo valoraría su capacidad para promover la integridad pública en la organización y en los equipos? Muy buena / buena / regular / mala / muy mala.

* Se debe subrayar el nivel de capacidad correspondiente a sus competencias profesionales.

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