De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, SA y el Instituto Cervantes para la itinerancia de la exposición «Perdona, estoy hablando. Cómic autobiográfico de mujeres en español» producida por CentroCentro, que ha sido suscrito el 21 de mayo de 2024.
Madrid, 23 de mayo de 2024.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea.
En Madrid, a la fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Martín Vizcaíno, mayor de edad, con NIF ***0206**, en nombre y representación de la empresa municipal Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, SA (en adelante «Madrid Destino») con NIF A-84073105 y domicilio social en calle Conde Duque, 9-11 de Madrid (CP 28015). Interviene en su condición de Consejero Delegado según escritura otorgada el día uno de agosto de dos mil veintitrés, ante el Notario de Madrid don Antonio de la Esperanza Rodríguez, con el número 3987 de su Protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el Tomo 41.138, folio 41, inscripción 161, hoja M 360295.
Y de la otra, don Luis Manuel García Montero, como Director, en nombre y representación del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio,(BOE de 21 de julio de 2018), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, organismo público dotado de NIF Q-2812007 I y domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014, Madrid, con, en adelante, también «El IC».
En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las «Partes».
Las partes, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio en nombre de las instituciones a las que representan y,
EXPONEN
I. Que Madrid Destino, de conformidad con lo establecido por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 25 de febrero de 2011 y con su propio objeto social, es una empresa mercantil municipal que tiene atribuida, entre otras funciones, la gestión del servicio cultural de CentroCentro ubicado en el Palacio de Cibeles. En adelante e indistintamente, «CentroCentro» o el «Centro».
II. CentroCentro se configura como un equipamiento público que pone el foco en un amplio campo de expresiones y manifestaciones culturales –desde el diseño y la ilustración, desde la arquitectura y el urbanismo, desde la poesía y la literatura, desde la moda y las artes– con el objetivo de formalizar propuestas y reflexiones que aborden elementos de cambio de costumbres, nuevos usos urbanos, flujos y relaciones sociales. Del mismo modo, CentroCentro ha buscado y establecido vínculos con eventos e iniciativas que coadyuvan en la proyección de Madrid como ciudad puntera en programación y actividad cultural. En este sentido, CentroCentro ha colaborado estrechamente con instituciones y proyectos que han aunado ambos propósitos.
III. Por su parte, el Instituto Cervantes, creado por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, es un organismo de derecho público sin ánimo de lucro, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, cuyos fines son la promoción de la lengua española y la difusión de la cultura en el exterior, así como el fomento de cuantas actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene encomendados, y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como lengua extranjera, contando, para el cumplimiento de los fines que le son propios, una amplia red de centros en el exterior, entre los que se encuentran los situados en Múnich y Utrecht.
IV. Este tipo de colaboración cuenta con antecedentes de éxito como la itinerancia de la exposición «¿Cazadores de tendencias? Los nombres esenciales de la moda» que CentroCentro produjo y organizó (2012–2013) y que el Instituto Cervantes expuso en sus sedes hasta 2015.
V. En 2023, CentroCentro fue productor y organizador de la exposición colectiva «Perdona, estoy hablando», que propone un análisis del cómic autobiográfico hecho por mujeres de todo el mundo. El proyecto expositivo consistía en una aproximación enciclopédica al cómic autobiográfico de mujeres empezando por tempranas voces hasta militantes recientes. A partir de pinceladas del trabajo de más de 80 autoras, la exposición mostraba la pluralidad de un género en expansión como testimonio de la vida de artistas en todo el mundo.
El lenguaje del cómic permite que las realidades particulares de estas mujeres sean comprendidas más allá de sus diferencias de contexto y la disparidad de sus estilos. En los ejemplos recogidos en la exposición se trataban temas tan universales como la salud, la familia, las condiciones de trabajo, la identidad sexual, las diferencias sociales, la xenofobia o la amistad.
VI. El Instituto Cervantes y CentroCentro están interesados en itinerar una versión de dicha exposición bajo el título «Perdona, estoy hablando. Cómic autobiográfico de mujeres en español» (en adelante la «Exposición»), que propone un análisis del cómic autobiográfico en castellano a partir del trabajo de 35 autoras.
«Perdona, estoy hablando. Cómic autobiográfico de mujeres en español» propone un análisis del cómic autobiográfico en castellano a partir trabajo de 35 autoras, con independencia de estilos, lugares de nacimiento o carreras (más consolidadas o más noveles).
La autobiografía es un género dentro del cómic que tiene una larga tradición que se remonta, en sus casos más estudiados, hasta los años 70. Hoy en día goza de gran popularidad entre lectores y artistas. En el cómic autobiográfico, las autoras cuentan en primera persona aspectos de su vida, sus circunstancias y sus intereses. Hay varios tipos de cómic autobiográfico. Puede ser ficcionalizado o semi-autobiográfico, formulado como ensayo personal, periodístico o testimonial.
En la exposición podemos ver ejemplos del trabajo de las 35 autoras que participan. Son páginas extraídas de sus libros, fanzines o de publicaciones periódicas. En la mayoría de casos, la selección ha sido hecha por las mismas autoras y está acompañada de un texto, también escrito por ellas, que nos ayuda a contextualizar las páginas.
La exposición está comisariada por Tevi de la Torre, Teresa Ferreiro-Peleteiro y Roberta Vázquez y es un proyecto original, titularidad de CentroCentro. El discurso de la exposición se adapta conceptualmente a las necesidades del Instituto Cervantes y es formalmente adaptable a los espacios expositivos de centros culturales pertenecientes a la red del Instituto Cervantes que estén interesados en mostrarla. CentroCentro cuenta con los derechos de la exposición de exclusividad.
VII. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, –en adelante, LRJSP– el presente convenio ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.
VIII. Que, el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2 c) LRJSP, con fecha 17 de mayo de 2024.
IX. Que, estando las Partes interesadas en la exhibición de la Exposición en el exterior, para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de sus fines respectivos, acuerdan prestarse mutua colaboración para el desarrollo de la Exposición y a tal efecto, han acordado suscribir el presente convenio que habrá de regirse por las siguientes,
CLÁUSULAS
1.1 Es objeto del presente convenio establecer los términos y condiciones en los que Madrid Destino, a través de CentroCentro, y el Instituto Cervantes colaborarán en el proyecto expositivo de carácter itinerante «Perdona, estoy hablando. Cómic autobiográfico de mujeres en español» que se desplegará en diversas sedes del Instituto Cervantes en el exterior.
1.2 Las sedes inicialmente previstas para la itinerancia de la Exposición en 2024 son Múnich y Utrecht.
1.3 Se adjunta como anexo I al presente convenio, formando parte del mismo, el dossier que contiene el listado de artistas que participan en el Proyecto Expositivo.
La Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta del presente documento podrá acordar las fechas concretas de la exhibición en Múnich y Utrecht en 2024.
1.4 Las exposiciones tendrán carácter gratuito.
2.1 El Instituto Cervantes garantiza la realización de la itinerancia en las fechas y centros culturales que se determinen, asumiendo los siguientes compromisos junto con el coste económico que ello implique:
a) El IC realizará la itinerancia de la Exposición sin fines lucrativos.
b) Abonar los honorarios de comisariado a las comisarias para realizar la adaptación conceptual y formal del proyecto a las necesidades del Instituto Cervantes, tras lo cual el IC se ceñirá a dicha adaptación, exhibiendo de este modo la exposición en los periodos y duración pactados, sin que dicha exhibición permita la utilización o comercialización de las obras por cualquier otro medio o para cualquier otra finalidad distinta.
c) Diseño. Mantener, en la medida de lo posible, el diseño expositivo de la muestra, adecuando el diseño ya existente a las diferentes salas de la Itinerancia. Para ello, CentroCentro facilitará al Instituto Cervantes el contacto de la diseñadora que llevó a cabo la Exposición en Madrid, así como los modelos de su diseño.
d) Derechos. El Instituto Cervantes se encargará del préstamo, gestión y obtención de todas las licencias, derechos de imagen, explotación y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial necesarios para la exhibición y comunicación pública de todas las obras que forman parte de la muestra frente a sus autoras, incluyendo su reproducción, comunicación pública y puesta disposición del público en internet y perfiles en RRSS como material promocional y divulgativo.
Por todo ello, deberá mantener indemne y en el uso y disfrute pacífico de esos derechos a Madrid Destino para tales fines y sin restricciones frente a cualquier reclamación que recibiera de terceros relativa a la legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente, como al pago de los mismos.
e) Realizar las tareas de adecuación del montaje en cada una de las salas, así como a la producción de la exposición para cada uno de los puntos de la Itinerancia, asumiendo todos los gastos necesarios, tales como: gestión y abono de los derechos de exhibición de las autoras, gastos de contratación de salas, montaje, desmontaje, mantenimiento, seguridad, atención al público, limpieza, gráfica, difusión y publicidad.
f) Asumir en su totalidad los gastos de producción, construcción de embalajes, transportes y montajes, sin perjuicio de acordar con las instituciones o entidades con las que pudiera concertarse la utilización de las salas, la gestión y la cofinanciación de gastos asumidos por el Instituto Cervantes.
g) Asumir los gastos de honorarios por supervisión de montaje y participación en la inauguración, traslado y alojamiento de una de las comisarías de la Exposición (Tevi de la Torre, Teresa Ferreiro-Peleteiro o Roberta Vázquez), en caso de que el Instituto Cervantes realice un acto de inauguración formal en alguno de los centros donde tenga lugar la itinerancia.
h) Difusión de imágenes de la exposición. Hacer uso, a efectos publicitarios, de difusión y comunicación de la itinerancia, únicamente de aquellas imágenes autorizadas por CentroCentro, no pudiendo en ningún caso realizar un uso comercial de las mismas.
i) Utilización de la identidad corporativa de Madrid Destino. A estos efectos, Madrid Destino autoriza al Instituto Cervantes el uso del logotipo y de la marca CentroCentro en las condiciones establecidas en el presente convenio. Esta autorización se limita única y exclusivamente a los fines previstos en el presente convenio y se extinguirá automáticamente en el momento de la finalización de su vigencia cualquiera que sea la causa.
La autorización mencionada no supone la concesión a favor del Instituto Cervantes de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo y la marca del Centro.
El Instituto Cervantes tendrá que incluir en el material gráfico y divulgativo que edite en cualquier tipo de soporte, el logotipo y la marca CentroCentro, previa aprobación por escrito del Centro. A estos efectos, el Instituto Cervantes enviará al Centro con antelación suficiente los diseños previos con el fin de que ésta apruebe los contenidos.
j) Promoción de la Exposición. El Instituto Cervantes se compromete a llevar a cabo las siguientes acciones concretas de promoción:
– Promocionar la Exposición a través de los canales culturales y en los medios de comunicación habituales, y en este sentido, incluirá en las páginas web de los centros del IC de las ciudades en los que se exhiba la Exposición un vínculo a la página web de CentroCentro.
– El IC, con anterioridad a la inauguración, facilitará a CentroCentro una relación de los medios informativos y divulgativos a través de los cuales los centros destinatarios de la itinerancia darán a conocer su celebración. Asimismo, en el supuesto de que organice actividades complementarias a la itinerancia, mantendrá informado a CentroCentro de la agenda.
– Dossier de prensa e informativo de la Exposición. El IC facilitará a CentroCentro, una vez finalizada la itinerancia, un dossier final de la misma en el que se incluya todo el material publicado en medios internacionales o en los lugares de exhibición con motivo de la itinerancia. Al final de dicho dossier se incluirá una relación de los centros del IC en los que se ha exhibido indicando el número de visitantes en cada uno de ellos.
k) Créditos y logotipos. En todo caso el Instituto Cervantes respetará a lo largo de toda la Itinerancia, la siguiente distribución de créditos, que deberá aparecer en todos los materiales de gráfica, difusión y publicidad:
PRODUCE Y ORGANIZA:
INSTITUTO CERVANTES
CentroCentro
En la exposición se deberá mantener el título de crédito: «Esta Exposición se basa en una producción de CentroCentro».
El Instituto Cervantes podrá incluir una mención de otras instituciones colaboradoras o patrocinadoras que, en su caso, participen en la itinerancia.
l) El Instituto Cervantes declara que tener suscrito un seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos que pudieran derivarse del cumplimiento del presente convenio.
m) Las partes acuerdan y reconocen que la relación existente entre ellas no es laboral. El personal contratado por el Instituto Cervantes dependerá única y exclusivamente de la misma, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones respecto al citado personal sin que en ningún caso resulte responsable Madrid Destino de las obligaciones existentes entre ellos.
n) El Instituto Cervantes declara estar dada de alta y al corriente de pago de todas sus obligaciones laborales, civiles y mercantiles, eximiendo a Madrid Destino de cualquier responsabilidad que por el incumplimiento de estas obligaciones se pudieran generar, comprometiéndose a exhibir a requerimiento de Madrid Destino los documentos necesarios que acrediten estas circunstancias.
o) El Instituto Cervantes está obligado a respetar y cumplir la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Igualmente es de aplicación el Real Decreto 773/1997, 30 de mayo sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, así como el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, de coordinación de actividades empresariales, y todas aquellas que sean de aplicación y/o se promulguen durante la vigencia de la presente colaboración.
Madrid Destino, para el cumplimiento del objeto del presente acuerdo, asumirá los siguientes compromisos:
3.1 Madrid Destino, a través de CentroCentro, es titular en exclusividad de los derechos sobre la exposición que se materializan en los textos, títulos e imágenes que cederá al IC a efectos de la ejecución del presente convenio.
Para ello deberá entregar todo el material necesario para que el IC pueda llevar a cabo la realización de la producción de la exposición en los centros en los que tenga lugar la itinerancia. En concreto, se compromete a la entrega de los siguientes materiales:
– Listado completo de artistas.
– Entrega de las 140 imágenes a exponer en archivos de alta resolución, formateados para impresión. Los archivos se imprimirán respetando los formatos originales, pudiéndose acomodar los materiales (papel, cartón, vinilo, etc.) a las necesidades de las distintas exposiciones, corriendo el gasto a cargo del Instituto Cervantes.
– Entrega de los textos que forman parte de la exposición, tanto en lengua castellana como en inglés, comprendiendo textos comisariales, textos de sala y textos necesarios para la producción de folletos.
– Entrega de quince (15) fotografías para difusión.
– Material gráfico con indicaciones y modelos para el diseño de la muestra.
– Dossier de prensa.
– Logotipos de organizadores y colaboradores.
3.2 Promoción de la Exposición. Madrid Destino promocionará la exposición de manera conjunta con el Instituto Cervantes mediante la difusión e inclusión de la misma en los canales y soportes habituales de comunicación y publicidad propios. El diseño de estas piezas será realizado por el Instituto Cervantes. En dichos materiales figurará el logo de las entidades colaboradoras y la imagen oficial de la exposición, según la normativa del Área de Comunicación del Ayuntamiento de Madrid y las directrices de CentroCentro que proceda aplicar en cada caso.
3.3 Identidad corporativa. Madrid Destino colaborará con el Instituto Cervantes facilitándole los logotipos, marca y elementos de imagen corporativa que se precisen, así como la información, documentación, fotografías y comentarios necesarios y, en general, toda la documentación textual y gráfica que servirá de base para dicha promoción, autorizando expresamente al Instituto Cervantes a utilizar, reproducir, divulgar y distribuir el nombre artístico e imágenes en todos los soportes que realice a tal efecto, siempre en el marco de lo establecido en el presente convenio.
A estos efectos, Madrid Destino autoriza al Instituto Cervantes el uso del logotipo y de la marca CentroCentro en las condiciones establecidas en el presente convenio. Esta autorización se limita única y exclusivamente a los fines previstos en el presente convenio y se extinguirá automáticamente en el momento de la finalización de su vigencia cualquiera que sea la causa.
La autorización mencionada no supone la concesión a favor del Instituto Cervantes de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo y la marca del Centro.
El Instituto Cervantes tendrá que incluir en el material gráfico y divulgativo que edite en cualquier tipo de soporte, el logotipo y la marca CentroCentro, previa aprobación por escrito del Centro. A estos efectos, el Instituto Cervantes enviará al Centro con antelación suficiente los diseños previos con el fin de que ésta apruebe los contenidos.
3.4 Imagen de marca. Madrid Destino se compromete a no menoscabar la imagen corporativa del Instituto Cervantes, ni de posibles entidades colaboradoras a lo largo de la duración de la Exposición.
4.1 Presupuesto global de la actividad cultural.
El presupuesto total de la actividad asciende a treinta y nueve mil euros (39.000,00 euros), impuestos aplicables incluidos.
Las partes asumirán en exclusiva y a su costa, todos los compromisos derivados de la presente colaboración, sin existir contraprestaciones dinerarias directas entre ellas.
4.1.1 Compromisos económicos asumidos por el Instituto Cervantes.
El presupuesto total de la actividad para el IC asciende a un máximo de treinta y cinco mil euros (35.000,00 euros), IVA (21 %) incluido, que el Instituto Cervantes financiará para asumir los compromisos derivados del presente convenio a través de sus propios medios materiales y humanos y con cargo a sus presupuestos, con cargo al capítulo II de su presupuesto de gastos del presente ejercicio 2024, en el que cuenta con crédito suficiente.
El Instituto Cervantes se compromete a realizar la itinerancia de la exposición sin fines lucrativos.
4.1.2 Compromisos económicos asumidos por Madrid Destino.
Madrid Destino asumirá con sus propios medios materiales y humanos los gastos indirectos que genera la coordinación del proyecto. Dichos gastos están valorados en cuatro mil euros (4.000,00 euros).
5.1 El presente convenio se perfecciona por el consentimiento entre las partes.
5.2 El convenio será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO) y su vigencia se extenderá desde esa fecha hasta el 31 de marzo de 2025. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
6.1 Para el adecuado seguimiento y ejecución del objeto del presente convenio, las partes constituirán una Comisión de Seguimiento de carácter paritario que estará integrada:
a) De un lado, por la persona titular del cargo de director de Cultura del Instituto Cervantes y en su caso, por delegación el titular del cargo de subdirector de Cultura del Instituto Cervantes.
b) De otro, el Responsable de programas de CentroCentro, y en su caso, por delegación, la Coordinadora actividades culturales de CentroCentro.
6.2 La Comisión de Seguimiento ostentará, entre otras, las siguientes competencias en el marco del presente convenio:
a) Concretar la selección final de las obras que formarán parte de la Exposición.
b) Acordar las fechas concretas de la exhibición en los centros del IC en Múnich y Utrecht para el año 2024.
c) Acordar aspectos de detalle de la ejecución del convenio, siempre que no afecten al contenido esencial del mismo, en cuyo caso, las partes deberán suscribir las correspondientes adendas.
d) Realizará el seguimiento y valoración de las actividades derivadas del presente convenio, aclarando todas las dudas y solucionando las controversias que puedan plantearse en su interpretación y ejecución, así como, proponer nuevas posibilidades de colaboración que se tramitarán como adendas modificativas (en caso de que supongan la modificación del contenido mínimo y esencial del convenio) suscritas conforme a los requisitos legalmente exigidos.
6.3 La Comisión acordará sus propias normas de funcionamiento, incluyendo el compromiso de reunirse al menos una vez durante la vigencia del convenio, y telemáticamente cuantas veces sean necesarias o cuando una de las dos lo solicite.
A falta de normas propias de funcionamiento, la Comisión se regirá por las normas generales del funcionamiento de los órganos colegiados en la Administración previstas en el apartado 1 del artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Sector Público, y por las previsiones que sobre ellos se establecen en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.1 Propiedad Industrial.
A los solos efectos de la ejecución de este convenio, las partes se conceden recíprocamente un derecho de uso de los signos distintivos y marcas que les pertenecen, que cesará inmediatamente después de que este convenio pierda su vigencia por cualquier causa. La utilización por una de las partes, en el marco de las actuaciones previstas en el presente convenio, de los logotipos e imagen corporativa de la otra, requerirá en todo caso la previa supervisión y aprobación por escrito de cada parte, que además deberá prestar su conformidad a la colocación y ubicación de sus signos distintivos en la documentación o soporte de que se trate elaborada por la otra parte.
La cesión del uso de los signos distintivos y marcas a que hace referencia la presente cláusula, estará limitada al uso necesario para hacer posible el cumplimiento por las partes de sus compromisos dimanados del convenio. En ningún caso, la suscripción del presente convenio implicará la transmisión de titularidad de derechos de propiedad industrial entre las partes respecto a sus respectivas marcas, signos distintivos o cualesquiera otros elementos susceptibles de protección en este sentido, ni otorgará derecho alguno de intervención o injerencia en la gestión de los mismos.
7.2 Propiedad Intelectual.
Madrid Destino a través de CentroCentro, es titular en exclusividad de los derechos de concepto y contenidos de la exposición que se materializan en los textos, título e imagen, y cederá estos gratuitamente al IC, para los países en que, en su caso, se puedan realizar las exhibiciones y para el periodo de tiempo que duren las mismas, sin perjuicio de que, para la promoción y publicidad de la exposición en internet, así como respecto del material publicitario impreso, la cesión de derechos se efectúa para todos los países del mundo y por el período de tiempo más amplio permitido por la legislación vigente.
Por su parte, el IC se hará cargo, a su costa, del préstamo, gestión y obtención de todas las licencias, derechos de imagen, explotación y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial necesarios para la exhibición y comunicación pública de todas las obras que forman parte de la muestra frente a sus autoras, incluyendo su reproducción, comunicación pública y puesta disposición del público en internet y perfiles en RRSS como material promocional y divulgativo.
Por todo ello, el IC deberá mantener indemne y en el uso y disfrute pacífico de esos derechos a Madrid Destino para tales fines y sin restricciones frente a cualquier reclamación que recibiera de terceros relativa a la legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente, como al pago de los mismos.
8.1 El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
8.2 Serán causas de resolución del presente convenio las establecidas en el artículo 51.2. LRJSP.
8.3 Asimismo, el presente convenio se extinguirá por denuncia expresa de cualquiera de las partes con un preaviso mínimo de 1 mes a la fecha en que se desee darlo por resuelto.
8.4 En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de tres meses con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento se comunicará a los responsables del seguimiento, así como a las partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las demás partes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
8.5 De acuerdo con el artículo 52.3 LRJSP si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del seguimiento y control de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de seis meses a contar desde la fecha de la citada resolución, en los términos previstos en dicho artículo.
8.6 Cuando la causa de ineficacia del presente convenio sea de caso fortuito o fuerza mayor, ambas partes quedarán relegadas de cumplir con sus respectivas obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, sin que ninguna de ellas tenga derecho a reclamar cantidad o indemnización alguna por ningún concepto.
8.7 La finalización del convenio por cumplimiento o resolución dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, que serán determinados con carácter general de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las partes colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia en aras a la consecución del buen fin del objeto del presente convenio.
Ambas partes garantizan que ostentan el derecho, plena capacidad y legitimación para formalizar el presente convenio, y para realizar todas las acciones necesarias para ejercitar sus derechos y cumplir con sus compromisos asumidos en virtud del mismo.
Cada parte será responsable frente a la otra por cualquier reclamación judicial o extrajudicial que se produzca como consecuencia de ejecución de lo detallado en el convenio y/o por el incumplimiento de cualquiera de los compromisos, manifestaciones y garantías recogidas en el mismo.
10.1 Las partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa vigente en la materia de protección de datos de carácter personal en el contexto de la operación de este convenio, fundamentalmente el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo.
10.2 Las partes únicamente se comunicarán aquellos datos de carácter personal que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las necesidades derivadas del presente convenio, garantizando que dichos datos sean exactos y puestos al día, obligándose a comunicar a la otra, sin dilación indebida, aquellos que hayan sido rectificados y/o deban ser cancelados según proceda.
10.3 Madrid Destino garantiza a los representantes e interlocutores del Instituto Cervantes el tratamiento de sus datos de carácter personal conforme a la legislación vigente y a tal efecto informa que serán incorporados en un fichero titularidad de Madrid Destino en los siguientes términos:
Responsable del tratamiento: Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, SA, con domicilio en Madrid, calle Conde Duque, 9-11, 28015 Madrid.
Delegado de Protección de datos: dpd@madrid-destino.com
Finalidades: Gestionar y cumplir la relación establecida (incluyendo, la gestión del expediente jurídico de contratación, la formalización y archivo de los contratos y escrituras, la gestión de la contabilidad, el cumplimiento de obligaciones impositivas, de facturación, de transparencia y de control).
Plazo de conservación: Se limitará al periodo que sea necesario para dar cumplimiento a la relación contractual y durante los plazos de prescripción de las acciones civiles, penales, administrativas o de cualquier otro tipo que pudieran derivarse.
Destinatarios: Agencia Tributaria y demás administraciones públicas, para el cumplimiento de obligaciones de transparencia y control, fiscales, así como, a entidades financieras para la gestión de cobros y pagos y autoridades judiciales.
Las obligaciones de transparencia conllevan la publicación en la correspondiente sede electrónica la relación de los contratos suscritos por Madrid Destino, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas.
Legitimación: Ejecución de un convenio.
Derechos: El ejercicio de derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y limitación u oposición de puede solicitarse mediante e-mail dirigido a y con referencia a dpd@madrid-destino.com «Área Legal» e identificación de la persona solicitante mediante documento oficial.
10.4 Por su parte, el Instituto Cervantes garantiza a los representantes e interlocutores de Madrid Destino el tratamiento de sus datos de carácter personal conforme a la legislación vigente y a tal efecto informa que serán incorporados en un fichero titularidad de Instituto Cervantes en los siguientes términos:
Responsable del tratamiento: Instituto Cervantes, con domicilio en la dirección del encabezamiento.
Delegado de Protección de datos: dpd@cervantes.es
Finalidades: Gestionar y cumplir la relación establecida en el presente convenio.
Plazo de conservación: Se limitará al periodo que sea necesario para dar cumplimiento a la relación contractual/convencional y durante los plazos de prescripción de las acciones civiles, penales, administrativas o de cualquier otro tipo que pudieran derivarse.
Destinatarios: Indicados en la información ampliada: que se recoge en la siguiente dirección https://cervantes.org/es/aviso-legal. No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
Legitimación: Ejecución de un convenio.
Derechos: Acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, tal como se explica en la información adicional: https://cervantes.org/es/aviso-legal
El Instituto Cervantes y Madrid Destino como sujetos incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, están obligados a hacer pública, así como a publicar en la correspondiente sede electrónica, la relación de los contratos y convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas.
El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público de España y demás normativa que resulte de aplicación.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.
La resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente convenio será sometida a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y conformes las partes con todo cuanto antecede, firman electrónicamente el presente convenio en el lugar que figura en el encabezamiento del mismo.–Por Madrid Destino, Ángel Martín Vizcaino, 20 de mayo de 2024.–Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero, 21 de mayo de 2024.
La exposición está compuesta de una selección de obras de las siguientes artistas:
Agustina Guerrero (Argentina), Amaia Arrazola (España), Andrea Galaxina (España), Andrea Ganuza (España), Bárbala Alca (España), Bea Lema (España), Camille Vannier (Francia / España), Caos ilustrado (México), Catalina Bú (Chile), Conxita Herrero (España), Elisa Riera (España), Gato Fernández (Argentina), Giuliea Sagramola (Italia / España), Irene Olmo (Argentina), Lila Quintero Weaver (Argentina), Lola Lorente (España), Marcela Trujillo (Chile), María Luque (Argentina), Marlene Krause (Alemania / España), Mery Cuesta (España), Nadia Hafid (España), Olaya Pedrayes (España), Otraputacuentadedibujos (España), Paula Chesire (España), Paula Sosa Holt (Argentina), Pepa Prieto Puy (España), Powerpaola (Colombia), Quan Zhou Wu (España), Roberta Vázquez (España), Rocio Quillahuamán (Perú), Sala Soler (España), Sole Otero (Argentina), Soycardo (España), Teresa Ferreiro-Peleteiro (España) y Xiomara Correa (España).
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