En el recurso contencioso-administrativo número 1/1/2021, interpuesto por la Liga Nacional de fútbol profesional, representada por la Procuradora de los tribunales doña Consuelo Rodríguez Chacón, bajo la dirección letrada de doña María José López Lorenzo, contra el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, con fecha 19 de abril de 2024, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo ordinario interpuesto por la Liga Nacional de Fútbol Profesional contra el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
Anular el artículo 13, apartados 1 y 3 de dicho Real Decreto 958/2020.
Desestimar las demás pretensiones del recurso.
No imponer las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–María Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.
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