El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (en lo sucesivo, CAPN) es una entidad de derecho público, adscrita a la Presidencia del Gobierno y que se regula por la Ley 23/1982, de 16 de junio (modificada por la disposición final primera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) y por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo que, a su vez, ha sido modificado por última vez por el Real Decreto 214/2014, de 18 de marzo.
El CAPN tiene como fin la gestión y administración de los bienes y derechos de titularidad del Estado afectados al uso y servicio del Rey y de los miembros de la Real Familia para el ejercicio de la alta representación que la Constitución y las leyes les atribuyen. Sus líneas básicas de actuación son facilitar, conservar y dar a conocer los bienes necesarios para que la Corona pueda desarrollar la labor representativa que le confiere la Constitución, y promover su uso con fines culturales, científicos y docentes.
Dicha gestión y administración se rige por los criterios de uso de los bienes por la Jefatura del Estado, de puesta a disposición de los ciudadanos para su utilización, divulgación y disfrute con fines culturales, científicos y docentes, y de protección del medio ambiente.
El puesto de trabajo de Delegado/Delegada en el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial se encuentra vacante. Por tanto, el CAPN tiene la necesidad de cubrir la plaza con arreglo a las siguientes Bases de Convocatoria:
I. Funciones del Delegado/Delegada en el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial.
En el apartado 2 del artículo 80 del Reglamento de desarrollo de la Ley 23/1982, de 16 de junio reguladora del Patrimonio Nacional, se establece que: «Además para la gestión ordinaria de los bienes y derechos del Patrimonio Nacional, se establecen delegaciones en los Reales Sitios de La Almudaina; Aranjuez; El Pardo; San Ildefonso; San Jerónimo de Yuste y San Lorenzo de El Escorial; así como una Delegación para los Reales Patronatos».
Entre las funciones que le corresponden al Delegado/Delegada en el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial, destacan:
a) Las relaciones institucionales, representando al organismo y la interlocución ordinaria con las personas físicas y jurídicas en el ámbito de la delegación en San Lorenzo de El Escorial, impulsando iniciativas para la consolidación de las relaciones con ayuntamientos, comunidades religiosas y otras instituciones.
b) La administración y gestión ordinaria de los bienes y derechos del Patrimonio Nacional en el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial, estando al frente con plena responsabilidad personal de todos los Servicios en la Delegación, conforme a las normas de la Gerencia, y en su caso de las Direcciones correspondientes, controlando y vigilando el normal desarrollo de las actividades administrativas.
c) Velar por el adecuado funcionamiento de los distintos servicios de la Delegación en el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial.
d) Proponer a la Gerencia las medidas, planes y protocolos que resulten necesarios para la mejora de los servicios y la conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Nacional en la Delegación de San Lorenzo de El Escorial.
II. Régimen de contratación.
La persona candidata designada para ocupar la plaza que se convoca suscribirá un contrato de alta dirección.
III. Requisitos y méritos de las personas candidatas.
III.A Requisitos de las personas candidatas:
a) Nacionalidad:
– Tener la nacionalidad española.
– Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
– Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
– Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
– Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
b) Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.
c) Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
III.B Méritos de las personas candidatas.
Las personas candidatas deberán reunir los siguientes méritos:
a) Haber tenido una trayectoria y experiencia significativas en el desempeño de puestos de responsabilidad en el ámbito de la gestión administrativa, en diversas áreas tales como, personal, formación, contratación, económica, gestión ordinaria de diversos proyectos, etc.
b) Poseer habilidades de liderazgo, así como dotes para la comunicación y negociación, planificación, determinación de prioridades, toma de decisiones, solución de conflictos y evaluación de la eficiencia y eficacia organizativas.
c) Haber elaborado, gestionado y puesto en marcha diferentes proyectos, tales como los de políticas activas de empleo, tanto con financiación española como europea, así como su estructuración, ejecución, seguimiento y justificación.
d) Haber mantenido de forma continuada relaciones institucionales con otros organismos de la administración.
e) Haber sido responsable de la organización, recepción y acompañamiento de visitas institucionales.
f) Haber sido responsable en la coordinación y ejecución de exposiciones.
g) Poseer un conocimiento suficiente de la normativa aplicable en materia de personal, relaciones laborales, contratación administrativa y régimen patrimonial.
IV. Presentación de candidaturas.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, la presentación de solicitudes y su documentación relacionada se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos.
Quienes deseen participar deberán cumplimentar el modelo de Solicitud de Participación que estará disponible en la sección de Empleo Público de la página web de Patrimonio Nacional (www.patrimonionacional.es/empleo-publico).
La presentación de solicitudes y documentación se realizará en el plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.
Las solicitudes se dirigirán a la Gerencia del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
Las personas candidatas al puesto de Delegado/Delegada en el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial deberán presentar:
1. Documentación acreditativa de su formación y desempeños laborales.
2. Currículo completo que exponga sus méritos y su experiencia.
3. Una memoria que incluya un plan de actuación para la unidad.
V. Comisión de Asesoramiento.
La aprobación de la selección del Delegado en el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial corresponde a la persona titular de la Presidencia del CAPN.
Las personas aspirantes que presenten su solicitud serán evaluadas conforme a los principios de mérito y capacidad, en relación con las características y necesidades del puesto de trabajo a desempeñar, y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
En esa labor se contará con el asesoramiento de una comisión compuesta por personalidades de reconocido prestigio en los sectores interesados (protocolo, gestión de inmuebles, obras, gestión administrativa, gestión de políticas activas de empleo, etc.) que examine con total independencia las candidaturas.
Esta comisión estará presidida por don Pablo Zurita Tejedor, Director de Administración y Medios del CAPN, y estará compuesta por:
– D. Luis Pérez de Prada, Director de Inmuebles y Medio Natural en CAPN.
– D. Tomás Suárez-Inclán González, Abogado del Estado en CAPN.
– D.ª Leticia Ruiz Gómez, Directora de Colecciones Reales en CAPN.
Actuará como Secretaria doña Marta Paloma Remacha Recio, Técnica Superior en la Oficialía Mayor del Ministerio de Hacienda.
La comisión de asesoramiento comprobará el cumplimiento de los requisitos de participación y evaluará el proyecto y los méritos del candidato o candidata; posteriormente, la comisión de asesoramiento realizará una propuesta de candidato o candidatos a la Presidencia del CAPN, tras la que se realizará una entrevista para la designación definitiva.
VI. Ampliación de información.
Las personas interesadas pueden obtener más información de esta convocatoria dirigiéndose, si fuera necesario, a la Dirección de Administración y Medios del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional.
VII. Confidencialidad.
El CAPN garantiza la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales de las personas candidatas, asegurando que la participación de los no seleccionados se mantendrá en el estricto ámbito del conocimiento y valoración del Comité de Expertos. Se hará público, exclusivamente, el nombre de la persona candidata que resulte seleccionada.
Finalizado el proceso de selección, las personas candidatas que no resulten elegidas disponen de un plazo de tres meses para retirar la documentación presentada; el CAPN procederá a destruir la documentación presentada por las personas candidatas que no se hubiera retirado en el plazo indicado.
VIII. Principio de igualdad.
La presente convocatoria se rige por los principios de igualdad de trato y de oportunidades y no discriminación por razón de sexo por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
Asimismo, la convocatoria se ajusta a lo dispuesto en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Contra la presente convocatoria podrán interponerse, con carácter potestativo, los recursos que procedan con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Madrid, 31 de mayo de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P.D. (Orden PCM/318/2022, de 11 de abril), la Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, María Dolores Menéndez Company.
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