Con fecha 22 de mayo de 2024 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba, al que acompaña copia de particulares del expediente gubernativo número 53/24 seguido en dicha Fiscalía entre los que figura el Decreto de fecha 20 de mayo de 2024 por el que, de entre las tres fiscales solicitantes para el nombramiento de delegado de la especialidad Derechos Humanos y Memoria Democrática, propone a doña María Florentina Aguado Fernández.
Hechos
De conformidad con el artículo 18.3 in fine del EOMF y tras la creación por la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, con fecha 25 de abril de 2024 la Fiscal de Sala Coordinadora de Derechos Humanos y Memora Democrática comunicó a los fiscales jefes de las fiscalías territoriales que dieran el impulso al nombramiento de fiscales delegados especialistas.
En respuesta a esta solicitud, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba ofertó entre todos los fiscales de la plantilla la plaza de fiscal delegado provincial para la especialidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática.
La plaza fue solicitada por doña Trinidad Cerezo García, doña María Luisa García Iglesias y doña María Florentina Aguado Fernández proponiendo el Fiscal Jefe el nombramiento de esta última considerando su mayor antigüedad, los cursos realizados, el haber formado parte de distintas secciones especializadas, violencia sobre la mujer, siniestralidad laboral y jurisdicción social, medio ambiente y ordenación del territorio y entender que la sección civil y protección de personas con discapacidad y mayores de la que forma parte en la actualidad, trata materias relacionadas con la especialidad sobre la que se formula la propuesta.
En su escrito de fecha 29 de mayo de 2024, la Fiscal de Sala de la Unidad de la Fiscalía General del Estado de Derechos Humanos y Memoria Democrática emitió informe favorable a la propuesta realizada considerando que reúne la aptitud, habilidades y capacidad necesarias para desempeñar el cargo de fiscal delegada. En el mismo sentido favorable informa el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal.
En el mismo sentido la Instrucción 5/2008, de la Fiscalía General del Estado, establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
Nombrar a doña María Florentina Aguado Fernández como Fiscal Delegada de la especialidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía Provincial de Córdoba.
Notifíquese lo acordado a la Fiscal de Sala de la Unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática, a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.
Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010), en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.
Madrid, 7 de junio de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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