A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, modificado por la disposición final tercera, del Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, esta Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hace público:
1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2024 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:
Emisión |
Fecha subasta |
Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado – Porcentaje |
---|---|---|
Bonos del Estado a 3 años al 2,50 %, vto. 31.05.2027. | 06.06.2024 | 3,039 |
Bonos del Estado a 5 años al 3,50 %, vto. 31.05.2029. | 20.06.2024 | 2,997 |
Obligaciones del Estado a 10 años al 3,45 %, vto. 31.10.2034. | 20.06.2024 | 3,345 |
Obligaciones del Estado a 15 años al 3,90 %, vto. 30.07.2039. | 09.05.2024 | 3,611 |
Obligaciones del Estado a 30 años al 4,00 %, vto. 31.10.2054. | 06.06.2024 | 3,853 |
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 63 y 91 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2024 son el 2,431 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 2,398 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 2,676 por 100 para el plazo de diez años, el 2,889 por 100 para el plazo de quince años y el 3,082 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.
3. No obstante lo anterior, si se trata de deuda pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2024 son el 1,216 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 1,199 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 1,338 por 100 para el plazo de diez años, el 1,444 por 100 para el plazo de quince años y el 1,541 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.
Madrid, 25 de junio de 2024.–La Secretaria General del Tesoro y Financiación Internacional, Paula Conthe Calvo.
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