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Documento BOE-A-2024-13570

Resolución de 24 de junio de 2024, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el fomento de la innovación y el desarrollo.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 3 de julio de 2024, páginas 83025 a 83026 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-13570

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 19 de junio de 2024 se ha suscrito la Adenda de prórroga del Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, EPE, y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en la Comunidad Autónoma en el País Vasco.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 24 de junio de 2024.–El Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, EPE, José Moisés Martín Carretero.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, EPE, y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en la Comunidad Autónoma en el País Vasco

REUNIDOS

De una parte, doña Teresa Riesgo Alcaide, Secretaria General de Innovación, actuando en su calidad de Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, EPE, Entidad de Derecho Público creada por RDL 8/1983, de 30 de noviembre, y en virtud de la competencia que tiene atribuida por el artículo 10 del Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba su Reglamento, facultada especialmente para este acto en virtud de la autorización otorgada por el Consejo de Administración del CDTI, con fecha 27 de abril de 2023.

De otra parte, doña Estíbaliz Hernaez Laviña, en calidad de Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, nombrada mediante el Decreto 88/2021, de 2 de marzo, por el que se nombra Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital (BOPV n.º 47, de 5 de marzo de 2021), y actuando en virtud de la autorización de 4 de junio de 2024, del Consejo de Gobierno, para prestar el consentimiento y suscribir el convenio en nombre de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que regula el artículo 62 del Decreto 144/2017, de 25 de abril, del Servicio Jurídico del Gobierno Vasco.

Las partes, en la representación que ostentan, declaran tener la capacidad legal necesaria para formalizar este documento y, al efecto,

EXPONEN

I. Que, con fecha 3 de junio de 2020, el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovacion, EPE (antes denominado Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, EPE), (en adelante, CDTI) y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante, CAPV), suscribieron, al amparo de lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un convenio para colaborar activamente en la promoción, difusión y apoyo de la tecnología y la innovación en la Comunidad Autónoma en el País Vasco («Boletín Oficial del Estado» del 11 de agosto de 2020, número 216).

II. Que, el convenio tiene una duración prevista inicial de cuatro (4) años a contar desde el 11 de agosto de 2020, fecha en la que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» y adquirió eficacia. Así pues, la vigencia del convenio finaliza el próximo 11 de agosto de 2024.

III. Que, en la cláusula décima del propio convenio se encuentra contemplada la posibilidad de que este sea prorrogado, unánimemente, por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

IV. Que, las partes manifiestan su interés en prorrogar el convenio por cuatro años más, dado el éxito de las actuaciones de cooperación llevadas a cabo hasta la fecha derivadas del mismo.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente documento, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

A través del presente documento se procede a prorrogar la duración del convenio.

Así pues, las partes acuerdan prorrogar la duración del convenio por cuatro (4) años desde la finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo; es decir, desde el 12 de agosto de 2024 hasta el 11 de agosto de 2028.

Segunda. Subsistencia del resto del convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Tercera. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento con fecha 19 de junio de 2024.–La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, EPE (CDTI), Teresa Riesgo Alcaide.–La Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, Estibaliz Hernaez Laviña.

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