De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios de la Carrera Diplomática, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000, de 19 de mayo,
Este Ministerio convoca la primera convocatoria especial 2024 de provisión de puestos de trabajo en el extranjero para el personal funcionario de la Carrera Diplomática, puestos que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Esta convocatoria se realiza de conformidad con las siguientes bases:
Los puestos incluidos en el anexo I de la presente convocatoria podrán ser solicitados exclusivamente por personal funcionario perteneciente a la Carrera Diplomática.
Los puestos incluidos en el anexo I de la presente convocatoria se proveerán por el procedimiento de libre designación, previa propuesta no vinculante de la Junta de la Carrera Diplomática, si bien no será preceptiva dicha propuesta de la Junta de la Carrera Diplomática para la provisión de los puestos que se indiquen expresamente.
El personal funcionario de la Carrera Diplomática que haya podido participar en la convocatoria general 2024 de provisión de puestos de trabajo en el extranjero podrá igualmente participar en esta convocatoria especial.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», con arreglo a lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado. Las solicitudes deberán dirigirse mediante el anexo II de la presente resolución, a la Dirección General del Servicio Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Subdirección General de Personal.
Por analogía con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 674/1993, en su solicitud, los participantes indicarán, por orden de preferencia, los puestos de trabajo entre los incluidos en la convocatoria a los que deseen ser destinados.
Los puestos convocados quedarán circunscritos a las categorías de la Carrera Diplomática que se establezcan en la convocatoria. Únicamente podrán adjudicarse puestos a miembros de categorías inferiores a aquellas a las previamente establecidas cuando ninguno de los integrantes de estas que participe en la convocatoria haya solicitado dichos puestos, o cuando aun solicitándolos, se le adjudique cualquier otro de los puestos que figuren en su solicitud.
La incorporación a los puestos asignados se producirá de manera inmediata a la resolución de la convocatoria, salvo que se indique expresamente lo contrario.
A la provisión de puestos de trabajo en el exterior para el personal funcionario de la Carrera Diplomática le serán aplicables las demás normas y condiciones generales para la provisión de puestos de trabajo en el extranjero contenidas en el capítulo II del Real Decreto 674/1993.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad (o provincia, en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 2 de julio de 2024.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Luis Manuel Cuesta Civís.
N.º orden | Clasific. país |
Centro directivo Puesto de trabajo Código |
Localidad | CD |
Comp. específico – Euros |
Grupo | Cuerpo | Puesto de categoría diplomática |
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1 | A |
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS. Cónsul General (*). 1179184. |
NUEVA YORK. | 30 | 34.338,90 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as. |
2 | B |
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN ARGENTINA. Cónsul General (*). 2380408. |
BUENOS AIRES. | 30 | 34.338,90 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as. |
3 | A |
EMBAJADA DE ESPAÑA EN PORTUGAL. Segunda Jefatura (*). 3554381. |
LISBOA. | 30 | 34.338,90 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as, Consejeros/as. |
4 | A |
REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE ESPAÑA ANTE LA UE. Coordinador REPER. 2476791. |
BRUSELAS. | 30 | 26.648,30 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as, Consejeros/as. |
5 | A |
EMBAJADA DE ESPAÑA EN PORTUGAL. Consejero/a (Asuntos Culturales). 2868101. |
LISBOA. | 29 | 23.484,00 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as, Consejeros/as. |
6 | B |
EMBAJADA DE ESPAÑA EN CHEQUIA. Segunda Jefatura. 3382536. |
PRAGA. | 30 | 23.482,06 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as, Consejeros/as y Secretarios/as. |
7 | B |
EMBAJADA DE ESPAÑA EN TURQUÍA. Consejero (Asuntos Culturales). 4488166. |
ANKARA. | 28 | 18.812,08 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as, Consejeros/as y Secretarios/as. |
8 | C |
EMBAJADA DE ESPAÑA EN ARABIA SAUDÍ. Segunda Jefatura. 4664199. |
RIAD. | 30 | 18.812,10 | A1 | 0001 | Embajadores/as, Ministros/as, Consejeros/as y Secretarios/as. |
9 | B |
EMBAJADA DE ESPAÑA EN SINGAPUR. Segunda Jefatura. 4729464. |
SINGAPUR. | 30 | 18.812,08 | A1 | 0001 | Consejeros/as y Secretarios/as. |
10 | B |
EMBAJADA DE ESPAÑA EN RUMANIA. Segunda Jefatura. 4162893. |
BUCAREST. | 28 | 18.812,08 | A1 | 0001 | Consejeros/as y Secretarios/as. |
11 | B |
E.N.a.i. en FIJI. 4534450. |
SUVA. | 26 | 14.081,34 | A1 | 0001 | Secretarios/as. |
(*) Puestos para cuya provisión no será preceptiva la propuesta no vinculante de la Junta de la Carrera Diplomática. |
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