Está Vd. en

Documento BOE-A-2024-14309

Resolución de 3 de julio de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 12 de julio de 2024, páginas 87823 a 87825 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2024-14309

TEXTO ORIGINAL

REUNIDOS

El presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, han suscrito, con fecha 2 de julio de 2024, un acuerdo de prórroga del Convenio sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 3 de julio de 2024.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo.

ANEJO
Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica

REUNIDOS

De una parte, don Juan Carlos Lentijo Lentijo, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 275/2022, de 12 de abril (BOE núm. 88, 13 de abril de 2022), en nombre y representación del Consejo de Seguridad Nuclear, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre.

Y, de otra parte, don Juan Alfonso Ruiz Molina, como Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, cargo por el que fue nombrado por Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM núm. 131, de 11 de julio), en nombre y representación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Todas las partes se reconocen mutua capacidad y legitimación para obligarse y suscribir la presente prórroga y, en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 30 de julio de 2020, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas suscribieron un convenio, para el mejor ejercicio de sus competencias y funciones, en lo concerniente a la planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

Segundo.

Que la firma de este convenio y los compromisos asumidos por las partes en el mismo se han demostrado como herramienta fundamental en la consecución de los objetivos y en la puesta en práctica y desarrollo de las actuaciones necesarias para la planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

Tercero.

Que, según lo dispuesto en la Estipulación Decimocuarta del antedicho convenio, el periodo de vigencia de este es de 4 años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE núm. 216, de 11 de agosto de 2020).

Cuarto.

Que las obligaciones asumidas, entre las partes firmantes de dicho convenio de colaboración, se entienden vigentes desde la fecha de su firma hasta la fecha la expiración de este.

En consecuencia, y en virtud de lo establecido en la antedicha Estipulación decimocuarta del convenio de colaboración, una vez evaluadas las necesidades técnicas y con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta Prórroga estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro años más, de conformidad con las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la prórroga.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del convenio de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, para el mejor ejercicio de sus competencias y funciones, en lo concerniente a la planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

La prórroga del citado convenio, por un periodo de cuatro años, conlleva la obligación de las partes de respetar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo así como en los servicios a prestar o mantener.

Por lo tanto, los efectos de la presente Acuerdo de Prórroga de este convenio de colaboración, se extenderán desde el día 11 de agosto de 2024 hasta el 11 de agosto de 2028.

Segunda. Obligaciones de las partes.

Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones que recoge el convenio objeto de prórroga, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.

Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes del convenio se entenderán vigentes hasta la expiración del presente acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos referidos en la cláusula primera (11 de agosto de 2028).

Tercera. Extinción del convenio.

Las partes firmantes del presente documento podrán, por acuerdo mayoritario de los miembros de la Comisión de Seguimiento del convenio reunida a tal efecto, acordar la extinción del convenio y sus prórrogas, cuando circunstancias de índole económica, social o de otro tipo, aconsejen la redacción de uno nuevo.

Asimismo, tres meses antes de la finalización del periodo de prórroga establecido en el presente documento (11 de agosto de 2028), las partes acordarán estudiar la conveniencia de elaborar un nuevo convenio.

Cuarta. Régimen jurídico.

El presente Acuerdo de Prórroga tiene carácter administrativo y, al igual que el convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49.g).2.º de la esta norma.

Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente convenio, en Madrid, a 2 de julio de 2024.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, Juan Alfonso Ruiz Molina.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid