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Documento BOE-A-2024-14418

Resolución de 5 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación en el Organismo Autónomo Instituto Nacional de Estadística.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 15 de julio de 2024, páginas 88483 a 88489 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2024-14418

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el artículo del 52 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el Instituto Nacional de Estadística acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución con arreglo a las siguientes

Bases

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca por la presente podrá ser solicitado por los funcionarios y las funcionarias que reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.

Segunda.

Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del Registro Electrónico General AGE (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do). Para ello se cumplimentará el anexo II de esta resolución dirigido al Instituto Nacional de Estadística, Secretaría General (EA0042895). Asimismo, el personal con destino en la Administración General del Estado podrá presentar las instancias a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR. HH. > Convocatoria libre designación.

Tercera.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta.

Además de los datos personales y número de registro de personal, los aspirantes acompañarán a la solicitud:

a) El curriculum vitae, en formato normalizado en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.

b) Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

c) La cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas que se relacionan en el anexo III.

Quinta.

La idoneidad del aspirante al puesto se valorará a través de su curriculum vitae, la justificación de idoneidad remitida y el cuestionario de autoevaluación.

Además, las competencias directivas del aspirante y su idoneidad se valorarán conforme a la experiencia demostrada en una entrevista, cuya fecha será comunicada a las personas candidatas con, al menos, 48 horas de antelación.

Sexta.

El órgano competente para el nombramiento designará, para su asesoramiento, a dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración.

Séptima.

La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto.

Octava.

De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, y de acuerdo con lo previsto en punto anterior, realizar una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, sean objeto de entrevista.

Novena.

No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Décima.

El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.

Undécima.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 5 de julio de 2024.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, P.D. (Orden ETD/1218/2021), la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística, Elena Manzanera Díaz.

ANEXO I

INSTITUTO NAC. ESTADISTICA (INE), O.A.

SECRETARIA GENERAL

N.º Orden Centro directivo/Unidad puesto de trabajo Provincia/Localidad Nivel CE GR/5B Admón. Til. req. Competencias Requisitos
 

INSTITUTO NAC.

ESTADÍSTICA (INE), O.A.

               
 

SECRETARIA GENERAL

               
1

SECRETARIO/SECRETARIA GENERAL (4729071).

MADRID - MADRID. 30 34388.90 A1 AE  

1. Gestión de los recursos humanos, selección de personal, formación, excepto en materia estadística; relaciones laborales y prevención de riesgos laborales.

2. Gestión y control presupuestario, gestión económica y gestión de la contratación administrativa.

3. Administración, gestión y conservación de los bienes muebles e inmuebles del INE, así como de las actividades de régimen interior, vigilancia y control de servicios.

4. Asesoramiento, en el ámbito de su competencia, de las unidades del organismo, en colaboración con la Abogacía del Estado y sin perjuicio de las competencias asignadas a dicho organismo.

5. Instrucción de procedimientos disciplinarios en materia de personal.

1. Experiencia en las habilidades del marco básico de competencias para el personal directivo incluidas en el anexo de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.

2. Experiencia en la gestión de los recursos humanos, formación y prevención de riesgos laborales.

3. Experiencia en gestión y control presupuestario, gestión económica y gestión de la contratación administrativa.

4. Experiencia en administración, gestión y conservación de los bienes muebles e inmuebles, así como en actividades de régimen interior.

5. Experiencia en régimen disciplinario y control de servicios.

6. Experiencia en gestión de centros directivos de los recogidos en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación como agentes de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación del sector público.

7. Se valorará formación relacionada con tecnologías de la información y administración electrónica.

8. Antigüedad mínima de cinco años como funcionario de carrera del subgrupo A1.

CUERPOS O ESCALAS:

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):

* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

TITULACIONES:

ANEXO II

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/170/14418_14591545_1.png

ANEXO III
Cuestionario de Autoevaluación Competencias Directivas

Convocatoria: Resolución de fecha ..............................................

(«Boletín Oficial del Estado» de .............................................. )

Puesto:

Nombre y apellidos:

Valore, de 1 a 5 (siendo el 1 la expresión mínima), cada una de las competencias directivas referidas

Área competencial Competencia Puntuación (1 a 5)

I. Liderazgo transformador.

1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización.  
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos.  
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública.  
4. Cooperar eficazmente con otros actores.  
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades.  

II. Gestión estratégica de proyectos.

1. Planificar y tener visión estratégica.  
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales.  
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales.  
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos.  
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios.  

III. Comunicación y relaciones interpersonales.

1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos.  
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores.  
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal).  
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional.  

IV. Adaptabilidad y toma de decisiones.

1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios.  
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno.  
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos.  
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información.  

V. Compromiso con el servicio público y ética profesional.

1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público.  
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad.  
3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización.  
4. Actuar con ética profesional e integridad pública.  
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos.  

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