El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, en sesión ordinaria celebrada el 27 de junio de 2024, de acuerdo con las propuestas elevadas por la Dirección, ha acordado:
1.º Delegar en el titular de la presidencia de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra la competencia para otorgar a los titulares de concesiones administrativas la prórroga del plazo para el comienzo de las obras, a solicitud de aquellos, en los términos contemplados en la Regla 11 de la Orden FOM/938/2008, de 27 de marzo, que aprueba el pliego de condiciones generales para el otorgamiento de concesiones en el dominio público portuario estatal.
2.º Delegar en el titular de la presidencia de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra la competencia para otorgar a los titulares de concesiones administrativas la prórroga del plazo para la terminación de las obras, a petición de aquellos, en los términos contemplados en la Regla 11 de la Orden FOM/938/2008, de 27 de marzo, que aprueba el pliego de condiciones generales para el otorgamiento de concesiones en el dominio público portuario estatal.
Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Marín, 3 de julio de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, José Benito Suárez Costa.
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